CONTRATANTE O TOMADOR Cláusulas de Ejemplo

CONTRATANTE O TOMADOR. Es la persona natural o jurídica que solicita la emisión de una Póliza de Caución para garantizar las obligaciones que contraiga frente al ASEGURADO, al ser adjudicatario de la Buena Pro.
CONTRATANTE O TOMADOR. Es la persona física que firma y contrata el seguro. Es a quien corresponde el pago de las primas e informa a los BENEFICIARIO(S), u otros legítimos interesados, sobre la contratación del seguro y sus condiciones o modificaciones en cuanto a las operaciones de cobertura o información otorgada. Podría coincidir o no en la figura del ASEGURADO.
CONTRATANTE O TOMADOR. El que celebra el seguro con el asegurador y sobre quien recaen, en general, las obligaciones y cargas del contrato.
CONTRATANTE O TOMADOR. La persona natural o jurídica que suscribe el seguro con la Compañía Aseguradora y que figura como tal en las Condiciones Particulares.
CONTRATANTE O TOMADOR. El empleador o la persona que celebra el contrato colectivo de seguros y es señalado como tal en las condiciones particulares de la póliza.
CONTRATANTE O TOMADOR es la persona que celebra el contrato de seguros y sobre quien recaen, en general, las obligaciones y deberes del presente contrato.
CONTRATANTE O TOMADOR. La persona natural o jurídica que suscribe este contrato de seguro por el grupo asegurado y asume las obligaciones que se deriven del mismo, excepto las que por disposiciones de este contrato o su naturaleza deben ser cumplidas por el Asegurado.
CONTRATANTE O TOMADOR. Persona natural, jurídica, o entidad del Estado con interés asegurable en los bienes objeto del seguro.
CONTRATANTE O TOMADOR. Es la persona natural o jurídica que contrata y suscribe la póliza de seguro, por cuenta propia o de un tercero, asumiendo las obligaciones y derechos que establece el contrato. Busca trasladar un determinado riesgo a un tercero (asegurador) a efecto de que le sean resarcidos a él o a un tercero los daños o perdidas que puedan derivar del acontecimiento de un suceso incierto – siniestro - a la fecha del contrato de seguro. Con tal objeto deberá abonar una retribución (prima) al asegurador. Ha de anotarse que el tomador debe evitar cualquier inexactitud o reticencia en el momento de suscribir el contrato.
CONTRATANTE O TOMADOR la persona que manifiesta su voluntad de contratar el seguro para si mismo o para un tercero que se individualizará en las condiciones particulares de la póliza, y sobre quien recaen, en general, las obligaciones y cargas del contrato.