Antecedentes primera fase del proyecto – Simplificación de los contratos para servicios móviles Cláusulas de Ejemplo

Antecedentes primera fase del proyecto – Simplificación de los contratos para servicios móviles. En la primera fase del presente proyecto regulatorio, se abordó la simplificación de los contratos para servicios móviles y como resultado de dicho estudio fue expedida la Resolución CRC 4625 de 2014. Es así como la implementación de los modelos de contratos simplificados diseñados por la CRC, por parte de los proveedores de servicios de comunicaciones móviles, empezó el 1 xx xxxxx de 2015. Posteriormente, con el propósito de analizar los efectos de esta medida, esta Comisión contrató un estudio de psicología del consumidor con el objetivo de evaluar la comprensión de los elementos esenciales del servicio, los derechos y las obligaciones que presentan los textos de los contratos implementados por lo proveedores y, en segundo lugar, establecer la influencia de la escolaridad en la comprensión de los modelos actuales, los cuales fueron creados para ser comprendidos por los usuarios en general. Los ejercicios desarrollados contaron con una parte cualitativa y una cuantitativa. Se estructuró la fase cualitativa mediante la realización de 20 entrevistas a profundidad con personas de diferentes niveles de escolaridad: primaria, secundaria, técnica, pregrado y postgrado, usuarios de la telefonía móvil en plan prepago o postpago. Estas entrevistas cualitativas fueron acompañadas del uso de eye tracking y la ejecución de ejercicios con el consumidor. Resulta importante mencionar que la entrevista en profundidad es una técnica de extracción de información de la investigación cualitativa que abarca un juego conversacional, donde se mantiene un diálogo cercano y amable con el usuario, permitiendo abordar temas cognoscitivos (vivencias y experiencias), creencias (predisposiciones y orientaciones) y deseos (motivaciones y expectativas). Esta conversación se encamina hacia un discurso previamente diseñado y estructurado. Permite tener contacto con personas que son difíciles de reunir en un mismo lugar y a una hora específica, un mejor acercamiento al ambiente cotidiano de los entrevistados y profundizar en temas relevantes y experiencias personales (se dedica más tiempo a cada informante). Es una entrevista no estructurada, directa y personal en el que un entrevistador altamente calificado interroga a un solo encuestado para descubrir motivaciones, creencias, actitudes y sentimientos implícitos sobre un tema. Este enfoque cualitativo buscaba principalmente recoger información descriptiva, como palabras y actitudes de los usuarios de telefonía móvil. Partiendo de la premi...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.