DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES Cláusulas de Ejemplo

DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En caso de un eventual siniestro cubierto por esta Póliza, el Asegurado tendrá derecho de nombrar de común acuerdo con la Compañía a la persona natural o jurídica especializada, que proceda a efectuar el ajuste del siniestro.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En caso de reclamación bajo el presente contrato de seguro, y si a criterio de LA COMPAÑÍA se requiere la designación de un perito ajustador, esta efectuará su contratación designando a uno que se encuentre dentro de su listado de ajustadores vigente a la fecha del siniestro.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. La Compañía acepta que, en caso de designación de ajustador, la misma deberá efectuarse de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado, de conformidad con las siguientes condiciones: La Aseguradora presentará para cada reclamo una terna de ajustadores y el asegurado elegirá de la misma, el ajustador que considere conveniente.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. EN CASO DE RECLAMACIÓN BAJO EL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO Y SI A CRITERIO DE LA COMPAÑÍA SE REQUIERE LA DESIGNACIÓN DE UN PERITO AJUSTADOR, ESTA EFECTUARÁ SU CONTRATACIÓN DESIGNANDO A UNO QUE SE ENCUENTRE DENTRO DE SU LISTADO DE AJUSTADORESVIGENTE A LA FECHA DEL SINIESTRO, DE COMÚN ACUERDO CON EL ASEGURADO.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. El Oferente debe contemplar en la propuesta, que la designación de los ajustadores se realizará de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado, de una terna que ofrecerá la aseguradora al momento del siniestro y de la cual el asegurado elegirá el ajustador que considere conveniente.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. Queda entendido, convenido y aceptado que en el evento de un siniestro que afecte la póliza y si la Compañía decide hacer nombramiento de ajustadores, el asegurado se reservará el derecho de aceptar o solicitar el cambio de los mismos en caso de que no fueren de su entera satisfacción, sin que para ello se requiera motivación alguna. DESIGNACION DE ABOGADOS Por medio de la presente cláusula y no obstante lo estipulado en las condiciones generales de la póliza, la compañía designará el abogado encargado de la defensa del funcionario asegurado, seleccionándolo de una terna enviada por este.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En los eventos de siniestro que afecten la presente póliza y si la aseguradora decide hacer nombramiento de ajustador o la Entidad asegurada lo solicita, la designación se efectuará de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado de una terna que ofrecerá la compañía y de la cual el asegurado elegirá el ajustador que considere conveniente.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. La Compañía acepta que en caso de designación de ajustador, la misma deberá efectuarse de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado, de conformidad con la siguiente condición: o La Aseguradora presentará para cada reclamo relación de tres (3) ajustadores y el asegurado elegirá de la misma, el ajustador que considere conveniente. Queda entendido y convenido que la compañía indemnizará los daños o pérdidas causados a la Entidad sin que exista fallo de autoridad competente o responsabilidad fiscal, siempre y cuando las circunstancias en que ocurrió el evento den lugar a considerar que el hecho fue cometido por funcionarios, contratistas o personal al servicio de la Entidad, sujeto a demostración de la ocurrencia del siniestro y cuantía de la pérdida. En materia de riesgos excluidos y garantías la entidad acepta únicamente los expresamente mencionados como exclusiones absolutas de cobertura las que figuran en el texto del condicionado general depositado por la Aseguradora en la Superintendencia Financiera. Serán válidas las exclusiones relativas consignadas en los mencionados condicionados generales solo cuando no contradigan las condiciones técnicas básicas habilitantes y complementarias del presente proceso, en cuyo caso prevalecerán las condiciones técnicas básicas habilitantes y complementarias. Bajo esta cláusula se otorga amparo automático a todo nuevo cargo creado por el asegurado durante la vigencia de la misma, sin que exista obligación por parte de la entidad asegurada de reportarle dichos nuevos cargos. Queda entendido, convenido y aceptado, que si dos o más amparos, cláusulas o condiciones otorgan cobertura a un mismo evento, se indemnizará con base en aquella que ofrezca mayor protección para los intereses del asegurado. De igual manera prevalecerán los amparos, cláusulas o condiciones que otorguen coberturas sobre aquellos que las excluyan. En todo caso y ante cualquier discrepancia sobre cual es el amparo, cláusula o condición aplicable a un caso determinado, se aplicara aquella que determine el asegurado de acuerdo a su conveniencia.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. Los ajustadores y asesores legales que se requieran en caso de pérdida, serán nombrados de común acuerdo entre la Aseguradora y los Aseguradores.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. “EL PROVEEDOR” y “EL CONTRATANTE” convienen y aceptan, que “EL PROVEEDOR” nombrará y designará el o los despachos de ajustadores que atenderán los siniestros que forman parte integrante de esta póliza, a continuación, la compañía deberá señalar los nombres de los despachos de Ajustadores profesionales, que cumplan con la normatividad oficial mexicana: 1.-