Definición de Riesgo de Crédito

Riesgo de Crédito riesgo de incumplimiento de pago debido a cambios en la capacidad o intención de la contraparte de cumplir sus obligaciones, resultando en una pérdida financiera. Los inversores asumen el riesgo de crédito completo de la entidad emisora.
Riesgo de Crédito es el riesgo de que el emisor de los activos xx xxxxx fija no pueda hacer frente al pago del principal y de intereses.
Riesgo de Crédito. Es el riesgo que surge de que uno o más de los emisores de valores en los que el Fondo esté invertido dejen de cumplir con sus obligaciones, o que la negociación de dichos valores se suspenda debido a situaciones de insolvencia de los respectivos emisores. Asimismo, se refiere a la fluctuación de los activos en los que el Fondo invierta, pudiéndole ocasionar pérdidas de capital y afectar directamente el rendimiento.

Examples of Riesgo de Crédito in a sentence

  • RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD • Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones.

  • Algunos riesgos a asumir podrían ser el Riesgo xx Xxxxxxx, el Riesgo de Crédito y el Riesgo de Liquidez.

  • RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD  Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones.

  • Contiene los resultados de los Modelos de Riesgo de Crédito y Capital Económico, la comparación de estos con las previsiones y las exigencias de capital regulatorias para las carteras de banca Consumo y banca Comercial.

  • Operaciones Sujetas a Riesgo de Crédito: a los depósitos, valores, créditos, operaciones de reporto, de intercambio de flujos de dinero (swap), contratos adelantados, préstamo de valores, opciones, operaciones estructuradas, paquetes de instrumentos derivados y operaciones contingentes, así como a las demás operaciones bancarias expuestas a riesgo de crédito conforme xx Xxxxx 0-X.


More Definitions of Riesgo de Crédito

Riesgo de Crédito. Es el riesgo de una pérdida económica que puede producirse ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales de pago por parte del Emisor o del Garante. A continuación se presenta, de forma resumida, los ratios de capital del Grupo Santander a 30 de septiembre de 2014 y los ratios de morosidad del Grupo Santander a a 30 de septiembre de 2014, 30 de septiembre de 2013 y 31 de diciembre de 2013, calculados de conformidad con los contenidos de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 xx xxxxx de 2013 relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión (Directiva CRD IV), parcialmente implementada en España por el Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras (Real Decreto-ley 14/2013) y la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (Ley 10/2014), y con los contenidos del Reglamento 575/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 xx xxxxx de 2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión: (millones de euros excepto porcentajes) CET1 64.206 Recursos propios básico netos 64.206 Recursos Propios Computables 70.674 Activos ponderados por riesgo 561.454 CET1 capital ratio 11,44% T1 capital ratio 11,44% Ratio BIS 12,59% Excedente de recursos propios 25.758
Riesgo de Crédito. Ocurre desde dos perspectivas: una en relación con quien realiza operaciones y otra de quien emite los instrumentos financieros que opera. Por lo tanto, se subdivide en Riesgo de Contraparte y Riesgo Emisor. El Riesgo de Contraparte se define como la pérdida potencial por la falta de pago, de un acreditado o contraparte, en las operaciones que efectúan las instituciones. El Riesgo Emisor se resume como la posible pérdida causada por el incumplimiento de una emisora en sus obligaciones. Los agentes que representan riesgo emisor se clasifican en forma ascendente en: Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxx x Xxxxxx Xxxxxxx.
Riesgo de Crédito. Se refiere al riesgo de pérdida que sufriría el fondo, en el caso de que alguna contraparte incumpliese sus obligaciones contractuales de pago con la misma, resultando una pérdida financiera para éste.
Riesgo de Crédito o riesgo a que el emisor no pueda hacer frente al pago del nominal del pagaré cuando resulte pagadero. Estos productos no están amparados por el Fondo de Garantía de depósitos de Banco de España por tratarse de un título valor, no de un depósito.
Riesgo de Crédito. Es la posibilidad que un deudor bancario o contraparte no cumpla sus obligaciones contractuales, ya sea, de intereses o capital.
Riesgo de Crédito. Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones. El riesgo de crédito, es el más significativo del balance del Grupo CaixaBank y se deriva de la actividad bancaria y aseguradora, de la operativa de tesorería y de la cartera de participadas. El Grupo CaixaBank orienta su actividad a la financiación de familias y empresas. La gestión del riesgo de crédito se caracteriza por una política de concesión prudente y de coberturas adecuadas. Con respecto a la distribución geográfica, la actividad crediticia del Grupo CaixaBank se centra, básicamente, en España. Gestión del Riesgo de crédito con clientes: A continuación se muestran los datos más relevantes de gestión del riesgo a 30 de septiembre de 2015, 31 de diciembre de 2014, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000:
Riesgo de Crédito es la posibilidad de incumplimiento en el pago del capital y/o intereses, por parte del emisor del título. Se mitiga este riesgo con la realización de análisis de las condiciones fundamentales de cada emisor, e invirtiendo en emisores