Aprobación de las Garantías Cláusulas de Ejemplo

Aprobación de las Garantías. Para efectos de la aprobación de las Garantías las Partes seguirán el siguiente procedimiento:
Aprobación de las Garantías. (a) Dentro de los cinco (5) Días Hábiles contados desde la fecha de suscripción del Contrato, el DESARROLLADOR deberá entregar a la FUGA la Garantía Única de Cumplimiento del Contrato y las demás garantías que deban ser entregadas con la Garantía Única de Cumplimiento según se prevé en la Sección 21.1(a) anterior.
Aprobación de las Garantías. (q) Dentro de los cinco (5) Días hábiles contados desde la fecha de suscripción del Contrato, el Contratista deberá entregar al IDU la Garantía Única de Cumplimiento del Contrato y las demás garantías que deban ser entregadas con la Garantía Única de Cumplimiento.
Aprobación de las Garantías. Antes del inicio de la ejecución del contrato, La Personería Municipal de Floridablanca aprobará las garantías siempre y cuando reúna las condiciones legales y reglamentarias propias de cada instrumento y ampare los riesgos establecidos para cada caso, para lo cual, se expedirá documento de aprobación de pólizas, el cual será realizado por La Dirección de Gestión Administrativa y Financiera.
Aprobación de las Garantías. Antes del inicio de la ejecución del contrato, la Secretaría Presidencia proyectará el acta mediante la cual se aprueba la garantía con el visto bueno del Asesor jurídico en contratación, siempre y cuando reúna las condiciones legales y reglamentarias propias de cada instrumento y ampare los riesgos establecidos para cada uno de los casos. El acta deberá ser suscrita por el presidente de la entidad una vez se hayan cumplido los requisitos anteriores. De conformidad con lo reglado en el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales relativos al Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda y según el régimen legal vigente para la fecha. Una vez se apruebe la garantía única y se tenga el registro presupuestal, se procederá lo más pronto posible a elaborar el acta de inicio con el contratista, este documento será realizado a atraves de la Secretaria de Presidencia. Los contratos suscritos se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP- conforme lo dispuesto en las normas vigentes aplicables. (Ver artículo 223 del Decreto Ley 0019 de 2012 y artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, dicho procedimiento estará a cargo de la Secretaria de Presidencia.
Aprobación de las Garantías. Con ellas se garantiza el cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de la Personería Municipal xx Xxxx con ocasión de: a) La presentación de las ofertas.
Aprobación de las Garantías. El Interventor deberá entregar a Prosperidad Social la Garantía Única de Cumplimiento del Contrato y la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual para su aprobación.
Aprobación de las Garantías. La Subdirección de Asuntos Contractuales o quien haga sus veces, aprobarán mediante acta las garantías otorgadas por el contratista, para lo cual se aplicarán las reglas contenidas en los artículos 110 y ss del Decreto 1510 de 2013, o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan (según formato).
Aprobación de las Garantías. La oficina Asesora Jurídica de ILDETECS.A.S., revisará y proyectará para aprobación del gerente o el supervisor, la garantía inicial y la derivada de la modificación del contratación que, con sujeción a lo dispuesto en el respectivo contrato y las disposiciones del presente acuerdo, amparen el cumplimiento idóneo y oportuno de las obligaciones contraídas.
Aprobación de las Garantías. Las garantías deberán ser todas emitidas a favor de la Autoridad Contratante como la Sociedad Gestora en conformidad con lo establecido en los apartados anteriores. La Autoridad Contratante dispondrá de quince (15) días para objetar o aprobar las garantías presentadas por la Sociedad Gestora al inicio y durante la ejecución del Contrato, contados a partir del Día Hábil siguiente a la fecha de entrega de éstas por parte de la Sociedad Gestora. Si las Garantías entregadas por la Sociedad Gestora no cumplen con los requisitos señalados, la Autoridad Contratante solicitará la corrección de éstas y señalará para ello un plazo que no podrá ser superior a diez (10) Días Hábiles. En caso de que dentro de dicho plazo la Sociedad Gestora no entregue las garantías debidamente modificadas a satisfacción de la Autoridad Contratante, o si los términos y condiciones de las correcciones o modificaciones no satisfacen las observaciones formuladas por la Autoridad Contratante, la Autoridad Contratante no aprobará las garantías aportadas por la Sociedad Gestora y podrá declarar la caducidad del Contrato si la Garantía de Fiel Ejecución y Cumplimiento del Contrato no está vigente. Si la Autoridad Contratante advierte en cualquier momento de la ejecución y/o liquidación del Contrato que las garantías no cumplen con alguno de los requisitos exigidos en el Contrato o las legislaciones vigentes o normas sectoriales que regulen la materia, podrá exigir a la Sociedad Gestora la corrección, ampliación o adecuación de dichas garantías en el plazo que para el efecto determine la Autoridad Contratante, que en cualquier caso no excederá de treinta (30) días. La Autoridad Contratante devolverá a la Sociedad Gestora la Garantía de Seriedad de la Oferta dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya aprobado la Garantía de Fiel Ejecución y Cumplimiento del Contrato. Durante el periodo de vigencia del contrato, la Sociedad Gestora deberá constituir, de forma obligatoria de manera enunciativa, mas no limitativa, las pólizas de seguros establecidas anteriormente, de acuerdo con cada una de las etapas de ejecución del contrato. Estas garantías deberán, en todo momento, ser constituidas por la Sociedad Gestora a su propio costo y mantenerlas en pleno vigor durante la fase o etapa que corresponda.