Actuación de CAIXABANK Cláusulas de Ejemplo

Actuación de CAIXABANK a) Las Partes convienen y se hacen responsables de la aplicación al presente Contrato de las normas de conducta previstas en la normativa xxx xxxxxxx de valores que resulte de aplicación. CAIXABANK declara disponer de una política de mejor ejecución así como de una política de identificación y gestión de conflictos de interés. Ambas están disponibles a través de la web de la entidad (xxx.XxxxxXxxx.xx). No obstante, para la prestación de los servicios objeto de este Contrato, se aplicará la política de mejor ejecución de CAIXABANK AM, entidad en la que se delega el servicio, de acuerdo con lo previsto en la cláusula decimonovena del Contrato. Como Anexo I de las Condiciones Particulares se adjunta una descripción resumida de dicha política de mejor ejecución.
Actuación de CAIXABANK. CaixaBank gestionará la cartera del CLIENTE de conformidad con los criterios de inversión, los objetivos de gestión y las limitaciones existentes, en su caso, a la facultad discrecional de gestionar carteras indicados en las Condiciones Particulares de este Contrato. Las partes convienen y se hacen responsables de la aplicación al presente Contrato de las normas de conducta previstas en la legislación xxx xxxxxxx de valores que resulten de aplicación en cada momento. CaixaBank no efectuará en ningún caso operaciones prohibidas por la legislación española, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del CLIENTE mientras no se obtengan estas autorizaciones. CaixaBank responderá de los perjuicios que pueda causar al CLIENTE por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato y por actuaciones dolosas o realizadas con negligencia, en cuyo caso indemnizará al CLIENTE. En todo caso CaixaBank no será responsable: i) del resultado económico último de la gestión y, en particular, de las posibles pérdidas derivadas del concurso, quiebra o insolvencia de los emisores de los valores integrantes de la cartera, de los intermediarios a través de los cuales realice las operaciones derivadas de este contrato o de las entidades depositarias que custodien o administren dichos valores, o de las actuaciones fraudulentas de cualquiera de ellos, ni del riesgo inherente a la inversión en los diferentes Mercados Financieros, que el CLIENTE manifiesta conocer, ni ii) del daño o perjuicio que se pudiera derivar de interferencias, interrupciones, averías técnicas o desconexiones en el funcionamiento operativo de los sistemas de cotización o de negociación a los que CaixaBank acuda para la adquisición, suscripción, enajenación de valores o instrumentos financieros y, en general, para la gestión objeto de este contrato, cuando estén motivados por causas ajenas a CaixaBank. El CLIENTE informará a CaixaBank cuando surjan situaciones de incompatibilidad o alguna circunstancia que impida la inversión del patrimonio gestionado en determinados valores o instrumentos financieros. No obstante el carácter individual de la gestión de xxxxxxxx, CaixaBank, con el objeto de racionalizar las órdenes de compraventa de activos, podrá agrupar operaciones de diferentes clientes dentro de los límites establecidos en la normativa vigente, pudiendo realizar operaciones de prorrateo y atendiendo en todo momento a la modalidad de servicio de gestión contratada. Para e...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.