Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza Cláusulas de Ejemplo

Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. El Asegurador en cada renovación anual de la Póliza podrá: a) Actualizar el importe de las Primas. b) Actualizar y modificar el importe correspondiente a las franquicias y copagos. c) Actualizar, en su caso, las cuantías del límite de cobertura establecido para las prótesis. Con independencia de las antedichas actualizaciones, en cada renovación, la prima anual se establecerá de acuerdo con la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados, aplicando la tarifa xx xxxxxx que el Asegurador tenga en vigor en la fecha de cada renovación. El Tomador del Seguro da su conformidad a las variaciones que, por tal motivo, se produzcan en el importe de las primas. Estas actualizaciones xx xxxxxx, franquicias y copagos se fundamentarán en cálculos técnico- actuariales necesarios para determinar la incidencia en el esquema financiero-actuarial del Seguro, del incremento del coste de los servicios sanitarios, del aumento de la frecuencia de las prestaciones cubiertas por la Póliza, de la incorporación a la cobertura garantizada de innovaciones tecnológicas de aparición o utilización posterior a la perfección del Contrato u otros hechos de similares consecuencias. El Tomador del Seguro al recibir la notificación de estas actualizaciones xx xxxxxx, franquicias, o copagos para la siguiente anualidad, podrá optar entre la prórroga del Contrato de Seguro, lo que supondrá la aceptación de las nuevas condiciones económicas, o poner término al mismo al vencimiento de la anualidad en curso. En este último caso, deberá notificar fehacientemente al Asegurador su voluntad en tal sentido.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. El Asegurador podrá actualizar anualmente el importe de las primas y el importe correspondiente al copago o participación del Asegurado en el coste de los servicios, a que se refiere el punto 4. del Artículo 5º de estas Condiciones Generales. Estas actualizaciones xx xxxxxx y copagos incorporarán los ajustes necesarios para garantizar que la tarifa de prima sea suficiente y se fundamentan en los cálculos técnico-actuariales realizados y basados en el incremento del coste de los servicios sanitarios, el aumento de la frecuencia de las prestaciones cubiertas por la póliza, la incorporación de innovaciones tecnológicas de aparición o utilización posterior a la perfección del contrato y que se incluyan en la cobertura garantizada, u otros hechos de similares características. Las primas a satisfacer por el Tomador variarán en función de la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados y la zona geográfica correspondiente al domicilio de la prestación, aplicando las tarifas que el Asegurador tenga en vigor en la fecha de cada renovación. El Tomador del seguro, al recibir la notificación de estas actualizaciones xx xxxxxx y/o copagos para la anualidad siguiente, podrá optar entre la prórroga del Contrato de Seguro, lo que supone la aceptación de las nuevas condiciones económicas, o su rescisión al término de la anualidad en curso, mediante el correspondiente escrito dirigido al Asegurador.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. La Aseguradora, cada nueva anualidad de seguro, podrá: a) Actualizar el importe de las Primas.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. La Aseguradora, cada nueva anualidad de seguro, podrá: a) Actualizar el importe de las Primas. b) Actualizar el importe correspondiente a la franquicia o participación del Asegurado en el coste de los servicios, a que se refiere la Condición General 4.4. (Cláusulas Descriptivas de Cobertura). Dos meses antes de la renovación del seguro el asegurador comunicará por escrito al Toma- dor de la póliza la prima prevista para la próxima anualidad. Cláusulas Descriptivas de la Cobertura de Asistencia Sanitaria (condiciones generales)
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. SegurCaixa Adeslas, anualmente, podrá: a) Actualizar el importe de las Primas.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. La Aseguradora, cada nueva anualidad de Seguro, podrá: a) Actualizar el importe de las Primas. b) Actualizar el importe correspondiente a los copagos a los que se refiere la Condición General 4.3. de las Cláusulas Descriptivas de Xxxxxxxxx y cuya cuantía figura en Condicio- nes Particulares. c) Actualizar los importes correspondientes al Límite Máximo Anual Ambulatorio y Límite Máximo Anual Hospitalario establecidos en Condiciones Particulares.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. El asegurador, cada anualidad del seguro, podrá actualizar el importe: a) De las primas del seguro. b) Correspondiente a las franquicias dentales que se encuentran detalladas en el anexo 2 de franquicias de estas Condiciones Particulares. Cláusulas Descriptivas de Cobertura (condiciones generales)
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. La Aseguradora, cada nueva anualidad de seguro, podrá: a) Actualizar el importe de las Primas. b) Actualizar el importe correspondiente a la franquicia o participación del Asegurado en el coste de los servicios, a que se refiere la Condición General 4.4. (Cláusulas Descriptivas de Cobertura). Dos meses antes de la renovación del seguro el asegurador comunicará por escrito al Toma- dor de la póliza la prima prevista para la próxima anualidad.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. ADESLAS podrá anualmente: a) Actualizar las Primas.
Actualización anual de las condiciones económicas de la Póliza. 14 16. TARJETA SANITARIA 15