Márgenes Cláusulas de Ejemplo

Márgenes. Los márgenes serán exclusivamente a cargo de los vendedores, los que serán fijados por el Directorio.
Márgenes. Superior: 2,5 cm., inferior: 2,5 cm., izquierdo: 3,0 cm. y derecho: 2,0 cm. ⮚ Formato: Tipo de fuente (letra) libre, tamaño no superior a 12 puntos en los textos y libre en los títulos, color libre; espaciado sencillo entre líneas y espaciado libre entre párrafos; numeración de páginas incluida; títulos y subtítulos resaltados (tamaño, color, subrayado, etc.). ⮚ Tapa o Portada: Diseño libre, sin las restricciones de formato indicadas anteriormente, pero con el siguiente contenido obligatorio: nombre de la asesoría, nombre del Tribunal Constitucional, mes y año de edición. ⮚ Índice: Debe incorporarse a continuación de la portada un índice o tabla de contenido con su número de página, numerar cada página. ⮚ Glosario de siglas: Significado de todas las siglas y abreviaturas utilizadas en todos los documentos. ⮚ Glosario de Términos: Descripción de términos de uso específico, que se incluyen en los diferentes informes. ⮚ Gráfica: Insertar las figuras, fotos, gráficos, esquemas y tablas en lugares cercanos a su primera llamada. Cada gráfica debe llevar un título numerado, breve, pero suficientemente explicativo, de forma que se pueda entender sin tener que referirse al texto. La numeración y el título se situarán debajo de ellas. Las fotografías deben ser de buena calidad. Gráficas con derecho de autor deben poseer permiso para su reproducción. ⮚ Encabezado: Deberá informarse el nombre del tema tratado. ⮚ Pie de página: Deberá incorporarse la frase “Asesoría comunicación del TC 2015”. ⮚ Citas textuales: Se destacarán entre comillas y a continuación la respectiva nota al pie. ⮚ Notas al pie: Se enumerarán consecutivamente y su texto se presentará en el pie de página, limitándose al mínimo necesario. ⮚ Agradecimientos: Si procede, se podrán manifestar agradecimientos a continuación de los créditos o a continuación del índice si los primeros fueron incluidos en la portada. Persona encargada de la supervisión de los trabajos/resultados del proveedor de servicios ⮚ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Frecuencia de los informes ⮚ Aplica Requisitos de los informes de avanceNo Aplica Localización de los trabajos ⮚ Carretera Xxxxxx (vieja), entrada a Moca. Esta carretera conecta con carretera vieja La Xxxx. Lados derecho e izquierdo. (Cerca Hospital Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx). ⮚ Lateral del Centro de Desarrollo Integral “Niños de Dios”, Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx esquina Calle Colón, Moca, provincia Xxxxxxxxx. Duración prevista de los trabajos ⮚ 60 días calendario. Fecha de inicio prevista...
Márgenes. Los márgenes de página se definen como el espacio en blanco que hay alrededor de los bordes de una página. Todas las páginas deben tener los siguientes márgenes: Margen Superior: 3.0 cm Margen Inferior: 2,5 cm Xxxxxx Xxxxxxxxx: 3.5 cm Margen Derecho: 2.5 cm Todo el texto debe escribirse usando sólo uno de los siguientes tipos de letra o fuente: Arial 10 pto Times New Xxxxx 10 pto El espaciado interlineal o interlineado se define como el espacio que hay desde la base de una línea de texto hasta la base de la siguiente línea. Los párrafos en todo el documento se escribirán con interlineado simple o a 1,5 veces el interlineado simple. El espacio entre párrafos será de entre 6 y 12 pto. En el sobre C se deberá incluir la siguiente documentación: La proposición, debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo que figura en el Anexo XIII del presente pliego. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego. Se presentará escrita a máquina, en cifras y letras y no se aceptará aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que el Excmo. Ayuntamiento estime fundamental para considerar la oferta, especialmente, el precio. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última. En el supuesto que en el Anexo I del presente pliego, además del precio, se señalen otros criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas se aportará la documentación técnica que se señale en el citado anexo y en el Anexo XIII y que sea precisa para evaluar las ofertas de los licitadores con arreglo a dichos criterios. En el supuesto de que en el Anexo I del presente pliego, además del precio, se señalen otros criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, se introducirá en este sobre declaración suscrita por el representante legal de la empresa licitadora en la que indiquen qué documentos técnicos y qué datos son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualqu...
Márgenes. (a) Si en algún momento una de las Partes tiene una Exposición Neta frente a la otra Parte, la Parte expuesta podrá requerir vía correo electrónico, a la otra Parte efectuar una Transferencia de Margen que cubra, como mínimo, el valor de dicha Exposición Neta.
Márgenes. El espaciado ayuda a llevar el ojo de manera fácil y sin esfuerzo al contenido. El espacio en blanco obliga al ojo y la mente a enfocarse en el texto. Un uso apropiado de márgenes, ayudará a que el usuario se concentre en el contenido principal. El objetivo general de este proyecto regulatorio, en línea con lo establecido en el Estatuto de Protección al Consumidor, es establecer una regulación de protección de los usuarios que promueva y garantice la efectividad y el libre ejercicio de los derechos que el ordenamiento jurídico le otorga a los usuarios15 que van “mucho más allá de la obtención de bienes y servicios que reúnan unos requisitos mínimos de calidad y de aptitud para satisfacer sus necesidades.16” Para tales efectos, es fundamental garantizar que el entorno en el cual el consumidor toma sus decisiones de consumo y ejerce sus derechos sea diseñado de tal manera que en el mismo no se someta al usuario a cargas innecesarias que desincentiven el ejercicio de sus derechos y la toma racional de decisiones bien informadas17. Al respecto, Xxxx Xxxxxxxx, ex director de la Oficina de la Información y Asuntos Regulatorios de Estados Unidos sostiene que la “Protección del consumidor no se puede entender sin una apreciación profunda de la economía del comportamiento y la importancia de los procesos de simplificación”, explica que el fenómeno de la complejidad trae como efectos inevitables la indiferencia, el retraso y la confusión de los consumidores, por ejemplo, en ciertos sectores de la población la gente renunciaba a solicitar ayudas económicas gratuitas para pequeñas empresas, educación y vivienda dado que los formularios de aplicación sometían al solicitante a un proceso de más de 100 preguntas de alta complejidad18. Por su parte, Xxxx Xxxxxx00 e Xxxxx Xxxxxxx, referentes mundiales en iniciativas de simplificación de documentos y procedimientos legales, explican que la simplificación del entorno al cual se somete a los consumidores es un ejercicio fundamental para garantizar la materialización de los objetivos de las políticas públicas frente a los usuarios. En su estudio, Xxxxxx y Etskorn muestran como la complejidad de las interacciones con los consumidores puede tener consecuencias nefastas, en Estados Unidos por ejemplo, los usuarios de telefonía a larga distancia pagan más de dos mil millones de dólares (USD$2000.000.000) al año por cobros no autorizados dado que el sistema de facturación no es claro en relación con todos los cargos e impuestos apl...
Márgenes. En lo relativo a la zona funcional del pabellón ( pistas, vestuarios, gradas, administración...) el adjudicatario muy posiblemente contará con los siguientes márgenes: DETERMINACIÓN DEL MARGEN MEDIO REPARTO INGRESOS MARGEN MEDIO MARGEN TOTAL MARGEN MEDIO SOBRE INGRESOS 92,00%
Márgenes. Superior 2,5cm a 3cm, izquierdo 2.5cm, inferior 2,5cm y derecho 2,5cm.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.