Córdoba Cláusulas de Ejemplo

Córdoba. Granada. Málaga. Palos (Huelva). Valencia: Valencia-Paterna. Valencia-Sagunto. Alicante. Almusafes. Murcia. La Rioja: La Rioja.
Córdoba. Granada. Málaga. Palos (Huelva). Valencia: Valencia-Paterna. Valencia-Sagunto. Alicante. cve: BOE-A-2014-8743 Almusafes. Murcia. La Rioja: La Rioja. Getafe: Madrid-CTS Getafe y CTS Getafe Producción. Reus: Para el caso de cualquier situación que se de en algún centro que no venga reseñado en la relación anterior, así como cuando pudieran existir discrepancias en cuanto al funcionamiento objeto de esta Comisión, dichas cuestiones serán resueltas por la Dirección de Recursos Humanos y la Comisión de Vigilancia del Convenio.
Córdoba. Granada Huelva 14,00 Jaén 14,71 Málaga Sevilla 19,77 0,00 Interpr. Totales 22,76 Base de datos: 672 convenios vigentes (158 de sector, 514 de empresa) En efecto, la contratación eventual se contempla en un total de 224 convenios colectivos vigentes, representando en el conjunto de la negociación colectiva el 33,33%. Funcionalmente, esta incidencia es más acusada en el ámbito sectorial que en el empresarial, en tanto que en el primero un 67,72% de convenios contemplan esta modalidad contractual, frente al 22,76% de las correspondientes al segundo ámbito. Desde el punto de vista territorial, Granada es la provincia en la que los contratos eventuales tienen más regulación en los convenios (49,15%), destacando Almería por lo contrario (27,45%). En Jaén se aprecia una gran divergencia entre los convenios de sector (76,19%) y los de empresa (14,71%). Los contratos eventuales se contemplan en 135 (34,18%) de los convenios suscritos en el año 2000, siendo igualmente más frecuente en los sectoriales (73,03%) que en los de empresa (22,88%). El elemento causal viene originado por exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas, o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal en la empresa; en otros convenios, se restringe a actividades o necesidades que no se califican como normales. La Ley posibilita la intervención de la negociación colectiva en tres aspectos: a) duración máxima del contrato y periodo dentro del cual se puede realizar; b) actividades en las que puede ser utilizada esta modalidad contractual y c) relación entre el número de contratos eventuales y plantilla total de la empresa. La duración de esta modalidad contractual es contenido principal de los convenios examinados; utilizándose por los sujetos negociadores la habilitación normativa recogida en el E.T. a favor de la negociación colectiva. En desarrollo de esa habilitación, la mayoría de los convenios de sector han procedido a la ampliación de los periodos de duración del contrato, llegando en determinados casos a extremos incluso incompatibles con la propia naturaleza legal de la figura. Se consagra así una relación de supletoriedad en una materia en la que la ley no reservaba anteriormente ningún papel a la negociación colectiva, introduciéndose un factor de flexibilidad en la contratación temporal. En el sector de Limpieza de Edificios y Locales se advierten regulaciones diversas en las diferentes provincias de nuestra Comunidad Autónoma. Así, en el convenio xx Xxxx se...
Córdoba. En la Tabla 6-6 se presenta la ficha técnica de los predios visitados en el municipio xx Xxxxxxx. Punto Latitud Longitud Descripción Apto 1 4.3907 -75.6875 El predio se encuentra ubicado en el barrio Xxxxxxx Xxxxx, es de propiedad del municipio; actualmente se encuentra en estado de abandono, con presencia de residuos de demolición. El predio se considera viable para la ubicación de un punto limpio. Si 2 4.3925 -75.6864 En predios aledaños al centro de acopio xx Xxxxxxx se observa que hay espacio para la ubicación de un punto limpio. Si
Córdoba. Granada. Málaga. Palos (Huelva). VALENCIA: cve: XXX-X-0000-00000 Xxxxxxxx-Xxxxxxx. Xxxxxxxx-Xxxxxxx. Xxxxxxxx. Almusafes. Murcia. LA RIOJA: La Rioja. GETAFE: Madrid-CTS Getafe y CTS Getafe Producción. TARRAGONA. Para el caso de cualquier situación que se de en algún Centro que no venga reseñado en la relación anterior, así como cuando pudieran existir discrepancias en cuanto al funcionamiento objeto de esta Comisión, dichas cuestiones serán resueltas por la Dirección de Recursos Humanos y y el Responsable de la Comisión Negociadora.
Córdoba. CF CO 004/08 Ithurbide S.A Control de calidad y mejora ambiental en la fabricación de acumuladores Córdoba CF CO 005/08 Sohipren S.A. Modernización tecnológica de los procesos constructivos de bombas hidráulicas Cordoba CF CO 008/08 LACTEOS LAS TRES SRL MODERNIZACION TECNOLOGICA DE FABRICA DE QUESOS Cordoba CF CO 009/08 Ferretera General Xxx S.R.L. Modernización tecnológica en la preparación y expedición de pedidos Cordoba CF CO 010/08 PARMAX S.A. DESARROLLO PROTOTIPO DE HELICÓPTERO NO TRIPULADO Cordoba CF CO 011/08 Michigan Ingeniería Informática S.A. Sistema automatizado para la seguridad vial y de información de legajo electrónico jurídico e impositivo del automotor Cordoba CF CO 012/08 Xxxxxxxx S.A. Integración horizontal de la empresa para el mejoramiento de su estructura productiva en la reconstrucción de neumáticos Cordoba CF CO 015/08 IR Comunicaciones S.A. Sistema de Gestion Integral IRCOM Cordoba CF CO 016/08 SAVANT Pharm SA Modernización Tecnológica de la empresa para el logro de productos de alta calidad. Cordoba CF CO 020/08 XXXXXXXX XXXXXXXX S.A. IMPLEMENTACION DE UN SISTEMA INTEGRADO DE GESTION QUE PERMITA INTEGRAR TODAS LAS ÁREAS Y NIVELES DE LA COMPANÍA Y OBTENER INFORMACION EN TIEMPO REAL PARA OPTIMIZAR EL USO DE RECURSOS. Cordoba CF CO 021/08 AYUI S.R.L. Desarrollo de un Sistema Automatizado de producción de inoculantes que reduce el tiempo de producción, asegura la esterilidad y continuidad genética de la cepa. Cordoba CF CO 022/08 SCHIARRE S.A. OPTIMIZACIÓN Y PARAMETRIZACIÓN DE LOS DIFERENTES PROCESOS DE LA EMPRESA BUSCANDO MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE LA ORGANIZACIÓN Cordoba CF CO 023/08 XXXXX XXXXXXXXXX S.A. Reingeniería y modernización del proceso implementando tecnología xx xxxxx láser RF, para permitir fabricar piezas de alta complejidad y en distintas aleaciones, brindando además el servicio de "corte de alta definición" para la industria regional. Cordoba CF CO 025/08 Curtiembre Río Tercero S.A. Modernización Del Proceso De Pelambre y Curtido E Incremento de Producción Córdoba CF CO 026/08 PRETENSADOS S.A. Incorporación de un sistema integral de gestión. Cordoba CF CO 028/08 ASIGNA S.A. DESARROLLO DE UNA TECNOLOGIA COMBINADA DE OBTENCION DE BIOCOMBUSTIBLES CON ALTA CONVERSION Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS ACEITOSOS Buenos Aires CF ER 000/00 Xxxxx. xx Xxx. x Xxx. - XXXXXX S.R.L. Armado y puesta en marcha de una linea de producción de pretensados, como parte de un proceso de Modernización Tecnológica de la empresa COINAR SRL. Entre Xx...

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  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

  • Cobertura En virtud de este seguro, la Compañía indemnizará los daños cubiertos por la presente cláusula adicional, hasta los límites de monto y porcentajes de reembolso establecidos en sus Condiciones Particulares. Para efectos de esta cláusula adicional, se entenderá por daños cubiertos, aquellos gastos ambulatorios y de hospitalización razonables y acostumbrados, según lo indicado más adelante, que hayan sido efectivamente incurridos por el Asegurado y siempre que se cumplan además los siguientes requisitos copulativos: - Que la prestación cuyo gasto se solicita indemnizar derive directamente de un Accidente ocurrido o de una Enfermedad diagnosticada durante la vigencia de la presente cobertura; - Que la prestación cuyo gasto se solicita indemnizar derive directamente de un Accidente ocurrido o de Enfermedad diagnosticada con posterioridad al período de Carencia; - Que el gasto se produzca dentro de treinta y seis meses corridos contados desde la fecha de emisión del documento más antiguo que sea presentado a la Compañía en el primer envío de gastos relacionado a un determinado Accidente o Enfermedad, que acredite su correspondiente cancelación y sea éste extendido a nombre del Asegurado. Para efectos del otorgamiento de esta cobertura, los gastos provenientes de prestaciones que sean consecuencias y/o complicaciones relacionadas directamente a un mismo Accidente o Enfermedad, así como los que más adelante se originen como consecuencia de éste, deberán también provenir de prestaciones otorgadas dentro del plazo referido precedentemente; - Que el monto de los gastos efectivamente incurridos por el Asegurado correspondientes a las prestaciones derivadas del Accidente o Enfermedad, supere el deducible estipulado en las Condiciones Particulares, de acuerdo a lo indicado en el artículo 9 de esta cláusula adicional; - Que el monto total de los gastos efectivamente incurridos por el Asegurado correspondientes a las prestaciones derivadas del Accidente o Enfermedad, no supere el Monto Máximo de Gastos Reembolsables determinado en las Condiciones Particulares; y - Que el gasto corresponda a prestaciones derivadas de un Accidente o Enfermedad no excluidos en la presente póliza de seguro. Los valores de los deducibles, período de carencia y Monto Máximo de Gastos Reembolsables correspondientes a la cobertura que otorga esta cláusula adicional, por su naturaleza, se señalan expresamente en las Condiciones Particulares de ésta. Podrán solicitar los reembolsos de los gastos médicos que correspondan, el Asegurado Titular o, en su defecto, quienes acrediten de manera fehaciente haber incurrido efectivamente en dichos gastos. Los gastos susceptibles de ser reembolsados en virtud de esta cláusula adicional, siempre que cumplan con los requisitos copulativos indicados precedentemente, son los que se detallan a continuación: (A) GASTOS DE HOSPITALIZACION: (B) GASTOS AMBULATORIOS:

  • Señalización INCISO: 2.1 Protocolo de señalización.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta

  • MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • Infraseguro Cuando al momento del siniestro la suma asegurada sea inferior al valor real total de los bienes a riesgo, OCEÁNICA indemnizará al Asegurado en una cantidad equivalente a la que resulte de multiplicar el monto de la pérdida o daño que se determine, por la fracción que se obtenga de dividir la suma asegurada entre el valor real total de los bienes a riesgo. Cuando la póliza comprenda varias partidas, esta condición se aplicará a cada partida por separado; sin embargo, si la suma asegurada total de la póliza es superior a los valores reales totales de los bienes a riesgo, el Asegurado podrá utilizar la prima correspondiente a cualquier excedente en la suma asegurada de una o más partidas para suplir la deficiencia de suma asegurada en cualquier otra.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

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