CONSTRUCCIONES Cláusulas de Ejemplo

CONSTRUCCIONES. Inversión en Inmovilizaciones intangibles (Grupo 2) 65.(200-201)-Investigación y Desarrollo
CONSTRUCCIONES. Previo a cualquier modificación o instalación que desee hacer, deberá requerir a la Municipalidad autorización expresa, adjuntando planos, memorias técnicas y toda documentación necesaria para el estudio y aprobación. La Municipalidad aprobará tal pedido, siempre que resulte de interés para la mejor prestación de los servicios y que las mismas no afecten la estructura del edificio y sus lineamientos arquitectónicos y de funcionalidad. Todas las modificaciones, se harán a cargo exclusivo del concesionario y terminada la concesión pasarán a propiedad de la Municipalidad. El concesionario tendrá a su cargo la reparación y conservación de los espacios e instalaciones que ocupe. Deberá reparar todos aquellos daños y deterioros que hayan sido producidos por él, sus dependientes, clientes y proveedores. Cuando se compruebe que no haya realizado las reparaciones a su cargo, la Municipalidad solicitará su ejecución por escrito otorgando un plazo no más de treinta (30) días. Si no se efectuara la reparación en dicho lapso, el Municipio las podrá realizar con cargo al Concesionario. El concesionario mantendrá en perfecto estado de limpieza y cuidado el espacio asignado, disponiendo un sistema de eliminación de residuos en un total acatamiento a las normas de higiene y seguridad del edificio.
CONSTRUCCIONES. Total presupuesto de ejecución material. Gastos generales y beneficio industrial. Total presupuesto de ejecución por contrata. Honorarios de proyectos y direcciones de obra Gastos Fiscales (tasas, impuestos, etc.). Gastos varios (gastos generales, seguros, etc.) TOTAL PRESUPUESTO DE EDIFICACIONES Instalaciones Equipamiento Mobiliario urbano Aparcamiento Accesos Gastos fiscales (tasas, impuestos, etc.) Gastos financieros.
CONSTRUCCIONES. Deberá entenderse como tales, el conjunto de cimientos, muros, paredes, puertas, ventanas, escaleras, techos, jardines, piscinas, canchas deportivas, cercas, verjas, vallas destinadas a proteger o delimitar los terrenos en que se encuentran las construcciones aseguradas, así como cisternas, electricidad, sanitarios y demás servicios fijos que existan en el bien asegurado.
CONSTRUCCIONES. Son las CONSTRUCCIONES “A” y “B” existentes en el INMUEBLE que se refaccionarán y formarán parte del consorcio que resulte de la división de el INMUEBLE en propiedad horizontal una vez construido el EDIFICIO
CONSTRUCCIONES. La solicitud para obtener el dictamen de altura máxima permisible dentro de las áreas de influencia de un aeródromo de acuerdo al artículo anterior, debe ser presentada ante la AHAC, adjuntando los requisitos siguientes. I. PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS: Identificación del solicitante y acreditación de la calidad con que actúa, así como la de su representada, si fuere persona jurídica y la documentación que acredite la propiedad del bien, o de cualquier otra figura jurídica que le otorgue el libre disfrute sobre el mismo; ii. Plano de localización del terreno en que se efectuará la construcción; iii. Plano del área del polígono con sus distancias y colindantes; iv. Planos de ubicación de la edificación dentro del polígono con sus respectivas distancias; v. Plano que contenga las secciones y altura del edificio, incluyendo cuarto de máquinas, depósitos, antenas o cualquier instalación, en la parte superior de la edificación; vi. Constancia del Instituto de la Propiedad en el que describe las coordenadas geográficas WGS 84, U TM, altura ortométrica y geoídal; vii. Comprobante de pago para la inscripción registral. Todos los planos requeridos deben estar firmados, sellados y timbrados por el profesional responsable del diseño. II. PARA INSTALACIÓN DE ANTENAS, XXXXXX Y RÓTULOS PUBLICITARIOS Y OTROS OBJETOS: Identificación del solicitante y acreditación de la calidad con que actúa, así como la de su representada, si fuere persona jurídica y la documentación que acredite la propiedad del bien, o de cualquier otra figura jurídica que le otorgue el libre disfrute sobre el mismo, ii. Plano de localización del terreno en el cual se ubicará el objeto, refiriendo medidas del terreno; iii. Constancia del Instituto de la Propiedad en el que describe las coordenadas geográficas WGS 84, UTM, altura ortométrica y geoídal; iv. Planos de ubicación de la edificación dentro del polígono con sus respectivas distancias; v. Plano que contenga la altura del objeto hasta su punto más alto; vi. Comprobante de pago para la inscripción registral. Todos los planos requeridos deben estar firmados, sellados y timbrados por el profesional responsable del diseño Sección A Acuerdos y Leyes

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.