Derecho de Prelación Cláusulas de Ejemplo

Derecho de Prelación. Si durante la vigencia del presente contrato y dos (2) meses más, la ANH recibe de un tercero una Propuesta de Contratación sobre toda o parte del Área de Evaluación Técnica, EL EVALUADOR podrá ejercer el Derecho de Prelación sobre el área objeto de la Propuesta de Contratación presentada por el tercero. Para efectos del ejercicio del Derecho de Prelación, se aplicará el siguiente procedimiento: 6.4.1. La ANH dará aviso a EL EVALUADOR del recibo de la Propuesta de Contratación, especificando las coordenadas del área superpuesta con el Área de Evaluación Técnica y el programa exploratorio mínimo aceptado por la ANH. 6.4.2. Recibido el aviso de la ANH, EL EVALUADOR dispondrá de treinta (30) días calendario para ejercer el Derecho de Prelación mediante la entrega del programa exploratorio mínimo conforme al Anexo 1 del Reglamento, en la cual se iguale o supere el programa exploratorio mínimo aceptado por la ANH. Parágrafo: En caso de que EL EVALUADOR presente su propuesta conjuntamente con un tercero, éste deberá entregar además del Anexo 1, los documentos que acrediten sus capacidades legales, técnicas, financieras y operacionales de la forma requerida en el Reglamento. 6.4.3. Si EL EVALUADOR ejerce del Derecho de Prelación y la ANH considera técnica y financieramente que el programa exploratorio mínimo ofrecido por EL EVALUADOR iguala o supera el programa exploratorio mínimo ofrecido por la compañía que presentó la Propuesta de Contratación y en caso de que la propuesta se presente conjuntamente con un tercero, la ANH informará a EL EVALUADOR dentro de los quince (15) días siguientes al recibo de tal propuesta, la aceptación de la misma, así como la admisión o no xxx xxxxxxx y la ANH procederá a solicitar la autorización para la suscripción del contrato. Una vez autorizado por el Consejo Directivo de la ANH la Partes tendrán un plazo de sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha del aviso de dicha autorización, para suscribir el futuro contrato. 6.4.4. Si EL EVALUADOR no entrega en el plazo estipulado la Propuesta de Contratación de conformidad con los requisitos señalados en el numeral 6.4.2; si ejerce el Derecho de Prelación pero el programa exploratorio mínimo no iguala o supera el programa exploratorio mínimo ofrecido por el tercero o; si no ejerce del Derecho de Prelación dentro del término estipulado, o si no se suscribe el Contrato en el término establecido en el numeral anterior por circunstancias imputables a EL EVALUADOR, EL EVALUA...
Derecho de Prelación. Es el derecho que tiene de manera exclusiva EL EVALUADOR, durante la vigencia del presente contrato y dos (2) meses, en los términos descritos en la cláusula 6 (numeral 6.4) de este contrato.
Derecho de Prelación. 1 Este tipo de Zona de Utilidad Pública de la ANI, permite a los concesionarios de un mismo tramo solicitar una Autorización Temporal para material de construcción. Si el solicitante es un ente territorial, se le resta a la Autorización Temporal, el área que se superponga con la Zona de Utilidad Pública. 2 Por cobertura mayor (prima interés general sobre el individual) 3 Prima el interés de la preservación de la cultura 2 Priman las áreas ambientales restringidas de la minería 3 Prima la división político administrativa 3 Prima la zona de seguridad 2 Siempre y cuando el mineral solicitado sea material de CRUCES POR TIPO DE CAPA NÚMERO DE CRUCES REGLA No. DE REGISTROS OBSERVACIONES construcción. Para otro mineral se debe solicitar permiso. La celda es restringida. Prima cobertura 2 3 Es xxxx xx xxxxxxxx Restringida vs Excluible 73 La celda es restringida. Prima cobertura 2 7 Prima el derecho adquirido de las autorizaciones temporales 8 Prima el derecho adquirido del título otorgado 2 Prima el derecho de la restitución 17 Priman las áreas especiales de la minería 1 Priman las áreas excluibles de la minería 1 Puede haber concurrencia porque el material de construcción no se considera dentro de los minerales estratégicos
Derecho de Prelación. El que tiene de manera exclusiva el Evaluador para igualar o superar Propuestas de contrato de Exploración y Producción, E&P en el Área de Evaluación Técnica, durante la vigencia del correspondiente contrato TEA.
Derecho de Prelación. (art. 8)
Derecho de Prelación. Es el derecho que tiene de manera exclusiva EL EVALUADOR, durante la vigencia del presente contrato y dos
Derecho de Prelación. Es el derecho que tiene de manera exclusiva EL EVALUADOR a igualar o superar una propuesta de contrato de Exploración y Producción dentro del Área de Evaluación Técnica, presentada por un Tercero, durante la vigencia del presente contrato, en los términos descritos en la Cláusula 3.2 de este contrato.
Derecho de Prelación. Es el derecho que tiene de manera exclusiva EL EVALUADOR a igualar una propuesta de contrato E&P dentro del Área de Evaluación Técnica, durante la vigencia del presente contrato, en los términos descritos en la Cláusula 8 de este contrato.
Derecho de Prelación. EL EVALUADOR tendrá derecho a igualar una única propuesta de un tercero en un área dentro del bloque objeto del TEA, por cada millón de nectáreas de extensión del Área de Evaluación Técnica, o a seleccionar una segunda área para presentar una segunda propuesta de Contrato E&P, siempre y cuando renuncie al derecho de igualar la propuesta xxx xxxxxxx en este último caso.
Derecho de Prelación. El que tiene de manera exclusiva el Evaluador para igualar o superar Propuestas de Contrato de Exploración y Producción, E&P en el Área de Evaluación Técnica, durante la vigencia del correspondiente Contrato TEA.