CONDICIONES ECONÓMICAS. A partir de la entrada en vigor del presente Convenio se abonarán los “salarios base” que figuran en la primera columna de la tabla salarial anexa al presente Convenio, más la antigüedad a la que tuvieren derecho. Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan que durante la vigencia del mismo se aplicará un incremento salarial en base al IPC canario índice general interanual más un 7% entre los cuatro años, según la distribución siguiente: Para el año 2004 los salarios base aplicables serán los establecidos en la tabla salarial anexa, calculados aplicando a la tabla salarial correspondiente al año 2003 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente a 2003 más un 1,67 %. Aplicando los datos oficiales estadísticos dicha operación para el año 2004 se concreta en los siguientes valores: 1,9% (IPC) + 1,67% (Incremento pactado) = 3,57% Para el año 2005 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2004 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2004 más un 1,67%. Para el año 2006 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2005 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2005 más un 1,67%. Para el año 2007 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2006 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2006 más un 2%. CUADRO RESUMEN Año 2004 IPC canario índice general interanual de 2003 + 1,67% Año 2005 IPC canario índice general interanual de 2004 + 1,67% Año 2006 IPC canario índice general interanual de 2005 + 1,67% Año 2007 IPC canario índice general interanual de 2006 + 1,67% Tan pronto sea publicado el Índice Oficial de Precios de Consumo correspondiente a cada uno de los años de vigencia del Convenio las partes se reunirán en Comisión Mixta para fijar las cuantías de los conceptos retributivos del presente Convenio que hayan quedado sin una cuantía determinada.
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Samples: Convenio Colectivo De Transporte De Mercancías Por Carretera, Convenio Colectivo De Transporte De Mercancías Por Carretera
CONDICIONES ECONÓMICAS. A partir de la entrada en vigor del presente Convenio se abonarán los “salarios base” que figuran en la primera columna de la tabla salarial anexa al presente Convenio, más la antigüedad a la que tuvieren derecho. Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan que durante la vigencia del mismo se aplicará un incremento salarial en base al IPC canario índice general interanual más un 7% entre los cuatro años, según la distribución siguiente: Para el año 2004 los salarios base aplicables serán los establecidos en la tabla salarial anexa, calculados aplicando a la tabla salarial correspondiente al año 2003 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente a 2003 más un 1,67 1,67%. Aplicando los datos oficiales estadísticos dicha operación para el año 2004 se concreta en los siguientes valores: 1,9% (IPC) + 1,67% (Incremento pactado) = 3,57% %. Para el año 2005 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2004 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2004 más un 1,67%. Para el año 2006 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2005 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2005 más un 1,67%. Para el año 2007 los salarios base serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2006 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2006 más un 2%. CUADRO RESUMEN Cuadro resumen Año 2004 IPC canario índice general interanual de 2003 + 1,67% %. Año 2005 IPC canario índice general interanual de 2004 + 1,67% %. Año 2006 IPC canario índice general interanual de 2005 + 1,67% %. Año 2007 IPC canario índice general interanual de 2006 + 1,67% 2,00%. Tan pronto sea publicado el Índice Oficial de Precios de Consumo correspondiente a cada uno de los años de vigencia del Convenio las partes se reunirán en Comisión Mixta para fijar las cuantías de los conceptos retributivos del presente Convenio que hayan quedado sin una cuantía determinada.
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Samples: Convenio Colectivo. Transporte Terrestre De Mercancías
CONDICIONES ECONÓMICAS. A partir de la entrada en vigor del presente Convenio se abonarán los “salarios base” que figuran en la primera columna de la tabla salarial anexa al presente Convenio, más la antigüedad a la que tuvieren derecho. Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan que durante la vigencia del mismo se aplicará un incremento salarial en base al IPC canario índice general interanual más un 77 % entre los cuatro años, según la distribución siguiente: Para el año 2004 los salarios base y todos los conceptos economicos aplicables serán los establecidos en la tabla salarial anexa, calculados aplicando a la tabla salarial correspondiente al año 2003 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente a 2003 más un 1,67 %. Aplicando los datos oficiales estadísticos dicha operación para el año 2004 se concreta en los siguientes valores: 1,91,9 % (IPC) + 1,671,67 % (Incremento pactado) = 3,573,57 % Para el año 2005 los salarios base y todos los conceptos economicos serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2004 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2004 más un 1,671,67 %. Para el año 2006 los salarios base y todos los conceptos economicos serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2005 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2005 más un 1,671,67 %. Para el año 2007 los salarios base y todos los conceptos economicos serán el resultado de aplicar a los establecidos para 2006 un incremento equivalente al experimentado por el IPC, interanual índice general canario, correspondiente al año 2006 más un 22 %. CUADRO RESUMEN Año 2004 IPC canario índice general interanual de 2003 + 1,671,67 % Año 2005 IPC canario índice general interanual de 2004 + 1,671,67 % Año 2006 IPC canario índice general interanual de 2005 + 1,671,67 % Año 2007 IPC canario índice general interanual de 2006 + 1,672,00 % Tan pronto sea publicado el Índice Oficial de Precios de Consumo correspondiente a cada uno de los años de vigencia del Convenio las partes se reunirán en Comisión Mixta para fijar las cuantías de los conceptos retributivos del presente Convenio que hayan quedado sin una cuantía determinada.
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Samples: www2.fsc.ccoo.es