PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
“CONTRATACION DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN SEDE CENTRAL Y DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL SENASA POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES”
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4/2017
Fecha de Apertura: 24/07/2017 Horario: 12:00 Hs.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES
INDICE
DESCRIPCION Página
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 4
ESPECIFICACIONES TECNICAS 5
CLÁUSULAS PARTICULARES 25
CLAUSULA PRELIMINAR 25
CLAUSULA 1: XXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXX 00
CLAUSULA 2: CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PBYCP 25
CLAUSULA 3: REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO 25
CLAUSULA 4: CIRCULARES 25
CLAUSULA 5: NOTIFICACIONES 26
CLAUSULA 6: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS 26
CLAUSULA 7: PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR 26
CLAUSULA 8: REQUISITOS Y PRESENTACIÒN DE LA OFERTA 26
CLAUSULA 9: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA 27
CLAUSULA 10: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 28
CLAUSULA 11: XXXXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: XXXXXX XX XXXXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: OFERTAS ALTERNATIVAS 28
CLAUSULA 14: DE LA VISITA 28
CLAUSULA 15: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA 29
CLAUSULA 16: XXXXXXXXXX XX XXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN 29
CLAUSULA 18: IMPUGNACIONES 29
CLAUSULA 19: CASUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES 29
CLAUSULA 20: CRITERIOS DE SELECCIÓN, ADJUDICACION
Y FINALIZACION DEL PROCEDIMIENTO 30
CLAUSULA 21: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 30
CLAUSULA 22: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 30
CLAUSULA 23: XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: PENALIDADES Y SANCIONES 31
CLAUSULA 26: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 32
CLAUSULA 27: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA 35
CLAUSULA 28: SUPERVISION DE CONTRATO 35
CLAUSULA 29: RESCICIÓN SIN CULPA DE LAS PARTES 35
CLAUSULA 30: RENEGOCIACIÓN 35
CLAUSULA 31: RESCICIÓN DE COMÚN ACUERDO 36
CLAUSULA 32: RESCICIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR 36
CLAUSULA 33: GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR 36
CLAUSULA 34: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN 36
CLAUSULA 35: RECEPCION DEFINITIVA 36
CLAUSULA 36: PRESENTACION DE LAS FACTURAS 37
CLAUSULA 37: MONEDA Y FORMA DE PAGO 37
CLAUSULA 38: SEGUROS 37
CLAUSULA 39: NORMATIVA APLICABLE 38
CLAUSULA 40: ORDEN DE PRELACION 38
CLAUSULA 41: JURISDICCION 38
CLAUSULA 42: DETALLE DE ANEXOS 38
ANEXOS
ANEXO I PLANILLA DE COTIZACIÓN 40
ANEXO II ESTRUCTURA DE COSTOS 42
ANEXO III DETALLE ESTRUCTURA DE COSTOS 43
XXXXX XX DECLARACION JURADA LEY N° 25.551 “COMPRE TRABAJO ARGENTINO ” 44
XXXXX X DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL DECRETO Nº 312/10 45
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del Organismo Contratante | Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) | |
Denominación de la UOC | Coordinación de Compras y Contrataciones (UOC 52) | |
Domicilio | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0xx contrafrente | |
Correo electrónico | ||
Fax | 0000-0000/6652/5141/6069 | |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | ||
Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA | Nº 4/2017 | Ejercicio: 2017 |
Clase: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL | ||
Modalidad: SIN MODALIDAD | ||
Expediente Nº: 47827/2016 | ||
Rubro Comercial: VIGILANCIA Y SEGURIDAD | ||
Objeto de la Contratación: CONTRATACION DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN SEDE CENTRAL Y DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL SENASA POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES | ||
Plazo de duración del contrato: DOCE (12) MESES |
Opción a prórroga: SI | PLAZO: DOCE (12) MESES |
Costo xxx Xxxxxx: SIN VALOR |
VISITA A LOS LUGARES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Coordinación de Seguridad y Sala de Monitoreo del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 18/07/2017 A LAS 12:00 HS. (De lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 20/07/2017 A LAS 12:00 HS. (De lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
ACTO DE APERTURA
Lugar / Dirección | Día y Hora |
Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | EL 24/07/2017 A LAS 12:00 HS. |
ESPECIFICACIONES TECNICAS
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
Contratación de UN (1) servicio de vigilancia y seguridad a prestarse en Sede Central y distintas dependencias del SENASA por el término de DOCE (12) meses.
CODIGO DE CATALOGO O.N.C.: 000-00000-0000
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO - DELEGACIONES DE SENASA
RENGLÓN | DELEGACIONES DE SENASA | UBICACIÓN |
1 | SEDE CENTRAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
2 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
3 | JARDIN MATERNAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 0xx Xxxx |
0 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
5 | CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMATIZACION | Xx. Xxxxxxxx 000/000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
6 | ESTACION CUARENTENARIA LAZARETO CAPITAL | Calabria y Xxxxxxxxxx S/Nº, Costanera Sur, Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
7 | GALPON XXXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx X/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
8 | GALPON AUTOMOTORES | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx X/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
9 | SEDE AZOPARDO | Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
10 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL SENASA EN LA C.A.B.A. | De acuerdo al apartado “Distribución de horas y agentes por Renglón” de las Especificaciones Técnicas del presente Pliego |
11 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO VEGETAL | Xx. Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
12 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires |
13 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires. |
14 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL LABORATORIO | Talcahuano 1660, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
15 | DELEGACION ADMINISTRATIVA BAHIA XXXXXX | Xxxxxx 1020, Bahía Blanca, Provincia de Xxxxxx Xxxxx |
00 | XXXXXX EXPERIMENTAL AZUL | Xxxx Xxxxxxxx 0 , Xx 000, Xxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xxxxx |
17 | PREDIO EZEIZA | Colectora Xxxxx Xxxxxxx 3200 |
18 | SAN XXXXXX DE LOS ANDES | Cuesta Xxxxxxx Xxxxx 1149 – Camino a Barrio Covisal San Xxxxxx de los Andes |
DISTRIBUCIÓN DE HORAS Y AGENTES POR RENGLÓN
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||||||||
1 | SEDE CENTRAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Jefe de Servicio (X. Xxxxx 367/439) | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 2996 | Control de acceso del personal del SENASA, usuarios y visitas, en las áreas de acceso principal, Dpto. Cuentas a Cobrar, Dpto. Tesorería y Dpto. Mesa General de Entradas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. | |||||||||
Recepcionistas | Lunes a Sábado DIEZ (10) Horas | 1 | 10 | 26 | 260 | 260 | |||||||||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | ||||||||||||||
Agente (Auxiliar del Jefe de Seguridad) | Lunes a Sábado DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 26 | 312 | 312 | |||||||||||||||
Agente (Tesorería) | Lunes a Viernes DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 22 | 264 | 264 | |||||||||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | ||||||||||||||
2 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes recepción y rondín | Lunes a Viernes VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 48 | 22 | 660 | 396 | 1056 | 2496 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | |||||||||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 4 | 48 | 30 | 1440 | 1440 |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | ||||||||||
3 | JARDIN MATERNAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 0xx Xxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | 360 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | |||||||||||
4 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente recepción | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1440 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | ||||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx XXXXXXXXXXXX (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||||||||||
5 | CENTRO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMATIZACIÓN | Xx. Xxxxxxxx 000/000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente | Lunes a Viernes VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 22 | 330 | 198 | 528 | 528 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES X XXXXXXXXXX | |||||||||||||||
0 | XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | Xxxxxxxx y Xxxxxxxxxx S/Nº, Costanera Sur, Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Jefe de Servicio | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 4680 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | |||||||||||||||
Agentes Entrada | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 48 | 30 | 900 | 540 | 1440 | ||||||||||||||||||||
Agente rondín | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas. | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 48 | 30 | 900 | 540 | 1440 | ||||||||||||||||||||
Agente pto fondo (Hospital abandonado) | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | ||||||||||||||||||||
7 | GALPON XXXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx X/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1080 | Control de acceso vehicular del personal del SENASA y visitas, tomar nota de elementos que ingresen o egresen de la planta, dando aviso a la superioridad ante novedades de relevancia. | |||||||||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||||||||
8 | GALPON AUTOMOTORES | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx X/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1080 | Control de acceso vehicular del personal del SENASA y visitas, tomar nota de elementos que ingresen o egresen de la planta, dando aviso a la superioridad ante novedades de relevancia. | |||||||||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||||||||
9 | SEDE AZOPARDO | Azopardo 1020 Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Jefe de servicio | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 2160 | Control de acceso del personal del SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | |||||||||
Recepcionistas | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||
Agente | Lunes a Viernes VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | ||||||||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||
10 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL SENASA EN LA CUIDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES | Todos los edificios que están comprendidos del Renglón 1 al 9. | Supervisor General | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 720 | Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto. |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | ||||||||
11 | DIRECCIÓN DE LABORATORIO VEGETAL | Xx. Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1800 | Control de acceso del personal del SENASA, usuarios y visitas en las áreas de acceso principal, Dpto. Cuentas a Cobrar, Dpto. Tesorería y Dpto. Mesa General de Entradas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. | ||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | ||||||||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||||||||
12 | DIRECCIÓN DE LABORATORIO ANIMAL | Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Jefe de Servicio | Lunes a Viernes VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 2880 | Control de acceso del personal de SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del edificio y de toda novedad que se produzca. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. | ||||||||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 48 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx XXXXXXXXXXXX (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||||||||
13 | DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Jefe de Servicio | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 2160 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a Sede Central todo acontecimiento de importancia. | ||||||||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||||||||||||||
14 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL LABORATORIO | Talcahuano 1660, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Supervisor General | Lunes x Xxxxxxx XXXXXXXXXXXX (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 720 | Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto. | |||||||||||||||
15 | DELEGACION ADMINISTRATIVA BAHIA XXXXXX | Xxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes rondín | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 48 | 30 | 900 | 540 | 1440 | 1440 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del predio e instalaciones. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del predio y de toda novedad que se produzca. |
RENGLÓN | OBJETIVO | DIRECCIÓN | PERSONAL AFECTADO | DIAS Y HORARIOS | AGENTES | TOTAL HORAS/KM | DÍAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | HORAS MENSUALES | HORAS TOTAL | FUNCIONES X XXXXXXXXXX | |||||||||
00 | XXXXX XXXXXXXXXXXX XXXX | Xxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xxxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1080 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del predio e instalaciones. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del predio y de toda novedad que se produzca. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | |||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||
17 | XXXXXX XXXXXX | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agente | Lunes x Xxxxxxx VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1080 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia | |||||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | |||||||||||||||
18 | SAN XXXXXX DE LOS ANDES | Cuesta Xxxxxxx Xxxxx 1149 – Camino a Barrio Covisal, San Xxxxxx de Los Andes | Agentes | Lunes x Xxxxxxx DOCE (12) Horas | 2 | 24 | 26 | 390 | 234 | 624 | 624 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. |
CONSIDERACIONES GENERALES
1.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Se trata de un Servicio de Vigilancia y Seguridad con la concurrencia de personal de la adjudicataria afectado en días hábiles (de lunes a viernes, en horarios diurnos y nocturnos), xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados; y la prestación del servicio de traslados por recorrido, según la cantidad estimada de horas detalladas en la grilla adjunta para cada Delegación.
La contratista será responsable de la seguridad de las personas en los edificios - delegaciones del organismo y/o terceros visitantes, de los bienes y las instalaciones de SENASA en el cumplimiento de sus funciones.
Deberá controlarse la entrada y salida de personas, vehículos, bultos y paquetes.
Recorrer las instalaciones de manera que impida el acceso a toda persona “no autorizada”, evitando la realización de todo acto o hecho que atente contra el organismo, sus instalaciones y personal, realizando todas aquellas actividades que surjan como necesarias o convenientes del “servicio de seguridad”.
El servicio de Vigilancia y Seguridad deberá contener, como mínimo, los siguientes aspectos técnicos:
A - Cantidad de vigiladores diurnos y nocturnos.
B - Vestuario, equipos con los que se dotará al personal.
C - Servicio de jefatura, supervisión y control.
D - Conservación de equipos.
E - Todo otro dato descriptivo del servicio a prestar.
Cada puesto del servicio deberá contar con equipos transceptores portátiles UHF y VHF. Se deberá entregar un equipamiento similar para el Director de Servicios Administrativos y Financieros y otro para el Jefe del Departamento de Servicios Generales.
2.- PRESTACIÓN MÍNIMA REQUERIDA
2.1. El servicio deberá contar con al menos UN (1) vigilador, por turno y por Delegación, con categoría de “Bombero” (CCT 194/92, Art. 15, inc b).
2.2. El personal asignado NO deberá portar armas de fuego ni otro elemento que pueda utilizarse de reemplazo. En consecuencia, queda prohibido el ingreso, tenencia y portación xx xxxxx, en cualquier sede del organismo.
2.3. Comunicación Móvil. Todos los puestos de control, recepción y supervisión deberán contar con equipos de comunicación móvil, así como deberá proveerse de DOS (2) equipos de comunicación similares al SENASA (se designará funcionarios a cargo).
2.4. Control de acceso. El personal asignado a los puestos de acceso deberá identificar y anunciar a las visitas, proveedores o terceros eventuales; registrando y anunciando al destinatario en caso de visitas.
2.5. Auxilio de las Fuerzas. El personal asignado para prestar el servicio por la adjudicataria deberá estar en condiciones de requerir y/u obtener el auxilio de las fuerzas policiales para el caso en que los hechos producidos desborden la capacidad preventiva y de control para la que es contratada, resultantes de la norma exigibles para el servicio de vigilancia y seguridad privada.
En caso de producirse accidentes, deberán proceder a la inmediata comunicación del hecho a la Seccional policial con jurisdicción en el lugar, o cuartel de bomberos correspondiente; de igual forma deberá comunicar a las autoridades de SENASA.
2.6. Emergencias. El personal deberá estar capacitado para prestar la primera atención en caso de incendio. En caso de accidentes o afecciones de salud repentina de cualquier persona en el edificio, deberán dar aviso al Servicio Médico del Organismo, si estuviera funcionando en el lugar, o en su defecto solicitar la atención médica de urgencia al servicio municipal o nacional habilitado para estos casos, comunicándolo también a las autoridades del Organismo o a quienes estas designen.
A los efectos de intervenir en la extinción de incendios, el personal de Vigilancia deberá tener capacidad para el manejo de los equipos respectivos, moto y electro bomba, hidrantes, extintores portátiles, etc., y conocimientos básicos de primeros auxilios.
2.7. Vestimenta. El personal de la contratista deberá estar debidamente uniformado y con elementos de protección correspondientes, así como equipos de lluvia, linternas, brazaletes, chalecos reflectivos, calzado de seguridad, según el caso u otro elemento que resulte necesario para el cumplimiento propio de las funciones de prestación del servicio. El personal deberá contar también con placa identificatoria donde conste el nombre de la contratista así como el del personal que la porta.
2.8. Parte diario xx xxxxxxxxx. La contratista deberá entregar diariamente al “Responsable de Seguridad de SENASA” un Parte xx Xxxxxxxxx conteniendo las novedades registradas en el Libro en cada Delegación.
2.9. El servicio será susceptible de prestarse sin interrupción de ninguna naturaleza día tras día los 365 días del año, deberá proporcionarse en forma permanente, ininterrumpida, e independientemente del cambio de turnos entre vigiladores, no pudiendo verse afectado por huelgas, paros o medidas de acción directa.
2.10. Para el caso particular de las delegaciones sede de la Coordinación General de Laboratorio Animal sita en Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, se deberá incluir dentro de la provisión y a cargo exclusivo de la prestadora del servicio de seguridad, un contenedor oficina que oficie xx xxxxxx de seguridad sobre el acceso de la calle Xxxxxxx del DILAB. Asimismo se deberá proveer e instalar junto al contenedor garita, un contenedor – baño o baño químico para el personal destacado en la garita de seguridad. La prestadora del servicio de seguridad deberá encargarse de la limpieza diaria de los mismos y del vaciado periódico del baño.
3.- SERVICIO DE SUPERVISION DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
El personal de supervisión controlará y supervisará, todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio de vigilancia, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o a SENASA.
Deberá controlar a través de comunicación móvil, e intercomunicándose con funcionarios de seguridad del SENASA designados a tal efecto.
El servicio de supervisión del servicio se prestará de la siguiente manera:
UN (1) SUPERVISOR por 24.00 hs.
UN (1) SUPERVISOR de 12.00 hs. (noche ó día, según requerimiento) para las Delegaciones ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y UN (1) SUPERVISOR por 24.00 hs.
UN (1) SUPERVISOR de 12.00 hs. (noche ó día, según requerimiento) para las Delegaciones ubicadas en Martínez, Provincia de Buenos Aires.
4.- REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PERSONAL
La contratista contará con personal idóneo en número suficiente para cubrir la demanda de días y horas requeridas en estas Especificaciones Técnicas, el que deberá cumplir como mínimo con las condiciones que a continuación se detallan, independientemente de aquellas que se requieren en la normativa aplicable que regula actividad de empresa de seguridad privada.
El personal, deberá ser discreto en el desempeño de las tareas, observando expresamente el trato cordial con los agentes, funcionarios y/o visitantes.
Asimismo, deberá reunir las condiciones de aseo y decoro que requiere la función a desempeñar, de buena conducta, debiendo acreditar estado de salud en cumplimiento de normas y ordenanzas vigentes al efecto.
El personal afectado al servicio no tendrá relación de dependencia alguna con este Organismo.
La totalidad del personal estará bajo exclusivo cargo y responsabilidad de la firma adjudicataria, cualquiera sea la conformación jurídica de ésta, el pago de sueldos, cargas sociales, seguros, beneficios y otras obligaciones que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato y deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley N° 1913/2005 del G.C.B.A.
El adjudicatario deberá abonar al personal a su cargo salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiendo que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones legales vigentes sobre la jornada legal de trabajo.
Serán de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo, el cumplimiento de todas la obligaciones emergentes de las leyes laborales.
El personal deberá:
4.1. Ser mayor de edad y hábil.
4.2. El personal de la firma adjudicataria asignado para cumplir el servicio en el SENASA deberá ser ciudadano argentino nativo o por opción; o naturalizado.
4.3. Poseer Documento Nacional de Identidad, o Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.
No se permitirá el ingreso a las instalaciones del SENASA de personal indocumentado y/o sin residencia autorizada en el país.
4.4. Poseer certificado de buena conducta expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. El SENASA podrá solicitar en cualquier momento de la presentación de nuevos certificados.
4.5. Certificado de domicilio.
4.6. Certificado de Capacitación obligatoria para guardias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o de cualquier provincia del país o certificado de aprobación del curso básico de vigilador otorgado por institución habilitada.
4.7. Para evaluar la idoneidad del personal que desempeñará las tareas de seguridad y vigilancia será tenida en cuenta la acreditación de estudios secundarios completos, con la presentación del Certificado de Estudios respectivo de cada agente.
5.- ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL
Se deberá presentar al inicio y mensualmente una lista completa del personal designado en las tareas, donde constará Nombre, Apellido y Nº de Documento.
Asimismo, deberá efectuar el control horario y de puntualidad, respetando los turnos pre- establecidos y remitir la información completa (consignando nombre y apellido de los empleados, horario de ingreso y egreso, cantidad de horas trabajadas, etc.), en forma mensual y constante, requisito sin el cual no será posible la liquidación de los servicios prestados, ni el ingreso de vigilador no informado previamente.
Para la prestación del servicio, el SENASA proveerá al personal de la adjudicataria de instalaciones sanitarias y espacio cubierto para vestuario, debiendo la firma proveer los armarios metálicos y demás insumos destinados a tal fin.
El SENASA está facultado para solicitar medidas disciplinarias o la baja del personal cuando no cumpla con las condiciones adecuadas que requiere el servicio.
El adjudicatario notificará por escrito y en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas al SENASA, cualquier reclamo de índole laboral, ya sea promovido por vía administrativa, judicial o gremial y/o particular, que fuera planteado con motivo de los servicios objeto de este contrato, adjuntando copia del mismo.
6.- HORARIO
Los horarios estarán distribuidos en turnos de OCHO (8) horas.
El personal deberá prestar los servicios en los horarios y condiciones establecidas en el presente Xxxxxx; NO PUDIENDO MODIFICARSE BAJO NINGUN CONCEPTO NI REALIZARSE TURNOS
DOBLES O CONTINUADOS que contravengan las disposiciones legales sobre jornadas normales de trabajo e incidan en el rendimiento de las funciones específicas a desempeñar.
De esta forma se establece que LOS TURNOS DE TRABAJO NO PODRAN EXCEDER LAS OCHO (8) HORAS.
Para el caso de modificaciones, se deberá comunicar fehacientemente, dentro de las VEINTICUATRO (24) hs. de producida cualquier novedad, cambio, alta o baja del personal a la Coordinación de Seguridad de SENASA.
7.- REGISTRO DE ASISTENCIA Y XX XXXXXXXXX
El personal de vigilancia realizará el control de los movimientos dentro de cada Delegación en la que presta servicios: la entrada y salida de personas y bultos o paquetes, vehículos, etc. y registrará los datos de identificación de los elementos, productos, equipos y de los vehículos, con las características que identifiquen a éstos: chapa patente, carga, destino y cualquier otro dato ilustrativo, nombre de la firma a la que pertenecen, hora de ingreso y egreso, en un “LIBRO DE ASISTENCIA” que se habilitará bajo control de autoridades que éste Organismo designe.
Dicho libro será distinto al “LIBRO XX XXXXXXXXX” donde se asentarán todas las novedades que surjan de la prestación del servicio, así como toda orden impartida por las autoridades tanto del Organismo como de la firma prestadora del servicio que hagan al desarrollo de las tareas encomendadas. Quedará registrado también en el Libro xx Xxxxxxxxx el recorrido a las instalaciones por parte del servicio de supervisión, según horarios de recorrida, así como cualquier otra novedad derivada de resoluciones tomadas por parte del personal de seguridad asignado, de manera que el cambio de turno o la ausencia de un vigilador no podrá interferir en el conocimiento que deba tener el servicio respecto, de algún evento puntual.
8.- CONTROL DE HORAS TRABAJADAS.
Solo serán reconocidas la cantidad de horas/hombre mensuales efectivamente realizadas, documentadas y verificadas por el Responsable asignado por SENASA.
Todo servicio adicional prestado deberá contar, para su reconocimiento con la documentación que acredite la solicitud y autorización del área requirente presentada al Responsable asignado por SENASA con la debida antelación.
El SENASA se reserva el derecho de supervisar y controlar en cualquier momento la efectividad del personal afectado al servicio. Asimismo, se reserva el derecho de admisión y permanencia en el Organismo de dicho personal.
9.- DAÑOS
La adjudicataria, será responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes y/o responsabilidades propias o de las personas bajo su dependencia de las que se valga para la prestación de los servicios, debiendo responder por la reposición de los objetos y /o bienes que se denuncien como faltantes.
10.- SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE CCTV
El servicio deberá incorporar tecnología aplicada a la seguridad para complementar los servicios de seguridad electrónica existentes. Los Sistemas de Video serán instalados en las dependencias del SENASA. Las ubicaciones de los edificios son:
• Xxxxx Xxxxx 000
• Lazareto
• Xxxxx Xxxxx 000
• Xxxxx Xxxxx 000 - Xxxxxx Maternal
• Azul
• Bahía Blanca
• Xxxxxxx
• Jardín Maternal Talcahuano
Las propuestas serán ofrecidas como locación de servicios y los bienes a instalar formaran parte de un comodato, formando parte integral del Servicio de Seguridad y Vigilancia.
Todos los componentes del sistema a instalar deberán ser nuevos sin uso, de primeras marcas en el mercado y contar con soporte técnico en el país.
En forma adicional se debe detallar el Mantenimiento Preventivo a realizarse en los Sistemas en forma quincenal y mensual.
Los componentes provistos deberán contar con una garantía contra todo defecto de fabricación no atribuible a la operación incorrecta de los mismos, o circunstancias adversas o fortuitas durante todo el período de vigencia del contrato, debiendo estar comprendidos dentro de las normas internacionales reconocidas como CE, EIA, CCIR o en su defecto homologados por organismos nacionales, sea CITEFA o INTI.
Se deberán prever al menos DOS (2) visitas técnicas preventivas-correctivas dentro de cada mes de vigencia del contrato, con el objeto de un control de funcionamiento adecuado. En caso de ser necesario el adjudicatario deberá brindar asistencia técnica periódica, tantas veces sea necesaria sin costo adicional.
10.1. TECNOLOGIA IP
El Sistema CCTV a instalar deberá ser de tecnología digital (IP). Se deberán primar las características de robustez, flexibilidad y gran capacidad de expansión y escalabilidad.
Las imágenes del Sistema CCTV a instalar deberán reportar a la central de monitoreo instalada en el espacio designado al efecto por este Servicio Nacional, lugar donde se concentrarán las señales, se visualizarán y se grabarán digitalmente.
El Sistema de grabación deberá estar dimensionado para poder mantener un registro inalterable de las imágenes durante un período de almacenamiento (storage) no menor a SESENTA (60) días; grabando en forma continua a 25 cuadros por segundo con una resolución no menor a 4CIF como mínimo.
La visualización de las cámaras deberá realizarse desde la oficina de monitoreo mencionada anteriormente, a la máxima calidad de imagen que permita la cámara. Las resoluciones serán especificadas según cada necesidad.
Las cámaras y domos deberán poseer tecnología IP nativa. Esto significa que la cámara provee directamente video digital (IP) a la red mediante la utilización de hardware y algoritmos de compresión que responden a los protocolos H.264 y MPEG4.
Los domos PTZ propuestos deberán ser de alta definición y alta sensibilidad (día/noche) y contar con rango dinámico extendido (WDR). El zoom óptico deberá ser de 36x. Deberán contar con estabilización electrónica de imagen.
También deberán poseer sensibilidad nocturna extendida mediante tecnología de remoción de filtro xx xxxxx infrarrojo (IRC).
La alimentación de todas las cámaras fijas y domos, deberán ser por XxX; por lo cual se requiere que todo el equipamiento a proveer sea provisto con esta característica.
Todo el tendido de infraestructura de comunicación, deberá realizarse con cableado estructurado Categoría 6 “certificada”. Los certificados de la red, deberán ser presentados al personal de Dirección de Prevención y Control. El cableado como los accesorios de conexión deberán ser de primera marca (tipo AMP). Se deberá utilizar un conmutador con la capacidad de 16 puertos RJ- 45 Auto-MDIX a 10/100/1000 bps.
En la sala de control, deberá considerarse el montaje del tablero eléctrico con las protecciones y accionamientos necesarios para alimentar todo el Sistema de Video. Así mismo, se deberá proveer las ups y grupos electrógenos. La autonomía de las ups debe garantizar una operatividad durante 45 minutos, mientras que la autonomía de los grupos electrógenos debe garantizar una operatividad de 8 hs.
Todo el tendido y los trabajos necesarios, deberán realizarse de lunes a viernes de 20 a 6 Hs. Los días feriados no se podrán realizar trabajos. Se dispone para su provisión un plazo no mayor a 25 días.
La demora en la entrega del sistema de Video, ocasionará un descuento equivalente al 0,2
% diario de la facturación mensual del servicio.
Las imágenes digitales deberán ser presentadas por una plataforma (software) de gestión, visualización, grabación y reproducción tipo “multimarca” en la central de monitoreo de la Sala de Control.
La plataforma de gestión de video multimarca a instalar deberá ser capaz de integrar hardware de CCTV de las primeras marcas y modelos xxx xxxxxxx. La plataforma de software deberá permitir la visualización simultánea de las imágenes de todas las cámaras en tiempo real como su
grabación/reproducción. Además, deberá generar y activar alarmas relacionadas con el video (tampering, desenfoque, oscurecimiento, pérdida de video) permitirá integrar funcionalidades avanzadas(video analítico) tales como detección de movimientos direccional, tripwires virtuales, zonas de alarma de intrusión, detección de objetos abandonados / removidos y detección de circulación en sentidos prohibidos.
Todas las imágenes deberán ser almacenadas en el servidor central de video en la Sala de Control, con la calidad y período de retención indicados precedentemente. El servidor deberá contener un “Linux” embebido, descartándose servidores basados en formatos de “PC”. Son requeridos equipos “stand-alone” del tipo “NVR” diseñados y fabricados exclusivamente para “Security”.
La sala de control de cada edificio, deberá contener dos pantallas de 42” para visualización general; 2 pantallas de 24” para visualización de cámaras críticas y mapeo. Todos los accesorios necesarios para montaje de los equipos, cañerías galvanizadas a la vista.
La instalación de la Sala de Control deberá ser concretada en un local adecuado, acondicionado a tal efecto por el oferente. Dicha sala deberá proveer la seguridad necesaria tanto para la protección de los operadores del sistema como así también de los equipos de almacenamiento de video en red. El cocontratante proveerá e instalará los rack´s de montaje y cableado correspondiente, según las normas vigentes. El mobiliario necesario será provisto por el SENASA.
10.2. EQUIPOS
Los equipos a suministrar para el correcto desempeño del Sistema CCTV, se encuentran detallados a continuación, los cuales deberán contemplarse como parte integrante de la oferta, en la planilla de Cotización que obra como Xxxxx X.
Los equipos mencionados deberán estar distribuidos conforme al cuadro “Distribución de Cámaras por Dependencia” de las Especificaciones Técnicas del presente Pliego.
10.2.1. DESCRIPCIONES DE LOS EQUIPOS Workstation (Sala de Control)
1. Procesador Intel de cuatro núcleos.
2. Placa de Video PCIe de 2 GB, dual DVI.
3. RAM 4 GB DDR3 SDRAM.
4. HD 1x360 GB SATA ¬+ 1x 500 GB SATA.
5. Adaptador de Red Ethernet 10/100/1000.
6. Placa de video con salida HDMI
7. Grabadora 32xDVD-ROM.
8. Sistema Operativo Windows 10 Profesional.
9. Alimentación 220Vac, 50Hz.
10. Tipo o similar Dell, Lenovo ó HP.
Monitor LED (Sala de Control)
Los monitores de 32” deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Pantalla plana.
2 Área visible de la pantalla 32” (diagonal).
3 Formato “Widescreen” 16:9.
4 Máxima resolución 1920 x 1080 HD.
5 Tiempo de respuesta 2 ms.
6 Conector 1 x VGA – 2 x HDMI.
7 Alimentación 220Vca, 50Hz.
8 Marca Sony, LG ó Samsung.
Equipos de Almacenamiento para Grabación (Sala de Control)
El dispositivo deberá permitir el almacenamiento digital y la reproducción simultánea de video para aplicaciones de gran capacidad y alta velocidad de transferencia de datos.
1 Sistema operativo Linux.
2 Almacenamiento en formato H.264 o MPEG4.
3 Compresión H.264 o MPEG4.
4 Soporte en resoluciones hasta 5 Mega píxeles (2560 x 1920)
5 Redundancia en la grabación.
6 Capacidad mínima de almacenamiento 8 discos
7 Capacidad de HD 2 TB por disco
8 Almacenamiento de HD tipo “Hot Swap”.
9 Conexión de red RJ-45 de 10/100/1000 Mbps.
10 Interfase USB 2.0.
11 Interfase RS-485.
12 Interfase RS-232.
13 Entradas de 16 señales de alarma.
14 Salidas I/O x 4.
15 Rackeable.
16 Alimentación 220Vca, 50Hz.
17 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
Swicht para networking (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Swicht concentrador para conmutación de tramas Ethernet IEEE 802.3 10 Base T, Fast Ethernet 100 Base TX y Gigabit Ethernet 1000 Base T, con 4 slots Gigabit.
2 Bit rate 10/100/1000 Mbps en puertos de usuario; 1000 Mbps puertos de uplink (Gigabit Ethernet).
3 DIECISÉIS (16) puertos de usuario MDI/MDI-X 10/100/1000, del tipo Ethernet/Fast Ethernet / Gigabit Ethernet, con conectores estándar RJ-45.
4 Pach Cat. 6 de 16 bocas.
5 CUATRO (4) puertos de usuario del tipo Gigabit Ethernet.
6 Capacidad de conmutación de almacenamiento y transmisión (store-and-forward) de hasta 48 Gbps sin bloqueos.
7 Agentes SNMP versiones 1, 2c y 3 que permita monitorear el estado y trafico del dispositivo en forma remota.
8 Protocolo de árbol de expansión (STP). Compatibilidad con la norma 802.1d Árbol de expansión. Convergencia rápida mediante 802.1w (Árbol de expansión rápida [RSTP]), activada de manera predeterminada. Instancias de árbol de expansión múltiple mediante 802.1s (MSTP).
9 Compatibilidad con hasta 256 VLAN simultáneas (de 4096 Id. de VLAN). VLAN basadas en puertos y en etiquetas 802.1Q.
10 Protocolo Secure Shell (SSH). SSH asegura el tráfico Telnet desde y hacia el switch.
11 Detección de energía
12 Detección de longitud de cable
13 XxX de IEEE 802.3af suministrada por cualquiera de los puertos RJ-45 dentro de los presupuestos de potencia enumerados
14 Alimentación 220Vca, 50Hz.
15 Tipo o similar Cisco.
UPS (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Deberá ser de tecnología “on-line”, xx xxxxx conversión.
2 La potencia nominal no será inferior a 4 (cuatro) KVA; no obstante ello, el oferente deberá presentar los cálculos que avalen el dimensionamiento de la UPS propuesta.
3 Deberá incluir los accesorios necesarios para su montaje en rack normalizado de 19”.
4 Se deberá incluir las baterías necesarias para cumplir con lo anteriormente expresado.
5 Las baterías deberán ser de química electrolito absorbido, sin emisión de gases y libre de mantenimiento.
6 Deberá tener la posibilidad de monitoreo mediante puerto USB.
7 Protección contra sobrecarga y cortocircuito.
8 Control inteligente de carga de baterías.
9 Carga automática de las baterías.
10 Extensión de autonomía mediante banco de baterías externo opcional.
11 Función de EPO.
12 Encendido en ausencia de línea de alimentación.
13 Corrección del factor de potencia.
14 Comunicación TCP IP SNMP (opcional).
15 Tomas de salida tipo Schuko.
16 Alarma audible.
17 Tipo o similar Xxxxxxx.
Grupo Electrógeno (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Deberá poseer alternador monofásico de 220VAC y 50 Hz, sin anillos ni escobillas; con ajustamiento mecánico y protección IP23.
2 Deberá poseer tomas normalizadas, con térmica y disyuntor.
3 Deberá poseer motor naftero, con arranque eléctrico y manual.
4 Deberá poseer un sistema de alerta de aceite que detiene el equipo en caso de bajo nivel de lubricante.
5 La potencia nominal será como mínimo de 12 (doce) Kw; no obstante ello, el oferente deberá presentar los cálculos que avalen el dimensionamiento de los generadores propuestos.
6 Tipo o similar Honda.
Cámaras IP Fijas
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 640 x 480.
3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
4 Deberá poseer una lente varifocal de montaje CS, con focal de 2,8 mm a 8 mm.
5 Deberá implementar tecnología con rango dinámico extendido.
6 Deberá operar con formato de compresión H.264 y MPG4.
7 Bit rate de 32 Kbps a 8 M bps.
8 Doble stream de video configurable.
9 Compatible con estándares ONVIF, PSIA, CGI.
10 Interfase de comunicación 1 RJ45 10 M/100 M Ethernet port and 1 RS-485.
11 Alimentación por XxX.
12 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
Cámaras IP Fijas – Mega Píxel.
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 1600 x 1200.
3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
4 Deberá poseer una lente varifocal de montaje CS, con focal de 2,8 mm a 8 mm.
5 Deberá implementar tecnología con rango dinámico extendido.
6 Deberá operar con formato de compresión H.264 y MPG4.
7 Bit rate de 32 Kbps a 8 M bps.
8 Doble stream de video configurable.
9 Compatible con estándares ONVIF, PSIA, CGI.
10 Interfase de comunicación 1 RJ45 10 M/100 M Ethernet port and 1 RS-485.
11 Alimentación por XxX.
12 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
Cámaras IP Domos
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 1280 x 960.
3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
4 Deberá poseer un zoom óptico de 36x y digital de 12x.
5 256 presets programables.
6 8 Recorridos configurables.
7 Compresión de video H.264 y MPG4.
8 Deberá tener una velocidad de imágenes de 25 cuadros por segundo en una resolución de 4 CIF.
9 Deberá poseer un modo de incremento de sensibilidad nocturna.
10 Deberá poseer la función de estabilización digital de la imagen.
11 El paneo horizontal deberá ser de 360° continuos y desde -5° a 185° en elevación.
12 Deberá poseer al menos 4 entradas de alarma y 2 salidas de relé para contacto seco.
13 La alimentación será por XxX.
14 Los gabinetes de montaje (housing) deberán ser de aluminio, con burbuja de policarbonato, aptos para intemperie con nivel de protección IP66; con calefactor y ventilador incorporado.
15 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
DISTRIBUCIÓN DE CÁMARAS POR DEPENDENCIA
XXXXX XXXXX 000 | XXXXXX 0000 | XXXXXXXX | XXXXX XXXXX 000 | PASEO COLON 315 MATERNAL | AZUL | BAHIA BLANCA | JARDIN MATERNAL TALCAHUANO | XXXXXXX | TOTAL | |
CAMARAS IP RESOLUCION VGA - XxX | 8 | - | - | 8 | 8 | 8 | 8 | - | 8 | 48 |
CAMARAS IP RESOLUCION MPIXEL - XxX | 8 | 8 | 8 | 8 | 8 | 8 | - | 8 | 8 | 64 |
CAMARAS DOMO 36X - ILUMINACION NOCTURNA | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 9 |
CONVERSO IP PARA CAMARA DOMO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 9 |
FUENTE 12 Vcc | 1 | - | - | - | - | 1 | 1 | - | 1 | 4 |
FUENTE 24 Vca | 1 | - | 2 | - | - | - | - | - | 1 | 3 |
CONTROL PARA CAMARA DOMO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 9 |
SOPORTES PARA CAMARAS IP | 8 | - | - | - | - | 8 | - | - | 1 | 17 |
SOPORTES PARA CAMARAS DOMO | 0 | - | 0 | - | - | - | - | - | 0 | 3 |
LENTE PARA CAMARA BOX IP | - | - | - | - | - | - | - | - | 1 | 1 |
PANTALLA DE 32" | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | - | - | 1 | 7 |
SOPORTE PARA PANTALLA DE 32" | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | - | - | - | 1 | 7 |
CONECTOR HDMI | 1 | - | - | 1 | 1 | 1 | 1 | - | 1 | 6 |
NVR PARA GRABACION DE VIDEO 16 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | - | 1 | 1 | 8 |
DVR DE 16 PUERTOS 7316 | 0 | - | 0 | - | - | - | - | - | - | 0 |
DVR DE 8 PUERTOS 7208 | 1 | - | - | 1 | 1 | 1 | 1 | - | 1 | 6 |
RACK DE 6 X | 0 | - | - | - | - | - | - | - | - | 0 |
RACK DE 00 X | 0 | - | - | - | - | - | - | - | 0 | 3 |
UPS XX 0XXX | 0 | - | - | - | - | - | - | - | - | 0 |
UPS DE 2KVA | - | 1 | - | - | - | 2 | 1 | 1 | - | 5 |
UPS DE 1 KVA | - | - | - | - | - | 2 | - | - | 3 | 5 |
GABINETE XXXXXXX | - | - | - | - | - | 0 | - | - | - | 0 |
DISCO DE ALMACENAMIENTO | 2 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 | 11 |
IMPORTANTE: Cumplido el contrato entre las partes y una vez finalizada la correspondiente Orden de Compra, las cámaras IP fijas, las cámaras IP fijas – Mega Pixel y las cámaras IP Domos, pasaran a ser propiedad de este Organismo Nacional, debiendo proceder a su registro patrimonial.
CLAUSULAS PARTICULARES
CLAUSULA PRELIMINAR
A los efectos del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (en adelante, el “Pliego”), salvo disposición en contrario, al referirse a ‘días‘, se entenderá que estos son hábiles administrativos y que sus horarios hábiles son de 10 a 13 hs y de 14 a 16 hs.
A su vez, los intervalos de tiempo comienzan a contarse desde el día siguiente al hecho u acto que les dio inicio. Finalizan al terminar el horario hábil del último día del intervalo (x.xx.: en un plazo de TRES (3) días, éste finalizaría a las 16hs del tercer día).
CLAUSULA 1: VISTA Y OBTENCION DE PLIEGOS
El presente Xxxxxx puede consultarse y retirarse en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA sito en la Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x piso, de la Ciudad Autónom a de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs y de 14 a 16:00 horas, hasta el día anterior a la fecha de apertura o visualizarse a través del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, desde donde también podrá ser descargado. En oportunidad de descargar el pliego, se deberá suministrar obligatoriamente los datos correspondientes a: nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las Ofertas.
No será requisito para presentar ofertas, ni para su admisibilidad, ni para contratar, haber obtenido el pliego en el organismo contratante o haberlo descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no lo hubiesen descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las Ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
CLAUSULA 2: CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sita en Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (xx lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs) o por correo electrónico a la dirección xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx hasta CINCO (5) días antes de la fecha fijada para la apertura de las Ofertas.
En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las Ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
CLÁUSULA 3: REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO
Se otorgarán las preferencias establecidas en la Ley Nº 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” (B.O. 31-12-01), texto que se considera parte integrante del presente, conforme lo establecido en el artículo 13 de dicha Ley, pudiendo ser consultada en el sitio de Internet:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/00000-00000/00000/xxxxx.xxx
CLAUSULA 4: CIRCULARES
En respuesta a las consultas efectuadas, el SENASA emitirá circulares aclaratorias o modificatorias a este Pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento aprobado por Decreto N°1030/16.
Las circulares aclaratorias serán comunicadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares modificatorias serán comunicadas con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares por las que se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas serán comunicadas con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
CLAUSULA 5: NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones entre el SENASA y los interesados, oferentes, adjudicatarios o proveedores de bienes y/o servicios, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los medios indicados en el artículo 7 del Reglamento aprobado por el Decreto N°1030/16, indistintamente , salvo lo establecido en el inciso g) del articulo citado.
CLAUSULA 6: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial, salvo que el oferente notifique en forma expresa y fehaciente su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos.
CLAUSULA 7: PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración Nacional, las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Delegado Nº 1.023/01, y que se encuentren incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas (artículos 27 y 28 Decreto N° 1.023/01 y artí culos 20 y 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
CLAUSULA 8: REQUISITOS Y PRESENTACIÒN DE LA OFERTA
Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
8.1. Deberán ser redactadas en idioma nacional. Si se presentara documentación en idioma extranjero deberá acompañarse la correspondiente traducción certificada por traductor público nacional matriculado en la República Argentina.
8.2. Se presentará un único original que deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
8.3. Se presentará fotocopia de la oferta presentada a efectos de poder facilitar la consulta en el proceso de evaluación. Siempre y en todos los casos, si hubiera diferencia entre el original y las fotocopias, la documentación “ORIGINAL” prevalecerá sobre las copias.
8.4. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlineas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
8.5. Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentar perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificación del procedimiento de selección al que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura.
8.6. Deberán consignar un domicilio especial para este procedimiento en cualquier parte del territorio nacional. Asimismo se deberá constituir una dirección de correo electrónico.
8.7. PRE-INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO: Los interesados deberán realizar la pre-inscripción al Sistema de Información de Proveedores accediendo al sitio de Internet de XXXXX.XX, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Quienes estén exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizar la pre-inscripción conforme lo estipulado en el artículo 1º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16 (B.O. 27-09-16)
INSCRIPCION: Quienes hayan realizado la pre-inscripción suministrando la información correspondiente según el tipo de personería, a los fines de la incorporación en el SIPRO, deberán acompañar la documentación respaldatoria que acredite dicha información conforme lo estipulado en el artículo 9º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16.
La Oficina Nacional de Contrataciones cotejara los datos ingresados por los interesados en los formularios de pre- inscripción con la documentación aportada por aquellos. Si los datos se corresponden incorporara al proveedor al SIPRO. Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere conforme lo estipulado en el artículo 5º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16.
IMPORTANTE: la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16 (B.O. 29-09-2016) dispone que para la actualización de datos en el sistema de Información de Proveedores (SIPRO), las inscripciones que estuvieran vigentes tendrán validez hasta el momento en que deban actualizar datos o bien por un plazo de SEIS (6) meses de la vigencia de la norma aludida, lo que ocurra primero, momento a partir del cual deberán incorporarse con la nueva metodología utilizando el procedimiento aprobado por dicha disposición.
CLAUSULA 9: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA
9.1. Acompañar la Planilla de Cotización con la oferta económica que como Anexo I forma parte integrante del presente.
9.2. Presentar el “CERTIFICADO DE VISITA” suscripto por el personal de este Organismo autorizado, al efecto, deberán cumplimentar lo dispuesto en la Cláusula 14 “De la visita”
9.3. Acompañar una Declaración Jurada mediante la cual se acredite la condición de micro, pequeña y/o mediana empresa, en caso de cumplir con las condiciones requeridas para ser considerada como tal.
9.4. Certificado Fiscal para Contratar vigente o los datos de la nota presentada ante la dependencia de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) donde se encuentre inscripto a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para contratar.
Los oferentes deberán proporcionar los datos de la nota presentada ante la dependencia de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) donde se encuentre inscripto a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para contratar o bien los datos del Certificado Fiscal para contratar vigente.
Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS dentro de los CINCO (5) días de haber tomado conocimiento de la misma.(Artículo 13 inciso 5 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
9.5. Referencias y antecedentes comerciales no menores a CINCO (5) años.
9.6. Presentar, respecto de su personal, las respectivas Pólizas de Seguro de Vida Obligatorio, en cumplimiento del Decreto Nº 1567/74 de Seguro de Vida Colectivo, cuyo Reglamento es el “Reglamento Del Seguro Colectivo De Vida Obligatorio” que formar parte integrante como Anexo I de la Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación N° 35.333/2010 (B.O. 29-09-10), con el último comprobante de pago.
9.7. Presentar, respecto de su personal, Contrato de Seguro de Accidente de Trabajo (conforme a lo establecido por la Ley de Riesgo del Trabajo Nº 24.557, sus modificaciones y decretos reglamentarios), con el último listado de personal incluido en el mismo, extendido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y constancias de los últimos pagos.
9.8. Presentar el Certificado de Libre Deuda de Obra Social del Sindicato de Vigilancia (USPRA). En caso de no ser presentado se procederá al rechazo de la oferta.
9.9. Presentar libre deuda sindical del Sindicato de Unión Personal de la Seguridad Privada de la Republica Argentina (UPSRA). En caso de no ser presentado se procederá al rechazo de la oferta.
9.10. Presentar el Certificado de Inscripción ante una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.), correspondiente a sus empleados.
9.11. Presentar antecedentes de desempeño en reparticiones o empresas de envergadura, consignando inicio y fin de sus servicios, aclarando causa o continuidad.
9.12. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad extendida por la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Plancheta de Habilitación.
9.13. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad emanada por la Dirección General Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
9.14. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad emanada por la Prefectura Naval Argentina.
9.15. Por la magnitud del servicio, la empresa deberá contar como mínimo con DOSCIENTOS CINCUENTA (250) vigiladores.
9.16. Presentar el certificado de Constatación técnica emitido por Software Legal ®
9.17. Planillas Estructuras de Costo y Detalle de Estructura de Costo. Anexo II.
9.18. Declaración Jurada de Cumplimiento del Decreto N°3 12/2012. Anexo IV.
9.19. Será excluyente la presentación del Certificado vigente de la Norma de Calidad ISO 9001 y su registración en los Organismos de Control Internacionales.
9.20. Toda la documentación técnica respaldatoria deberá ser adjuntada a la Oferta. No se admitirán referencias a sitios de internet u otras fuentes de información que no figuren explícitamente en la Oferta.
Asimismo, el oferente podrá incluir toda otra documentación técnica que complemente la descripción del servicio ofertado.
Nota: La COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA podrá requerir la presentación de la documentación que estime necesaria respecto de su capacidad técnica o financiera, debiendo el oferente presentarla en el plazo que se le indique, pudiendo su incumplimiento generar la desestimación de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes esenciales de la propuesta.
CLAUSULA 10: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Se requiere, en los casos que corresponda, la presentación de garantía de mantenimiento de la oferta por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 39 del Anexo de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16 (B.O. 29-09-16).
CLAUSULA 11: COTIZACION
Deberá expresarse la oferta económica, cotizando renglón por renglón, consignándose el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las Especificaciones Técnicas, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el presente Pliego, correctamente volcados en la “PLANILLA DE COTIZACIÓN” que obra como Anexo I el presente pliego.
El precio cotizado será el final a pagar por SENASA por todo concepto.
SENASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas.
En el precio el oferente debe considerar incluidos todos los impuestos vigentes; derechos o comisiones; gastos de traslado; fletes; seguros; beneficios; gastos de personal; gastos y costos indirectos; gastos y costos generales y todo otro gasto o impuesto que pueda incidir en el valor final de la provisión, incluido el Impuesto al Valor Agregado, a cuyos efectos, SENASA será considerado como “Consumidor Final”.
CLAUSULA 12: MONEDA DE COTIZACIÓN
La propuesta económica deberá ser formulada en la moneda de curso legal de la Republica Argentina.
CLAUSULA 13: OFERTAS ALTERNATIVAS
Además de la oferta base los oferentes podrán presentar ofertas alternativas en los términos del artículo 56 del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1.030/16.
En ese caso deberá indicarse claramente, cuál es la oferta base y cuál/es la/s alternativa/s, presentando una Planilla de Cotización para cada oferta, debiendo estar cada una perfectamente identificadas (“BASE”/ “ALTERNATIVA”).
CLAUSULA 14: DE LA VISITA
En el lugar, horario y fecha indicada en la página CUATRO (4) de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares se deberá:
A los mejores efectos de la elaboración de su oferta, deberá visitar las instalaciones del Organismo previstos en las especificaciones técnicas del presente Pliego, hasta CINCO (5) días antes de la presentación de sobres de oferta siendo éste el plazo límite para realizarla.
Para solicitar la visita, deberá comunicarse por teléfono al 0000-0000 o vía e-mail a los siguientes correos electrónicos: xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
CLAUSULA 15: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA
Cumplido el plazo para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. En el lugar, día y hora determinados en la convocatoria, se celebrará en acto público la apertura de las ofertas presentadas.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar, sin necesidad de emitir una circular comunicando dicha modificación.
Los originales de las ofertas estarán a disposición para ser exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.
CLAUSULA 16: EVALUACION DE OFERTAS
Para la evaluación de las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimiento de las exigencias de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas en el presente Pliego.
En el acto de Selección de las ofertas se determinará el proveedor con quien se suscribirá la respectiva contratación. La Selección del Proveedor se realizará en favor de la oferta que fuere conveniente, teniendo en cuenta: el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, y el cumplimiento de los aspectos legales, formales y técnicos; adjudicándose entre la/s oferta/s de igual conveniencia a aquellas que resulten las de menor valor.
Dicha selección será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo.
La Comisión Evaluadora podrá requerir información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
En materia de preferencias, resultarán de aplicación las disposiciones que contemple la normativa vigente conforme el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
En caso de igualdad de precios y calidad entre dos o más ofertas formalmente admisibles y convenientes, se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente y de mantenerse la igualdad, resultarán de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
CLAUSULA 17: COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El dictamen de evaluación se comunicará a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido y se difundirá en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
CLAUSULA 18: IMPUGNACIONES
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su notificación, para lo cual la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones.
Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento o para el renglón o los renglones en discusión y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a PESOS CIEN MIL ($100.000.-), según artículo 32 inciso a) de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16.
Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a PESOS CIEN MIL ($100.000.-), según artículo 32 inciso a) de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación, conforme lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/1 6.
CLAUSULA 19: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas.
b) Si fuere formulada por personas humanas y/o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 28 del Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificator ios y complementarios, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
c) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 68 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N°1.030/2016.
d) Si las muestras no fueran acompañadas en el plazo fijado.
e) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
f) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
g) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
h) Si contuviera condicionamientos.
i) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
j) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
k) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido.
CLAUSULA 20: CRITERIOS DE SELECCIÓN, ADJUDICACION Y FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
20.1. La adjudicación recaerá a favor de la oferta más conveniente para el SENASA, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta, conforme lo indicado en la cláusula Evaluación de las Ofertas.
Se adjudicará aun cuando se hubiera presentado una sola oferta.
La adjudicación será GLOBAL, es decir, serán adjudicados todos los renglones a un único oferente.
20.2. El acto administrativo de finalización del procedimiento será notificado al/los adjudicatario/s y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días hábiles de dictado el acto respectivo.
CLAUSULA 21: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación se procederá a emitir la Orden de Compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato, conforme lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
El SENASA podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
CLAUSULA 22: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá integrar, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles de notificada o suscripta la Orden de Compra, una garantía de cumplimiento de contrato (en original y copia simple), por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, pudiéndose constituir en alguna de las formas estipuladas en el Artículo 39 del Anexo de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16; a su vez, todo ello debe ser en conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y articulo 37 del Anexo I de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16.
Dicha garantía deberá ser presentada en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs., y deberá estar acompañada de una nota en la cual se indique: nombre de la firma presentante, número de expediente, tipo y número de procedimiento de selección, número de orden de compra y carácter de la garantía.
La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato a satisfacción del SENASA y de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Contrataciones.
Excepciones a presentar garantías: rige lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 (B.O. 16-09-16).
Devolución de garantías: rige lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 62/16.
CLAUSULA 23: LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO
El Servicio deberá ser prestado conforme lo establecido en el apartado “Distribución de horas y agentes por renglón” de las Especificaciones Técnicas del presente Pliego, de acuerdo al detalle de horarios y lugares descriptos en el mismo.
CLAUSULA 24: PLAZO DE PRESTACION DE SERVICIO
El servicio deberá ser prestado dentro de los DIEZ (10) días de notificada la pertinente Orden de Compra, por el término de DOCE (12) meses.
El servicio deberá ser prestado dentro de los DIEZ (10) días de notificada la pertinente Orden de Compra, por el término de DOCE (12) meses.
El contrato podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, por un periodo de DOCE (12) meses. El uso de esta opción será facultad exclusiva del SENASA, de acuerdo a lo establecido en el articulo 100 inciso b) Anexo al Decreto Nº 1030/16.
Deberá comunicarse la prorroga con un plazo mínimo de TREINTA (30) días anteriores al vencimiento del contrato.
CLAUSULA 25: PENALIDADES
El SENASA (Comisión de Recepción), observará las siguientes pautas.
Este sistema contempla los casos de ausencias o abandonos del servicio, incumplimiento de consignas, misiones o responsabilidades por parte del personal afectado al Servicio de Seguridad y Vigilancia; o incumplimiento por parte de la firma adjudicataria de alguna de las Cláusulas previstas en el presente Pliego.
Corresponderá a la firma adjudicataria acreditar el cumplimiento de las pautas establecidas en el presente. Una vez analizados los descargos de la adjudicataria corresponderá al SENASA determinar la aplicación de las multas y/o penalidades correspondientes.
En esos casos, la firma adjudicataria deberá abonar al SENASA, en carácter de penalidad, los montos que se detallan a continuación, los que se deducirán de la facturación correspondiente, ello sin perjuicio de los reclamos pecuniarios que pudiera efectuarle al SENASA, en función de los daños que pudieran generar tales incumplimientos.
La penalidad es independiente del resarcimiento por los perjuicios provocados por el delito a las personas directamente damnificadas o a la comunidad y cuya responsabilidad deberá ser imputada a la adjudicataria, en orden al incumplimiento de sus obligaciones específicas.
El no cumplimiento de las pautas establecidas, o la falta de resultados satisfactorios, darán lugar a la aplicación de PENALIDADES, de acuerdo al siguiente detalle:
A) POR INCUMPLIMIENTO DE CANTIDAD MINIMA DE PERSONAS O TURNOS DEL PERSONAL
Para los casos en que se observen faltantes o ausencias de personal afectado al servicio de que se trata, respecto de la cantidad contratada, se aplicará una penalidad de acuerdo a la siguiente fórmula:
MULTA: Monto Mensual Adjudicado x Horas no Trabajadas Días Hábiles x Horas diarias adjudicadas
Donde:
Monto Mensual Adjudicado: Monto mensual resultante de la multiplicación del total de horas mensuales promedio por el monto hora/hombre adjudicado.
Días Hábiles: Días hábiles correspondientes al mes al que corresponde la multa.
Horas diarias adjudicadas: Cantidad total de horas de servicio diarias que debe prestar el proveedor, considerando la suma de las horas de cada personal asignado al edificio en un día.
Horas no trabajadas: Cantidad de horas de servicio no cumplidas.
Por incumplimiento de horario, se procederá acumular las llegadas y/o retiros antes de horario, correspondiéndoles el descuento de un jornal acumulando un total de OCHO (8) horas.
Este resultado será descontado de la factura mensual, por cada ausencia que se registre en el mes facturado.
B) POR OBSERVACIONES EN LA CALIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
B1) - OBSERVACIONES: todas las observaciones SENASA realice, deberán ser subsanadas de inmediato, y no se reiterarse.
B2) - RECLAMOS: los reclamos serán formulados por escrito en el Libro xx Xxxxxxxxx.
B3) - MULTAS: la acumulación de DOS (2) reclamos por observaciones no satisfechas, o que correspondan a faltas similares cometidas, motivará la aplicación de una multa, la que se implementará con descuentos en la facturación mensual del servicio, de acuerdo al siguiente criterio:
PRIMERA MULTA: CINCO (5) % de la facturación. SEGUNDA MULTA: DIEZ (10) % de la facturación. TERCERA MULTA: VEINTE (20) % de la facturación. CUARTA MULTA: Rescisión del contrato.
A los efectos de la acumulación, cada falta prescribirá a los NOVENTA (90) días.
CLAUSULA 26: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá presentar:
26.1. La firma adjudicataria deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de prestar los servicios, en un todo de acuerdo con la normativa vigente y con las consideraciones especiales detalladas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego.
Particularmente, deberá proveer la mano de obra, equipos, materiales, herramientas e instrumental necesarios para cumplir el objeto y obligaciones de esta contratación, a su exclusivo cargo y costo, y bajo su exclusiva responsabilidad.
26.2. Estará permanentemente representada en cada objetivo por un encargado que será responsable del personal, quien estará autorizado a recibir notificaciones emanadas de funcionarios del SENASA.
26.3 Los turnos asignados podrán ser modificados por el SENASA, atendiendo a razones de mejor servicio.
26.4. En todo momento el adjudicatario deberá adoptar las medidas para prevenir o impedir toda conducta ilegal, tumultuosa o desordenada de su personal y bienes en el área de trabajo y sus proximidades.
26.5. Deberá obligatoriamente administrar y ejecutar el servicio en forma directa, no pudiendo ceder o subcontratar parcial o totalmente la ejecución de los actos y hechos propios del servicio contratado.
26.6. Se obliga a cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, tributario impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole tanto nacionales, provinciales o municipales, que le resulten inherentes como consecuencias de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad en relación al personal que contrate o preste servicios a su favor a tal efecto.
26.7. El adjudicatario deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones Fiscales, Previsionales, de la Seguridad Social y Sindicales. El SENASA se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los comprobantes de pago de los mismos y realizar verificaciones in situ.
26.7.1. Deberá presentar al inicio de la prestación del servicio un listado del personal afectado al servicio conteniendo: apellidos y nombres, número de documento, cargo que desempeña, identificación asignada por la empresa, antigüedad, estado civil, domicilio real, nombres y apellidos de los padres, indicará además horarios de cada uno de los empleados a su cargo, siendo de carácter preferencial la estabilidad de los mismos en sus funciones como en los horarios que se los designe.
26.7.2. El adjudicatario deberá proveer a todo el personal a su cargo, antes de comenzar las tareas contratadas, el equipamiento y/o las herramientas necesarias para la prestación del servicio. El mismo deberá ser de primera calidad y marca reconocida y resultar suficiente para la correcta prestación del servicio en los plazos y calidad establecidos.
26.8. Mensualmente, bajo apercibimiento de no abonarse la respectiva factura, en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA:
26.8.1. La nómina del personal afectado al servicio contratado donde conste Nombre y Apellido, Documento de Identidad, Domicilio, Edad, Nacionalidad, Horario cumplido, Días trabajados en el mes.
26.8.2. Póliza de Seguro original contra todo riesgo (Responsabilidad Civil), acompañada del recibo de pago.
26.8.3. Recibos de pagos de aportes y contribuciones efectuados a favor del ANSES del último mes abonado.
26.8.4. Constancia de contratación de A.R.T. y constancia de pago al día.
Toda esta documentación deberá presentarse en original y copia, para ser certificada esta última por la citada Coordinación.
El SENASA se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los comprobantes de pago y/o realizar verificaciones in situ.
26.8.5. Declaración Jurada de Aportes y Contribuciones (F 931) con el pago respectivo de la totalidad del impuesto mensual.
26.9. El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
26.9.1. Proveer a todo su personal destinado a la seguridad del organismo y sus dependencias:
26.9.2. De los elementos de seguridad y protección obligatorios:
• Soportes para radio portátil UHF y VHF
• Linternas de buen poder lumínico
• Bastón de goma.
26.9.3. Un sistema de equipos de comunicación móvil que los vincule en red, los que deberán estar aprobados por la Comisión Nacional de Comunicaciones. Dichos equipos deberán contar con el mantenimiento adecuado de parte de la empresa para garantizar su uso en todo momento.
26.9.4. Periódicamente deberá informar al SENASA, las altas, bajas, modificaciones, suspensiones y otras medidas que se relacionen con el personal, adjuntando toda la documentación que corresponda al caso.
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
26.10. Información de cuenta bancaria
A los efectos de percibir el pago el adjudicatario deberá informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, que se indican a continuación:
BANCO DE GALICIA y BS. AS. S.A. BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX. XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX.
INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. BANCO XX XXXXXXX
BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A. BANCO SANTANDER RÍO.
BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. BANCO PATAGONIA S.A.
BANCO SAN XXXX S.A.
NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. BBVA BANCO FRANCÉS S.A. BANCO SUPERVIELLE
BANCO MACRO S.A.
HSBC BANK ARGENTINA S.A. NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. BANCO HIPOTECARIO S.A. CITIBANK N.A.
BANCO DEL TUCUMAN S.A.
BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO BANCO DEL CHUBUT S.A.
BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A. BANCO DE VALORES S.A.
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX S.A. BANCO XX XXXXXXX S.A.
BANCO DE CORRIENTES S.A. BANCO DE LA PAMPA SEM
BANCO DE SANTIAGO DEL ESTERO S.A.
BANCO RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL BANCO MUNICIPAL XX XXXXXXX
BANCO COMAFI S.A.
BANCO COINAG S.A.
26.11. Alta de beneficiario
Deberá acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO y de AUTORIZACIÓN DE PAGO, con la constancia de recepción respectiva o indicación del CÓDIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad a la Disposición Conjunta N° 21/95 de l a CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y N° 10/95 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por las que se aprueba el procedimiento pertinente.
Aquellos que no posean número de beneficiario deberán obtenerlo en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxx x, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX,
de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16 horas.
26.12. Higiene y Seguridad en el Trabajo y Riesgos del Trabajo
Deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Ley N° 19.587 y su Decreto Reglamentario) y Riesgo de Trabajo (Ley N° 24.557 y su Decreto reglamentario).
La Inspección (ver cláusula 29 de este pliego) tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo de los lugares de trabajo del personal de la adjudicataria que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección necesarios y reglamentarios, como así también de aquel que realice en forma irresponsable y riesgosa su trabajo.
26.13. Responsabilidad
Asumirá exclusiva responsabilidad por los hechos dañosos de cualquier naturaleza que puedan producirse a sus dependientes, terceros, personal del SENASA, o a los bienes de todos ellos, como consecuencia de la actividad que cumplimentará con motivo de la contratación adjudicada.
Al respecto, se deja establecido que la adjudicataria ejecutará los trabajos contratados de modo que los mismos resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de las Especificaciones Técnicas y de los demás documentos del contrato, aunque los mismos no mencionen todos los detalles necesarios al efecto, sin que por ello tenga derecho al cobro adicional alguno y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución de los mismos y hasta la conformidad definitiva.
Deberá tomar todos los recaudos y precauciones necesarias para evitar daños a su personal, al del SENASA y a terceros vinculados o no con la ejecución de las prestaciones, a las propiedades e instalaciones del SENASA o de terceros, sea que tales daños provengan de la acción de su personal, de elementos instalados o de causas eventuales teniendo, además, a su cargo la reparación de eventuales daños materiales a los bienes de propiedad del SENASA o de terceros y de los ocasionados al personal del SENASA o a terceros.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta de la adjudicataria. Estas responsabilidades subsistirán hasta la conclusión de los compromisos contractuales. La contratista responderá por todos los daños que produzca a las personas, bienes o instalaciones del SENASA o terceros; para ello deberá presentar las pólizas de seguros que correspondan.
26.14. Seguro de responsabilidad
Deberá contar con un seguro de responsabilidad para cubrir riesgos de daños a terceros durante la prestación del servicio.
26.15. Elementos de seguridad
El personal que preste el servicio deberá contar con todos los elementos de seguridad para la realización de sus ta- reas.
CLAUSULA 27: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar la prestación del servicio, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con el SENASA, siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Conforme a lo indicado en la cláusula anterior, queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción.
Queda bajo la exclusiva responsabilidad del adjudicatario todo accidente de trabajo y/o enfermedad que se produzca en el personal a su cargo, como así también los gastos por asistencia médico-farmacéutica que se originen, y el pago de las indemnizaciones que puedan corresponder por tales eventualidades a su persona.
Asimismo respecto de su personal deberá:
27.1. Xxxxx por la presentación y aseo de su personal.
27.2. Proveer a todo su personal de tarjetas de identificación que incluya fotografía y su uso será obligatorio y deberá ser portada a la vista.
27.3. El adjudicatario deberá tener previsto permanentemente personal suficiente para cubrir inasistencias, como así también para cubrir personal cuya separación del plantel sea solicitada por el SENASA, cuando por sus actos violen las disposiciones vigentes en cuanto a orden, disciplina, seguridad y otros motivos que afecten a la repartición.
27.4. Disponer que el personal que se encuentre de servicio, continúe el mismo cuando por algún motivo el reemplazante no se presente en el horario establecido, cuyo recargo será abonado por cuenta del adjudicatario. Este recargo no deberá superar lo establecido en disposiciones legales.
27.5. Proveer, controlar y exigir el uso a todo su personal destinado al cumplimiento de tareas en el organismo y sus dependencias de la vestimenta reglamentaria, la que deberá ser nueva y mantenerse en condiciones óptimas.
27.6. Disponer que su personal ajuste su proceder al estricto cumplimiento de las consignas de carácter general y particular, que para cada objetivo disponga en el SENASA.
CLAUSULA 28: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato por parte del SENASA se hará efectiva por intermedio del Departamento de Servicios Generales dependiente de la Coordinación General Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, quien tendrá a su cargo la inspección de los trabajos y a la que el adjudicatario facilitará ampliamente y en forma ineludible su cometido.
La inspección intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la prestación del servicio, correcta ejecución del mismo y además verificará el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El SENASA se reserva el derecho de hacer uso de las medidas internas que reglamentan la seguridad y custodia de los bienes que conforman su patrimonio.
CLAUSULA 29: RESCISIÓN SIN CULPA DE LAS PARTES
La revocación, modificación o sustitución de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante, sino únicamente a la indemnización del daño emergente, que resulte debidamente acreditado.
CLAUSULA 30: RENEGOCIACIÓN
En los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios se podrá solicitar la renegociación de los precios adjudicados cuando circunstancias externas y sobrevinientes afecten de modo decisivo el equilibrio contractual.
CLAUSULA 31: RESCISIÓN DE COMÚN ACUERDO
La jurisdicción o entidad contratante podrá rescindir el contrato de común acuerdo con el proveedor cuando el interés público comprometido al momento de realizar la contratación hubiese variado y el cocontratante prestare su conformidad. Estos casos no darán derecho a indemnización alguna para las partes, sin perjuicio de los efectos cumplidos hasta la extinción del vínculo contractual.
CLAUSULA 32: RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR
Si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que hubiera realizado la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes hubiesen sido entregados o prestados los servicios de conformidad, SENASA declarará rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, salvo en aquellos casos en que optara por la aceptación de la prestación en forma extemporánea de acuerdo a lo previsto en el artículo 93 del Decreto N° 1.030/2016.
Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado se lo intimará para que la presente, otorgándole un nuevo plazo igual que el original, y en caso en que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.
Si el cocontratante no cumpliera con el contrato SENASA podrá adjudicar el contrato al que le siga en orden de mérito, previa conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente. No corresponderá la aplicación de penalidades si el segundo o los subsiguientes en el orden de mérito no aceptan la propuesta de adjudicación que hiciera la jurisdicción o entidad contratante en estos casos.
CLAUSULA 33: GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR
Serán por cuenta del proveedor el pago de los siguientes conceptos:
a) Tributos que correspondan;
b) Costo del despacho, derechos y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país;
c) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura.
d) Si el producto tuviere envase especial y éste debiere devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del proveedor. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si la jurisdicción o entidad contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos por una u otra parte, el proveedor podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos, a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto, si la devolución se produjera en el ínterin.
CLAUSULA 34: CESIÓN O SUBCONTRATACION
Queda prohibida la subcontratación o cesión del contrato, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de SENASA. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Se verificará que el cesionario cumpla con todos los requisitos de la convocatoria a ese momento, como al momento de la cesión. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, SENASA podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
En ningún caso con la cesión se podrá alterar la moneda y la plaza de pago que correspondiera de acuerdo a las características del cocontratante original en virtud de lo establecido en las normas sobre pagos emitidas por la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
CLAUSULA 35: RECEPCIÓN DEFINITIVA
La conformidad de la recepción se otorgará dentro de los DIEZ (10) días hábiles de la recepción provisoria de la prestación de servicio.
Dicho plazo comenzará a correr, de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 (B.O. 16-09-16), a partir del día hábil i nmediato siguiente al de la fecha de entrega de los elementos. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la dependencia contratante no
se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
En los casos en que la Comisión de Recepción intime la presentación de elementos faltantes o bien cuando solicite el reemplazo de elementos o la adaptación de servicios que no sean conforme al pliego, el plazo para otorgar la conformidad de la recepción de estas nuevas prestaciones comenzará a correr a partir de su ejecución.
CLAUSULA 36: PRESENTACION DE LAS FACTURAS
Las facturas deberán ser presentadas, en la forma, lugar, plazo y horario que se indique en la correspondiente orden de compra o contrato lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago.
Las facturas electrónicas, según el caso, deberán indicar: fecha de emisión, Número y año de la Orden de Compra a la que hacen referencia, Número y especificación de cada Renglón facturado.
Las facturas deben presentarse una vez recibida la conformidad de recepción (conf. Art 90 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16) en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a Viernes de 10 a 13 hs y de 14 a 16 hs, debiéndose adjuntar copia de los remitos de entrega con el siguiente detalle:
o Resumen del servicio prestado, desagregados en detalle.
o Fecha y Lugar de prestación del servicio.
o Firma y Aclaración del Funcionario responsable del servicio.
o Copia de la Constancia de inscripción ante la AFIP
o Porcentaje de Exclusión de IVA y Ganancias, en caso de corresponder.
o En caso de ser Agente de Retención, copia del documento que avale dicha situación.
CLAUSULA 37: MONEDA Y FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina. Las facturas se pagarán a los TREINTA
(30) días corridos contados a partir del día siguiente al de la entrega de las mismas en la forma y lugar indicados en la respectiva orden de compra o contrato. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente y mediante sistema CUT.
CLAUSULA 38: SEGUROS
Obligaciones de la adjudicataria en materia de seguros:
38.1. Vida obligatorio al personal
Deberá asegurar al personal a su cargo en los lugares donde se desarrollarán los trabajos, con una cobertura de Vida Obligatorio, según las condiciones que sobre este riesgo prevé el Decreto 1567/74.
38.2 Responsabilidad civil comprensiva
Deberá constituir un seguro de Responsabilidad Civil comprensiva emergente de la actividad que desarrolle y para la cual fueron contratados por un monto no inferior a PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 300.000.-). En caso de poseer póliza de R.C. para su empresa en el ámbito nacional, por las actividades que la misma realiza, podrá extender un endoso incorporando como coasegurado al SENASA, aclarando que lo hace en los términos generales y particulares de la presente Licitación.
38.3 Riesgos del trabajo
Deberá contratar un seguro sobre los Riesgos del Trabajo -y acreditar su existencia antes de iniciar los trabajos- para el personal a su cargo que realice tareas en las instalaciones donde se llevarán a cabo las mismas y en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Las condiciones de cobertura deberán ser las que prevé la citada Ley.
El SENASA no aceptará bajo ninguna excusa el autoseguro parcial o total. La empresa aseguradora deberá ser una Administradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.), autorizada por la Superintendencia de Seguros de A.R.T.
38.4 De las Pólizas
38.4.1 Las Compañías de Seguros contratadas deberán estar autorizadas a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Administración de Riesgos de Trabajo. Asimismo, deberán ser de primer nivel y poseer una estructura económico-financiera dentro de los mínimos y máximos que determinan las fórmulas de la Superintendencia de Seguros de la Nación y que surgen del análisis que ese Organismo realiza de los datos presentados por las Aseguradoras.
38.4.2. El SENASA podrá, durante el transcurso de la vigencia de la póliza, exigir el cambio de Asegurador en caso que se lesione la estructura económico-financiera de éste, o por razones técnico-contractuales. Esta modificación no ocasionará ningún costo al Ministerio ni al Estado Nacional.
38.4.3 Los contratos de seguros que se presenten al SENASA deberán serán pólizas originales o copias y/o fotocopias con firmas ORIGINALES del Asegurador en todos los casos.
38.4.4 Dentro de las condiciones particulares deberá figurar expresamente el SENASA como beneficiario solidario con la adjudicataria de todos los derechos y prestaciones que la póliza otorgue al asegurado.
38.4.5 La adjudicataria deberá adjuntar la documentación fehaciente del Asegurador que testifique el pago de las pólizas en tiempo y forma.
38.4.6 Todos los contratos de seguros deberán mantener su vigencia hasta el cabal cumplimiento de las obligaciones de la adjudicataria. Si la finalización del contrato de la prestación fuera posterior al vencimiento de la póliza inicial, QUINCE
(15) días antes de ese vencimiento deberá ser presentada la renovación de la misma. Si esta renovación, aún teniendo vigencia anual no llegara a cubrir el plazo del contrato, se repetirá este procedimiento tantas veces como sea necesario hasta cubrir el cumplimiento total de dicho contrato.
CLAUSULA 39: NORMATIVA APLICABLE
La presente contratación se regirá por las disposiciones del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto N° 1023/01, modificatorios y c omplementarios y el Reglamento aprobado mediante Decreto N° 1030/2016, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Dichas disposiciones serán consideradas parte integrante de la presente contratación.
CLAUSULA 40: ORDEN DE PRELACION
Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorio s y complementarios.
b) Las disposiciones del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/2016.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que dicte la Oficina Nacional de Contrataciones o las normas que dicte dicha Oficina Nacional en su carácter de órgano rector.
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
f) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable.
g) La oferta.
h) Las muestras que se hubieran acompañado.
i) La adjudicación.
j) La Orden de Compra, de Venta o el Contrato, en su caso.
CLAUSULA 41: JURISDICCION
En caso de contienda judicial, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
CLAUSULA 42: DETALLE DE ANEXOS
a) ANEXO I: “Planilla de cotización”.
b) ANEXO II: “Estructura de Costos”
c) ANEXO III: “Detalle de Estructura de Costos”
d) ANEXO IV: Declaración Jurada Ley Nº 25.551 “Compre Trabajo Argentino”
e) ANEXO V: “Declaración Jurada de Cumplimiento del Decreto Nº 312/10”
ANEXO I
PLANILLA DE COTIZACION:
El que suscribe ............................................................................................................. Documento .....................................
en nombre y representación de la firma .........................................................................., CUIT ,
constituyendo domicilio en ................................................................................. N° .............., Localidad
.................................................................., constituyendo dirección de correo electrónico en ,
Teléfono........................, y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
RENGLÓN | DESCRIPCIÓN | TIPO | HS MES | HS DIURNAS | HS NOCTURNAS | $ HS DIURNAS | $ HS NOCTURNAS | COTIZACION MENSUAL | COTIZACIÓN TOTAL |
1 | SEDE CENTRAL | Agentes | 2996 | 2186 | 810 | $ | $ | $ | $ |
2 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Agentes | 2496 | 2100 | 396 | $ | $ | $ | $ |
3 | JARDIN MATERNAL | Agentes | 360 | 360 | $ | $ | $ | $ | |
4 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Agentes | 1440 | 900 | 540 | $ | $ | $ | $ |
5 | CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMATIZACION | Agentes | 528 | 330 | 198 | $ | $ | $ | $ |
0 | XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | Agentes | 4680 | 3060 | 1620 | $ | $ | $ | $ |
7 | GALPON LAZARETO | Agentes | 1080 | 810 | 270 | $ | $ | $ | $ |
8 | GALPON AUTOMOTORES | Agentes | 1080 | 810 | 270 | $ | $ | $ | $ |
9 | SEDE AZOPARDO | Agentes | 2160 | 1620 | 540 | $ | $ | $ | $ |
10 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL SENASA EN LA C.A.B.A. | Supervisor | 000 | 000 | 000 | $ | $ | $ | $ |
11 | DIRECCIÓN DE LABORATORIO VEGETAL | Agentes | 1800 | 1260 | 540 | $ | $ | $ | $ |
12 | DIRECCIÓN DE LAB. ANIMAL (XXXXXXX) | Agentes | 2880 | 1800 | 1080 | $ | $ | $ | $ |
13 | DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO (TALCAHUANO) | Agentes | 2160 | 1350 | 810 | $ | $ | $ | $ |
14 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA DILAB | Supervisor | 000 | 000 | 000 | $ | $ | $ | $ |
15 | DELEGACION ADMINISTRATIVA BAHIA BLANCA | Agentes | 1440 | 900 | 540 | $ | $ | $ | $ |
16 | CAMPO EXPERIMENTAL AZUL | Agentes | 1080 | 810 | 270 | $ | $ | $ | $ |
17 | PREDIO EZEIZA | Agentes | 1080 | 810 | 270 | $ | $ | $ | $ |
00 | XXX XXXXXX XX XXX XXXXX | Agentes | 624 | 390 | 234 | $ | $ | $ | $ |
TOTAL GENERAL POR DOCE (12) MESES | $ | $ | $ | $ |
SON PESOS (en letras) ..........................................................................
A) FORMA DE PAGO: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
B) PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
C) LUGAR DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
D) TELEFONO FAX: …………………………………………………………………………………..
E) DOMICILIO DE OFICINAS Y/O DEPOSITOS: ………………………………………………….
F) HORARIO DE ATENCION: ……………………………………………………………………….
Las cantidades de horas por Delegación son estimadas, deberá cotizarse valor hora por cada renglón, el total mensual y anual, según las horas estimadas.
El total general en números y letras corresponde a las horas estimadas por el valor unitario por DOCE (12) meses. Total de horas mensuales: VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO (29.324).
SON PESOS (en letras) ........................................................................................................
................................................................
FIRMA
ANEXO II
ESTRUCTURA DE COSTOS
En la siguiente planilla se deberá discriminar los porcentuales asignados a cada uno de los ítems que se detallan, y que forman el resultado total de la oferta:
Estructura de Costos | ||
Materiales y equipos para prestar el servicio | % | |
Personal: Mano de Obra* (incluye cargas sociales, etc.) | % | |
Seguros, ART | % | |
Gastos Generales (discriminar detalladamente los mismos) | % | |
Impuestos | IVA | % |
Ingresos Brutos | % | |
Impuesto a las Ganancias | % | |
Beneficio Industrial | % | |
TOTAL: | 100,00 % |
* Ver Anexo III – Detalle Estructura de Costos.
Firma de Apoderado: ..................................................
Aclaración: ...................................................................
Razón Social de la Firma .....................................
Xxxxx y Fecha: ............................................................
DETALLE DE ESTRUCTURA DE COSTOS
Deberán discriminarse los valores y porcentajes asignados a cada uno de los ítems detallados, relacionados con los salarios del personal que estará afectado a la prestación del servicio.
Estructura de Costos | ||
Personal: Mano de Obra (incluye cargas sociales, etc.) | Valor en $ | Porcentaje |
Xxxxxx Xxxxxx según C.C.T. vigente | $ | % |
Viáticos | $ | % |
Aportes y Contribuciones (Jubilación, Fondo Nacional de empleo, INSSJP, OSPM + ANSSAL, etc.) | $ | % |
TOTAL: | $ | % |
(*) Se aclara que para la presentación de oferta deberá completarse la totalidad de los datos indicados en el cuadro precedente, y ampliarlos de resultar necesario.
Firma de Apoderado: ..................................................
Aclaración: ...................................................................
Razón Social de la Firma: .....................................
Xxxxx y Fecha: ............................................................
DECLARACION JURADA LEY N° 25.551 “COMPRE TRABAJO AR GENTINO”
El que suscribe................................................Documento (Tipo y Nº)..................................... en nombre y
representación de la firma ……………………………………….constituyendo domicilio legal en la calle……………………………………………………..…………….. N°….……………………
Dpt…………Localidad…….……… Correo electrónico.………………………………….
Declaro bajo juramento que los bienes ofertados por la Firma se encuentran comprendidos dentro de la Ley N° 25.551 (Compre Trabajo Argentino) y su reglament ación Decreto N° 1.600 de fecha 28 xx xxxxxx de 200 2 y que la oferta presentada para la presente contratación debe ser considerada nacional en los términos de lo dispuesto en el Artículo 13 inciso h) apartado 3) del P.U.B. y C.G.
FECHA: / /
FIRMA…………………………………………
DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL DECRETO Nº 312/10 | ||
Razón Social, Denominación o nombre y apellido completos: | ||
C.U.I.T.: | ||
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | ||
Tipo: | Nº: | Ejercicio: |
Clase: | ||
Modalidad: | ||
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que de resultar adjudicatario me obligo a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4 %) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el Artículo 7° del Decreto 312/10. | ||
Firma: | ||
Aclaración: | ||
Tipo y N° de documento: | ||
Carácter: | ||
Lugar y fecha: | ||
FIRMA |