DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La labor de supervisión podrá ser ejercida por los funcionarios de El Programa designados por el Ordenador del Gasto, para la vigilancia, control y seguimiento, durante la ejecución del contrato y su liquidación. Para lograr una adecuada supervisión, los funcionarios que xxxx designados para ejercerla deberán contar con conocimientos relacionados con el objeto del contrato. Por regla General los Ordenadores del Gasto no podrán ser supervisores de los contratos donde hayan actuado en posición de Ordenadores. No obstante lo anterior de manera excepcional, en caso de falta de designación del supervisor del contrato y/o convenio o en sus faltas temporales o absolutas (porque nadie suplió su cargo, o porque habiéndose eliminado el cargo el Ordenador del Gasto no designó nuevo supervisor, entre otros eventos de ausencia del supervisor) el Ordenador del Gasto asumirá la condición de supervisor hasta tanto se realice el nuevo nombramiento. En el formato de solicitud de contratación y en el texto del contrato y/o convenio, constará el cargo de quien (quienes) ejercerá (n) la supervisión o si contará con interventoría o una figura que ejerza su seguimiento. Corresponde al Ordenador del Gasto, informar desde el momento mismo de la solicitud de elaboración del contrato, por escrito a través del formato establecido al (los) supervisor (es), su designación en la contratación respectiva y en caso que la supervisión sea conjunta, determinar claramente que aspectos de la ejecución del contrato supervisará cada supervisor. El (los) Supervisor (es) designado (s) podrá (n) ser cambiado (s) por decisión del ordenador del gasto. Esta decisión deberá ser notificada al (los) nuevo (s) Supervisor (es) a través del mismo formato, el cual se copiará al anterior supervisor (salvo ausencia definitiva de la entidad), al contratista, a la Vicepresidencia de Negocios Especiales y a la Dirección de Contratación. Del recibo de estas notificaciones deberá quedar constancia en la carpeta del contrato. Xxxxxx trabajador de El Programa podrá negarse a ejercer la supervisión para la cual ha sido designado, salvo que presente alguna causal de tipo legal que conlleve a un conflicto de interés para lo cual deberá actuar conforme lo establezca el Código de Buen Gobierno de FIDUCOLDEX.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La designación de los supervisores de los contratos o convenios corresponde al Ordenador del Gasto, previa recomendación del área que requirió la contratación. Cuando el supervisor de un contrato o convenio sea un servidor público de la entidad, para su designación se tendrá en cuenta que dicho servidor sea una persona idónea y competente, es decir que tenga la formación profesional y la experiencia técnica en las actividades a supervisar, así mismo, se tendrá en cuenta la carga laboral de quien va a ser designado, y dependiendo de la misma se le asignarán contratistas para el apoyo a la supervisión de acuerdo con el objeto del contrato y/o convenio, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 En el evento en que se presente vacancia temporal o definitiva del supervisor, entre otras causas, por vacaciones o retiro de la entidad, la supervisión recaerá automáticamente en el jefe inmediato quien podrá solicitar al ordenador del gasto la designación del nuevo supervisor. Igualmente se deberá realizar dicha solicitud cuando sea necesario el cambio del supervisor del contrato o convenio, caso en el cual se deberá justificar por escrito las razones del cambio de supervisión. En el evento de cambio de supervisor, no será necesario modificar el c ontrato o convenio y la designación se efectuará mediante comunicación escrita por el ordenador del gasto, copia de la cual deberá remitirse al contratista y al Grupo Interno de Trabajo de Contratación. La designación de supervisión debe ser aceptada por el servidor público obligatoriamente, salvo que exista justa causa debidamente motivada que lo impida, evento en el cual, con autorización del ordenador del gasto, se designará a otro servidor público la supervisión del contrato o convenio.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. Desde el estudio previo debe informarse al representante legal sobre el funcionario que cuenta con el perfil o experiencia requerida para realizar la supervisión del contrato o convenio. Una vez suscrito el contrato corresponde al representante legal hacer la designación en forma escrita. La designación se informará al contratista en la minuta del contrato o a través de documento escrito posterior y al supervisor a través de comunicación escrita, la cual deberá ser entregada oportunamente al designado, pues a partir de este momento nacen las obligaciones relacionadas con vigilancia del contrato.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La designación de los supervisores de los contratos o convenios corresponde al Ordenador del Gasto, previa recomendación del área que requirió la contratación. Cuando el supervisor de un contrato o convenio sea un servidor público de la entidad, para su designación se tendrá en cuenta que dicho servidor sea una persona idónea y competente, es decir que tenga la formación profesional y la experiencia técnica en las actividades a supervisar, así mismo, se tendrá en cuenta la carga laboral de quien va a ser designado, y dependiendo de la misma se le asignarán contratistas para el apoyo a la supervisión de acuerdo con el objeto del contrato y/o convenio, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. Lugar de Archivo: SGC Tiempo de Retención: 5 AÑOS Disposición Final: ARCHIVO IEMP. En el evento en que se presente vacancia temporal o definitiva del supervisor, entre otras causas, por vacaciones o retiro de la entidad, el supervisor deberá presentar informe del estado del contrato a la División Administrativa y Financiera y a la Dirección del IEMP, con al menos tres (3) días de anticipación a su retiro temporal o definitivo. Acto seguido se procederá con la designación del supervisor por parte de la Dirección del IEMP en colaboración de la División Administrativa y Financiera. Igualmente, cuando sea necesario el cambio del supervisor del contrato o convenio, el supervisor encargado deberá justificar por escrito las razones del cambio de supervisión. En el evento de cambio de supervisor, no será necesario modificar el contrato o convenio y la designación se efectuará mediante comunicación escrita por el ordenador del gasto, copia de la cual deberá remitirse al contratista y al Grupo de Trabajo de Contratación si lo hubiere o a la División Administrativa y Financiera. La designación de supervisión debe ser aceptada por el servidor público obligatoriamente, salvo que exista justa causa debidamente motivada que lo impida, evento en el cual, con autorización del ordenador del gasto, se designará a otro servidor público la supervisión del contrato o convenio. En los casos de cambio de supervisión por vacancia temporal o definitiva, el funcionario que deja de ejercer esta responsabilidad deberá realizar un informe del estado actual del contrato, incluyendo el avance de ejecución financiera y física, el cual deberá entregar en físico al ordenador del gasto o a su jefe inmediato y subir al expediente electrónico del contrato en la plataforma del...
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. Duración de la Función de Supervisión
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. El supervisor se designará por el ordenador del gasto y se comunicará en la legalización del contrato. Una vez surtido el trámite precontractual que corresponda, el contrato se encuentre debidamente legalizado y con todos los requisitos de perfeccionamiento, se ratificará o informará mediante comunicación tal designación al funcionario respectivo. El supervisor iniciará su actividad una vez se encuentren cumplidos los requisitos de perfeccionamiento, esto es, suscrito, registrado y con aprobación de las garantías que den lugar, o de las garantías constituidas en cumplimiento de lo dispuesto en el respectivo contrato, si a ello hubiere lugar, además deberá verificar que los registros presupuestales estén debidamente comprometidos por todas las instancias. El supervisor iniciará la fase de ejecución y su respectivo plan de supervisión del contrato.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La supervisión del presente Contrato estará a Cargo de la TESORERIA de la Empresa de servicios públicos de Lérida EMPOLÉRIDA E.S.P., o por quien haga sus veces.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La supervisión del presente Contrato, será ejercida por la xxxxxxxxxxxxxxxxxxx. o quien delegue el ordenador del gasto. Quien velara por que se cumpla con todos los parámetros y obligaciones establecidas en el contrato, Manual de contratación y Manual de supervisión que la entidad tenga para tal fin.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. 87
7.5. FUNCIONES QUE DEBE CUMPLIR EL SUPERVISOR Y QUE SON PROPIAS DEL SEGUIMIENTO CONTRACTUAL 89
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La supervisión del presente contrato de suministro será realizada por quien delegue el Representante legal de la Subred Sur E.S.E. Quien velará por que se cumpla con todos los parámetros y obligaciones establecidas en el contrato, Manual de contratación y Manual de supervisión que la entidad tenga para tal fin.