VALOR DE REPOSICIÓN Cláusulas de Ejemplo

VALOR DE REPOSICIÓN. Para los efectos de esta Póliza se entiende como valor de reposición la cantidad que exigiría la construcción o adquisición de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, montaje y derechos de aduana, si los hay.
VALOR DE REPOSICIÓN. CANTIDAD QUE SERIA NECESARIO EROGAR PARA CONSTRUIR, ADQUIRIR, INSTALAR O REPARAR, LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES CON ELEMENTOS DE LA MISMA CLASE, CALIDAD, TAMAÑO Y CAPACIDAD DE PRODUCIÓN QUE LOS ASEGURADOS, SIN TOMAR EN CUENTA ALGUNA DEPRESCIACIÓN. EN CASO DE REPARACIÓN, SI LAS CONDICIONES DE REPARACIÓN DEL BIEN DAÑADO TUVIERAN CARACTERISTICAS DISTINTAS A LO ESTABLECIDO POR EL REGLAMENTO DE CONSTRUCCION VIGENTE AL MOMENTO DEL SINIESTRO, LA INDEMNIZACION INCLUIRA EL COSTO PARA CUMPLIR CON DICHO REGLAMENTO SOBRE LA BASE DE QUE LA REPARACIÓN DEBERÁ QUEDAR CON LAS MISMAS CONDICIONES DE DIMENSIÓN Y FUNCIONALIDAD QUE LE BIEN TENÍA ANTES DE SUFRIR SINIESTRO.
VALOR DE REPOSICIÓN. Para los efectos de esta póliza, se entiende como valor de reposición, la cantidad que exigirá la construcción o adquisición de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, montaje y derecho de aduana si los hubiere.
VALOR DE REPOSICIÓN. CANTIDAD QUE SERÍA NECESARIO EROGAR PARA CONSTRUIR, ADQUIRIR, INSTALAR O REPARAR, LOS BIENES CON ELEMENTOS DE LA MISMA CLASE CALIDAD, TAMAÑO Y CAPACIDAD QUE LOS ASEGURADOS, SIN TOMAR EN CUENTA NINGUNA DEPRECIACIÓN. AVN 18 ENDOSO Y CANCELACIONES DE R. C. AVN 23A CLÁUSULA XX XXXXXX DE ATERRIZAJE NO AUTORIZADOS AVN 34A ACCIDENTES PERSONALES PASAJEROS Y TRIPULANTES AVN 38-B CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE RIESGOS NUCLEARES AVN 46-B CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE RUIDO, CONTAMINACIÓN Y OTROS RIESGOS AVN 48-B CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN XX XXXXXX, SECUESTRO Y OTROS RIESGOS AVN-56 CLÁUSULA DE INGESTIÓN DE TURBINAS AVN 61 VALOR CONVENIDO AVN 76 CLÁUSULA DE EXTENSIÓN DE RESCATE Y BÚSQUEDA AVN 26A DEVOLUCIÓN DE PRIMA POR ESTADÍA (DETALLADA MAS ABAJO). HOT/HUNG SATARTS (ARRANQUE EN CALIENTE) AVN16 PÓLIZA DE CASCOS DE AERONAVES DE LLOYD’S EUA AVN 20 PÓLIZA DE PARA RC DE AERONAVES DE LLOYD’S EUA AVN 28B ENDOSO DE INTERÉS FINANCIERO AVN-52E ENDOSO DE EXTENSIÓN DE CUBIERTA (RESPONSABILIDAD AVIACIÓN) (20.9.01) US$ 10,000,000 EN EL AGREGADO.
VALOR DE REPOSICIÓN. Cuando la pòliza establece para un bien su cobertura a valor de reposición, su completa liquidación se halla supeditada a la reconstrucción o compra de nuevos bienes, lo que el Asegurado acreditará en el plazo de tres meses, en el caso del Mobiliario y de dos años, cuando se trate de Edificación, mediante la presentación de facturas o certificaciones de obra. La Compañía irá haciendo efectiva la diferencia en más del valor de reposición correspondiente sobre el valor real de los bienes afectados a medida que le vayan siendo presentados dichos documentos. El valor real correspondiente a las mencionadas partidas habrá sido liquidado previamente al finalizar la peritación y demás trámites del siniestro.
VALOR DE REPOSICIÓN. Cantidad que será necesaria erogar para construir, adquirir, instalar, reparar o reponer el bien dañado, sin considerar la depreciación física por uso, incluyendo el impuesto al valor agregado. El “EL ASEGURADO” es consumidor final.
VALOR DE REPOSICIÓN. PARA EFECTOS DEL SEGURO, EL TERMINO DE VALOR DE REPOSICIÓN SIGNIFICA LA SUMA DE DINERO NECESARIO EN EL MOMENTO DEL SINIESTRO PARA COSTEAR LA CONSTRUCCIÓN, ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN O REPARACIÓN EN SU CASO, DE BIENES MUEBLES O INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO DE IGUAL CLASE, CALIDAD, TAMAÑO Y CAPACIDAD QUE LOS BIENES ASEGURADOS, SIN CONSIDERAR DEDUCCIÓN ALGUNA POR DEPRECIACIÓN FÍSICA, PERO HASTA LOS LIMITES O SUBLÍMITES ESTABLECIDOS POR CADA SECCIÓN ASEGURADA.
VALOR DE REPOSICIÓN. Es el valor de un bien nuevo de la misma clase y capacidad del original, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese. Referido a la reconstrucción o reparación de bienes dañados total o parcialmente, considera el costo de los materiales y la mano de obra necesarios para llevar a cabo las obras, así como el costo de los servicios profesionales para las labores de diseño y supervisión, y el costo de los permisos que deban obtenerse cumplir la normativa que regula tales procesos.
VALOR DE REPOSICIÓN. Para efectos de este seguro se entenderá por valor de reposición el precio de un cristal nuevo, incluyendo los gastos de instalación, remoción, fletes y demás gastos en caso de haberlos.
VALOR DE REPOSICIÓN. Para los efectos de esta póliza se entiende como "valor de reposición" el precio de proveedor o representante del fabricante de un bien nuevo de la misma clase y capacidad que la materia asegurada, más los gastos por fletes al lugar, gastos de montaje, seguros de transporte, impuestos no recuperables y derechos, y gastos aduaneros si los hubiere.