DE LA GARANTIA Cláusulas de Ejemplo

DE LA GARANTIA. Se fija como garantía del DEUDOR para todos los créditos establecidos en el presente contrato, sus ahorros voluntarios, excedentes capitalizados, excedentes del periodo y cualquier otro rubro económico a su favor al momento de la desafiliación.
DE LA GARANTIA. Se fija como garantía para todos los créditos establecidos en el presente contrato, los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales, de EL DEUDOR.
DE LA GARANTIA. Para seguridad y garantía del pago xxx Xxxxxxxx otorgado por BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., y de todas las sumas que EL DEUDOR resultare deber bajo este Contrato, así como de los intereses y demás accesorios que éstas generan, EL DEUDOR presenta a favor de BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., sin reservas ni limitaciones una Prenda con Desapoderamiento, sobre EL CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO *****, emitido por el BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., propiedad de LA DEUDORA, señora **************, por un valor total de CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO **************, expedido por el BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., a favor del señor ***********************, por un valor total de ******************* PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$*************). PARRAFO I: LA DEUDORA, señora ***********************, declara bajo la fe del Juramento que es EL único propietario del CERTIFICADO FINANCIERO NUMERO ***************, que garantiza el pago de la suma prestada; declarando además, que sobre los mismos, no pesan impedimentos ni gravámenes de ningún tipo que impida constituirse en la Prenda de que es objeto, mediante el presente Contrato. Queda debidamente establecido en el presente contrato que las modificaciones serán notificadas con treinta (30) días de antelación a su implementación, plazo que dispone LA DEUDORA para objetarla mediante la cancelación del crédito. ------ PARRAFO III: La violación por parte de EL DEUDOR de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Artículo, a opción de BANCO MULTIPLE ADEMI, S.A., producen también de pleno derecho, la pérdida en perjuicio de EL DEUDOR, del término acordado y hará exigible la totalidad de la deuda de acuerdo. Queda entendido que el retraso de BANCO MULTIPLE ADEMI, S. A., en el ejercicio de estos derechos, no implican en modo alguno renuncia o caducidad del mismo.
DE LA GARANTIA. ARTÍCULO 5. Garantía xxx Xxxxxxxx.- Para seguridad y garantía del pago de la suma prestada y de los intereses que esta devenga, así como de las demás obligaciones que por el presente contrato asume EL DEUDOR, este consiente en que sobre el inmueble objeto del presente contrato se inscriba una hipoteca en primer rango a favor de LN, quien acepta, sobre el inmueble que se describe anteriormente. Esta hipoteca igualmente recae sobre: TODO EL EQUIPO SANITARIO Y OTROS, cuando aplique.
DE LA GARANTIA. “ LA PRESTADORA DE SERVICIOS “ se obliga a garantizar las reparaciones efectuadas a las unidades materia de reparación por un término de 30 días a partir de la recepción del o los vehículos que hayan sido sujetos a reparación, cuya garantía contemplara única y exclusivamente sobre las piezas o refacciones, materiales que hayan sido materia de la reparación, así como de la mano de obra empleada, por lo que dicha reclamación deberá de hacerse por parte de “ EL CLIENTE “ a “ LA PRESTADORA DE SERVICIOS “ en forma escrita y detallando las fallas relativas a las unidades reparadas.
DE LA GARANTIA. EL ARRENDATARIO dará a EL ARRENDADOR en garantía el monto equivalente de dos meses de arrendamiento, es decir, la suma total de S/. 3,200.00 (TRES MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). El pago se hará efectivo vía transferencia interbancaria mediante Código de Cuenta Interbancaria (CCI), dentro de los siete (7) días de firmado el contrato. El monto total de la garantía deberá ser devuelto al término del contrato, salvo que se haya ejecutado el último párrafo de la cláusula tercera, en cuyo caso sólo se devolverá un mes de garantía.
DE LA GARANTIA. Se fija como garantía para todos los créditos establecidos en el presente contrato, los Aportes Personales, excedentes generados y demás ahorros personales que mantenga en ASOARTHROCARE, EL DEUDOR.
DE LA GARANTIA. “LA DISA V LIMA CIUDAD” hará entrega a EL ARRENDADOR, en calidad de garantía por la buena conservación del inmueble, un deposito equivalente a dos (....) meses de adelanto xx xxxxx pactada en la cláusula octava y un (....) mes de garantía. La garantía será devuelta a la finalización del Contrato, en la misma moneda en que fue depositada sin que se genere intereses, luego de la verificación del estado del inmueble y la presentación del recibo emitido por EL ARRENDADOR donde conste el deposito en garantía realizado. De ser el caso, el depósito en garantía que entrega LA DISA V LIMA CIUDAD cubrirá las obligaciones derivadas del contrato, con excepción de la indemnización por lucro cesante y daño emergente. En señal de conformidad de entrega y recepción de la suma indicada por el concepto de garantía, basta la firma de las partes consignadas al final del presente instrumento.

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  • DE LAS GARANTIAS Formas de garantías.- En los contratos a que se refiere esta Ley, los contratistas podrán rendir cualquiera de las siguientes garantías:

  • PLAZO DE GARANTIA Dado el tipo de contrato no se establece plazo de garantía alguno.

  • GARANTIA CA garantiza que (i) el SaaS cumplirá de manera material con la Documentación durante el plazo de suscripción y (ii) cualquier Entregable cumplirá con la Documentación de Servicios por un plazo de treinta(30) días a partir de la fecha de entrega. Si es establecido que CA ha incumplido cualquiera de las garantías anteriores, CA, a su opción, (a) usar esfuerzos razonables para subsanar el defecto; (b) reemplazar el SaaS o Entregable con SaaS o un Entregable que materialmente cumpa con las especificaciones en la Documentación o el Documento de Servicios (conforme sea aplicable); (c) en el caso de que CA no pueda, después de intentos comercialmente practicables para hacerlo, lograr los remedios en (a) o (b), donde la violación se relacione al SaaS, CA podrá terminar subscripción a SaaS y proporcionar un reembolso de tarifas pre-pagadas, no usadas calculadas contra el remanente del plazo de suscripción en la fecha efectiva de dicha terminación, o donde la violación se relacione a Servicios, el Cliente regresará los Entregables y CA reembolsará las tarifas pagadas por el Entregable. El Cliente debe reportar la presunta violación de garantía con especificidad razonable por escrito dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles de que haya ocurrido para beneficiarse de esta garantía y los remedios establecidos en el presenten. LAS ANTERIORES GARANTIAS SON LAS ÚNICAS GARANTIAS DE CA Y LOS REMEDIOS EXCLUSIVOS PARA VIOLACIONES DE DICHAS GARANTIAS. EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LEY, NINGUNA OTRA GARANTIA O CONDICIÓN, YA SEA EXPRESAS O IMPLICITAS, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, GARANTIAS DE TERCEROS, LAS GARANTIAS IMPLICITAS DE COMERCIABILIDAD O APTITUD PARA UN FIN EN PARTICULAR SON HECHAS POR CA. CA NO GARANTIZA QUE EL SAAS OFRECIDO CUMPLIRÁ LOS REQUERIMIENTOS DE UN CLIENTE O QUE EL USO DEL SAAS NO SERÁ INTERRUMPIDO O LIBRE DE ERRORES.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • DE LAS GARANTÍAS El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO El contrato que basándose en este Pliego se perfeccione, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará en lo dispuesto específicamente en el Libro IV, Titulo II, Capítulo V de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.

  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.