Common use of Administración Clause in Contracts

Administración. El FOFAES, en su momento determinará para cada persona que integrará la plantilla de personal del licitante ganador las actividades y/o el programa de trabajo que deberán ser realizados, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados en el anexo “A.1”. Las actividades de supervisión, coordinación de las actividades que llevará a cabo el personal del licitante ganador, será realizada por el FOFAES, con independencia de la relación laboral que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; o en su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y el personal, ni que el propio XXXXXX, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter de patrón sustituto.

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Samples: Contrato De Servicios De Administración De Personal, Contrato De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Que Con Fundamento en El Título Cuarto, Capítulo Único De La Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

Administración. El FOFAEShorario de atención para la orientación a los asegurados y el pago de siniestros, se proporcionará en su momento determinará días y horas hábiles, durante toda la vigencia del contrato. El servicio de atención a los asegurados vía telefónica se deberá proporcionar de lunes a viernes, al menos durante 12 horas. El servicio de atención personal y recepción de documentación deberá ser durante los días hábiles en el horario de atención al público en general. Preferentemente, el servicio de lunes a jueves será al menos de 8 horas hábiles y los viernes al menos de 6 horas hábiles. La Aseguradora deberá contar con una estructura en la atención de siniestros para cada persona garantizar el servicio solicitado en la presente Convocatoria y cumplir con los tiempos de respuesta establecidos en este punto. El proceso de administración el cual incluye la baja y alta de asegurados, se describe en el Anexo 4.3.1 de la presente Convocatoria. Asimismo, la Dirección de Desarrollo de Factor Humano del Instituto FONACOT será responsable de la administración completa del contrato directamente con la compañía de seguros que integrará la plantilla de personal del licitante ganador las actividades y/o el programa de trabajo que deberán ser realizadosresulte adjudicada, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados realizar el pago oportuno de la prima correspondiente a su población asegurada de acuerdo a lo descrito en el anexo “A.1”Anexo 4.3. Las actividades de supervisión, coordinación de las actividades que llevará a cabo Para el personal del licitante ganador, será realizada por el FOFAES, con independencia inicio de la relación laboral vigencia, la Convocante entregará a la Aseguradora ganadora, dentro de los cinco días hábiles posteriores contados un día después de la firma del contrato, la base de asegurados para que exista entre la Aseguradora ganadora pueda dar de alta en sus sistemas a los servidores públicos y le dará a conocer, los datos del asesor en seguros que apoyará al Instituto FONACOT para la atención de todos los aspectos relacionados con el licitante ganador y sus empleadosseguro en cuestión. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán Para la plantilla de personal vigencia del licitante ganador solicitado por el FOFAESpresente contrato, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, Convocante será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá responsable de solicitar a las personas sus servidores públicos asegurados, el consentimiento y la designación de beneficiarios, a través del formato que realizarán actividades ya les fue entregado. Este formato se requisitará en un original para el FOFAESexpediente del servidor público, le proporcionen información relativa a los servicios; o en su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas el cual será resguardado por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y una copia para el personalservidor público sellada por el Área Técnica Correspondiente. En lo que se refiere a los sistemas con que cuente la compañía de seguros para la administración y prestación de este servicio, ni será responsabilidad de dicha Aseguradora el buen funcionamiento de su sistema con la finalidad de no interrumpir los servicios requeridos la presente Convocatoria. Para la información que proporcione el propio XXXXXXInstituto FONACOT la compañía de seguros deberá contar con una herramienta contra virus informáticos. El Instituto FONACOT se deslinda de toda responsabilidad por ataque de virus informáticos a los sistemas de la compañía de seguros. La Aseguradora deberá establecer los mecanismos de control necesarios para garantizar la calidad de la información, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter correcto funcionamiento de patrón sustitutosus procedimientos, la carga de información y todo lo que sea conveniente para el desarrollo de este seguro, basándose en una metodología de trabajo probada y utilizada en el mercado de tecnologías de información. En caso de no ser procedente el pago de un siniestro, la compañía de seguros deberá notificar el resultado negativo del dictamen de siniestros al solicitante durante los cinco días hábiles posteriores a la entrega total de la documentación que ampare la reclamación. El tiempo de respuesta para el pago de los siniestros será de siete días hábiles, una vez que la Aseguradora cuente con la información necesaria.

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Samples: www.fonacot.gob.mx

Administración. El FOFAESLa administración de la sociedad corresponderá a un directorio compuesto de cinco miembros titulares y cinco suplentes. Cada accionista tendrá derecho a elegir un director por cada veinte por ciento de las acciones de la sociedad que sean propiedad de tal accionista. En todo caso, en su momento determinará para cada persona el accionista que integrará sea titular de la plantilla mayoría de personal del licitante ganador las actividades y/o acciones emitidas de la sociedad tendrá derecho a elegir el programa de trabajo director que deberán ser realizados, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados le otorgue mayoría en el anexo “A.1”directorio. Las actividades de supervisiónLos directores serán libremente designados, coordinación de las actividades que llevará a cabo el personal del licitante ganador, será realizada sustituidos o removidos en cualquier época por el FOFAES, con independencia de la relación laboral accionista al que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; o en corresponda su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los serviciosnombramiento, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica ello afecte al resto del directorio, lo que se hará mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en los Registros de Propiedad y de Accionistas del Conservador de Minas de Santiago. documentadamente y en cualquier tiempo, de todo lo relacionado con la marcha de la sociedad; derecho que deberá ser ejercido de manera de no entorpecer la gestión social. Los directores designados por un accionista tienen los mismos deberes para con la sociedad y los demás accionistas que los directores restantes, no pudiendo faltar a éstos y aquélla, a pretexto de defender los intereses de quienes los designaron, especialmente en el uso y manejo de la información calificada como confidencial. El directorio tendrá las más amplias facultades para la administración superior de la sociedad, sesionará válidamente con un quórum de tres miembros y adoptará sus acuerdos por mayoría de los asistentes. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, requerirán del voto conforme de cuatro directores las resoluciones que se adopten con el objeto de: a) afianzar o constituir a la sociedad en codeudora solidaria; b) gravar las pertenencias mineras de la sociedad para fines distintos del financiamiento del desarrollo y construcción del proyecto; c) llevar a cabo inversiones ajenas al desarrollo y explotación del mineral y a todas las actividades inherentes y directamente relacionadas con la operación minera; d) la adquisición de propiedades mineras a título oneroso, y e) la celebración de contratos de agencia para la comercialización de productos de la sociedad. El directorio deberá designar de entre sus miembros al presidente del directorio, que lo será también de la sociedad. El presidente tendrá voto dirimente en caso de producirse un empate en la adopción de cualquier acuerdo por el FOFAESdirectorio. Designará también al Gerente General, SAGARPAquien desempeñará sus funciones mientras cuente con la confianza del directorio. Así también si Placer no ha ejercido su opción de adquirir el 29% de interés contractual adicional, el directorio designará a proposición de Codelco, al contralor de la Convocante sociedad. Además de las materias particulares que de acuerdo a lo dispuesto en este contrato y en los estatutos anexos, deben ser resueltas por el personaldirectorio de la sociedad, ni el gerente deberá también someter a la decisión del directorio todos aquellos asuntos o materias que, por su naturaleza o importancia, presenten características de extraordinarios o trasciendan las facultades normales u ordinarias de administración. El incumplimiento de esta obligación no afectará la validez de los actos y contratos suscritos con terceros extraños a la sociedad, a menos que estos últimos revistan la calidad de partes relacionadas o filiales de los partícipes. Las juntas de accionistas, tanto ordinarias como extraordinarias, se constituirán y adoptarán acuerdos con la mayoría absoluta de las acciones de la sociedad. Sin embargo y sin perjuicio de los vetos señalados en el propio XXXXXXinciso segundo del artículo 2° de la Ley N° 19.137, SAGARPA y/sólo con el voto favorable de Codelco podrán adoptarse acuerdos que recaigan en las siguientes materias: a) modificación del número de miembros del directorio; b) la enajenación o Convocante asuma el carácter renuncia de patrón sustitutolas pertenencias mineras así como también la constitución de derechos de explotación en favor de terceros; c) las reformas de los estatutos sociales que modifiquen los derechos establecidos en favor de Codelco en este contrato, y d) la formación de fondos de reserva.

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Samples: Contrato De Exploracion Y Promesa De Sociedad

Administración. El FOFAESLa cuota mensual deberá ser abonada los 1eros de cada mes. Durante todo el año se pagará cuota entera, sin excepción alguna, sea cuales fueren los días que se pasen en la residencia y por el periodo comprendido de enero a diciembre de cada año. Los residentes firman un contrato por un periodo mínimo de … meses, en su momento determinará para cada el caso de que por motivos de fuerza mayor desee retirarse, debe notificarlo con 2 meses de anticipación , El/la puede conseguir una persona que integrará cubra ese espacio con lo que no se le aplicaría el pago correspondiente del establecido de los meses que restan. Los servicios de electricidad, gas, agua y gastos comunes serán incluidos dentro de la plantilla de personal cuota mensual El/la residente no podrá dejar definitivamente la residencia sin previo aviso del licitante ganador las actividades y/tutor o el programa de trabajo que deberán ser realizados, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados apoderado en el anexo “A.1”caso de ser estudiante y debe comunicarlo a la administración con una antelación de por lo menos 2 meses. Las actividades Al retirase de supervisiónla residencia en forma definitiva, coordinación el/la residente deberá hacerlo en presencia de la responsable de la residencia y abonar los servicios y gastos comunes que se encuentren pendientes de pago a la fecha. El inmueble, los muebles, artefactos y utensilios deberán cuidarse, de lo contrario se hará responsable al residente de los desperfectos ocasionados por descuido, imprudencia o incumplimiento. Los mismos serán abonados por el autor y si se desconociera, por todos/as los/las residentes, estuvieran o no en la residencia en el momento del hecho. Esta prohibido ocupar el espacio asignado (cochera y habitaciones)de otros compañeros/as aún cuando estén desocupadas. Guardar elementos que puedan entrar en descomposición. Pegar afiches o cualquier lámina en las paredes o ventanas. Dejar vajillas dentro de las actividades habitaciones. Pegar leyendas en las puertas de los dormitorios pasillos o espacios comunes. La basura de cada habitación, baño, cocina, terraza ,etc ,debe juntarse en el contenedor todo con bolsas negras y cerradas que llevará cada residente debe asumir. Cada uno es responsable de dejarla en la calle el mismo día para evitar cualquier infección , moscas y olores de descomposición. No hay horario de entrada a cabo la residencia, en el personal caso de llegar después de las 22:00, se le pedirá la prudencia correspondiente para mantener la paz y armonía del licitante ganador, será realizada por el FOFAES, con independencia resto de la relación laboral que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán residen en la plantilla de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; o en su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y el personal, ni que el propio XXXXXX, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter de patrón sustitutocasa.

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Samples: Contrato De Alquiler

Administración. El FOFAES(a) Al momento de la celebración del presente, el Fiduciario designa a Colservice, en su momento determinará calidad de administrador (el “Administrador”) para cada persona que integrará la plantilla de personal del licitante ganador las actividades tenga a su cargo el cumplimiento y/o el programa ejercicio de trabajo los deberes, obligaciones, atribuciones y compromisos bajo el Contrato Suplementario de Fideicomiso y lo dispuesto en la normativa vigente. Para dichos fines, el Administrador empleará la prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios que deberán ser realizadosactúa sobre la base de la confianza depositada en él para llevar a cabo todas las tareas relacionadas con los Activos Fideicomitidos que considere necesarias o convenientes, así como incluyendo, sin limitación, el cobro de las Cuotas a los salarios netos mensuales Deudores que no fueran depositadas directamente por los Deudores en la Cuenta Fiduciaria Recaudadora. El ejercicio de dichas personas desglosados las tareas asignadas al Administrador no implica liberación de las responsabilidades que le caben a Colservice en su calidad de Fiduciante. Asimismo, a los fines del presente y sin perjuicio de lo dispuesto en el anexo “A.1”artículo 23 del Capítulo XV de las Normas de la CNV, el Administrador no será gestor, ni representante del Fiduciario, ni de ningún modo tendrá con el Fiduciario relación de subordinación alguna respecto del mismo, sin poder disponer de forma alguna de los fondos existentes en la Cuenta Fiduciaria Recaudadora. Las actividades de supervisión, coordinación de las actividades que llevará a cabo el personal del licitante ganador, será realizada tareas realizadas por el FOFAES, con independencia Administrador serán revisadas por el Agente de Control y Revisión y realizará un control sobre la información originada por el Administrador respecto de la relación laboral que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades a desempeñar por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; o en su caso, acceso a ésta, o bien, la realización de actividades ajenas a las requeridas por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente del conocimiento de las personas que integren la plantilla de personal del licitante ganador y de las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación evolución de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y el personal, ni que el propio XXXXXX, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter de patrón sustitutoActivos Fideicomitidos.

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Samples: www.bcr.com.ar

Administración. El FOFAESEn la relación administrativa del presente contrato el enlace entre la Asamblea Legislativa y LA CONTRATISTA, en su momento determinará de conformidad al acuerdo de Junta Directiva número ochenta de fecha treinta xx xxxx de dos mil dieciocho, será el Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe del Departamento de Transporte, quien será el responsable de coordinar lo referente al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para cada persona que integrará los vehículos de la plantilla Asamblea Legislativa, llevar un control de personal del licitante ganador todas las actividades y/o el programa solicitudes de servicios y órdenes de trabajo entregadas a LA CONTRATISTA, el cual deberá coincidir con el informe que deberán ser realizadosrinda ésta mensualmente, así como los salarios netos mensuales de dichas personas desglosados además tendrá las responsabilidades establecidas en el anexo “A.1”. Las actividades artículo 82 Bis de supervisión, coordinación la LACAP: a) Verificar el cumplimiento de las actividades que llevará a cabo el personal del licitante ganador, será realizada por el FOFAES, con independencia cláusulas contractuales; b) Elaborar oportunamente los informes de avance de la relación laboral que exista entre el licitante ganador y sus empleados. Las actividades ejecución del contrato e informar de ello tanto a desempeñar por las personas que integrarán la plantilla UACI como a la Unidad responsable de personal del licitante ganador solicitado por el FOFAES, deberán ser las adecuadas para obtener efectuar los mejores resultados en el desempeño de las funciones encomendadas que le serán determinadas por el FOFAES. Los resultados de las actividades realizadas por las personas que integrarán la plantilla de personal del licitante ganador, será única y exclusivamente propiedad del FOFAES y tendrán carácter confidencial, por lo que ni el licitante ganador, ni algún tercero deberán tener conocimiento o acceso a ella. El licitante ganador se abstendrá de solicitar a las personas que realizarán actividades en el FOFAES, le proporcionen información relativa a los servicios; pagos o en su casodefecto reportar los incumplimientos; c) Informar a la UACI, acceso a éstaefecto de que se gestione el informe al titular para iniciar el procedimiento de aplicación de las sanciones al contratista, o bien, por los incumplimientos de sus obligaciones; d) Conformar y mantener actualizado el expediente del seguimiento de la realización ejecución del contrato de actividades ajenas a las requeridas tal manera que esté conformado por el FOFAES. Dicha información será exclusivamente conjunto de documentos necesarios que sustenten las acciones realizadas desde que se emite la orden de inicio hasta la recepción final; e) Elaborar y suscribir conjuntamente con el contratista, las actas de recepción total o parcial del conocimiento servicio, de conformidad a lo establecido en el RELACAP; f) Remitir a la UACI en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la recepción del servicio, siempre que no exista incumplimientos, el acta respectiva; a fin de que ésta proceda a devolver a la contratista las personas que integren garantías correspondientes; g) Gestionar ante la plantilla de personal del licitante ganador y de UACI las facultadas por el FOFAES. El FOFAES establecerá modificaciones al contrato, una relación directa con las personas que integren la plantilla de personal que solicite al licitante ganador al amparo del contrato que en su caso se formalice, exclusivamente respecto a vez identificada tal necesidad; h) Gestionar los aspectos técnicos del desarrollo de la prestación de los servicios, sin que esa circunstancia implique una relación jurídica entre el FOFAES, SAGARPA, la Convocante y el personal, ni que el propio XXXXXX, SAGARPA y/o Convocante asuma el carácter de patrón sustituto.reclamos al

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Samples: transparencia.asamblea.gob.sv