DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía deba pagar, reducirá en igual cantidad la Suma Asegurada en cualquiera de las secciones de esta Póliza que se vea afectada por siniestro, pero puede ser reinstalada, previa aceptación de la Compañía, a solicitud del Asegurado, quien pagará la prima que corresponda.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía deba pagar, reducirá en igual cantidad la suma asegurada en cualquiera de los incisos de esta póliza que se vea afectado por siniestro, pero puede ser reinstalada previa aceptación de la Compañía, a solicitud del Asegurado quien pagará la prima adicional que corresponda.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Institución pague, reducirá en igual cantidad la suma asegurada en cualesquiera de las coberturas de este Contrato de Seguro que se vean afectadas por siniestro, por lo que las indemnizaciones por siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el límite de la Suma Asegurada restante. Sin embargo, se podrá reinstalar la Suma Asegurada de las siguientes formas:
i. Automáticamente: Cuando el siniestro en monto no exceda al 10% de dicha suma será reinstalada automáticamente una vez que los Bienes dañados hayan sido reparados o repuestos, comprometiéndose el Asegurado a pagar a la Institución de Seguros las Primas correspondientes a la suma reinstalada, calculada a prorrata de la cuota anual, desde la fecha de tal reinstalación, hasta el vencimiento de la Póliza.
ii. A solicitud del Asegurado: Si la pérdida excede el 10% antes especificado, la suma reducida sólo podrá reinstalarse a solicitud del Asegurado y previa aceptación de la Institución de Seguros, comprometiéndose el Asegurado a pagar la Prima adicional que corresponda. Si la Póliza comprende varios incisos esta cláusula se aplicará por separado.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía pague por pérdidas o daños a consecuencia de la realización de los Riesgos cubiertos por este seguro, reducirá en igual cantidad la Suma Asegurada en cualquiera de las coberturas que se vea afectada por siniestro, y podrá ser reinstalada previa aceptación de la Compañía a solicitud del Asegurado, quien pagará la Prima adicional que corresponda. Si la Póliza comprendiera varios incisos, la reducción o reinstalación se aplicará al inciso o incisos afectados.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad la suma asegurada, pudiendo ser reinstalada a solicitud del Asegurado, quien pagará la prima que corresponda, previa aceptación de la Compañía. Si la Póliza comprende varios incisos, la reducción o reinstalación se aplicará al inciso o incisos afectados.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía Aseguradora pague, reducirá en igual cantidad la suma asegurada en cualesquiera de las coberturas de esta Póliza que se vean afectadas por siniestro, pudiendo ser reinstalada previa aceptación de la Compañía Aseguradora, a solicitud del Asegurado, quién pagará la prima que corresponda. Para las Coberturas de Responsabilidad Civil General (Cobertura D. y Responsabilidad Civil por Accidentes de trabajo (Cobertura E. no opera la reinstalación de Suma Asegurada una vez agotado el límite máximo de responsabilidad.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad la suma asegurada, y podrá ser reinstalada previa aceptación de la Compañía. El Asegurado tendrá la obligación de pagar la prima correspondiente una vez que la Compañía acepte su reinstalación por el periodo restante para concluir la vigencia. Si la póliza comprendiera varios incisos, la reducción o reinstalación se aplicará al inciso o incisos afectados.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Toda indemnización que La Compañía deba pagar reducirá en igual cantidad la Suma Asegurada en cual- quiera de los incisos de esta Póliza que se vea afecta- do por Siniestro, sin embargo ésta podrá ser reinstala- da, previa aceptación de La Compañía y a solicitud del Asegurado, quien pagará la Prima que corresponda. Excepto las secciones IX Accidentes Personales y X Seguro Familiar de Últimos Gastos.
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. 7 Cláusula 12a. Otros Seguros 8
DISMINUCIÓN Y REINSTALACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA EN CASO DE SINIESTRO. Cada indemnización pagada por la Compañía durante la vigencia de la Póliza reduce en la misma cantidad su responsabilidad. Las indemnizaciones de los siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el límite del monto restante. A solicitud del Asegurado, la Compañía puede reinstalar las cantidades reducidas, pagando éste a prorrata las primas correspondientes. Si la Póliza comprende varios incisos, la reducción o reinstalación se aplicará al inciso o incisos afectados.