Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. Publicación de los Contratos en el portal institución y en el portal administrado por el Órgano Rector. Inmediatamente después de suscritos por las partes
Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. ACTIVIDADES PERÍODO DE EJECUCIÓN
Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. En caso de que, durante el transcurso del proceso sea necesario una reprogramación del cronograma, debido a aspectos técnicos, o bien por cantidad de Ofertas o cualquier causa justificada que se presente, el Comité de Compras y Contrataciones del INTRANT dispondrá la notificación a los Oferentes que se encuentren registrados y la publicación al público en general, por los medios establecidos por la Ley vigente.
Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. Nota: La Recepción de las Propuestas será en la Departamento de Compras y Contrataciones de la Institución, en formato físico, no vía electrónica, como lo dispone el Decreto No.350-17, que establece el uso obligatorio del Portal transaccional y la recepción de las ofertas vía electrónica, en vista de que el INAPA aún no está preparado para darle cumplimiento al Decreto antes indicado.
Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. Disponibilidad y Adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones El Pliego de Condiciones estará disponible hasta el 31 de Enero 2014 a las 2:30 pm para quien lo solicite, en la sede central de la FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), ubicada en la Av. Independencia No.601 Edificio Banco Agrícola 2do. Piso en el horario de 8:30am a 3:00pm de lunes a viernes y en la página Web de la institución y en el portal administrado por el Órgano Rector de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx). EL FEDA no se hace responsable de la integridad xxx Xxxxxx de Condiciones, en caso de no haber sido obtenido directamente de manos esta institución o haberlo descargado por las vías indicadas, notificándolo al departamento de compra de la entidad contratante.
Suscripción del Contrato No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación. Publicación de los Contratos en el portal institución y en el portal administrado por el Órgano Rector. Inmediatamente después de suscritos por las partes. La Entidad Contratante podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada Quince (15) que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. Las normas autonómicas de desarrollo de esta Ley podrán fijar un plazo mayor al previsto en este párrafo, sin que se exceda el de veinte días hábiles. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.

  • PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de otorgada la Buena Pro. Asimismo, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato en la mesa de partes del Departamento de Logística. La citada documentación deberá ser presentada en la Dirección General de Administración, sito Xx. Xxxxxx X° 000 – Xxxxxxx xx Xxxx.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº