CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por si mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por si mismos, no afecten la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en las bases de licitación; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica y económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos de fundamento legal o normativo por parte de este Consejo o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso, podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas que determine el Consejo. No serán consideradas las propuestas de aquellos participantes donde se observe que no es fehaciente, confiable y correcta la información financiera, contable y legal que presenten.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 28.1 La convocante para realizar la evaluación de las proposiciones, verificará que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria, por lo que considerará los resultados de las tres evaluaciones siguientes: evaluación de la documentación legal y administrativa (1); evaluación técnica de las características o especificaciones de los bienes ofertados (2), y evaluación económica (3). La convocante verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria a la Licitación; utilizando el criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudicará a quienes cumplan los requisitos establecidos por la convocante, por lo que se evaluarán al menos las dos proposiciones que oferten el precio más bajo, de no resultar estas solventes, se evaluarán las que le sigan en precio.
28.2 Las proposiciones que por cualquier motivo omitan algún requisito o no presente la totalidad de la documentación, solicitados en la convocatoria serán desechadas durante el proceso de la evaluación de las ofertas técnicas y económicas de lo cual, se dejará constancia en el acta que se levante durante el acto correspondiente.
28.3 De conformidad con lo que establece el Artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, las condiciones que contengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
28.4 La evaluación de la documentación legal administrativa consistirá en la revisión cualitativa de los documentos presentados por los licitantes, para verificar que cumplan los requisitos obligatorios señalados en la PUNTO 19 de esta convocatoria.
28.5 La evaluación técnica correrá a cargo del área requirente de los bienes a licitar, y consistirá en la revisión del cumplimiento de las condiciones técnicas solicitadas, así como de la información contenida en los catálogos, los cuales deberán indicar claramente la partida, el nombre a que corresponda, la marca y modelo ofertados, presentada por los licitantes de aquellas proposiciones que fueron aceptadas en la evaluación de la documentación legal administrativa. Si la descripción técnica escrita...
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas recibidas para la realización de los servicios solicitados serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y puntajes: Propuesta técnica (2 páginas máximo) 35 Propuesta Económica 30 CV del solicitante 35
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 1. Criterios que se aplicarán para la evaluación de las propuestas.
1.1 La Gerencia de Recursos Materiales, de conformidad con el artículo 35 de la Ley, evaluará en el momento del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones:
1.1.1 Que el licitante cumpla de forma cuantitativa con la información solicitada en el Capítulo 3, punto 1, documento 1, Formato de Datos Generales. La identificación oficial original del Representante Legal podrá presentarse fuera o dentro del sobre.
1.1.2 Que el licitante cumpla de forma cuantitativa con los documentos solicitados en el Capítulo 3, puntos 2 y 3, en la totalidad de sus documentos.
1.2 Método de Evaluación de las propuestas presentadas por los licitantes participantes:
1.2.1 La Gerencia de Recursos Materiales, de conformidad con el artículo 36 de la Ley, evaluará posteriormente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones:
1.2.2 La Dirección de Marcas Tris y Chispazo, de conformidad con el artículo 36 de la Ley, evaluará posteriormente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones:
1.3 De conformidad con el artículo 31 fracciones VIII y XIV, y conforme al procedimiento que establecen los artículos 35 y 36 de la Ley, la adjudicación del Contrato se hará al licitante que cumpla con los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos, que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
1.4 En caso de empate en el precio de dos o más proposiciones:
1.4.1 La adjudicación se efectuará a favor del licitante con discapacidad o que cuente con personal con discapacidad en proporción del 5% cuando menos de la totalidad de sus empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 meses; antigüedad que comprobará con el aviso de alta del régimen obligatorio del IMSS; siempre y cuando, el licitante lo haya manifestado en el documento 1, del punto 1, del Capítulo 3.
1.4.2 En caso de no proceder lo establecido en el párrafo anterior, la adjudicación se efectuará al licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre PAP en el propio Acto de Fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, los que serán depositados en una urna y de la cual se extraerá el boleto del licitante ganador. Lo anterior de conformidad con el artículo 44 del Reglamento de la Ley.
1.5 No se utilizarán mecanismos de puntos y porcentajes.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Para la evaluación se procederá conforme a lo señalado en el Numeral 2 del Artículo 66 de la Ley, se aceptarán las ofertas que cumplan con los requerimientos establecidos en este proceso y cubran las características técnicas establecidas en el Anexo 1 y Anexo A doc Especificaciones técnicas requeridas . En todos los casos la convocante verificara que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria a la licitación quedando a cargo del área requirente la evaluación de los aspectos técnicos del bien o servicio licitado. Se establece como criterio de evaluación el criterio “Binario”, mediante el cual sólo se Adjudica a quien cumpla con los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más conveniente conforme al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando los criterios establecidos en propia Ley, en este supuesto, la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo, de no resultar estar solventes, se evaluarán las que les sigan en precio. Para lo cual será indispensable cumplir con los requisitos especificados en el Anexo 1 y Anexo A doc Especificaciones técnicas requeridas. En caso de empate entre dos o más proposiciones se aplicará lo previsto por el numeral 2 del artículo 68 de la Ley de Compras Gubernamentales Enajenaciones y Contrataciones de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios. Para determinar el precio no conveniente o no aceptable se aplicará lo establecido en el artículo 69 fracción III de la Ley, así como el artículo 69 párrafo segundo del Reglamento. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación. No serán consideradas las propuestas de aquellos participantes donde se observe que no es fehaciente, confiable y correcta la información financiera, contable y legal que presenten.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 6.1. Los criterios para evaluar la solvencia legal y administrativa, técnica y económica de cada licitante, serán los siguientes:
A) Se verificará que cada uno de los licitantes cumplan con los requisitos legales, administrativos y técnicos para contraer los compromisos derivados de esta Licitación.
B) Cumplimiento de las propuestas técnicas para las partidas ofertadas para el tipo del bien que se licita, de acuerdo a estas bases.
C) Se considerarán únicamente las partidas que constituyen las propuestas.
D) La propuesta económica se comparará en igualdad de condiciones a los licitantes que resulten con la capacidad legal, solvencia técnica, administrativa, y garantía de formalidad, para el sostenimiento de su oferta, atendiendo al precio unitario más bajo ofertado considerando los descuentos ofrecidos por partida.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 11 Punto 1 Criterios que se aplicarán para la evaluación de las propuestas. 11 Punto 2 Motivos para desechar las propuestas de los licitantes. 12 Capítulo 5 DESARROLLO DE LOS ACTOS DE ESTA LICITACIÓN 12 Notificaciones. 13 Participación a los Eventos. 13 Punto 1 Junta de Aclaraciones. 13 Punto 2 Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. 13 Punto 3 Fallo. 14 INFORMATIVO. 14 Combate a la corrupción. 14 OCDE. 00 Xxxxx 0 Solicitud y Constancia de Recepción de la Documentación. 00 Xxxxx 0 Capítulo 3 Punto 1 Documento 1. 00 Xxxxx 0 Capítulo 3 Punto 2 Documento 2. 00 Xxxxx 0 Formato 0 00 Xxxxx 0 Formato 2 22 Anexo 7 Capítulo 3 Punto 3 Documento 1. 00 Xxxxx 0 Capítulo 3 Punto 3 Documento 0. 00 Xxxxx 00 Modelo de Fianza de Garantía de Anticipo. 00 Xxxxx 00 Nota Informativa para personas de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE) 38 Para los efectos de esta Licitación Pública Internacional No. 06810001-003-06, en el contenido de esta carpeta de bases deberá entenderse por:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se evaluarán sobre la base de los siguientes aspectos:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. V.2.1. Criterios de evaluación de la documentación legal y administrativa.
V.2.2. Criterios de evaluación de la documentación técnica
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 28
V.2.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA 28
V.2.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 28