Auditoria. Una vez al año como máximo, y durante horarios normales de oficina, (mediante notificación previa en plazo razonable) FMI o, a elección de cada parte, un tercero independiente aceptado por ambas partes, podrá auditar al Titular de la licencia y sus registros en relación con las obligaciones de pago adquiridas por el presente Contrato, con el objeto de determinar el cumplimiento por parte del Titular de la licencia de las obligaciones contractuales. A petición de FMI, el Titular de la licencia enviará a un profesional capacitado a tal auditoria para que represente sus intereses. Si tal auditoria desvelara que el Titular de la licencia ha pagado menos de lo que debía haber pagado conforme con el presente Contrato, el Titular de la licencia pagará de inmediato las sumas devengadas. Si la cantidad pagada de menos en algún periodo excede el diez por ciento (10%) o más, de las sumas actualmente adeudadas a FMI, el Titular de la licencia desembolsará inmediatamente a FMI los gastos incurridos en tal auditoria.
Auditoria. Una vez al año como máximo, y durante horarios normales de oficina, (mediante notificación previa en plazo razonable) Claris o, a elección de cada parte, un tercero independiente aceptado por ambas partes, podrá auditar al Titular de la licencia y sus registros en relación con las obligaciones de pago adquiridas por el presente Contrato, con el objeto de determinar el cumplimiento por parte del Titular de la licencia de las obligaciones contractuales. A petición de Claris, el Titular de la licencia enviará a un profesional capacitado a tal auditoria para que represente sus intereses. Si tal auditoria desvelara que el Titular de la licencia ha pagado menos de lo que debía haber pagado conforme con el presente Contrato, el Titular de la licencia pagará de inmediato las sumas devengadas. Si la cantidad pagada de menos en algún periodo excede el diez por ciento (10%) o más, de las sumas actualmente adeudadas a Claris, el Titular de la licencia desembolsará inmediatamente a Claris los gastos incurridos en tal auditoria.
Auditoria. La auditoria del presente contrato será realizada por un Grupo Interdisciplinario de FIDUPREVISORA S.A para controlar, vigilar y certificar el cumplimiento del objeto, las obligaciones y demás estipulaciones pactadas en el contrato.
Auditoria. Grupo interdisciplinario conformado por FIDUPREVISORA S.A., para controlar, vigilar y certificar el cumplimiento del objeto y las obligaciones pactadas en los contratos a que hace referencia la presente Invitación Pública.
Auditoria. La Fuente Financiera y la Municipalidad cualquier representante autorizado por éstas, tendrán acceso a cualquier documento y registro de (l) (la) Contratista que esté relacionado con la prestación de los Servicios a que se refiere el presente contrato, a fin de llevar a cabo auditoria, resúmenes y transcripciones relacionados con dichos servicios. El (la) CONTRATISTA estará obligado a mantener cualquier documento o registro relacionado con este contrato en forma de archivos ordenados, por un plazo de cinco (5) años después de la aprobación del Informe Final.
Auditoria. El Proveedor deberá permitir que se realicen auditorías técnicas, financieras y operativas de sus centros de servicios y sistema, por parte del personal de JPMC y el órgano regulador con jurisdicción en materia de supervisión sobre JPMC (en adelante, los “Auditores”). Los empleados del Proveedor podrán ser entrevistados durante esas auditorías. El Proveedor deberá cooperar íntegra, debida y oportunamente con los Auditores, brindándoles toda la asistencia y el acceso a todos sus sistemas, centros de servicio y materiales, según corresponda, incluyendo los informes de auditoría del Proveedor (o sus auditores). El Proveedor deberá solucionar inmediatamente cualquier problema detectado durante la auditoría. Si los Auditores descubren que el Proveedor ha hecho cobros excesivos o que no ha cumplido con todas sus obligaciones, el Proveedor deberá: (i) reembolsar a JPMC el costo de la auditoría; (ii) reembolsar a JPMC cualesquiera cargos excesivos; y (iii) corregir inmediatamente cualquier incumplimiento detectado.
Auditoria. El concesionario está obligado a auditar sus cuentas anualmente, a cargo de empresa auditora debidamente autorizada, siendo el coste por cuenta íntegra del mismo. Asimismo, está obligado a facilitar dicha auditoria al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, así como la documentación necesaria que requiera el Ayuntamiento y el libre acceso a dependencias, libros, registros, etc.
Auditoria. Aplicable a todas las operaciones económicas del asegurado Se define auditoria como la verificación, análisis y evaluación objetiva de operaciones de la entidad asegurada, por personal que tiene la calidad de auditores o tienen el encargo de realizar éstas labores. Los resultados de las auditorias deben ser indicados en informes escritos remitidos a un superior en la jerarquía de directivos del organigrama del asegurado. La periodicidad de las auditorias es de por lo menos 1 vez en el año.
Auditoria. La Unidad de Auditoria Interna de la Universidad Nacional xx Xxxxxxx deberá elaborar anualmente, como parte de su plan de trabajo, la programación de una auditoria específica de los convenios regulados por la presente Ordenanza orientada a corroborar su cumplimiento.
Auditoria. Al recibir una notificación oportuna y durante días y horas hábiles, Trend Micro tendrá derecho de auditar el uso que Usted le de al Software o al Servicio. Si la auditoria revela Computadoras o Usuarios no autorizados, Usted le pagará a Trend Micro, dentro de los treinta (30) días posteriores al aviso, los cargos que entonces estén vigentes para la licencia, suscripción y/o Mantenimiento para las Computadoras o los Usuarios no autorizados. Si los cargos aplicables que debieren ser pagados a Trend Micro exceden del 5% correspondiente, Usted deberá pagar adicionalmente los gastos y costos que se causen con motivo de la práctica de la auditoria respectiva.