Descripción de los suministros Cláusulas de Ejemplo

Descripción de los suministros. El suministro se ofertará conforme a los grupos establecidos y por producto diferenciado, debiendo incluirse datos del fabricante, marca y modelo, unidades mínimas de suministro, precio unitario y precio final con IVA. Todos los precios se entenderán con todos los gastos incluidos, por lo que cualquier excepción, como carencias en la entrega o envíos, deberá ser indicada con total claridad. La proposición económica se realizará sobre el documento adjunto como Anexo 1,2 y/o 3 en el presente pliego que relaciona los productos a ofertar, admitiéndose únicamente un precio por producto, pudiendo ser causa de exclusión de la oferta, la inclusión de alguna variante. Este mismo documento se incorporará, a lo largo de la vigencia del contrato, a la “Guía de Compras”, y servirá para configurar los catálogos internos de suministro del Servicio de Mantenimiento de la US. Los productos y materiales no incluidos en el presente pliego que fuesen requeridos por la US serán suministrados atendiendo a los mismos criterios establecidos para el resto de los productos. La empresa ha de disponer de la información comercial a través de una Plataforma Web, y ha de realizar la entrega de material en depósito en los almacenes del Servicio de Mantenimiento de la US que les sean requeridos, facturándose mensualmente los consumos registrados en el periodo. Los licitadores deberán adjuntar a su propuesta una memoria descriptiva que incluya acceso vía Web a las Especificaciones Técnicas y Fichas de Datos de Seguridad, en su caso, de los productos y materiales que compongan su oferta. Trimestralmente, a efectos de control y seguimiento, el adjudicatario remitirá un informe de consumo diferenciando los datos del último mes natural facturado y los datos acumulados hasta esa fecha diferenciados por productos y agrupados por Centros y Departamentos. Dicho informe se adjuntará a la correspondiente factura mensual Sevilla, a 6 xx xxxxx de 2020.
Descripción de los suministros. 2.1 – Vehículo a suministrar y especificaciones mínimas: Especificaciones mínimas del vehículo híbrido a adquirir por renting:
Descripción de los suministros. El proyecto requiere el suministro de 3 vehículos nuevos a estrenar para el correcto desarrollo del Programa. La licitación del suministro de los vehículos se divide en tres lotes. Los licitadores podrán presentarse independientemente a cada lote o a los tres lotes: Los suministros objeto de contratación se desglosan en el Anexo I.A xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas. Las especificaciones técnicas deberán ajustarse a las establecidas en la columna 3 de la tabla del Anexo I.A. A parte de las especificaciones mínimas indicadas en el Anexo I.A de los pliegos administrativos, los 3 vehículos ofertados tendrán por lo menos las siguientes características: ➢ Sistema ABS ➢ Airbag conductor como mínimo ➢ Cierre centralizado ➢ Guantera con puerta ➢ Aire acondicionado ➢ Equipo de radio ➢ Dirección asistida ➢ Neumáticos normales, incluyendo neumático de repuesto ➢ Garantía mínima de 2 años ➢ Manual de Operación y Mantenimiento del vehículo y el listado de recambios (partes, piezas y agregados) recomendados por el fabricante con sus precios individuales orientativos. No se admitirán clones para ninguno de los productos solicitados, debiendo ofertarse únicamente marcas originales y compatibles con la normativa cubana. Cada vehículo deberá venir con una identificación que contenga la siguiente información: ➢ Nombre de la Institución ➢ Persona de contacto ➢ Dirección de entrega Los datos de entrega serán suministrados a las empresas adjudicatarias a la firma del contrato. Cada Lote puede ser entregado por separado. La prestación del servicio se desarrollará en los siguientes términos: • Lugar de entrega: La Habana (Cuba). Los datos de entrega serán suministrados a la empresa adjudicataria a la firma del contrato. • Garantía de dos años a partir de la fecha de entrega de vehículo. • Los vehículos se entregarán totalmente operativos y puestos en carretera. En el caso del vehículo eléctrico, se garantizará asistencia para la puesta en marcha y asimilación de la conducción y atención al vehículo. • Las marcas y modelos deben corresponder con las aprobadas por el Comité de Medios Automotores del Ministerio de Transporte de Cuba. • La empresa adjudicataria debe garantizar el mantenimiento adecuado teniendo en cuenta el tipo de combustible disponible en Cuba. • Debe cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en la Ley cubana (Ley 109 Código de Seguridad Vial y otras regulaciones vigentes) La ejecución del contrato se ajustará a las condiciones detalladas en lo...
Descripción de los suministros. 2.1 – Suministro xx xxxxx C48 AC ND.
Descripción de los suministros. El suministro se ofertará conforme a los lotes establecidos y por producto o material diferenciado, debiendo incluirse datos del fabricante, marca y modelo, unidades mínimas de suministro precio unitario y precio final con IVA. Todos los precios se entenderán con todos los gastos incluidos, por lo que cualquier excepción, deberá ser indicada con perfecta claridad. Los productos y materiales no incluidos en el presente pliego que fuesen requeridos por la US serán suministrados atendiendo a los mismos criterios establecidos para el resto de los productos. Página 4 de 4 Código Seguro De Verificación E8eBu5nuDJNDHg3woTVdiQ== Fecha 01/12/2020 Firmado Por XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Descripción de los suministros. 2.1 – Vehículos a suministrar:
Descripción de los suministros. El suministro se ofertará conforme a los grupos establecidos y por producto diferenciado, debiendo incluirse datos del fabricante, marca y modelo, unidades mínimas de suministro, precio unitario y precio final con IVA. Todos los precios se entenderán con todos los gastos incluidos, por lo que cualquier excepción, como carencias en la entrega o envíos, deberá ser indicada con total claridad. La proposición económica se realizará sobre la tabla prevista en el Anexo 1 del presente pliego que relaciona los productos a ofertar a precios unitarios. Esta misma tabla servirá, a lo largo de la vigencia del acuerdo marco, de “Guía de Compras”, y servirá para configurar los catálogos internos de suministro del Servicio de Mantenimiento de la US. Los productos y materiales no incluidos en el presente pliego que fuesen requeridos por la US serán suministrados atendiendo a los mismos criterios y requisitos establecidos para el resto de los productos. Los licitadores deberán adjuntar a su propuesta una memoria descriptiva con las especificaciones técnicas, de los productos y materiales que compongan su oferta. Este requisito se considera un elemento esencial y su incumplimiento podría ser causa de exclusión de la oferta. Trimestralmente, el adjudicatario remitirá un informe de consumo diferenciando los datos del último mes natural facturado y los datos acumulados hasta esa fecha. Dicho informe se adjuntará a la correspondiente factura mensual.
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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.