ANEXO TÉCNICO
“SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS BAJO CONTRATO MARCO PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA"
Número de Procedimiento en CompraNet: IA-015QEZ001-E23-2022
Anexo 1 Anexo técnico del
“Servicio De Arrendamiento de Equipo De Cómputo Personal Y Periféricos
Bajo Contrato Marco”
SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS
ANEXO TÉCNICO
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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Índice
1 Descripción del servicio 3
2 Método de evaluación 4
3 Forma de adjudicación 4
4 Criterios aplicables para el arrendamiento de equipo de cómputo 4
5 Características técnicas de los equipos arrendados 5
5.1 tipos de equipo de cómputo de escritorio (para uso con windows) 6
5.2 tipo de equipo de cómputo portátil (para uso con windows) 7
5.3 tipos de equipo de cómputo tecnología "apple" 8
5.4 normas y estándares que deberán cumplir los equipos arrendados de cómputo de escritorio, portátil y con tecnología "apple": 9
5.5 herramienta de diagnóstico y administración para equipo de cómputo de escritorio y portátil 9
5.6 manuales para equipo de cómputo de escritorio, portátil y con tecnología "apple" 10
5.7 equipo de cómputo tipo tableta 10
5.8 tipos de equipos y periféricos 10
6 Medios para reportar fallas para el equipo de cómputo personal y periféricos arrendados 12
7 Requerimientos en el procedimiento de arrendamiento para equipo de cómputo personal y periféricos 13
8 Entregables para equipo de cómputo personal y periféricos 14
9 Niveles de servicio para equipo en arrendamiento 14
10 Soporte técnico 17
10.1 mesa de ayuda 18
10.2 horario de servicio para soporte de equipo de cómputo personal 18
11 Vigencia del servicio 18
12 Plazo de entrega de los equipos en arrendamiento 19
13 Lugar de entrega 19
14 Transición del servicio 19
15 Condiciones y forma de pago 20
16 Penas y deductivas 20
17 Garantías 21
18 Administrador del contrato 22
19 Términos y condiciones legales 22
20 Confidencialidad 22
21 Responsabilidad laboral 23
22 Cotización 23
23 Tabla de Domicilios
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1. Descripción del servicio
La Procuraduría Agraria requiere:
• El arrendamiento de equipo de cómputo personal y periféricos.
Los equipos de cómputo arrendados deberán cumplir con las características técnicas descritas en el presente anexo técnico.
El Proveedor adjudicado deberá tener instalado en los equipos arrendados, al momento de su entrega y en el plazo previsto en el numeral 12 del presente anexo técnico.
• Software correspondiente al Sistema Operativo Windows OEM Professional última versión liberada.
• La imagen institucional con el software institucional y configuración que la Procuraduría Agraria entregara en unidad magnética al proveedor, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato, para que el proveedor genere una imagen para todos los equipos arrendados.
El Proveedor no deberá considerar en su propuesta económica el suministro del software de ofimática debido a que este será proporcionado por la Procuraduría Agraria
Los equipos de cómputo personal requeridos en arrendamiento son los que se indican a continuación:
Cuadro 1 Equipos requeridos computo personal
Partida | Perfil Contrato Marco | Producto | Min | Max |
6 | D3 | Computadora de Escritorio Intermedia con Red Inalámbrica | 158 | 395 |
11 | L1 | Computadora Portátil General (Laptop Ligera) | 764 | 1910 |
14 | L2 | Computadora Portátil (Laptop Intermedia) con Estación de Trabajo para Laptop | 11 | 14 |
18 | M2 | Apple de Escritorio iMac | 2 | 3 |
21 | P01 | Teclado y Mouse | 11 | 14 |
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22 | P02 | Periféricos Conferencia | 158 | 395 |
23 | P03 | Monitor | 11 | 14 |
29 | P09 | Video Proyector | 36 | 48 |
30 | P10 | No Break Tipo 1 | 158 | 395 |
2. Método de evaluación
El método de evaluación de las propuestas será binario.
3. Forma de adjudicación
En el caso específico las partidas 14 (L2) 21 (P01) 23 (P03), se agrupan y se adjudicarán al licitante que en el contrato marco haya acreditado todas las partidas en mención y que en suma de estas partidas oferte el precio más bajo, a fin de mantener la compatibilidad de componentes, las demás partidas serán adjudicadas por partida completa a un solo Proveedor.
4. Criterios aplicables para el arrendamiento de equipo de cómputo.
El Proveedor interesado en su cotización deberá considerar lo siguiente:
• Que las especificaciones plasmadas en el presente documento son los requerimientos mínimos para la contratación.
• Todos los equipos arrendados y periféricos suministrados deberán ser nuevos.
• Los equipos arrendados ofertados por el Proveedor, por partida deberán ser de una misma marca y modelo y deberán cumplir con los requerimientos, especificaciones y características técnicas descritas en el presente anexo técnico.
• Los No-Break's tipo I, deberán ser nuevos, de un mismo fabricante, marca y modelo y deberán cumplir con las características técnicas, solicitadas en este anexo técnico.
• El Proveedor deberá realizar la entrega de los equipos arrendados y periféricos requeridos por la Procuraduría Agraria en los domicilios enlistados en la Tabla 1.1 Domicilios de la Procuraduría Agraria.
• El Proveedor deberá instalar, configurar, dejar operando de manera correcta los equipos arrendados descritos en el presente anexo técnico, así como también deberá entregar manuales impresos, en medio electrónico y en idioma español, además deberá proporcionar la liga del sitio Web en el cual los pueda descargar, cumpliendo con los niveles de servicio requeridos por la Procuraduría Agraria.
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• El Proveedor deberá contar con medios de comunicación para reportar fallas de equipo (mesa de ayuda). Los medios para reportar fallas, al menos deberán ser un número convencional, un celular y un correo electrónico.
• El Proveedor será responsable en el caso de que se violen derechos de propiedad industrial, patentes o derechos de autor, respecto al software y/o hardware utilizados en los equipos arrendados, dejando en todo momento a salvo a la Procuraduría Agraria
• El Proveedor deberá contemplar en su propuesta todos los accesorios, cables de alimentación, cables de red y todo lo necesario para la adecuada instalación e integración entre sí y en condiciones seguras de operación para todos los equipos arrendados.
• El Proveedor proveerá los recursos humanos necesarios para cumplir las tareas de:
o Maniobra, carga, descarga, desembalaje, ensamblado, retiro de empaques y entrega de los equipos arrendados
o Instalación, configuración y puesta a punto de los equipos arrendados, de acuerdo con las recomendaciones y mejores prácticas del fabricante.
• El proveedor deberá proporcionar los mantenimientos que considere necesarios para el óptimo funcionamiento de los equipos arrendados de forma que se pueda garantizar la continuidad de los servicios que proporciona a la Procuraduría Agraria.
• En caso de que se requiera reubicar equipos contratados para la prestación del servicio, para la CDMX y zona metropolitana deberá ser sin costo para la Procuraduría Agraria.
5. Características técnicas de los equipos arrendados
Los equipos de cómputo requeridos en arrendamiento deberán cumplir con las características técnicas que se describen a continuación:
5.1 Tipos de equipo de cómputo de escritorio (para uso con Windows Professional última versión liberada)
Las características técnicas mínimas requeridas para los equipos son las siguientes:
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Descripción | Equipo D3 Computadora de escritorio intermedia con tarjeta inalámbrica |
Gabinete | Gabinete compacto x xxxxx |
Procesador | Procesador i5 o equivalente, a 2GHz de frecuencia base, con 6 Núcleos, Caché de 8MB, a 64 bits, de octava generación |
Disco Duro | Disco Duro 480GB, estado sólido Lect.520/Escr.450Mbs |
Memoria RAM instalada | 8GB DDR4 |
Monitor | Pantalla Ancha. de 21" LED de área visible diagonal. Resolución Full HD de 1920 x 1080. Cable de video de acuerdo con los conectores de video de la tarjeta madre y del monitor. Misma marca del fabricante de la computadora, apreciable en etiqueta posterior donde señale modelo y características eléctricas. Debe contar con menú de ajustes. Debe cumplir con la norma Energy Star® |
Teclado y Mouse | Español Latinoamérica USB 104 Teclas mínimo. Misma marca del equipo. Con 12 teclas de función, teclado numérico y tecla de menú de inicio para Windows, con indicadores luminosos. Mouse USB óptico misma marca del equipo. |
Tarjeta de video | Integrada |
Puerto de audífonos y micrófono | Si |
Red inalámbrica | IEEE 802.11ac, compatible con IEEE 802.11a/b/g/n |
Red alámbrica | Ethernet Gigabit 10/100/1000 Base T Autosensing Full Duplex, integrada a la tarjeta madre, con conector RJ-45 y soporte para SNMP. |
Puerto USB | 2 USB 2.0 y 2 USB 3.0 |
Sistema Operativo | Sistema Operativo Windows OEM Professional última versión liberada |
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5.2.- Tipo de equipo de cómputo portátil (para uso con Sistema Operativo Windows OEM Professional última versión liberada)
Las características técnicas mínimas requeridas para los equipos arrendados son las siguientes:
Descripción | Equipo L1 Computadora portátil general (laptop ligera) | Equipo L2 Computadora portátil (laptop intermedia) con estación de trabajo para laptop |
Procesador | Procesador i3 o equivalente, a 2GHZ de frecuencia base, con 2 Núcleos, Caché de 4MB, a 64 bits | Procesador i5 o equivalente, a 2.3GHZ de frecuencia base, con 4 Núcleos, Caché de 8MB, a 64 bits |
Disco Duro | 64GB estado sólido Lect.520/Escr. 450 Mbs | 500GB estado sólido Lect.520/Escr. 450 Mbs |
Memoria RAM instalada | 4GB DDR4 | 8GB DDR4 |
Tarjeta de video | Integrada | Resolución HD nativa de 1366 x 768. Integrada |
Pantalla | 11.6” No táctil | 14” No táctil |
Cámara de video | Si | Si |
Conectividad | Tarjeta inalámbrica IEEE 802.11ac, compatible con IEEE 802.11a/b/g/n, xx xxxxx banda 2.4GHz y 5GHz Bluetooth 4.1 Puerto de red Gigabit Ethernet PCI- Express | Tarjeta inalámbrica IEEE 802.11ac, compatible con IEEE 802.11a/b/g/n, xx xxxxx banda 2.4GHz y 5GHz. Bluetooth 4.1 Puerto de red Gigabit Ethernet PCI-Express |
Puertos | Cuando menos los siguientes puertos 1 USB 3.0 1 HDMI 1 Entrada combinada para auriculares y micrófono | Cuando menos los siguientes puertos 2 USB 3.0 1 HDMI 1 Entrada combinada para auriculares y micrófono |
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1 Lector de tarjetas inteligentes | ||
Estación de trabajo para laptop | Estación de acoplamiento (docking station) para equipo portátil con cargador, puertos de video, USB y Candado de seguridad por combinación de 1.80mts (6ft) | |
Sistema Operativo Windows OEM Professional última versión liberada. | ||
Teclado | Español latinoamericano | Español latinoamericano |
5.3.- Tipos de equipo de cómputo tecnología "Apple"
Las características técnicas mínimas requeridas para los equipos arrendados son las siguientes:
Descripción | Equipo “M2” Apple de Escritorio iMac. |
Procesador | Intel Core i5 xx xxxxx núcleo y 2.3 GHz (Turbo Boost de hasta 3.6 GHz) con 4 MB de caché |
Disco Duro | Disco duro de 1 TB (5400 rpm) |
Memoria RAM instalada | 16 GB de memoria DDR4 |
Tarjeta de Video | Intel Iris Plus Graphics 640 |
Compatibilidad con Video | Compatible simultáneamente la resolución nativa de la pantalla y; Un monitor externo con resolución de 5120 x 2880 (5K) a 60 Hz compatible con 1,000 millones de colores, o Dos monitores externos con resolución de 3840 x 2160 (4K UHD) a 60 Hz compatibles con 1,000 millones de colores, o Dos monitores externos con resolución de 4096 x 2304 (4K) a 60 Hz compatibles con millones de colores. |
Pantalla | Pantalla de 21.5 pulgadas (diagonal) retroiluminada por LED No táctil, Resolución de 1920 x 1080 |
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Cámara de video | Cámara FaceTime HD |
Conectividad | Wi-Fi, Red inalámbrica Wi-Fi 802.llac, compatible con IEEE 802.lla/b/g/n Bluetooth. -Tecnología inalámbrica Bluetooth 4.2. |
Puertos | Entrada de 3.5 mm para audífonos Ranura para tarjeta SDXC Cuatro puertos USB3 (compatibles con USB2) Dos puertos Thunderbolt 3 (USB-C) compatibles con: DisplayPort Thunderbolt (hasta 40 Gb/s) USB 3.1 de segunda generación (Hasta 10 Gb/s) Compatible con Thunderbolt 2, HDMI, DVI y VGA mediante adaptadores Gigabit Ethernet 10/100/l000BASE- T (conector RJ-45) Ranura para cable de seguridad Kensington |
Sistema Operativo macOs. |
5.4- Normas y estándares que deberán cumplir los equipos
arrendados de cómputo de escritorio, portátil y con tecnología "Apple":
• NOM-019-SCFl-vigente y/o UL norma equivalente internacional: Seguridad
• de Equipo de Procesamiento de Datos.
• Energy Star®
• EPEAT® Gold o Silver o Bronze o equivalente.
5.5- Herramienta de diagnóstico y administración para equipo de cómputo de escritorio y portátil
El equipo deberá incluir una herramienta de diagnóstico y administración propietaria con las siguientes características sugeridas:
• Propietaria del fabricante o con derechos reservados para el fabricante (especificar el nombre registrado).
• Con seguridad de acceso y permisos independientes de la seguridad del sistema operativo.
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• Que permita el diagnóstico y la administración remota de los recursos, teniendo acceso a:
o Tipo y velocidad del procesador.
o Número de slots de memoria ocupados.
o Número de serie del CPU.
o Modelo del disco duro y número de serie.
o Versión y actualización del BIOS.
o Habilitar/ deshabilitar el arranque desde USB, CD-ROM y disco duro.
o Habilitar/ deshabilitar los puertos.
5.6.- Manuales para equipo de cómputo de escritorio, portátil y con tecnología "Apple"
Se debe de entregar manual del equipo para su instalación, configuración y operación impreso, en medio electrónico y en idioma español, además deberá proporcionar la liga del sitio Web en el cual se puede descargar.
5.7.- No aplica
5.8- Tipos de equipos y periféricos
Las características técnicas mínimas requeridas para los equipos y periféricos son las siguientes:
Partida | Equipos y periféricos | Descripción del contenido |
P21 | Teclado y Mouse | Español Latinoamérica USB 104 Teclas mínimo. Misma marca del equipo con 12 teclas de función, teclado numérico y tecla de menú de inicio de Windows, con indicadores luminosos y Mouse USB óptico misma marca del equipo. |
P22 | Periféricos conferencia | • Cámara HD resolución mínima de 1080p para puerto USB con micrófono integrado • Bocina Multimedia 2.0 con alimentación via USB e interfaz plug 3.5mm con potencia de 200w |
P23 | Monitor | Pantalla Ancha de 23" LED de área visible diagonal. Resolución Full HD de 1920 x 1080. Conector compatible con el conector de video de la tarjeta gráfica (DVI o Mini Display Port o HDMI). Debe traer el cable de video de acuerdo con los conectores de video de la tarjeta madre y del monitor |
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Misma marca del fabricante de la computadora, apreciable en etiqueta posterior donde señale modelo y características eléctricas. Debe contar con menú de ajustes. Debe cumplir con la norma Energy Star® | ||
P29 | Video Proyector | • Proyector con Tecnología 3LCD • Luminosidad en color de 3,200 lúmenes y luminosidad en blanco de 3,200 • Resolución WXGA de 1280 x 800 pixeles, perfecta para computadoras con formato Wide Screen • Conectividad esencial VGA, HDMI, USB Display, opcional MHL • Tiro corto. |
P30 | No Break (tipo 1) | • Capacidad de carga 550VA • Factor de potencia mínimo de 0.60 • Voltaje de entrada nominal: 120 o 127 VCA, 95-140 sin utilizar batería • Voltaje de salida en inversor: 120 +/- 5% VCA. • Voltaje de salida en línea: 120 VCA. • Regulación del voltaje de salida (modo líneo): -18%, +8 %. • Regulación del voltaje de salida (modo batería) 115V (+/- 5%). • Tipo de onda en línea: senoidal. • Forma de onda de CA de salida (modo de batería): Onda sinusoidal PWM. • Tiempo de transferencia: 4 milisegundos máximo. • Baterías: selladas libres de mantenimiento. • Autonomía a media carga: 9 minutos • Indicadores LED: 3 LEDs que indiquen a alimentación de línea, alimentación de batería, sobrecarga o estado de batería baja/reemplazar • Alarma audible: deberá avisar falla del suministro eléctrico y batería baja. Contactos de salida integrados al No-Break: mínimo 5 tipo 5-15R, mínimo 3 soportados por batería y supresión de sobre tensión y 2 contactos únicamente con supresión de sobre tensión. • Arranque en frío o (puesta a punto en modo batería: deberá soportar la operación con arranque en frío. • Interfaz de comunicación: USB • Protección contra sobrecarga y corto circuito por medio de pastilla termo protectora (no fusibles). • Cumplimiento con la norma NOM-001-SCFl-1993 e 1509001:2015 a nombre del fabricante. |
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6.- Medios para reportar fallas para el equipo de cómputo personal y periféricos arrendados
• El Proveedor deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes y atención xx xxxxxx de los equipos arrendados, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato.
• Se debe proporcionar un correo electrónico y un número telefónico del centro de atención telefónica del Proveedor, sin costo de llamada para el usuario, como medios para reportar fallas.
• El Proveedor deberá entregar una matriz de escalamiento que permita a la Procuraduría Agraria, contactar al personal designado por el Proveedor para asegurar el cumplimiento conforme al presente documento. De igual manera, el Proveedor deberá proporcionar un documento donde se plasme el procedimiento que seguirá para resolución de incidentes.
7.- Requerimientos en el procedimiento de arrendamiento para equipo de cómputo personal y periféricos
Los equipos arrendados ofertados por el Proveedor, por partida deberán ser nuevos de una misma marca y modelo y deberán cumplir con las características técnicas, solicitadas en este anexo técnico.
El Proveedor deberá contar con una mesa de ayuda para el levantamiento de reportes xx xxxxxx de los equipos arrendados.
El Proveedor deberá presentar como parte de su propuesta técnica la siguiente documentación:
• Carta original, en papel membretado y firmada por el proveedor en la que se manifieste que cuenta con la infraestructura técnica y de servicio y garantiza la existencia de refacciones para el mantenimiento de los equipos objeto del servicio de arrendamiento, por cuando menos durante la vigencia del contrato.
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• Ficha técnica del equipo propuesto en la que deberá identificar cada una de las características técnicas solicitadas para los equipos descritos en las diferentes partidas. La ficha técnica, catálogos o folletos del equipo ofertado deberán estar en idioma español; en caso de que estos documentos se presenten en un idioma diferente al español, se deberá acompañar a estos con una traducción al español.
• Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos y periféricos a ofertar en donde designe al Proveedor como distribuidor autorizado de los equipos y periféricos propuestos descritos en las partidas 6,11,14,23,29 y 30.
• Carta original, en papel membretado y firmada por el proveedor en el que manifieste que los equipos y periféricos que ofertará y suministrará son nuevos, no armados, no re-manufacturados y de modelos reciente (máximo dos años).
• Carta original del fabricante en la que se manifieste que los equipos arrendados objeto de la contratación descritos en las partidas 6,11,14, no tendrán un anuncio de fin de vida ni anuncio de fin de mantenimiento por cuando menos durante el periodo de la vigencia del contrato.
• Los No-Break's tipo I, estos deberán ser nuevos, de un mismo fabricante, marca y modelo y deberán cumplir con las características técnicas, solicitadas en este anexo técnico.
8.- Entregables para equipo de cómputo personal y periféricos
Los entregables se definen como la entrega de los equipos, documentación inicial, final y reportes mensuales los cuales serán responsabilidad del Proveedor entregarlos al Administrador del Contrato en la Procuraduría Agraria.
El Administrador del contrato por parte de la Procuraduría Agraria y representante designado por el Proveedor serán responsables de darle continuidad y cumplimiento a lo establecido en el presente anexo técnico.
El Proveedor deberá proporcionar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega, instalación y puesta a punto de los equipos, los entregables que a continuación se indican:
• Relación y configuración del equipo arrendado, así como el licenciamiento propuesto para la prestación del servicio por parte del Proveedor a la Procuraduría Agraria, en el que se indique ubicación, marca, modelo y el número de serie de los equipos que integran el Servicio de arrendamiento de equipo de cómputo personal
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y periféricos. En el caso de equipo de cómputo personal además de lo anterior la relación deberá contener número de serie de CPU, monitor, mouse y teclado.
Entregables mensuales
• Entrega dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar, de los siguientes documentos:
o Relación total de equipos activos.
o Reporte de incidencias
9.- Niveles de servicio para equipo en arrendamiento
Los equipos solicitados en arrendamiento se mantendrán funcionando de forma eficiente para que la Procuraduría Agraria pueda utilizarlos en el momento en que así lo necesiten.
Los tiempos de atención y solución xx xxxxxx requeridos son:
• El arrendamiento se prestará en las instalaciones de la Procuraduría Agraria.
• Para la CDMX y Área Metropolitana el tiempo de atención será como máximo cuatro horas, en días laborables y en un horario de 9:00 a 19:00 horas contadas a partir del levantamiento del reporte y el tiempo de reparación en un plazo no mayor a 3 días hábiles incluyendo el tiempo de atención.
• Para las zonas foráneas el tiempo de atención será como máximo un día hábil y en horario de 9:00 a 19:00 horas a partir del levantamiento del reporte. El tiempo de reparación en un plazo no mayor a 5 días hábiles incluyendo el tiempo de atención.
• Si el tiempo de reparación excede el tiempo establecido en los puntos antes mencionados, al día siguiente hábil, el Proveedor deberá entregar un equipo de respaldo con las mismas características mientras se soluciona el problema.
• Si el equipo presenta más de cinco fallas dentro de un periodo de 30 días naturales, el Proveedor deberá sustituirlo por uno de características iguales o superiores, en un plazo no mayor a un día hábil a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para la CDMX y Área Metropolitana y dos días hábiles a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para las zonas foráneas incluyendo el tiempo de atención.
• Si la reparación excede los 30 días naturales a partir de la fecha del reporte, al día siguiente hábil, el Proveedor entregará a cambio un equipo nuevo con las características iguales o superiores al adquirido.
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El proveedor deberá proporcionar durante la vigencia del contrato los siguientes niveles de servicios descritos en la siguiente tabla:
Actividad | Descripción | Alcance | Nivel de servicio |
Entregables | El Proveedor deberá entregar los equipos arrendados (instalación, configuración y puesta a punto) | Arrendamiento de equipos de cómputo y periféricos | Dentro de los 90 días naturales a partir de la fecha de adjudicación del contrato |
Entregables | Relación y configuración del equipo arrendado, así como el licenciamiento propuesto para la prestación del servicio por parte del Proveedor a la Procuraduría Agraria, en el que se indique ubicación, marca, modelo y el número de serie de los equipos que integran el Servicio de arrendamiento de equipo de cómputo personal y periféricos. En el caso de equipo de cómputo personal además de lo anterior la relación deberá contener número de serie de CPU, monitor, mouse y teclado. | Arrendamiento de equipos de cómputo y periféricos. | Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega, instalación y puesta a punto de los equipos. |
Entregables mensuales | Entrega dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar, de los siguientes documentos: Relación total de equipos activos. Reporte de incidencias. | Arrendamiento de equipos de cómputo y periféricos. | Dentro de los 10 días hábiles a partir del primer día de cada mes |
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Mesa de Ayuda | Poner a disposición de la Procuraduría Agraria una Mesa de Ayuda para el levantamiento de reportes xx xxxxxx de los equipos y periféricos. | Arrendamiento de equipos de cómputo y periféricos. | Dentro de los 5 días hábiles anteriores a la fecha del inicio de la prestación del Arrendamiento |
Atención xx xxxxxx en la Procuraduría Agraria | Atención y reparación xx xxxxxx y problemas relacionadas con los equipos. | Todos los equipos que se detallan en el presente Anexo Técnico | Para la CDMX y Área Metropolitana el tiempo de atención será como máximo cuatro horas, en días laborables y en un horario de 9:00 a 19:00 horas contadas a partir del levantamiento del reporte y el tiempo de reparación en un plazo no mayor a 3 días hábiles incluyendo el tiempo de atención. |
Para las zonas foráneas el tiempo de atención será como máximo un día hábil y en horario de 9:00 a 19:00 horas a partir del levantamiento del reporte. El tiempo de reparación en un plazo no mayor a 5 días hábiles incluyendo el tiempo de atención. |
10.- Soporte técnico
La Procuraduría Agraria requiere contar con el soporte técnico de forma ilimitada cumpliendo con los niveles de servicio requeridos para mantener la continuidad de la operación de los equipos de cómputo personal y periféricos.
Para el soporte técnico la Procuraduría Agraria requiere que el proveedor realice las actividades siguientes:
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• Atención y solución de reportes de incidentes relacionados con los equipos de cómputo y periféricos propuestos para la prestación del servicio de arrendamiento descritos en el presente anexo técnico.
Para la prestación del soporte técnico de los bienes que se· pretenden arrendar materia del presente anexo técnico, el Proveedor deberá poner a disposición de la Procuraduría Agraria una mesa de ayuda para que puedan solicitar asistencia técnica para la atención xx xxxxxx y orientación sobre el uso de los equipos.
10.1- Mesa de ayuda
El proveedor deberá poner a disposición de la Procuraduría Agraria una mesa de ayuda dentro de los 5 días hábiles anteriores a la fecha de inicio de la prestación del arrendamiento para que la Procuraduría Agraria mediante la presentación de reportes, puedan solicitar soporte y asistencia técnica para la atención, diagnóstico y solución xx xxxxxx y orientación de uso de los equipos arrendados, para lo cual el proveedor del servicio deberá proporcionar números convencionales y celulares, además de correos electrónicos del representante del Proveedor.
El administrador del contrato será el máximo nivel de escalamiento con las facultades necesarias para dar por solventadas los reportes a nombre del usuario.
10.2.- Horario de servicio para soporte de equipo de cómputo personal
El proveedor deberá prestar el soporte técnico, en apego a lo que establece el presente anexo técnico, por lo que la Procuraduría Agraria podrán solicitar el soporte técnico vía telefónica y en sitio en días laborables en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
11.- Vigencia del servicio
La vigencia de la contratación será a partir del 1 xx xxxxx del 2022 al 31 de diciembre del 2024. El licitante adjudicado deberá garantizar la continuidad de la operación de la Procuraduría Agraria mediante equipos de transición durante la entrega, instalación, configuración y puesta a punto del total de equipos solicitados por la Procuraduría Agraria conforme al punto 12.
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12.- Plazo de entrega de los equipos en arrendamiento
La entrega de los equipos, instalación, configuración y puesta a punto se deberá realizar en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir del día hábil siguiente a la fecha de adjudicación del contrato.
Se hará constar la entrega en mención, a través de acta administrativa levantada para ello, suscrita por el Administrador del Contrato, el Proveedor y de los testigos respectivos.
13.- Lugar de entrega
El proveedor deberá entregar los equipos de cómputo personal y periféricos materia del presente anexo técnico en los sitios que se enlistan en la tabla 1.1. Domicilios de la Procuraduría Agraria, en el contrato específico. La Procuraduría Agraria podrá incrementar hasta en un 20% la cantidad de equipo arrendado conforme al artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), previa aceptación del proveedor.
14.- Transición del arrendamiento.
Treinta días naturales previos al término del contrato, el Proveedor y la Procuraduría Agraria acordaran el proceso de transición del retiro controlado de los equipos utilizados para la prestación del servicio, con la finalidad de que no se afecte la operación y los niveles de servicio requeridos por la Procuraduría Agraria correspondiente en. el presente anexo técnico. Derivado de lo anterior, el Proveedor se obliga a:
a) Participar en las reuniones que solicite la Procuraduría Agraria para realizar la transición con el Proveedor adjudicado al final del contrato.
b) Durante este proceso de transición el Proveedor deberá seguir prestando el arrendamiento por un periodo máximo de 90 días naturales sin costo para la Dependencia o Entidad a partir de la conclusión del contrato, el que podrá ser reducido en la medida que el nuevo Proveedor que resulte adjudicado otorgue el arrendamiento.
c) En caso de rescisión del contrato de arrendamiento objeto del presente anexo técnico, este no podrá ser suspendido hasta que se asegure la transición en los términos previstos en el párrafo que antecede.
d) Al concluir el periodo de transición, el Proveedor deberá retirar dentro de los 15 días siguientes naturales sus equipos.
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15.- Condiciones y forma de pago
El pago correspondiente se realizará en moneda nacional (pesos mexicanos) a mes vencido durante la vigencia del contrato por la prestación del servicio dentro de los 20 días naturales contados a partir de la entrega de la factura, previa prestación del servicio a entera satisfacción del administrador del contrato en términos del presente anexo técnico de conformidad con el artículo 51, de la LAASSP en caso de que la prestación del servicio no sea por el mes completo que se trate, únicamente se pagará los días que efectivamente se recibió el servicio a satisfacción para estos casos los meses se entenderán siempre de 30 días.
Lo anterior, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el Proveedor del servicio deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones con motivo del incumplimiento parcial o total al mes correspondiente, en que pudiera incurrir respecto a la prestación del servicio.
16.-Penas y deductivas Penas convencionales En el arrendamiento:
El Proveedor se obliga a pagar a la Procuraduría Agraria una pena convencional del 5%
sobre el monto mensual del pago previsto para los equipos no entregados, instalados, configurados y puestos a punto, conforme a lo descrito en el numeral 12 del presente anexo técnico por cada día natural de atraso, dicha pena convencional es de acuerdo con las políticas, bases y lineamientos en materia de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios de la Procuraduría Agraria (POBALINES).
La misma pena se aplicará en el caso de no proporcionar la mesa de ayuda en el plazo establecido en el punto 10.1 de este anexo técnico; así como el no presentar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega, instalación y puesta a punto de los equipos, la relación del equipo arrendado y el licenciamiento para la prestación del servicio por parte del Proveedor a la Procuraduría Agraria, en el que se indique ubicación, marca, modelo y el número de serie de los equipos que integran el Arrendamiento de equipo de cómputo personal y periféricos, por cada día natural de atraso.
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El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto al valor agregado (1.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
En los entregables:
El proveedor se obliga a pagar a la Procuraduría una pena convencional por no presentar los entregables mensuales en los plazos establecidos del presente documento. Dicha pena será del 5% del valor del costo mensual del arrendamiento del equipo, por cada día natural de atraso. El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto del valor agregado (I.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
Deductivas
Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el servicio. Dicha deductiva corresponderá del 5% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP.
Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamiento.
En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del servicio, el Administrador del contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el servicio aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicado, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.
17.- Garantías
17.1 Garantía de cumplimiento
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Para garantizar el cumplimiento del contrato que se le llegase adjudicar al Proveedor, se obliga a entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del instrumento contractual, garantía divisible en moneda nacional (pesos mexicanos) por el equivalente al 10% (diez por ciento) del importe del contrato que suscriba con la Procuraduría Agraria, sin considerar el impuesto al valor agregado, la cual deberá emitir a favor de la Procuraduría Agraria y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 103 del reglamento de la LAASSP, aplicable en la materia.
La garantía se deberá de entregar en el domicilio de la Procuraduría Agraria. Motolinía N° 11 Colonia Centro C.P. 06000 Alcaldía Xxxxxxxxxx, CDMX
18.- Administrador del contrato
El Administrador del contrato será el responsable de calcular y notificar al Proveedor, las penas convencionales y las deductivas que se hubieran determinado en el periodo de evaluación. Para la recepción del servicio el Administrador del contrato verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas para el otorgamiento del servicio, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 84 del reglamento de la LAASSP.
19 -Términos y condiciones legales
El Proveedor que resulte adjudicado previo a la firma del contrato respectivo deberá cumplir con los puntos que se indican a continuación:
• Acreditación de la existencia y personalidad jurídica (Art. 48 Fracción V RLAASSP). (Que el objeto social sea acorde con el objeto de la contratación).
• Acreditación del representante legal.
• Manifestación de nacionalidad mexicana. (Art. 35 RLAASSP).
• Manifiesto de acreditación de normas aplicables.
• Documento que acredite el derecho de la propiedad intelectual de los productos ofertados (en su caso).
• Supuestos establecidos en os Artículos 50 y 60, Antepenúltimo Párrafo de la LAASSP.
• Declaración de integridad del Proveedor de no adoptar conductas que induzcan o alteren las evaluaciones de proposiciones.
• Firma electrónica vigente para participar a través de CompraNet.
• Estar al corriente de sus obligaciones fiscales (Art. 32 D CFF, SAT, IMSS e INFONAVIT).
• Manifestación de estratificación de la empresa (MIPYME).
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20.- Confidencialidad
El Proveedor deberá presentar en su propuesta técnica carta en papel membretado firmada por el representante legal, donde se compromete a mantener absoluta confidencialidad de la información a la cual tengan acceso siendo responsable de cada uno de los integrantes del personal asignado para el desarrollo y operación del proyecto, respetando el manejo correcto de la información.
Toda la información a que tenga acceso el personal que el proveedor designe para el cumplimiento del contrato, es considerada de carácter confidencial.
21.- Responsabilidad laboral
El (los) Proveedor (es) se constituye (n) como único patrón del personal que ocupe para llevar a cabo la prestación del servicio y será el único responsable de las obligaciones que en virtud de disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y Seguridad Social, les deriven frente a dicho personal, liberando a las Dependencias y/o Entidades de cualquier responsabilidad laboral al respecto.
22.- Cotización
Los Proveedores deberán cotizar por precios unitarios sin incluir el IV.A y en moneda nacional (pesos mexicanos), conforme al presente anexo técnico y a los formatos que se acompañan.
Las cotizaciones deberán presentar por precios unitarios considerando los costos por equipo, conforme a la vigencia del 01 xx xxxxx de 2022 al 31 de diciembre del 2024.
La entrega de los equipos de cómputo objeto del presente procedimiento se realizará en los domicilios mencionados en “Tabla 1.1 Domicilios de la Procuraduría Agraria.” se muestra la distribución, la cual se podrá modificar conforme a los resultados del procedimiento.
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ANEXO 2
Para la proposición técnica el proveedor podrá utilizar el anexo técnico con el objeto de reconocer su cumplimiento (Redacción libre)
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ANEXO 3
FORMATO GUÍA DE OFERTA ECONÓMICA.
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE 2022
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
PRESENTE.
CON RELACIÓN AL PROCEDIMIENTO DE IA-015QEZ001-E23-2022, ME PERMITO SOMETER A SU CONSIDERACIÓN LA SIGUIENTE PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
PARTIDA DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO | PARTIDA EN CONTRATO MARCO | PERFIL | DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO | CANTIDAD MÍNIMA | SI SU COTIZACIÓN NO TIENE DIFERENCIA POR ESTADO Y PUEDE ABASTECER A NIVEL NACIONAL, COTICE AQUÍ | COSTO POR VOLUMEN ANUAL DE LA COTIZACIÓN |
1 | 6 | D3 | Computadora de Escritorio Intermedia con Red Inalámbrica | 158 | $ | $ |
2 | 11 | L1 | Computadora Portátil General (Laptop Ligera) | 764 | $ | $ |
3 | 14 | L2 | Computadora Portátil (Laptop Intermedia) con Estación de Trabajo para Laptop* | 11 | $ | $ |
4 | 18 | N2 | Apple de Escritorio iMac | 2 | $ | $ |
5 | 21 | P01 | Teclado y Mouse* | 11 | $ | $ |
6 | 22 | P02 | Periféricos Conferencia | 158 | $ | $ |
7 | 23 | P03 | Monitor* | 11 | $ | $ |
8 | 29 | P09 | Video Proyector | 36 | $ | $ |
9 | 30 | P10 | No Break Tipo 1 | 158 | $ | $ |
Sub Total | $ | |||||
Iva | $ | |||||
Total | $ |
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FORMATO GUÍA DE OFERTA ECONÓMICA.
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE 2022
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
PRESENTE.
CON RELACIÓN AL PROCEDIMIENTO DE IA-015QEZ001-E23-2022, ME PERMITO SOMETER A SU CONSIDERACIÓN LA SIGUIENTE PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
PARTIDA DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO | PARTIDA EN CONTRATO XXXXX | PERFIL | DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO | CANTIDAD MÁXIMA | SI SU COTIZACIÓN NO TIENE DIFERENCIA POR ESTADO Y PUEDE ABASTECER A NIVEL NACIONAL, COTICE AQUÍ | COSTO POR VOLUMEN ANUAL DE LA COTIZACIÓN |
1 | 6 | D3 | Computadora de Escritorio Intermedia con Red Inalámbrica | 395 | $ | $ |
2 | 11 | L1 | Computadora Portátil General (Laptop Ligera) | 1910 | $ | $ |
3 | 14 | L2 | Computadora Portátil (Laptop Intermedia) con Estación de Trabajo para Laptop* | 14 | $ | $ |
4 | 18 | N2 | Apple de Escritorio iMac | 3 | $ | $ |
5 | 21 | P01 | Teclado y Mouse* | 14 | $ | $ |
6 | 22 | P02 | Periféricos Conferencia | 395 | $ | $ |
7 | 23 | P03 | Monitor* | 14 | $ | $ |
8 | 29 | P09 | Video Proyector | 48 | $ | $ |
9 | 30 | P10 | No Break Tipo 1 | 395 | $ | $ |
Sub Total | $ | |||||
Iva | $ | |||||
Total | $ | |||||
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD | ||||||
ATENTAMENTE: | ||||||
NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL | CARGO EN LA EMPRESA | FIRMA | ||||
VIGENCIA DE PROPUESTA: | ||||||
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE. |
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El importe real de la contratación se ajustará al presupuesto mínimo y máximo de la contratación en función de los precios cotizados, ajustando de manera proporcional las cantidades de equipos arrendados.
ANEXO 4
FORMATO DE CÉDULA RESUMEN
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE 2022
NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL: | |
NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO: | |
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: | |
IMPORTE TOTAL DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (EN PESOS Y SIN I.V.A.) | |
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA: | |
CONDICIONES DE PAGO: |
DECLARO HABER LEÍDO LA CONVOCATORIA DE ESTE CONCURSO, ACEPTANDO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA CONVOCANTE.
NOMBRE, CARGO Y FIRMA
DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
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ANEXO 5
TEXTO DE PÓLIZA DE FIANZA DEL 10% DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA
No.
Las obligaciones derivadas de la suscripción del (los) CONTRATO (s) Y/O PEDIDO(s) respectivo(s), serán garantizadas por el (los) EL PROVEEDOR(es) adjudicado(s), mediante fianza expedida por institución afianzadora mexicana autorizada, por un importe equivalente al 10% del monto del (los) mismo(s), sin incluir el IVA, a Favor de la Procuraduría Agraria.
En la redacción de la fianza de garantía se deberá indicar “Que garantiza el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del CONTRATO Y/O PEDIDO”. Derivado de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, Número
por un importe de $ .
Asimismo, en dicha fianza se deberán transcribir las siguientes leyendas:
“Que la afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y por disposición del artículo tercero transitorio del citado ordenamiento, a lo señalado por el Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, hasta en tanto se expida el Reglamento de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la póliza de cumplimiento, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, asimismo, que se obliga a observar lo dispuesto por el artículo 178 del último de los ordenamientos citados, en el sentido de que la fianza no tendrá fecha de vencimiento”.
“La presente garantía de cumplimiento del CONTRATO Y/O PEDIDO únicamente podrá ser cancelada mediante un escrito por el área competente de LA PROCURADURÍA AGRARIA y tendrá vigencia durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por Autoridad competente”.
“En caso de prórroga o espera, la vigencia de la fianza quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera y al efecto (Compañía emisora de la Fianza) pagará en términos xx Xxx hasta la cantidad de 10% del monto total del CONTRATO Y/O PEDIDO adjudicado”. Salvo que la entrega de los BIENES O SERVICIOS se realice antes de la fecha establecida en el CONTRATO Y/O PEDIDO.
En caso de incremento en los bienes o servicios objeto del CONTRATO Y/O PEDIDO, el PROVEEDOR deberá entregar la modificación respectiva a la garantía de cumplimiento por dicho incremento.
Esta garantía será aplicada en forma proporcional al monto de lo incumplido en la prestación del CONTRATO Y/O PEDIDO de referencia en la entrega total o parcial de los bienes o servicio, en una, varias o todas las partidas adjudicadas en el CONTRATO Y/O PEDIDO de referencia.
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ANEXO 6
CONVOCANTE PRESENTE.
FORMATO DE ACREDITACIÓN (DOF, 11 XX XXXXX DE 1997)
(NOMBRE) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR LA VERDAD, QUE LOS DATOS AQUÍ ASENTADOS, SON CIERTOS Y HAN SIDO DEBIDAMENTE VERIFICADOS, ASÍ COMO QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPOSICIÓN EN LA PRESENTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL).
NOMBRE DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA: No. DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA: DEL LICITANTE
NOMBRE | |||
CORREO ELECTRÓNICO | |||
TELÉFONO FAX | |||
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES | |||
DOMICILIO FISCAL | |||
CALLE NUMERO | |||
COLONIA CÓDIGO POSTAL | |||
DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA | |||
NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL | |||
NÚMERO Y FECHA EN LA QUE DEL ACTA CONSTITUTIVA | |||
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA (SÓLO SI APLICA) | |||
NOMBRE, NÚMERO Y LUGAR DEL FEDATARIO PÚBLICO QUE PROTOCOLIZÓ LAS REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA (SÓLO SI APLICA) | |||
DATOS DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO. | |||
RELACIÓN DE ACCIONISTAS | |||
APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE (S) | NACIONALIDAD |
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL |
DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL LICITANTE
NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE: | |
CORREO ELECTRÓNICO: | |
TELÉFONO: | FAX: |
NUMERO DE LA ESCRITURA PUBLICA | |
NOMBRE, NÚMERO Y LUGAR DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPOSICIÓN | |
EL NOMBRE, NÚMERO Y LUGAR O CIRCUNSCRIPCIÓN DEL FEDATARIO PÚBLICO QUE LAS PROTOCOLIZÓ Y PRECISAR QUE LAS FACULTADES OTORGADAS NO LE HAN SIDO REVOCADAS |
(LUGAR Y FECHA) PROTESTO LO NECESARIO (FIRMA)
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA PARTICIPANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO, PREFERENTEMENTE, EN EL ORDEN INDICADO.
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ANEXO 7
CONVOCANTE PRESENTE.
CARTA DE ACEPTACIÓN SOBRE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DICTAMINACIÓN Y ADJUDICACIÓN
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE 2022
MEDIANTE ESTE ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD HACEMOS CONSTAR QUE LA PERSONA FÍSICA O MORAL DENOMINADA CON RELACIÓN A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No . “SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS BAJO CONTRATO MARCO PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA:
HEMOS LEÍDO ÍNTEGRAMENTE EL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS Y EL CONTENIDO DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES Y ACEPTAMOS PARTICIPAR EN ESTA INVITACIÓN CONFORME A ÉSTAS, RESPETANDO Y CUMPLIENDO ÍNTEGRA Y CABALMENTE EL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA, ASÍ MISMO COMO RESPETAR LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DICTAMINACIÓN Y ADJUDICACIÓN Y LOS EFECTOS QUE SURTAN EN CASO DE ADJUDICACIÓN
A T E N T A M E N T E
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL APODERADO
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
“SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS BAJO CONTRATO MARCO PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA"
Número de Procedimiento en CompraNet: IA-015QEZ001-E23-2022
ANEXO 8
CONVOCANTE PRESENTE.
DECLARACIÓN DE NO CONTAR O PARTICIPAR CON PERSONAS FÍSICAS Y/X XXXXXXX INHABILITADAS
CIUDAD DE MÉXICO A, DE DE 2022
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL) EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DECLARO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, QUE EN LA OFERTA PRESENTADA POR NUESTRA EMPRESA NO PARTICIPAN PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX INHABILITADAS POR RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY CITADA CON ANTELACIÓN. ASÍ MISMO NO PARTICIPARÁN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDOS PERSONAS INHABILITADAS CON EL PROPÓSITO DE EVADIR LOS EFECTOS DE LA INHABILITACIÓN, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN, ENTRE OTROS, LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:
A) PERSONAS XXXXXXX EN CUYO CAPITAL SOCIAL PARTICIPEN PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX QUE SE ENCUENTREN INHABILITADAS;
B) PERSONAS XXXXXXX QUE EN SU CAPITAL SOCIAL PARTICIPEN PERSONAS XXXXXXX EN CUYO CAPITAL SOCIAL, A SU VEZ, PARTICIPEN PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX QUE SE ENCUENTREN INHABILITADAS, Y
PERSONAS FÍSICAS QUE PARTICIPEN EN EL CAPITAL SOCIAL DE PERSONAS XXXXXXX QUE SE ENCUENTREN INHABILITADAS.
ESTAMOS EN CONOCIMIENTO QUE LA FALSEDAD EN LA MANIFESTACIÓN A QUE SE REFIERE ESTA FRACCIÓN SERÁ SANCIONADA EN LOS TÉRMINOS XX XXX DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. ADEMÁS DE QUE EN CASO DE OMISIÓN INTENCIONAL EN LA ENTREGA DEL ESCRITO, O SI LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CON QUE CUENTE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA SE DESPRENDE QUE PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX PRETENDEN EVADIR LOS EFECTOS DE LA INHABILITACIÓN, LA ENTIDAD SE ABSTENDRÁ DE FIRMAR EL PEDIDO CORRESPONDIENTE.
LO ANTERIOR CON RELACIÓN A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. PARA ““SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFERICOS BAJO CONTRATO XXXXX PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA.
PROTESTO LO NECESARIO
(Nombre de la persona moral y del Representante legal)
NOTA: TRATÁNDOSE DE LICITANTES PERSONAS FÍSICAS, DEBERÁ AJUSTARSE EL MODELO DE ESTA CARTA EN LO REFERENTE A SU CARÁCTER Y SINGULARIDAD DE LA DECLARACIÓN
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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CONVOCANTE PRESENTE.
ANEXO 9
CARTA DE GARANTÍA CONTRA XXXXXX OCULTOS
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(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DENOMINADA , MANIFIESTO QUE ME COMPROMETO A QUE EL SERVICIO PROPUESTO EN LA INVITACIÓN No. CUENTAN CON GARANTÍA POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LA CALIDAD DE LOS MATERIALES DE LOS EQUIPOS ARRENDADOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN, CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LOS MISMOS, A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA DEL LA VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA CONVOCANTE. DEBIENDO SUSTITUIRLOS EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL ANEXO I “ANEXO TÉCNICO”.
.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
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CONVOCANTE PRESENTE.
ANEXO 10
CARTA DE NO ENCONTRARSE EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY
(Aplica para personas físicas y xxxxxxx)
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EN RELACIÓN A LA CONVOCATORIA DE FECHA EMITIDA POR LA CONVOCANTE, A
TRAVÉS DE RELATIVA A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
NACIONAL ELECTRÓNICA No. ““SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFERICOS BAJO CONTRATO XXXXX PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA, EL QUE SUSCRIBE EN SU CARÁCTER DE A NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL ME PERMITO MANIFESTAR LO SIGUIENTE:
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD Y CON LA REPRESENTACIÓN LEGAL QUE OSTENTO, QUE ESTA
AL IGUAL QUE SUS ASOCIADOS NO SE ENCUENTRAN DENTRO DE NINGUNO DE LOS SUPUESTOS COMPRENDIDOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 LA LEY.
NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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ANEXO 11
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
CONVOCANTE PRESENTE.
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EN RELACIÓN A LA CONVOCATORIA DE FECHA EMITIDA POR LA CONVOCANTE, A TRAVÉS DE , RELATIVA A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. ““SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFERICOS BAJO CONTRATO XXXXX PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA, EL QUE SUSCRIBE EN SU CARÁCTER DE A NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL ME PERMITO MANIFESTAR LO SIGUIENTE:
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD Y CON LA REPRESENTACIÓN LEGAL QUE OSTENTO, QUE POR MI O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONVOCANTE, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES.
NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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ANEXO 12 (1/2)
MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
P r e s e n t e.
de de
(1) (2)
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mí representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _ (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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INSTRUCTIVO PARA EL ANEXO 12 (2/2)
DE MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
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ANEXO 13 INFORMACIÓN PÚBLICA
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CONVOCANTE PRESENTE.
CON LA REPRESENTACIÓN LEGAL QUE OSTENTO, MANIFIESTO QUE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 117 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, TODA LA DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA POR (SEÑALAR EL NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), PARA ESTA CONTRATACIÓN ES PÚBLICA, POR LO QUE NO ESTA CONSIDERADA DENTRO DEN EL CAPÍTULO III DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL ANTERIORMENTE CITADO.
PROTESTO LO NECESARIO
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE
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ANEXO 14
CARTA DE CONFIDENCIALIDAD
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CONVOCANTE PRESENTE.
ME PERMITO MANIFESTAR Y DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, CON LA REPRESENTACIÓN LEGAL QUE OSTENTO, QUE SE GUARDARÁ BAJO LAS MÁS ESTRICTAS REGLAS DE CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL, CUALQUIER INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN A LA QUE SE TENGA ACCESO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, ASÍ COMO AQUELLA QUE SE CONSERVE COMO PARTE DE SUS ARCHIVOS A LA CONCLUSIÓN DEL ARRENDAMIENTO, PASARÁ A SER PROPIEDAD DE LA PROCURADURÍA AGRARIA, ASIMISMO, NO SE DIVULGARÁN LOS INFORMES, DATOS Y RESULTADOS, INCLUYENDO TODA AQUELLA INFORMACIÓN RELATIVA A LAS OPERACIONES ACTIVAS, PASIVAS Y DE SERVICIOS, ASÍ COMO EL SECRETO BANCARIO Y FIDUCIARIO.
PROTESTO LO NECESARIO
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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ANEXO 15 FORMATO CARTA PODER
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD. (NOMBRE DE QUIEN OTORGA EL PODER)
EN MI CARÁCTER DE DE (CARÁCTER QUE OSTENTA QUIEN OTORGA EL PODER)
LA EMPRESA SEGÚN
(NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL)
CONSTA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL DE FECHA (NÚMERO)
OTORGADO ANTE EL NOTARIO PÚBLICO DE (NÚMERO)
Y QUE SE ENCUENTRA REGISTRADA BAJO EL (CIUDAD DONDE SE OTORGÓ EL PODER)
NÚMERO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE
(LUGAR EN QUE SE EFECTUÓ EL REGISTRO)
OTORGÓ LA PRESENTE “CARTA PODER” AL C.
(NOMBRE DE QUIEN RECIBE EL PODER)
PARA QUE A MI NOMBRE Y EN MI REPRESENTACIÓN, SE ENCARGUE DE LAS SIGUIENTES GESTIONES: ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN, COMPARECER A LOS ACTOS DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS, FALLO Y HACER LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE DICHOS ACTOS, CON RELACIÓN A LA PRESENTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA CONVOCADA POR LA CONVOCANTE.
LUGAR Y FECHA DE EXPEDICIÓN
NOMBRE, CARGO, FIRMA, DOMICILIO NOMBRE, FIRMA, DOMICILIO DE QUIEN OTORGA EL PODER DE QUIEN RECIBE EL PODER
T E S T I G O S
NOMBRE, DOMICILIO Y FIRMA NOMBRE, DOMICILIO Y FIRMA
NOTA 1: EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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ANEXO 16 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO ABIERTO PLURIANUAL 2022-2024 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS BAJO CONTRATO MARCO PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO XXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA PROCURADURÍA" Y
POR LA OTRA ******************************************., REPRESENTADA POR
***************************, EN SU CARÁCTER DE *************************** A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”; QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA LAS “PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:-
----------------------------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S
1. Declara "LA PROCURADURÍA" a través de su representante legal que:
1.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, previsto en la Ley Agraria, la cual fue expedida el 23 de febrero de 1992, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero del mismo año, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro federal de contribuyentes PAG 920226 2R8.
1.2. Que su representante el Licenciado Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, en su carácter de Director General de Administración, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 16 de febrero de 2020, que le otorgó el Licenciado Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Procurador Agrario; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico a nombre de "LA PROCURADURÍA", en ausencia del Secretario General, con fundamento en lo dispuesto en el numeral segundo correlacionado con el primero del Acuerdo por el que se delega a los titulares o encargados de las delegaciones de la Procuraduría Agraria, la facultad de celebrar contratos y convenios para la prestación de servicios, para la adquisición de bienes y para el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, necesarios para el adecuado funcionamiento de esas Unidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 xx xxxxx del 2016.
1.3. Que con MEMORANDUM/DGPOP/SP/********/2021, de fecha 16 de noviembre de 2021, suscrito por la Lic. Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Directora General de Programación Organización y Presupuesto, comunicó que se cuenta con asignación presupuestal correspondiente al año 2022, por lo que respecta a los años 2023 y 2024, estarán previstos en el presupuesto correspondiente, en la partida 32301 “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS”; así como con la respectiva autorización plurianual No. PA-PLURIANUAL
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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06/2021 de fecha 29 de noviembre de 2021, signada por el Procurador Agrario, Licenciado Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en términos de lo dispuesto por los artículos 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 148 de su Reglamento, 24, 25, 26, fracción II, 26 BIS fracción II, 28 fracción I, 41 Fracción XX y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 85 de su Reglamento.
1.4. Que formuló la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional de Participación Electrónica, número IA-015QEZ001-***********-2022 a través de CompraNet, a todos “LOS POSIBLES PROVEEDORES” de “EL ARRENDAMIENTO” que forman parte del Contrato Xxxxx, observando lo establecido en las disposiciones legales y en el Contrato Marco.
1.5. Que, el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional de Participación Electrónica Número IA-015QEZ001-********-202*, para el SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS BAJO CONTRATO MARCO PARA LA PROCURADURÍA AGRARIA, se llevó a acabo de conformidad con lo previsto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 fracción II y 43 de la LAASSP.
1.6. Que con fecha ********* de ************ de 202** se realizó el Acto de Fallo de la referida Invitación a Cuando Menos Tres Personas, mediante el cual se le adjudicó a “EL PROVEEDOR”, el servicio materia del presente contrato, por ofrecer las mejores condiciones. Asimismo, con fecha ****** de ***************** de 202*.
1.7. La celebración del presente Contrato se realiza con apego al “Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012 y su reforma del 30 de diciembre de 2013 y a los “Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal”, publicados en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de enero de 2013.
1.8. Para efecto de satisfacer la necesidad de la “LA PROCURADURÍA”, se requiere de la contratación de dicho servicio de acuerdo a lo que se menciona en la Cláusula Primera del presente Contrato.
1.9. Esta contratación será administrada y verificada por el Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Director de Informática, adscritos a la Dirección General de Administración de la Procuraduría Agraria, o los servidores públicos que los suplan o sustituyan.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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1.10. Que en concordancia con las declaraciones que proceden, se dio cumplimiento a la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, y a su Reglamento, en lo relativo a los procedimientos y requisitos de contratación.
1.11. Que, para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio el ubicado en Xxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
2. Declara "EL PROVEEDOR” a través de su representante legal:
2.1 Que es una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como lo acredita con escritura pública número *************** de fecha ** de *********** de ****, otorgada ante la fe del licenciado *****************, notario público número ** del ************** inscrita bajo el folio mercantil electrónico número *************** con fecha ** de ********** de ****, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de*****************, y que tiene como objeto social, entre otras y de manera enunciativa mas no limitativa: El arrendamiento de ************************.
2.2 Que en su carácter de representante legal cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada, lo que acredita con su designación
**************************, que consta en escritura pública número *********** de fecha ** de
***************** de *****, otorgada ante la fe del licenciado ***********************, Notario Público número ** del *******************, inscrita bajo el folio mercantil electrónico número **************** con fecha ** de *************** de ******, en el *****************************, manifestando que en términos de los estatutos de la sociedad, su designación fue hecha por la Asamblea General de Accionistas y permanecerá en su puesto indefinidamente, por lo que dichas facultades a la fecha no le han sido revocadas, limitadas, ni modificadas en forma alguna.
2.3 Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número **********************.
2.4 Que conoce el contenido y el alcance de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como las características de este contrato, la normatividad citada en este instrumento y aquella que resulta aplicable en atención al objeto. Asimismo, que dispone de los recursos necesarios e idóneos para cumplir con el objeto del presente instrumento, de forma eficiente, oportuna y en las mejores condiciones, así como que cuenta con la capacidad legal para contratar y obligarse en los términos del presente contrato y su Anexo Técnico.
2.5 Presentó en tiempo y forma la Opinión positiva y vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria en los términos de la Regla
**********, de la Resolución Miscelánea Fiscal para el *******, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ** de ***************** de 2021.
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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2.6 Que manifestó, bajo protesta de decir verdad, que los socios o accionistas que ejercen control sobre el “EL PROVEEDOR” no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público, por lo que, con la formalización del contrato, no se actualiza un conflicto de Interés, en términos del artículo 49 fracción IX, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, según consta en la carta que obra en el expediente de la presente contratación.
Para efectos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se entiende que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas xxxxxxx.
2.7 Que, para todos los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en
******************************************************, teléfono *************************** y correo electrónico
**************************.
3. Declaran “LAS PARTES":
Que se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y que es su voluntad celebrar el presente instrumento legal.
EN MÉRITO DE LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN, “LAS PARTES” CONVIENEN LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO.
El "PROVEEDOR" se obliga a otorgar el servicio de arrendamiento de ************************* para “LA PROCURADURÍA”, en lo sucesivo se denomina como “EL ARRENDAMIENTO", de acuerdo con las especificaciones, establecidas en el Anexo Técnico, el cual debidamente firmado por las "PARTES", forma parte integrante del presente contrato.
SEGUNDA. - MONTO. “LA PROCURADURÍA” pagará al “EL PROVEEDOR” por “EL
ARRENDAMIENTO", un monto mínimo total plurianual de $************************
ANEXOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA, BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO PERSONAL Y PERIFÉRICOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
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(************************pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de
$*********************** (************************ pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de $************* (*************************** pesos 00/100 M,N,), y un monto máximo total plurianual de hasta
$********************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $*********************** (************************************pesos 00/100 M,N,), lo que da un total de
$************************ (******************************pesos 00/100 M.N.), de la forma siguiente:
Para el ejercicio fiscal 2022, “LA PROCURADURÍA” pagará al "PROVEEDOR", un monto mínimo de
$******************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $******************** (*********************************pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de
$*********************** (**********************************pesos 00/100 M.N,) y un monto máximo de hasta
$***************** (*******************************pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $****************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de $****************** (***************************** pesos 00/100 M.N.)
Para el ejercicio fiscal 2023, “LA PROCURADURÍA” pagará al "PROVEEDOR", un monto mínimo de
$******************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $******************** (*********************************pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de
$*********************** (**********************************pesos 00/100 M.N,) y un monto máximo de hasta
$***************** (*******************************pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $****************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de $****************** (***************************** pesos 00/100 M.N.)
Para el ejercicio fiscal 2024, “LA PROCURADURÍA” pagará al "PROVEEDOR", un monto mínimo de
$******************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $******************** (*********************************pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de
$*********************** (**********************************pesos 00/100 M.N,) y un monto máximo de hasta
$***************** (*******************************pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que es de $****************** (*************************** pesos 00/100 M.N.), lo que da un total de $****************** (***************************** pesos 00/100 M.N.)
Lo anterior, conforme al cuadro siguiente:
Montos | Plurianual | |
Xxxxxx | Xxxxxx | |
Subtotal | ||
I.V.A. | ||
Total |
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Montos | 2022 | 2023 | 2024 | |||
Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | |
Subtotal | ||||||
I.V.A. | ||||||
Total |
“LAS PARTES” convienen que los precios de este Contrato serán fijos durante su vigencia, mismos que se establecieron tomando como referencia los precios de referencia para la prestación de “EL ARRENDAMIENTO”; en consecuencia, el monto cotizado por “EL PROVEEDOR” no es igual ni está por encima de los precios de referencia.
TERCERA. – VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO.
La vigencia del presente contrato será del 01 xx xxxxx de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El plazo para la prestación del arrendamiento será a partir de la notificación que “LA PROCURADURÍA” haga de la adjudicación a “EL PROVEEDOR” y hasta los veinte días hábiles posteriores a ésta.
CUARTA. - LUGAR DEL “ARRENDAMIENTO”.
“EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los equipos objeto de “EL ARRENDAMIENTO" de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico, mismo que forma parte integrante del presente contrato.
QUINTA. - FORMA DE PAGO.
Con fundamento en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 89 de su Reglamento; así como, el Capítulo Quinto de los Lineamientos para promover la agilización del pago a proveedores, el costo por el arrendamiento se cubrirá por parte de “LA PROCURADURÍA”, en pagos mensuales por el servicio devengado con I.V.A. incluido, en un plazo que no excederá de los 20 días naturales posteriores a la presentación del comprobante fiscal digital (CFDI). Para que el pago proceda deberá contener las especificaciones señaladas en el Anexo Técnico, a entera satisfacción y aceptación del administrador del contrato por el servicio debidamente prestado.
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“EL PROVEEDOR” presentará el CFDI en las instalaciones del administrador del contrato, en un término no mayor de 3 (tres) días hábiles, para efectos de pago; el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación, a satisfacción y aceptación del administrador del contrato por el servicio debidamente prestado; así como, la documentación relativa a la aceptación del servicio, para gestionar ante la Dirección correspondiente de “LA PROCURADURÍA”, el pago respectivo del servicio; dicho servidor público contará con tres días hábiles para verificar y en su caso, aceptar la CFDI.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada derivado del proceso anterior, no se computará para efectos del pago de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En términos del artículo 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efectos de contabilizar el plazo a que hace referencia el primer párrafo del artículo 51 de la citada Ley, se tendrá como recibida la CFDI, a partir de que “EL PROVEEDOR” la entregue a el administrador del contrato al momento de concluir la prestación del servicio, y que éste la reciba a satisfacción en los términos de los Lineamientos que emita la SFP para promover la agilización del pago.
Dentro del plazo mencionado en el párrafo anterior, el administrador del contrato deberá requerir, en su caso a “EL PROVEEDOR” la corrección de errores o deficiencias contenidos en la CFDI; tramitar el pago de dicha CFDI y realizar el mismo a “EL PROVEEDOR”
Acorde a los Lineamientos referidos, el plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que “EL PROVEEDOR” acredite la prestación del servicio y la fecha de pago correspondiente, será de 30 (treinta) días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el término a que hace referencia el párrafo primero del artículo 51 de la Ley de la materia.
El pago del servicio quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar, en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Pagos en exceso
En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA PROCURADURÍA” procederá a deducirlas
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cantidades de las facturas subsecuentes o bien “EL PROVEEDOR” cubrirá dicho pago a favor de
“LA PROCURADURÍA”. SEXTA. - DE LOS ANTICIPOS.
No se otorgará ningún anticipo.
SÉPTIMA. - IMPUESTOS.
“LA PROCURADURÍA” pagará únicamente el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes, siendo a cargo del “PROVEEDOR” cualquier otro impuesto, o cualquier obligación fiscal que pudiera derivarse del presente Contrato; así como de infracciones o multas de las que fuere acreedor.
OCTAVA. - DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. - FIANZA.
Con fundamento en lo previsto en los artículos 48, fracción II, 49, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 85 y 87 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir y entregar, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del Contrato, una fianza divisible expedida por institución legalmente constituida y apta en la diversificación de las responsabilidades que asuma, a favor de “LA PROCURADURÍA”, para garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones contraídas o por el porcentaje que corresponda del monto total máximo por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate; en este último caso, deberá ser renovada cada ejercicio fiscal, dentro de los 10 (diez) días naturales de cada uno de ellos; en este supuesto, el importe de esta fianza será el equivalente al 10% del monto máximo total del Contrato por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate, sin incluir I.V.A.
El “PROVEEDOR” deberá entregar la garantía de cumplimiento a “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del Contrato, a efecto de que dicho administrador, proceda a su calificación en términos de lo establecido en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015; debiendo remitir a la Dirección Recursos Financieros de “LA PROCURADURÍA”, el original de la aceptación, así como de la garantía de cumplimiento, para su guarda y custodia, a más tardar 5 (cinco) días naturales posteriores a dicha aceptación; o bien el dictamen para que se rescinda el Contrato, marcando copia del mismo al Órgano Interno de Control en la ”LA PROCURADURÍA”, para los efectos de su competencia.”
“EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” deberá requerir a “EL PROVEEDOR” su escrito con el señalamiento de que ofrece y exhibe la garantía de cumplimiento.
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Dicha fianza deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia y en su redacción se transcribirá el siguiente texto:
“MONTO DE LA FIANZA
$ .
FIANZAS…NOMBRE DE LA AFIANZADORA, S.A. DE C.V. en ejercicio de la autorización que le otorgó el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se constituye fiadora hasta el monto máximo total de:
$ . M.N. (CANTIDAD EN LETRA) A FAVOR DE “LA PROCURADURÍA”.
Para garantizar por (NOMBRE DE LA EMPRESA), con R.F.C. , con domicilio en
(DOMICILIO FISCAL DEL “PROVEEDOR”) ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el
fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato N°, de fecha-
, con vigencia del , relativo a los Servicios de , con un importe máximo total de $ (CANTIDAD CON LETRA M.N.). mas I.V.A.
La Institución Afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual también será aplicable para el cobro de indemnización por xxxx que en su caso se genere en los términos previstos en el artículo 283 del mismo ordenamiento, así como a lo dispuesto por el Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la Tesorería de la Federación, asimismo, se obliga a observar lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley antes citada, en el sentido de que la fianza no tendrá fecha de vencimiento.”
Esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantiza y continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.
En caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización xx xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
Que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de “LA PROCURADURÍA”.
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Por lo que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA PROCURADURÍA”, otorgue el acta administrativa o documento equivalente en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo (NOMBRE DEL PROVEEDOR), la liquidación debida.
En caso de prórroga o espera, la vigencia de esta fianza quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera y al efecto (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA COMPAÑÍA EMISORA DE LA FIANZA) pagará en términos xx Xxx hasta la cantidad del 10% (diez por ciento) del monto máximo total del Contrato.
Con independencia de lo anterior (NOMBRE DEL PROVEEDOR) quedará obligado a recabar el endoso modificatorio a la póliza de fianza por cualquier modificación que se realice al Contrato, garantizando los extremos de la misma.
La falta de presentación de la fianza de cumplimiento en el plazo estipulado dará como consecuencia el inicio del proceso de rescisión por incumplimiento a lo aquí establecido.
Para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas se tendrá como domicilio del beneficiario, el ubicado en: Xxxxx xx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx
“En caso de rescisión del Contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será divisible, por lo que será proporcional al monto de las obligaciones no cumplidas”.”
En el caso de que “LA PROCURADURÍA” hiciera efectiva la fianza, ésta lo comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” y a la Afianzadora, obligándose el primero a que la fianza permanezca vigente hasta que se subsanen las causas que motivaron el incumplimiento de las obligaciones a su cargo.
Una vez que las obligaciones señaladas en el presente Contrato sean cumplidas por “EL PROVEEDOR” y a entera satisfacción de “LA PROCURADURÍA” previo pronunciamiento del servidor público responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato, “LA PROCURADURÍA” realizará la cancelación de la garantía de cumplimiento.
NOVENA. - DEL ENDOSO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
En el supuesto de que “LA PROCUADURIA” y por así convenir a sus intereses, decidiera prorrogar, modificar o ampliar la prestación del servicio pactados en este Contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a garantizar dicha prestación, mediante el endoso, en donde consten las modificaciones o cambios en la fianza correspondiente, en los mismos términos señalados en la cláusula Octava y por los periodos prorrogados, y entregarla a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Convenio respectivo
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Para el caso en que se decida ampliar la vigencia del Contrato, se deberá presentar el endoso respectivo de la Garantía de Cumplimiento por el período ampliado.
DÉCIMA. - RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 84 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley en la materia; el Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Titular de la Dirección de Informática, será responsable y “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, o quienes los suplan o sustituyan en los cargos; con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, 0xx. Piso, Colonia Centro, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Código Postal 06000, Ciudad de México, con teléfono 00000000 y extensiones **** y **** respectivamente.
DÉCIMA PRIMERA. - FORMA Y TÉRMINOS EN QUE SE REALIZARÁ LA VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES Y LA ACEPTACIÓN DEL SERVICIO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 84 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; el Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Titular de la Dirección de Informática, será responsable de administrar el contrato, o quienes los suplan o sustituyan en los cargos.
El Titular de la Dirección de Informática, el Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, será el responsable de supervisar el servicio objeto del contrato, en Oficinas Centrales, y en las Representaciones por quien (es) determine su Titular; servidores públicos que durante la vigencia del contrato supervisarán que lo establecido en el Anexo Técnico, se lleve a cabo en tiempo y forma de acuerdo a lo solicitado; asimismo, reportarán las deficiencias o trabajos no realizados.
En caso de incumplimiento en la prestación del servicio, “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, comunicará a “EL PROVEEDOR”, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que éstos se determinen, señalando los motivos; los cuales deberán estar vinculados a las condiciones establecidas en el contrato, indicando el plazo para su reposición o corrección, que en ningún caso podrá ser superior a 3 (tres) días hábiles.
Para la aceptación del servicio, se emitirá un concentrado de servicios realizados cada mes o por el periodo de tiempo en que se prestó el servicio; mismo que deberá estar firmado conjuntamente por “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” y por “EL PROVEEDOR”, de esta forma se acredita que el servicio fue proporcionado cumpliendo lo establecido en las especificaciones técnicas y alcances del servicio, previa revisión de las “ordenes de servicio” relacionadas con la prestación del mismo.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación del servicio en los términos previstos en este contrato y el Anexo Técnico, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por “LA PROCURADURÍA”.
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“EL PROVEEDOR” acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula originará el rechazo del servicio(s) correspondiente, sin responsabilidad para “LA PROCURADURÍA”.
“EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas las autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por “LA PROCURADURÍA”, bajo el presente contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA CALIDAD DEL SERVICIO.
Conforme al artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PROVEEDOR” se obliga a que los bienes objeto del servicio pactado en este Contrato se entreguen a entera satisfacción de “LA PROCURADURÍA”; por lo que, “EL PROVEEDOR” responderá de los defectos y vicios ocultos que afecten la calidad de los bienes en cuestión, que correspondan, así como a responder de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el presente Contrato y en el Código Civil Federal.
DÉCIMA TERCERA. - CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato y el Anexo Técnico que lo integra.
Conforme al artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se exceptúa de lo anterior lo relacionado con los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de la “LA PROCURADURÍA”; deslindándose la misma de toda responsabilidad por la decisión tomada.
DÉCIMA CUARTA. - PENAS CONVENCIONALES.
De conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 85 fracción V, 95 y 96 de su Reglamento, las penalizaciones por atraso en la prestación del servicio serán determinadas en función de la tabla que se muestra en la presente cláusula, por lo que se aplicará una pena convencional de 2 (dos) al millar por cada día natural de atraso.
Si “EL PROVEEDOR” no cumple con los niveles de servicio en la entrega de los equipos, objeto de la contratación, se hará acreedor a las Penas Convencionales establecidas en el contrato marco, así como su primer convenio modificatorio.
Las penas convencionales serán calculadas, aplicadas y notificadas a “EL PROVEEDOR” por “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, para tal efecto “EL PROVEEDOR” cubrirá la pena convencional, mediante entero a favor de “LA PROCURADURÍA”, quedando obligado “EL PROVEEDOR” a remitir
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al siguiente día hábil de realizado el entero de referencia un ejemplar original del mismo al área responsable de administrar el contrato respectivo.
Para el pago de las penas convencionales, “LA PROCURADURÍA” a través de “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, informará por escrito a “EL PROVEEDOR” el cálculo de la pena correspondiente indicando el tiempo de atraso, así como la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
La acumulación de las penas convencionales no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del presupuesto máximo del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, en el entendido de que si el contrato específico es rescindido no procederá el cobro de dichas penas.
En ningún caso las penas convencionales podrán negociarse en especie, independientemente de la aplicación de las penalizaciones mencionadas, “LA PROCURADURÍA” podrá en cualquier momento optar por la rescisión del contrato específico por incumplimiento.
Independientemente de la aplicación de las penas referidas y con fundamento en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA PROCURADURÍA” podrá, en cualquier momento, rescindir administrativamente el contrato, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de las obligaciones, para lo cual se aplicará el procedimiento previsto en dicho precepto.
DÉCIMA QUINTA. -DEDUCCIONES.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de que se presenten fallas en la prestación del servicio, derivadas del incumplimiento parcial o prestación deficiente del servicio, sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total máximo del contrato, las deducciones serán calculadas, aplicadas y notificadas por escrito a “EL PROVEEDOR” por “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”.
En ningún caso las deducciones podrán negociarse en especie.
Las deducciones por deficiencias en la prestación del servicio se aplicarán de acuerdo a lo establecido en el contrato marco, así como su primer convenio modificatorio.
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Las deducciones se aplicarán en la factura del mes que corresponda.
DÉCIMA SEXTA. – GASTOS FINANCIEROS.
De conformidad con el artículo 51, párrafos segundo y tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de incumplimiento en los pagos de facturas, “LA PROCURADURÍA”, a solicitud escrita del “PROVEEDOR” deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que venció la fecha de pago pactada, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “PROVEEDOR”.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior.
Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en la que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA PROCURADURÍA”.
DÉCIMA SÉPTIMA. - MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Con fundamento en los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 91, 92 y 98 de su Reglamento, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y sobre la base de razones fundadas que lo justifiquen, “LA PROCURADURÍA” podrá acordar un incremento de hasta un 20% (veinte por ciento) sobre los conceptos y volúmenes respetando los precios pactados; modificaciones que podrán hacerse en cualquier tiempo, siempre y cuando éstas se realicen antes de que concluya la vigencia del Contrato.
De requerirse la ampliación del plazo para la prestación del servicio objeto del presente Contrato con aceptación de “EL PROVEEDOR”, “LA PROCURADURÍA” convendrá con él mismo, el incremento en el monto del Contrato.
Cuando se requiera ampliar únicamente el plazo y esto no implique incremento en el monto total del Contrato o del servicio contratado con aceptación de “EL PROVEEDOR”, se podrá suscribir el convenio modificatorio para ampliar la vigencia; “EL PROVEEDOR” continuará prestando el servicio en las mismas condiciones pactadas originalmente.
Cualquier modificación al Contrato deberá formalizarse mediante convenio y por escrito en observancia a lo establecido en los párrafos anteriores, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
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DÉCIMA OCTAVA. - CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR.
Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de “LAS PARTES” será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas, en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba acaso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de “LAS PARTES” y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.
En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.
En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.
DÉCIMA NOVENA. - RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” convienen en que “LA PROCURADURÍA” podrá, sin responsabilidad alguna, rescindir administrativamente en cualquier momento este contrato. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de intervención judicial.
Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del contrato por parte de “LA PROCURADURÍA”, son las siguientes:
I. Cuando el “PROVEEDOR” incumpla total o parcialmente en sus obligaciones adquiridas en el Contrato y que por su causa se afecte el interés principal.
II. Si se declara en concurso mercantil, o si hace cesión de obligaciones y/o derechos a terceros en forma que afecte el presente contrato.
III. Cuando trascurrido el plazo indicado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, “EL PROVEEDOR” no entregue la garantía de cumplimiento del Contrato, a favor de la Tesorería de “LA PROCURADURÍA AGRARIA”.
IV. Cuando el importe de las penas convencionales y las deducciones excedan el monto de la garantía de cumplimiento.
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V. Cuando se llegue al límite de deducciones.
VI. Por cualquier otro incumplimiento a lo estipulado en el contrato.
La acumulación de las penas convencionales no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del presupuesto máximo del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato.
“LA PROCURADURÍA” llevará a cabo dicho procedimiento de rescisión, de conformidad con los artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 de su Reglamento.
De conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la Ley de la materia concluido el procedimiento de rescisión se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se comunique la rescisión, debiéndose indicar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
VIGÉSIMA. - SANCIONES.
Si “EL PROVEEDOR” infringe las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, será acreedor a las sanciones que se estipulan en el Título Quinto de dicha Ley.
VIGÉSIMA PRIMERA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Con fundamento en los artículos 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento, “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de dar por terminado anticipadamente este contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de la entrega del servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
La terminación anticipada se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. “LA PROCURADURÍA” previa petición y justificación de “EL PROVEEDOR”, reembolsará a ésta los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de la materia. Para efectos de lo anterior, las partes deberán celebrar el convenio respectivo.
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“EL PROVEEDOR” podrá solicitar a “LA PROCURADURÍA” el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la terminación anticipada del contrato.
Los gastos no recuperables, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 45 días naturales posteriores a la solicitud por escrito, mediante la cual “EL PROVEEDOR”, fundamente y motive el pago de dichos gastos no recuperables.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.
“EL PROVEEDOR” será el único responsable de la prestación del servicio y deberá sujetarse a todas las leyes, reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale “LA PROCURADURÍA”, así como a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades, así como los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo de “EL PROVEEDOR”. “LAS PARTES” reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente contrato.
Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de “LAS PARTES” cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de “LAS PARTES” se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.
Se conviene que bajo ningún concepto “LAS PARTES” serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.
Cuando alguna de “LAS PARTES” cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó, conforme a lo determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo ocasiono deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente
VIGÉSIMA TERCERA - RESPONSABILIDAD LABORAL
“EL PROVEEDOR”, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que, con relación al presente contrato, actúa
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exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre “LAS PARTES”, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre “EL PROVEEDOR”, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “LA PROCURADURÍA”.
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “LA PROCURADURÍA”, “EL PROVEEDOR” queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a “LA PROCURADURÍA”, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.
VIGÉSIMA CUARTA. - SUSPENSIÓN.
En términos de lo establecido en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento, cuando en la entrega de los bienes se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA PROCURADURÍA”, bajo su responsabilidad, podrá suspender la entrega de los bienes objeto del servicio, en cuyo caso únicamente se pagará aquel que hubiese sido efectivamente prestado, debiendo celebrar las partes, el convenio respectivo.
La suspensión se sustentará mediante dictamen, el cual deberá ser elaborado por “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, en el cual se precisen las razones o causas justificadas que den origen a la misma.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA PROCURADURÍA”, previa petición y justificación de “EL PROVEEDOR”, aquélla le reembolsará los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión.
Dicho pago será procedente, cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de la materia.
VIGÉSIMA QUINTA. - PATENTES, MARCAS, DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL.
“EL PROVEEDOR” será responsable por el uso de patentes, licencias, derechos de autor y marcas que pudieran corresponder a terceros sobre los procedimientos que utilice y que proporcione para cumplir con el objeto del presente contrato. En caso de infringir dichos conceptos o incurrir en violaciones legales, “EL PROVEEDOR” se obliga a resarcir a “LA PROCURADURÍA” cualquier gasto comprobable que ésta erogue por dichos conceptos o derivado de cualquier responsabilidad que le haya sido imputada por recepción autoridad competente.
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PROPIEDAD INTELECTUAL, “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual o industrial, la responsabilidad estará a cargo de “EL PROVEEDOR”. Asimismo, los derechos inherentes a la propiedad intelectual o industrial, que se deriven del servicio contratado, invariablemente se constituirán a favor de “LA PROCURADURÍA”, en términos de las disposiciones legales aplicables
VIGÉSIMA SEXTA. – CONFIDENCIALIDAD:
“EL PROVEEDOR” guardará la más estricta confidencialidad de toda la información y documentación que “LA PROCURADURÍA” le proporcione, por lo que se comprometa a no divulgar ni a utilizar la información que conozca en el desarrollo y cumplimiento de este servicio, así como, cuidar los documentos y sistemas de información a que tuviere acceso, garantizando la confidencialidad de la información que reciba, resguarde, registre o genere derivado de la puesta en operación y entrega de los servicios requeridos, durante la vigencia del servicio.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - CLÁUSULA DE CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. - RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.
El presente contrato constituye el acuerdo único entre “LAS PARTES” en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firmen.
“LAS PARTES” acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.
“EL PROVEEDOR” reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.
VIGÉSIMA NOVENA. - LEGISLACIÓN APLICABLE
Todo lo no previsto en este Contrato se estará a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones,
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Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, en lo no previsto por esta Ley, serán aplicables de manera supletoria el Código Civil Federal, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, así como los Lineamientos y Disposiciones Administrativas expedidas en esta materia. En caso de discrepancia entre la solicitud de cotización y el Contrato prevalecerá lo establecido en la solicitud respectiva.
TRIGÉSIMA. - DE LA JURISDICCIÓN:
Convienen las partes que, para la interpretación, cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato y/o controversias, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando “EL PROVEEDOR”, al fuero que, por razón de su domicilio presente o futuro, le pudiera corresponder.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - DISCREPANCIA DEL CONTRATO
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 81, fracción IV, del Reglamento de la LAASSP, en caso de discrepancia entre la invitación a cuando menos tres personas y el Contrato, prevalecerá lo establecido en la invitación respectiva.
LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS “LAS PARTES” DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN AL MARGEN Y AL CALCE POR DUPLICADO, EN LA CIUDAD DE
MÉXICO, A LOS ** DÍAS DE ************ DEL AÑO 2022.
POR “LA PROCURADURÍA” POR “EL PROVEEDOR”
LIC. XXXX XXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
********************
*****************************
POR “EL ÁREA REQUIRENTE Y TÉCNICA”
LIC. XXXXX XXXX XXXXXX, RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
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ANEXO 17
RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR
NUMERAL | DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA | CUMPLE | |
SI | NO | ||
6.1 INCISO A | FORMATO DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD. CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 48 FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO, LOS LICITANTES PARTICIPANTES QUE CONCURSEN, PARA ACREDITAR SU PERSONALIDAD, DEBERÁN PRESENTAR UN ESCRITO FIRMADO POR EL APODERADO LEGAL DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE”, EN EL QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR A NOMBRE DE SU REPRESENTADA, LA “PROPOSICIÓN” CORRESPONDIENTE. ANEXO 6. (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO A) DEL REGLAMENTO). | ||
6.1 INCISO B | EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE” QUE FIRME LA “PROPOSICIÓN”, DEBERÁ PRESENTAR IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE (PASAPORTE, CREDENCIAL DE ELECTOR O CÉDULA PROFESIONAL). | ||
6.1 INCISO C | EN CASO DE PROPOSICIONES CONJUNTAS, EL CONVENIO FIRMADO POR CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTEGREN UNA “PROPOSICIÓN” CONJUNTA, INDICANDO EN EL MISMO LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ A CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ SU CUMPLIMIENTO (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO I) DEL REGLAMENTO). EN CASO DE NO PRESENTAR PROPOSICIÓN CONJUNTA, NO SERÁ NECESARIO PRESENTAR CARTA PARA CUMPLIR ESTE REQUISITO) | ||
6.1 INCISO D | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE” EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, ESTAR DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DICTAMINACIÓN Y ADJUDICACIÓN SEÑALADOS EN EL PUNTO 7 DE ESTA CONVOCATORIA. ANEXO 7. | ||
6.1 INCISO E | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE” EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE QUE NO CUENTA O PARTICIPA CON PERSONAS FÍSICAS Y/X XXXXXXX INHABILITADAS, CONFORME AL ANEXO 8 | ||
6.1 INCISO F | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE” EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE RESPONDERÁ POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LA PÓLIZA, A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICIÓN Y HASTA EL FIN DE SU VIGENCIA, A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA “CONVOCANTE”. (ANEXO 9) DEBIENDO SUSTITUIRLOS EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA SECCIÓN DE REQUERIMIENTOS, DE ACUERDO CON EL “ANEXO TÉCNICO”. | ||
6.1 INCISO G | ESCRITO EN EL QUE EL LICITANTE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA (ARTÍCULOS 35 Y 39, FRACCIÓN VI, INCISO B) DEL REGLAMENTO). | ||
6.1 INCISO H | LA DIRECCIÓN DEL CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE EN CASO DE CONTAR CON ELLA. (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO D) DEL REGLAMENTO). | ||
6.1 INCISO I | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO SE ENCUENTRA EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY. ANEXO 10. (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO E) DEL REGLAMENTO) | ||
6.1 INCISO J | DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR SÍ MISMO O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, SE ABSTENDRÁ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. ANEXO 11. (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO F) DEL REGLAMENTO). | ||
6.1 INCISO K | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE LA DECLARACIÓN DE LA EMPRESA O COPIA DEL DOCUMENTO EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE DETERMINE LA ESTRATIFICACIÓN DE SU EMPRESA. TAMBIÉN APLICA PARA PERSONAS FÍSICAS, SI ES UNA EMPRESA GRANDE, DEBERÁN PRESENTAR LA CARTA MANIFESTANDO DICHA CONDICIÓN. ANEXO 12, CONSTA DE DOS HOJAS. (ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO H) DEL REGLAMENTO). |
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6.1 INCISO L | PRESENTAR COPIA LEGIBLE DE LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DEL LICITANTE EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. | ||
6.1 INCISO M | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE EL GIRO COMERCIAL QUE TIENE, ES ACORDE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A QUE SE CONVOCA Y SE APEGA A LA ENTREGA DEL MISMO COMO LO SEÑALA EN EL ANEXO TÉCNICO QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, ASÍ COMO NO UTILIZAR EMPRESAS DE INTERMEDIARIOS, COMO TERCERAS PERSONAS, PARA LA PRESTACIÓN DE ÉSTE. DEBERÁ ANEXAR COPIA SIMPLE DEL ALTA DE SHCP A ESTA CARTA | ||
6.1 INCISO N | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTICULO 117 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE TODA LA DOCUMENTACIÓN PROPORCIONADA POR LOS PARTICIPANTES EN ESTE PROCESO, ES PUBLICA, A RESERVA DE LO CONSIDERADO EN EL CAPÍTULO III DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL ANTERIORMENTE CITADO, APLICABLE EN TÉRMINOS DEL PÁRRAFO SEGUNDO DEL TRANSITORIO SEGUNDO DE LA NUEVA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 09 XX XXXX DE 2016. EL NO PRESENTAR DICHA CARTA NO LIMITA LA PARTICIPACIÓN DEL LICITANTE, PERO SE ASUMIRÁ QUE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA ES DE CARÁCTER PÚBLICO. (ANEXO 13) | ||
6.1 INCISO O | CONFIDENCIALIDAD. EL LICITANTE GANADOR SE OBLIGA A GUARDAR ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD CON RESPECTO A TODO LO INHERENTE A LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, DE LA INFORMACIÓN QUE SE IDENTIFIQUE COMO CONFIDENCIAL, ASÍ COMO DE LA INFORMACIÓN Y RESULTADOS QUE SE OBTENGAN DE LA PRESENTE LICITACIÓN, INCLUYENDO TODA AQUELLA INFORMACIÓN RELATIVA A LAS OPERACIONES ACTIVAS, PASIVAS Y DE SERVICIOS, ASÍ COMO EL SECRETO BANCARIO Y FIDUCIARIO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 117 LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. (ANEXO 14) |
NUMERAL | PROPOSICIÓN TÉCNICA | CUMPLE | |
SI | NO | ||
6.2 INCISO A | LA “PROPOSICIÓN” TÉCNICA DEBERÁ SER ELABORADA EN PAPEL MEMBRETADO DEL “PROVEEDOR PARTICIPANTE”, CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL ANEXO 1 “ANEXO TÉCNICO”, UTILIZANDO EL MODELO SUGERIDO EN EL ANEXO 2 DE LA PRESENTE CONVOCATORIA Y SE INTEGRARÁ A LA “PROPOSICIÓN” ECONÓMICA EN EL SOBRE CERRADO, LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA DEBERÁ INTEGRARSE EN EL MISMO SOBRE ELECTRÓNICO | ||
6.2 INCISO B | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, ESTAR CONSTITUIDO CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS. | ||
6.2 INCISO C | PRESENTAR CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON LAS INSTALACIONES, EL PERSONAL Y LA INFRAESTRUCTURA NECESARIA PARA GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE LA PÓLIZA OBJETO DE ESTA LICITACIÓN. | ||
6.2 INCISO D | DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO QUE OFERTA: EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR UNA DESCRIPCIÓN AMPLIA DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO OFERTADO, EL DICTAMEN TÉCNICO SERÁ ELABORADO TOMANDO EN CUENTA LAS CARACTERÍSTICAS SOLICITADAS EN EL ANEXO TÉCNICO QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, EN LA MEDIDA EN QUE SE COMPLEMENTE LA INFORMACIÓN DE LA PROPOSICIÓN TÉCNICA, EL ÁREA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL DICTAMEN TÉCNICO TENDRÁ ELEMENTOS PARA APROBAR O DESECHAR LAS OFERTAS. |
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NUMERAL | PROPOSICIÓN ECONÓMICA | CUMPLE | |
SI | NO | ||
6.3 INCISO A | PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
ENTREGA POR EL LICITANTE | RECIBE POR LA DRMS |
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE 2022
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