Contrato no sujeto a regulación armonizada Cláusulas de Ejemplo

Contrato no sujeto a regulación armonizada. EXPEDIENTE: B5004/2020/18 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Mesa de la Junta General SERVICIO QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE: Asuntos Generales Informado por Letrados 04/02/2021 Aprobado por Acuerdo de fecha PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX”. (B5004/2020/18)
Contrato no sujeto a regulación armonizada. El procedimiento abierto a que se refiere el presente Xxxxxx se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el perfil de contratante (artículos 142 y 53 del TRLCSP) y en uno de los diarios de mayor tirada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Contrato no sujeto a regulación armonizada. EXPEDIENTE: B5004/2020/18 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Mesa de la Junta General SERVICIO QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE: Asuntos Generales 15/02/2021 Aprobado por Acuerdo de fecha Por la Junta General del Principado xx Xxxxxxxx se desea contratar el “Servicio de vigilancia y seguridad en los edificios de la Junta General del Principado xx Xxxxxxxx”. Por medio de esta contratación se pretende dotar de protección a los inmuebles, instalaciones, bienes, y personas que pudieran encontrarse en el interior de los edificios de la Junta General del Principado xx Xxxxxxxx, tanto en XX Xxxxxx, 13 (incluyendo el recinto delimitado por el cierre perimetral exterior), como en XX Xxxx Xxxxx 0-0 xx Xxxxxx. Las franjas horarias a cubrir serán aquellas en las que este servicio no sea prestado por funcionarios de los Cuerpos de Seguridad del Estado y que se detallan en la siguiente tabla: El servicio se realizará por un vigilante de seguridad sin arma, en el siguiente horario: Horario Laborables (de lunes a viernes) Desde 00:00 hasta 7:30 horas ydesde 22:30 hasta las 24:00 horas. Sábados Desde 00:00 hasta 8:00 horas ydesde 15: 00 hasta 24:00 horas. Festivos y xxxxxxxx Xxxxxxx completa. Adicionalmente, durante los meses de diciembre y agosto de cada año se desarrollan “Jornadas de Puertas Abiertas”. En estos períodos el servicio deberá ser reforzado con un segundo vigilante de seguridad sin arma entre las 10:30 y las 14:30 horas y entre las 16:30 y las 19:00 horas. Serán festivos a todos los efectos el sábado correspondiente a Semana Santa y los xxxx xx Xxxxxxxxxx y Navidad. Las funciones a realizar por el personal de vigilancia serán las establecidas en la Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada y en el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre modificado por Real Decreto 4/2008, de 11 de diciembre, en lo que no contravenga la ley antes reseñada, que son:
Contrato no sujeto a regulación armonizada. El procedimiento abierto a que se refiere el presente Xxxxxx se publicará en el perfil de contratante (art. 1 LCSP), integrado en la Plataforma que se indica en el epígrafe 9 del cuadro de características.
Contrato no sujeto a regulación armonizada. El procedimiento abierto a que se refiere el pre- sente Xxxxxx se anunciará en el perfil de contratante (artículo 159 LCSP).
Contrato no sujeto a regulación armonizada. El procedimiento abierto a que se refiere el pre- sente Pliego se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el perfil de contratante (artículos 142 y 53 del TRLCSP) y en uno de los diarios de mayor tirada en la Comunidad Autónoma xx Xxxx- cia.
Contrato no sujeto a regulación armonizada. 1. Dado el valor estimado del contrato especificado por la cláusula 9, este no está sujeto a regulación armonizada, de acuerdo con lo dispuesto por el anexo II del TRLCSP y el importe establecido por el artículo 16.1.b del TRLCSP.
Contrato no sujeto a regulación armonizada. CPV: 920000001 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
Contrato no sujeto a regulación armonizada artículo 318.b) de la LCSP y Sección 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la LCSP.
Contrato no sujeto a regulación armonizada. 5. Características de las empresas licitadoras.