AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Homologación de Equipos y Aparatos Terminales
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Conforme a la Resolución No. 02 de 2013, suscrita por el Consejo Ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios, el Director Ejecutivo de la Federación se encuentra autorizado para celebrar el contrato que se suscriba como resultado del presente proceso de selección.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Las que se requieran para el desarrollo de los servicios descritos, deberán ser conseguidas por el contratista.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. 14.1. Homologación de Equipos y Aparatos Terminales La SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá obtener los certificados de homologación necesarios para la venta, arrendamiento, distribución, uso y operación de equipos y aparatos terminales de telecomunicaciones, de acuerdo con la LEY DE TELECOMUNICACIONES y su REGLAMENTO GENERAL, el Reglamento Específico de Homologación de Equipos y Aparatos de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2006-MTC, conforme a las LEYES Y DISPOSICIONES APLICABLES. 14.2. Otorgamiento de Permisos El MTC tiene la facultad de verificar conforme a las LEYES Y DISPOSICIONES APLICABLES: (i) que los equipos y aparatos instalados cuenten con los respectivos certificados de homologación, (ii) la conformidad de la instalación de los mismos y de adoptar las medidas y acciones que correspondan, y (iii) la correcta normalización y aprobación de equipos y aparatos de telecomunicaciones. 14.3. Otros Permisos y Licencias La SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá obtener de las AUTORIDADES GUBERNAMENTALES, las licencias y permisos necesarios, incluyendo permisos de construcción y otros distintos de los de telecomunicaciones, para construir, implementar, modificar y remover instalaciones y construcciones, para la prestación del SERVICIO CONCEDIDO, de acuerdo con las LEYES Y
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Como parte de los estudios previos, la Secretaría en donde se origina la necesidad que requiera el bien o servicio a contratar, deberá efectuar los análisis necesarios para determinar si antes de iniciar el respectivo proceso contractual se requieren autorizaciones, licencias o permisos, y en caso de ser necesario tramitarlas ante las instancias correspondientes. De requerirse tales documentos, la dependencia solicitante los aportará como documentos anexos al estudio previo.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Como parte de los estudios previos, se deberá efectuar los análisis necesarios para determinar si antes de iniciar el respectivo proceso contractual se requieren autorizaciones, licencias o permisos, y en caso de ser necesario tramitarlas ante las instancias correspondientes. En caso de requerirse tales documentos se aportarán como documentos anexos al estudio previo.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. El Director Ejecutivo cuenta con las autorizaciones necesarias para celebrar contratos y convenios.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. En el desarrollo de la ejecución del contrato, el contratista deberá gestionar todos las autorizaciones y permisos requeridos para la ejecución de cada uno de los componentes, de acuerdo a la naturaliza de la actividad, y que sean conexas para el cumplimiento de sus obligaciones.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. La dependencia interesada verificará si para la celebración o ejecución del contrato se requiere del otorgamiento de autorizaciones, permisos o licencias de autoridades, funcionarios o particulares. En caso de que se requiera el cumplimiento de los anteriores requisitos, se deberán impartir o recibir con anterioridad a la expedición del acto administrativo de apertura o a la formulación de la invitación correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación del régimen de obligaciones sometidas a condición.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS. Las que se requieran para el desarrollo de los servicios descritos, deberán ser conseguidas por el contratista. Para la ejecución cabal del contrato se requiere la Prestación de Servicio de Vigilancia y Seguridad Interna y Externa de las Instalaciones de TRANSCARIBE S.A. y las 18 estaciones xx xxxxxx, así: deberá suministrar 28 puestos de vigilancia mixta 24 horas (diurno sin arma, nocturno armado) y un puesto 12 horas diurno adicional para las oficinas de Transcribe, y para que ejerzan esta función en cada vagón de las 18 estaciones xx xxxxxx construidas por TRANSCARIBE S.A. Son 27 vagones en total. Por lo tanto se necesitaran: - 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones en jornada nocturna, 30 días al mes, con arma. - 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones estaciones para la jornada diurna, 30 días al mes, sin arma. - 1 puesto de vigilancia en las oficinas de Transcaribe, 24 horas permanente diurno sin arma, y un puesto 12 horas diurnas sin arma dotado cómo se explicó anteriormente. Para el cubrimiento de los puestos de servicio, el proponente deberá indicar el número de vigilantes por servicio y la manera como organizará los turnos con el personal propuesto, de tal forma que no superen el límite de la jornada laboral, de acuerdo con lo establecido en las normas que rigen la materia. JEFE DE SEGURIDAD O COORDINADOR El Jefe de Seguridad o Coordinador requerido deberá tener disponibilidad permanente, no exclusiva para la ejecución del contrato con TRANSCARIBE y ejercerá las siguientes funciones: