Desviaciones, Reservas y Omisiones Cláusulas de Ejemplo

Desviaciones, Reservas y Omisiones. 28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes definiciones: (a) “desviación” es un apartamiento con respecto a los requisitos especificados en el Documento de Licitación; (b) “reserva” es establecer condiciones limitativas o en abstenerse de aceptar plenamente los requisitos especificados en el Documento de Licitación; y (c) “omisión” es la falta de presentación de una parte o de la totalidad de la información o de la documentación requerida en el Documento de Licitación.
Desviaciones, Reservas y Omisiones. 27.1 Para facilitar el examen, la evaluación, comparación de las Ofertas y la calificación de los Licitantes, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su Oferta. No se considerarán aclaraciones presentadas por un Licitante cuando nos sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración del Comprador y la respuesta deberán constar por escrito. No se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación, incluidos aumentos o reducciones voluntarios, de los precios o de la sustancia de la Oferta, salvo para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Comprador hubiera descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la IAL 31. 27.2 Si un Licitante no provee las aclaraciones a su Oferta antes de la fecha y hora indicada por el Comprador en su solicitud de aclaraciones de la Oferta, su Oferta puede ser rechazada. 28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplicarán las siguientes definiciones:
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Determinació n del Cumpli- miento de las Ofertas
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes definiciones:
Desviaciones, Reservas y Omisiones. 28.1 Con el fin de facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas y la calificación de los Licitantes, el Comprador, a su criterio, podrá solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su Oferta. No se considerarán aclaraciones presentadas por un Licitante cuando estas no respondan a una solicitud del Comprador. Tanto la solicitud de aclaración del Comprador como la respuesta correspondiente deberán hacerse por escrito. No se solicitarán, ofrecerán ni permitirán cambios en la esencia de la Oferta. 28.2 El plazo otorgado al Licitante para brindar las aclaraciones solicitadas de conformidad con IAL 28.1 debe ser razonable. Si un Licitante no proporciona aclaraciones de su Oferta en la fecha y hora establecidas en la solicitud de aclaración del Comprador, su Oferta podrá ser rechazada. 29.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplicarán las siguientes definiciones: (a) Por “desviación” se entiende un apartamiento respecto de
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Cumplimien- to de las Ofer- tas
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Evaluación de las Ofertas para determinar si cumplen las condiciones de la Licitación ............................................................................................................
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Licitación, información relacionada con la evaluación de las Ofertas o con la recomendación de adjudicación del Contrato Xxxxx hasta que la notificación sobre la intención de adjudicar el Contrato se haya comunicado a todos los Licitantes, con arreglo a la IAL 40. 26.2 Cualquier intento por parte de un Licitante de influenciar al Comprador en las decisiones relacionadas con la evaluación de las Ofertas o en la adjudicación del Contrato Marco, podrá resultar en el rechazo de su Oferta. 26.3 No obstante lo dispuesto en la IAL 26.2, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato Xxxxx, un Licitante desea comunicarse con la Agencia Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de Licitación, deberá hacerlo por escrito. 27.1 Para facilitar el examen, la evaluación, comparación de las Ofertas y la calificación de los Licitantes, la Agencia Contratante podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su Oferta. No se considerarán aclaraciones presentadas por un Licitante cuando nos sean en respuesta a una solicitud de la Agencia Contratante. La solicitud de aclaración de la Agencia Contratante y la respuesta deberán constar por escrito. No se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación, incluidos aumentos o reducciones voluntarios, de los precios o de la sustancia de la Oferta, salvo para confirmar la corrección de errores aritméticos que la Agencia Contratante hubiera descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la IAL 31. 27.2 Si un Licitante no provee las aclaraciones a su Oferta antes de la fecha y hora indicada por la Agencia Contratante en su solicitud de aclaraciones de la Oferta, su Oferta puede ser rechazada. 28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplicarán las siguientes definiciones:
Desviaciones, Reservas y Omisiones. Con el fin de facilitar el examen, evaluación y la comparación de las Ofertas y la calificación de los Oferentes, el Contratante deberá solicitar a cualquier Oferente aclaraciones a su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una Oferta presentada por un Oferente cuando dichas aclaraciones no sean respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de aclaración del Contratante y la respuesta, deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios ni en la esencia de la Oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las Ofertas, de conformidad con la IAO 31.
Desviaciones, Reservas y Omisiones. 34 27. Discrepancias No Significativas 34