DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. La sede de la Comisión Mixta queda fijada a los efectos de lo previsto en el artículo 30.3 en el domicilio de la Federación de Empresarios de Transportes, sito en la actualidad en la calle Xxxxxxx, nº 65,5º A, 00000, Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. La comisión paritaria a que se refiere el artículo 5 del presente convenio se constituirá en el término de 15 días siguientes a su firma. En la primera sesión se tratará sobre su reglamento interno de funcionamiento, composición y recursos. Este documento es copia literal del Anuncio en el Boletín Oficial reseñado en el encabezamiento de este archivo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. En lo no previsto en este Convenio Colectivo se estará única y exclu- sivamente a las disposiciones contenidas en el Estatuto de los Trabajadores y normas que a esta Ley complementan, de forma que no se complementará con otros Convenios Colectivos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. El Convenio Colectivo sustituye en su integridad y deja sin efecto alguno cualquier condición reconocida colectivamente, sea por acuerdo o por decisión unilateral del empre- sario existente con anterioridad al mismo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Cuantos gastos se hayan satisfecho anticipadamente a la constitución de la Junta en el seno de la actual Asociación Administrativa de “Los Carriles”, siempre que resulten procedentes según la normativa urbanística y se justifiquen y acrediten adecuadamente ante la Asamblea General, serán de cuenta de aquélla, distribuyéndose entre todos los miembros de la Junta proporcionalmente a sus cuotas de participación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. El personal procedente de Deutsche Bank, S.A.E., que esté prestando sus servicios en Centros de trabajo de DB Operaciones y Servicios Interactivos, AIE en los que sea de aplicación el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Cataluña, y realice cualquier turno o situación recogida en este Acuerdo, percibirá bien las retribuciones económicas marcadas en el Convenio Interno de Deutsche Bank, S.A.E., para esos casos, según “Acuerdo para la comisión de servicio de trabajadores entre Deutsche Bank, S.A.E. y DB OSI” de 17 de julio de 2003, o las estipuladas en el presente Acuerdo, para el resto de casos no contemplados en el mencionado Convenio Interno.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Los importes a que se hace referencia en la presente Ordenanza y que no vengan fijados por otros organismos públicos se actualizarán anualmente en función del IPC publicado por el Insti- tuto Nacional de Estadística, que haya habido en el año transcurrido (variación del IPC en los 12 meses anteriores que corresponden al periodo de un año completo).
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. La compañía se compromete a desarrollar políticas activas para mejorar los problemas existentes con el servicio de distribuidores y la recogida de devoluciones por parte de los vendedores.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. En lo no previsto en la presente Orden regirá lo dis- puesto en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y demás normativa en mate- ria de subvenciones y ayudas públicas que resulte de apli- cación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Procedimiento para solventar las discrepancias en la no aplicación de las condiciones de trabajo a las que se refiere el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. La decisión de la empresa de modificación sustancial de las condiciones de trabajo deberá realizarse aplicando el siguiente procedimiento: