Transporte programado Cláusulas de Ejemplo

Transporte programado. 4.2.1. Requisitos generales Deberá atenderse en ambulancias la totalidad de traslados que facultativamente hayan sido así indicados, incluyendo, los traslados de pacientes de salud mental, hemodiálisis, rehabilitación, trasplantes, realización de pruebas especiales, altas domiciliarias, incapacidad para la marcha, traslados entre centros sanitarios y aquellos otros que sean prescritos para recibir asistencia sanitaria o una vez recibida la misma. El traslado podrá ser individual o colectivo, según prescripción, y se realizará en el tipo de vehículo según las indicaciones de los facultativos del SAS y en función del servicio a realizar. El servicio de transporte programado se solicitará mediante la indicación facultativay de forma on-line será comunicada a la empresa a través de la aplicación habilitada por el Servicio Tecnologíade la Información del Servicio Andaluz de Salud, o en su defecto, una aplicación que la propia empresa debe instalar y poner a disposición del centro para la solicitud y mecanización del servicio. Las características del sistema de información a utilizar en cada momento, quedan descritas en el ANEXO III. El sistema de información on-line dispuesto por la empresa permitirá al personal que designe el centro sanitario, el acceso a esta aplicación para que por parte de la Administración Sanitaria se pueda realizar, con perfil de administrador, la gestión directa y explotación integral de los datos del paciente sobre actividad y uso del transporte sanitario prescrito por el facultativo, así como los tiempos de respuesta de la empresa. La organización funcional de la red de transporte programado atenderá en todo momento a los procedimientos que se establezcan desde el SAS o la Consejería de Salud y Consumo. Los traslados programados se realizarán en ambulancias individuales o colectivas por el trayecto más seguro y más corto en beneficio de los pacientes, que no podrán ser recogidos ni dejados en lugares distintos a un centro sanitario o su domicilio o en algún otro lugar indicado por el facultativo prescriptor. Será obligatorio el uso de la red de autovías y autopistas, según se recomiende por los sistemas de información disponibles actualmente (Dirección General de Tráfico, dispositivos GPS, etc.) primando en cualquier caso los criterios de disminución del tiempo de traslado y el de la comodidad del paciente. En los traslados programados de pacientes a otra Comunidad Autónoma por indicación de un facultativo del SAS de cualquier centro ...

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