Titulaciones académicas Cláusulas de Ejemplo

Titulaciones académicas. Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 6,67 puntos. - Licenciado/a Universitario/a o equivalente: 6,670 puntos por cada título. - Titulaciones oficiales de postgrado o equivalente: 3,335 puntos por cada título. - Diplomado/a Universitario/a o equivalente: 3,335 puntos por cada título. - Técnico Superior (Formación Profesional) o equivalente: 2,668 puntos por cada título. - Bachiller Superior o equivalente: 1,334 puntos por cada título. En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención.
Titulaciones académicas. 1. Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos: - Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2. Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta. La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso. - Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior. - Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso. C1: Título xx Xxxxxxxxx o Técnico. C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Titulaciones académicas. Se valorarán las titulaciones de acuerdo con el siguiente baremo, y hasta un máximo de: Licenciado/a universitario/a o equivalente 0,80 puntos Diplomado/a universitario/a o equivalente 0,40 puntos Graduado/a universitario o equivalente 0,50 puntos Máster oficial universitario Doctorado Especialidades médicas 0,30 puntos 0,70 puntos 0,70 puntos Ciclo formativo grado Superior (Formación Profesional) 0,40 puntos No será valorable aquella titulación necesaria para el desempeño del puesto objeto de concurso. La Diplomatura no se valorará en caso de haberse valorado la Licenciatura en la misma materia. No obstante en aquellos supuestos en que la diplomatura sea requisito de participación, la licenciatura en la misma materia se valorará con 0,40 puntos. El total de puntos por la valoración de titulaciones no podrá ser superior a 2 puntos. La antigüedad en cualquier Administración Pública se valorará a razón de 0,10 puntos por año de trabajo, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de trabajador/a fijo/a. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. En ningún caso la puntuación obtenida por este concepto podrá ser superior a 1,5 puntos. La Comisión de Valoración podrá declarar desierto el concurso cuando ningún/a aspirante alcance la puntuación mínima total de 4 puntos. Si el/la candidato/a que hubiere obtenido la mayor puntuación no reuniera las condiciones previstas en la legislación vigente para el reingreso al servicio activo, no podrá ser propuesto/a por la Comisión de Valoración para su nombramiento. Una vez resuelta la provisión de puestos, bien por concurso o por libre designación, se remitirá un extracto de todas las Resoluciones al Boletín Oficial correspondiente. Y a partir de dicha publicación se producirá la toma de posesión y la incorporación efectiva en el plazo de tres días, de todo el personal en sus nuevos puestos de trabajo. Por último, es importante establecer, como medida de corrección del sistema, la posibilidad de remoción de aquellos/as trabajadores/as que hayan accedido a un determinado puesto de trabajo mediante concurso, toda vez que en los puestos de provisión por libre designación, el cese es viable sin más trámites. Para el caso del concurso, la remoción deberá ser motivada, con audiencia del/de la interesado/a en el expediente, y con informe de la representación sindical. Sin perjuicio de lo dispuesto en el prese...
Titulaciones académicas. Con carácter general, la posesión de título universitario o académico no dará derecho a la inclusión en grupo profesional alguno, ni a la asignación de un puesto específico. En todo caso, tanto para la aplicación de la movilidad funcional establecida en el artículo siguiente como para su consideración en los procesos de selección y cobertura de vacantes previstos en el presente convenio, las titulaciones académicas deberán reconocerse expresamente y por escrito por parte de la empresa.
Titulaciones académicas. 2.1. La puntuación máxima de este apartado es de 5 puntos.
Titulaciones académicas. 4º.- Otros méritos.
Titulaciones académicas. Titulación Valor N.º Total Doctor 2,00 puntos Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente 1,50 puntos Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, diplomado Superior en Criminología o Experto Universitario en Criminología 1,00 puntos Bachiller, Técnico superior en Formación Profesional, Acceso a la Universidad o equivalente 0,50 puntos (puntuación máxima del apartado, 4 puntos) N.ºAÑOS POR AÑOS DE SERVICIO VALOR TOTAL Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira. 0,20 puntos Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira. 0,10 puntos Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad. 0,10 puntos Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos de lasAdministraciones Públicas. 0,05 puntos (puntuación máxima del apartado, 4 puntos)
Titulaciones académicas. Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de titulación a la que opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 1 punto:
Titulaciones académicas. 4. ° Otros méritos En caso de persistir el empate se decidirá por sorteo público. mínimos de las pruebas A.2., A.3. y A.4. Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente. Se establecen diferentes marcas para cada sexo y grupos de edad: De 18 a 24 años, de 25 a 29 años y de 30 años en adelante. El opositor estará incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad de los/las aspirantes el día de la celebración de las pruebas. Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal. En las pruebas de resistencia general y natación se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de «apto». A .1. - Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros lisos. Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto. El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida. Grupos de edad Hombres 8 segundos 8 segundos y 50 centésimas 9 segundos Mujeres 9 segundos 9 segundos y 50 centésimas 10 segundos Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Titulaciones académicas. Se valorarán las titulaciones de la formación reglada pertenecientes a la misma familia profesional que la acción formativa a impartir y distintas del requisito exigido para el acceso se valorarán hasta un máximo de 5 puntos y conforme al siguiente baremo: Máster Oficial aportado junto a una licenciatura o grado: 1,75 ptos. Licenciado o grado: 1,5 ptos. Diplomado: 1,25 ptos. Técnico Superior: 1 punto Técnico Medio: 0,75 ptos. Certificado de profesionalidad nivel 3 : 0,75 ptos.