VALOR CONVENIDO Cláusulas de Ejemplo

VALOR CONVENIDO. Para efectos de este contrato, se entenderá por valor convenido del Vehículo Asegurado el que acuerden HDI Seguros y el Asegurado, el cual será especificado en la carátula de la póliza y funcionará como límite máximo de responsabilidad.
VALOR CONVENIDO. Valor fijo durante la vigencia de esta póliza, acordado previo a la contratación entre la Compañía y el Contratante, con base en el avalúo efectuado por una institución calificada para tal efecto. El valor convenido se establecerá en la carátula de esta póliza y en él ya estarán considerados los impuestos aplicables tales como Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (I.S.A.N.) e Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
VALOR CONVENIDO. EN CASO DE DAÑO PROVENIENTE DE LOS RIESGOS CUBIERTOS POR ESTAS CONDICIONES ESPECIALES, LA COMPAÑÍA LIQUIDARÁ ÍNTEGRAMENTE CUALQUIER PÉRDIDA A VALOR DE REPOSICIÓN, CON LÍMITE MÍNIMO DEL MONTO SEÑALADO EN EL PUNTO OCHO DE ESTAS CONDICIONES ESPECIALES, SIN APLICAR NINGÚN BAJO SEGURO O PROPORCIONALIDAD.
VALOR CONVENIDO. Será la cantidad fijada de común acuerdo entre la aseguradora y el Asegurado como monto máximo a indemnizar y opera en caso de pérdida total por Daños Materiales y Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la Póliza.
VALOR CONVENIDO. Para efectos de este contrato, se entenderá por Valor Convenido del Vehículo Asegurado el que el Asegurado ha propuesto desde su solicitud de seguro bajo la buena fe que reviste este contrato de seguro, el cual será especificado en la Carátula de la Póliza y funcionará como Límite Máximo de Responsabilidad. No obstante lo anterior, si el Vehículo Asegurado fuese último modelo con cero kilómetros, o tenga factura de Salvamento, o bien Convertido o Armado, o en su caso, Fronterizo o Legalizado, el valor inicialmente determinado por el Asegurado se ajustará a los siguientes parámetros en caso de alguna indemnización: 2.a. El Valor a indemnizar correspondiente a vehículos denominados como de último modelo o xx xxxx kilómetros, de fabricación nacional o importados, que sean vendidos por armadoras y distribuidores reconocidos podrá ser el que aparece en la Factura de Origen, expedida por el concesionario autorizado, mismo que incluye los impuestos correspondientes.
VALOR CONVENIDO. Para efectos de este contrato, se entenderá por valor convenido del Vehículo Asegurado el que acuerden La Compañía y el Asegurado, el cual será especificado en la Carátula de la Póliza y funcionará como Límite Máximo de Responsabilidad, salvo lo establecido en los puntos anteriores de esta cláusula para los vehículos fronterizos o legalizados y de Salvamento.
VALOR CONVENIDO. Valoración requerida de un valuador autorizado o de la orden de compra por una máquina nueva. (Aplica solo primer año). Por un pequeño aumento de la prima, provee el pago garantizado del valor acordado.
VALOR CONVENIDO. En caso proveniente de los riesgos cubiertos por esta póliza, la aseguradora liquidara íntegramente cualquier pérdida hasta el monto de la suma asegurada sin aplicar ningún bajo seguro o proporcionalidad.
VALOR CONVENIDO. 69 VEHÍCULOS RESIDENTES VEHÍCULOS RESIDENTES
VALOR CONVENIDO. SE ACEPTA COMO VALOR DE LAS EMBARCACIONES LAS SUMAS MENCIONADAS EN LA PRESENTE XXXXXX.