Tiempo efectivo de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Tiempo efectivo de trabajo. La jornada regular ordinaria diaria de cada persona trabajadora será la que corresponda al horario general del Convenio Colectivo de Banca o aquel horario, distinto del general, resultante de los acuerdos colectivos o contractuales suscritos en cada Empresa y que le sean de aplicación, así como por los calendarios laborales que se publican cada año. Se considera “tiempo efectivo de trabajo” el comprendido entre la hora de inicio de la jornada y la hora de finalización de la jornada, descontadas las pausas que no se consideren tiempo efectivo de trabajo. No tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo, a título orientativo:
Tiempo efectivo de trabajo. Se considerará tiempo efectivo de trabajo:
Tiempo efectivo de trabajo. La jornada regular ordinaria diaria de cada persona trabajadora será la que corresponda al horario general del Convenio Colectivo de Banca o aquel horario, distinto del general, resultante de los acuerdos colectivos o contractuales suscritos en cada Empresa y que le sean de aplicación, así como por los calendarios laborales que se publican cada año. Se considera «tiempo efectivo de trabajo» el comprendido entre la hora de inicio de la jornada y la hora de finalización de la jornada, descontadas las pausas que no se consideren tiempo efectivo de trabajo. No tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo, a título orientativo: El tiempo correspondiente a la pausa de la comida, cuando se preste el servicio en régimen de jornada partida. Interrupciones que obedezcan a una razón o motivación de índole personal. Las ausencias del centro de trabajo que no estén contempladas dentro de las licencias retribuidas estipuladas por el ET y/o por el Convenio Colectivo y que hayan sido comunicadas y autorizadas previamente por responsables jerárquicos. Sí tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo: El tiempo destinado a toda aquella formación (presencial u online) de carácter obligatorio, tanto dentro como fuera de la Empresa, ya sea por exigencias regulatorias o por decisión de la propia Empresa. cve: BOE-A-2020-1624 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx La asistencia a las reuniones y/o sesiones formativas obligatorias, tanto si el horario queda establecido dentro o fuera de la jornada laboral, tendrán la consideración de tiempo de trabajo efectivo. Las licencias retribuidas del artículo 29 del Convenio colectivo y demás supuestos que deban considerarse, legal o convencionalmente, como tiempo de trabajo efectivo. Los quince minutos diarios de descanso obligatorio regulados legal o convencionalmente. En cualquier caso, las entidades podrán establecer los criterios que han de determinar y regular los tiempos y pausas que no se consideren tiempo efectivo de trabajo diario.
Tiempo efectivo de trabajo. Se considerará como tal el período de la jornada en que el trabajador realiza funciones de conducción efectiva y todos aquellos trabajos auxiliares, o bien trabajos que realice en función de los pasajeros o esté sujeto a la vigilancia de su vehículo. Serán los siguientes: - Repostar - Revisar niveles - Subida y bajada de viajeros cuando esté el conductor. -Preparación de la hoja xx xxxx. - Expedición de billetes. - Entrega de Liquidación - Toma y deje del servicio (la jornada empezará a contarse en los lugares ordinarios de trabajo a partir de la hora fijada para la entrada o bien al comenzar las operaciones precisas para la toma de servicio, dándose por concluidas cuando termine el trabajo en efectivo o las tareas comple- mentarias que deban realizarse para dejar el servicio).
Tiempo efectivo de trabajo. Se considera como tiempo efectivo de trabajo: 1.- El de conducción del vehículo.