DERECHOS DE LA UNIÓN Cláusulas de Ejemplo
DERECHOS DE LA UNIÓN. 2.1 El Empleador no impedirá el acceso de la Unión a sus empleados en el sitio de trabajo, y la Unión tendrá el derecho de acceder. La Unión no interrumpirá el trabajo de los empleados y notificará con anticipación razonable. La Unión y el Empleador elaborarán procedimientos para garantizar el acceso apropiado de la Unión a los lugares de trabajo con requisitos especiales de seguridad. Cuando no se provee acceso, el Empleador proveerá una hora cada seis meses para que los empleados se reúnan con la Unión y/o los Fondos para asegurar la implementación correcta del contrato. El Empleador pagará el costo de la sala de reunión.
2.2 El Empleador reconocerá a un Delegado de la Unión escogido por la Unión para cada edificio/ubicación y cada turno en un edificio/ubicación que tenga al menos 10 empleados.
2.3 Habrá Delegados presentes en todos los despidos y se les dará una oportunidad antes o después del horario de trabajo para reunirse con los empleados nuevos para proveer información sobre la Unión.
2.4 Además, el Empleador proveerá a los nuevos empleados dos (2) horas de tiempo libre remunerado en una ocasión para una reunión en el lugar de trabajo con la Unión durante el horario laboral, luego de recibir una notificación de la Unión por lo menos cinco días antes.
2.5 El Empleador acepta otorgar a un delegado por edificio por turno dos días de tiempo libre pagado durante la duración de este Convenio para que pueda asistir a clases de capacitación para delegados durante el horario de trabajo, mediante aviso por escrito de la Unión con un mínimo ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles.
2.6 En donde se otorgue permiso por el propietario/administrador del edificio, el Empleador deberá proporcionar un tablero de anuncios en una ubicación visible en cada una de las ubicaciones del Empleador, y permitirá que los representantes de la Unión, incluidos los delegados, publiquen avisos relacionados con asuntos de la Unión en el tablero de anuncios.
DERECHOS DE LA UNIÓN. Los representantes oficiales de la Unión están autorizados para visitar cualquiera de los edificios a cualquier hora del día o la noche cuando los empleados de servicios del edificio estén trabajando en y alrededor del predio. El empleador suministrará una pizarra de anuncios exclusiva para los anuncios de la Unión y las notificaciones de las reuniones. La pizarra de anuncios se colocará en una zona apropiada utilizada por los empleados y no los inquilinos o el público (por ej. sala de armarios, sala de descanso, etc.)
DERECHOS DE LA UNIÓN. 18.1 En dónde se otorgue permiso por el propietario/gerente del edificio, el Empleador proporcionará un tablero de anuncios en una ubicación visible en cada una de las ubicaciones del Empleador, y permitirá que los representantes de la Unión, incluidos los delegados, publiquen avisos relacionadas con asuntos de la Unión en el tablón de anuncios.
18.2 El Empleador permitirá el tiempo razonable a los Delegados de la Unión para que ejecuten sus funciones durante las horas de trabajo en su edificio o complejo. Sin embargo, un Delegado debe obtener la aprobación de su supervisor que no pertenezca a la Unión antes de salir de la estación de trabajo, la cual no se le negará sin justificación. A los Delegados de la Unión no se les descontarán las horas de trabajo perdidas por haber asistido a una reunión de agravios. La Unión notificará al Empleador por escrito acerca de todos los Delegados designados.
18.3 A partir del 1 de enero de 2017, los Delegados recibirán un (1) día libre por cada año del Contrato para asistir a clases de capacitación para Delegados, siempre que se presente una solicitud por escrito al Empleador con por lo menos dos (2) semanas de anticipación. El Empleador reembolsará a un (1) Delegado por edificio por sus horas programadas diarias hasta por un máximo de un (1) día por año del Contrato.
DERECHOS DE LA UNIÓN. 7 Artículo 9. PERIODO DE PRUEBA 9
DERECHOS DE LA UNIÓN. Sección 1 El Cuerpo de Bomberos reconoce el derecho de acceso a cualquier Unidad de la agencia a los representantes de la Unión para llevar a cabo actividades relacionadas con la administración del Convenio, según dispuesto el presente Convenio. Esta visita será notificada y coordinada previamente con el (la) Director(a) del centro de trabajo y con el/la Presidente de la Unión.
DERECHOS DE LA UNIÓN. Sección 1. Sistema Estatal de Pago Centralizado.
DERECHOS DE LA UNIÓN. 9 Sección 1. Sistema Estatal de Pago Centralizado 9 Sección 2. Boletines de anuncios 9 Sección 3. Presentaciones de la Unión en las capacitaciones de OHCC 10 Sección 4. Orientación para nuevos miembros que sean trabajadores de atención domiciliaria y apoyo personal 10 Sección 5. Derechos de la Unión relacionados con CareWell 503 10 Sección 6. Representación de la Unión – Evento de orientación de Trabajadores de atención domiciliaria (por sus siglas en inglés HCW)/Trabajadores de apoyo personal (por sus siglas en inglés PSW) 11 Sección 7. Indemnidad del Empleador 11 Sección 8. Deducciones y período de servicio. 11
DERECHOS DE LA UNIÓN. 5.1 El propósito de que CSEA designe delegados sindicales es desarrollar una relación efectiva entre el Distrito y los empleados al ayudar a resolver los problemas al nivel más bajo de supervisión.
5.2 CSEA notificará al Distrito por escrito los nombres de los delegados sindicales seleccionados a más tardar treinta (30) días después de la ratificación de este Acuerdo. Si se realiza un cambio posterior en la designación de un delegado sindical, se informará al Distrito por escrito catorce (14) días calendario antes de dicho cambio cuando sea posible.
5.3 Deberes y responsabilidades de los delegados sindicales: Se entiende que los siguientes constituyen los deberes y responsabilidades de los delegados sindicales:
5.3.1 Después de notificar a su supervisor inmediato con la mayor anticipación posible, se le permitirá a un delegado sindical salir de su área de trabajo habitual durante un tiempo razonable para ayudar en la presentación de quejas; para representar a los miembros de la unidad en el caso de cualquier reunión disciplinaria o de investigación disciplinaria donde el empleado solicite tales representaciones; acompañar a los representantes de CAL-OSHA en la realización de recorridos en el sitio; y representar a un agraviado de conformidad con los términos del Artículo 14. Siempre que sea posible, el procesamiento de un agravio se realizará fuera del horario normal de trabajo del delegado sindical. El delegado sindical avisará al supervisor y al agraviado de su presencia. Se permite que el delegado sindical intente llegar a un acuerdo de acuerdo con el procedimiento de quejas. El delegado sindical puede discutir el problema con el empleado inmediatamente interesado.
5.3.2 Si no se puede mantener un nivel adecuado de servicio en ausencia de un delegado sindical en el momento de la notificación mencionada en 5.3.1., se le permitirá al delegado sindical abandonar su área de trabajo normal tan pronto como sea posible. después de eso.
