Servicios de seguridad Cláusulas de Ejemplo

Servicios de seguridad. Servicio antiDoS (no incluye distribuido) Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Servicio antiDDoS (incluye distribuido) Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Servicio IPS/IDS Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Servicio de control de ancho xx xxxxx Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Servicio de control de aplicaciones Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Gestión DNS, posibilidad de mantenimiento directo por personal del TC (zona directa y/o zona inversa) Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Gestión remota, accesibilidad vía web a los informes exigidos en pliego Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Gestión remota, accesibilidad on-line a estadísticas de uso en tiempo real Sí/No (Pág donde se describe, si procede) Calidad del servicio Disponibilidad comprometida en el servicio de los enlaces (Porcentaje de disponibilidad) Tiempo máximo para tramitar y aprovisionar una modificación (En dias) Código seguro de verificación: 1D6797060E3C2DEA5D8ED60484600E2E1C08D1D4. Tiempo máximo de respuesta a una incidencia (En horas) Tiempo medio de diagnóstico de averías (En días) Tiempo máximo de resolución de averías (En días) Cumplimiento de las necesidades IPv4-IPv6 Número de carriers (Mismo valor que Anexo III PPT) Técnica para transporte IPv6 en el ISP (Mismo valor que Anexo III PPT) Conectividad IPv4 o IPv6 con el TC (Mismo valor que Anexo III PPT) Protocolo de encaminamiento con el TC (Mismo valor que Anexo III PPT) Código seguro de verificación: 1D6797060E3C2DEA5D8ED60484600E2E1C08D1D4. FORMULARIO A COMPLETAR PARA VALORACIÓN LOTE II Descripción Concreción de la oferta Servicios de telefonía adicionales a los mínimos exigidos Ocultación de identidad con la posibilidad, mediante código previo, de eliminar la ocultación. Sí/No (Pág donde se describe) Marcación abreviada, posibilitando a los usuarios marcar un número menor de dígitos para aquellos números externos a la red privada virtual más usados. Sí/No (Pág donde se describe) Buzón de voz unificado Sí/No (Pág donde se describe) Programador de aviso Sí/No (Pág donde se describe) Restricción de llamadas según horario Sí/No (Pág donde se describe) Restricción de llamadas a una serie de números predefinidos. Sí/No (Pág donde se describe) Softphone universal Sí/No (Pág donde se describe)
Servicios de seguridad. A nivel servicios de seguridad, la solución de UTM propuesta debe de incluir las siguientes funcionalidades mínimas: Stateful Firewall La solución deberá soportar la definición de reglas de firewall de capa 3 y capa 7. Mediante las reglas de capa 3, se definirán políticas de acceso por: Protocolo (UDP o TCP) Host, subred o red origen Puerto TCP o UDP origen Host, subred o red destino Puerto TCP o UDP destino Mediante las reglas de capa 7, se deberá soportar la restricción de tráfico a partir de categorías definidas, entre ellas: Blogging Email Compartición de archivos Juegos Noticias Respaldo en línea Peer-to-peer Redes sociales y compartición de fotos Actualizaciones de programas y antivirus Deportes VoIP y videoconferencia Compartición de archivos vía web Políticas basadas en identidad La solución propuesta deberá permitir la asignación de políticas individuales de acuerdo a la identidad de los usuarios conectados a la red interna, a partir de su dirección MAC, dirección IP, nombre de la computadora, así como nombre del usuario en el Active Directory de la Biblioteca Nacional.
Servicios de seguridad. Con el objetivo de estar protegidos ante posibles ataques desde Internet, se deben incluir procedimientos y/o mecanismos predefinidos, disponibles para su posible activación o activados permanentemente, que posibilite filtrar el tráfico Internet ‐entrante y saliente‐ de cara a estar protegido ante las amenazas más comunes. Código seguro de verificación: 1E7F9185A8AC0FCF8CEF8DA78D233EDAFA6BAB99. La oferta debe concretar claramente el nivel de seguridad alcanzado mediante la solución incluida en la oferta; es decir, si permite solamente detectar, detectar y bloquear, o detectar y depurar el tráfico malicioso. Como mínimo exigible se debe contemplar la prestación de un servicio de seguridad que proteja y filtre el tráfico Internet, entrante y saliente (cortafuegos). Se debe detallar en la oferta si se ofrecen procedimientos‐mecanismos predefinidos, disponibles para su activación, en el caso de detección‐prevención de ataques de denegación de servicios a la infraestructura informática del Tribunal a través de las líneas de comunicaciones comprendidas en este pliego.
Servicios de seguridad. Con la masiva implantación de herramientas de mensajería privada, así como de aplicaciones de variada índole, los teléfonos móviles inteligentes (Smartphones) han visto incrementado su potencial de uso, pero también su exposición a riesgos derivados de la infiltración por bugs de Sistema Operativo, por entradas indebidas vía aplicaciones, o simplemente por correos electrónicos o accesos a Internet poco o nada investigados o filtrados. Con el uso de herramientas de sincronización del correo electrónico y agenda, los límites entre el puesto de trabajo y el móvil están cada vez más difusos, y por ello, los riesgos por uso indebido, negligencia o hacking, son mayores y más críticos. En este sentido, es voluntad del AVG limitar las amenazas en base a la prevención y corrección de los posibles incidentes y amenazas que rodean el mundo móvil. Por ello, los licitantes deberán aportar un plan de seguridad de dispositivos móviles :Smartphones, tablets.. con herramientas en los terminales, en la nube… que permitan una protección del usuario y de la Organización. Este plan deberá ser viable, estar desarrollado, ser concreto y realista. El plan se valorará en los criterios subjetivos del Lote de Telefonía Móvil. El plan de precios se aportará en el sobre de precios. El plan deberá contemplar, al menos: • Implantación de un elemento MDM+MTD en el terminal: que permita una gestión de éste. • Servicio de seguridad en la nube del Operador: que permita que el terminal disponga de servicios de antivirus,…. sin implementar pesados clientes en su interior. • Modelo de implementación: ambos servicios (MDM, MTD) , sólo uno…. • Deberá ser GDPR Compliance. Es decir, cumplir sus preceptos y normas. El licitador, además, deberá aportar una plataforma de seguimiento y gestión de la seguridad en los terminales de la organización, permitiendo ver incidentes, alertas … Los licitadores detallarán las condiciones relativas a los terminales móviles, y en particular: • Plan para el equipamiento inicial de terminales (modalidad, coste, modelos de terminales ofertados, plazo para el despliegue, etc.). • Condiciones para terminales asociados a altas de nuevas líneas durante la vida del servicio (modalidad, coste, modelos de terminales ofertados, etc.), que se especificarán en su Catálogo de Servicios. • Condiciones para accesorios de terminales (cargador de viaje adicional, cargador de vehículo, batería de repuesto, manos libres homologado, etc.), que se especificarán en su Catálogo de Servici...
Servicios de seguridad. Para los servicios de seguridad a ofertar en su propuesta técnica recae sobre las siguientes funciones: Control de políticas Permite a los usuarios configurar políticas de seguridad en función del tiempo, usuario / grupo de usuarios / grupo de seguridad, protocolo de capa de aplicación, ubicación geográfica, dirección IP, puerto, grupo de nombre de dominio, categoría de URL, tipo de acceso, tipo de terminal, grupo de dispositivos. Control de políticas por código de País (Por ejemplo: BR, USA, UK, RUS). Control, inspección y descifrado de SSL por política para tráfico de entrada (Inbound) y Salida (Outbound). Bloqueos de los siguientes tipos de archivos: bat, cab, dll, exe, pif, y reg Traffic shaping QoS basado en políticas (Prioridad, Garantía y Máximo) Soporte a objetos y Reglas IPv6. Debe de ser capaz de manejar protocolos tales como RADIUS o KERBEROS.
Servicios de seguridad. 12.7% 12.2% 12.2%
Servicios de seguridad. LAS PARTES" en caso de resultar ganador, suministrará la infraestructura necesaria para brindar servicios de Seguridad UTM en una modalidad de servicios administrados, los cuales serán desplegados en cada uno de los sitios de “LA CEAV”. • El dispositivo será un “appliance” de propósito específico “Hardware”. • Basado en tecnología ASIC “Application-Specific Integrated Circuit” y que sea capaz de brindar una solución de “Complete Content Protection”. Por seguridad y facilidad de administración, no se aceptan equipos de propósito genérico (PCs o servers) sobre los cuales pueda instalarse y/o ejecutar un sistema operativo regular como Microsoft Windows, FreeBSD, SUN Solaris, Apple OS-X o GNU/Linux. • Capacidad de incrementar el rendimiento de VPN a través de soluciones en hardware dentro del mismo dispositivo (mediante el uso de un ASIC). • Capacidad de reensamblado de paquetes en contenido para buscar ataques o contenido prohibido, basado en hardware (mediante el uso de un ASIC). • El equipo podrá ser configurado en modo Gateway o en modo transparente en la red. • En modo transparente, el equipo no requerirá de hacer modificaciones en la red en cuanto a ruteo o direccionamiento IP. • Sistema operativo pre-endurecido específico para seguridad que es compatible con el “appliance”. • El sistema operativo Soportara un servidor de DNS que permita resolver de forma local ciertas consultas de acuerdo con la configuración del administrador.

Related to Servicios de seguridad

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.