Divisa. Los valores emitidos en divisa y los saldos de tesorería de divisas, para su valoración en euros aplicarán el tipo de cambio publicado por el Banco Central Europeo. Su valor razonable será el valor xx xxxxxxx, considerando como tal el que resulta de aplicar el cambio oficial de cierre del día de referencia.
Divisa. Cada importe a pagar por el Cliente a Keyloop en virtud del Contrato será pagado por el Cliente en la divisa especificada en el Presupuesto correspondiente.
Divisa. En caso de que las facturas reflejen una divisa que no sea la prevista en el contrato, su conversión a la divisa del contrato establecida en las Condiciones Particulares de esta póliza de seguro se realiza de la siguiente manera: para el cálculo del crédito neto: Al tipo de cambio en vigor al último día hábil del mes de la emisión de las facturas; los cobros se convierten según la misma cotización que las facturas a las que se imputan aquellos. para los recobros registrados tras pagar la indemnización: Según la cotización real del recobro o en su defecto según el tipo de cambio en vigor a la fecha valor que figura en el aviso de crédito bancario.
Divisa. Nos reservamos el derecho a reembolsar el importe por el mismo medio y en la misma divisa empleados para abonar originalmente el Billete.
Divisa. Todos los montos adeudados en virtud del presente serán en USD.
Divisa. 5.4.1 La Divisa de la Cuenta será la que se especifique en el momento en que abra la Cuenta, y cualquier obligación de pago en relación con esa Cuenta debe satisfacerse en esa Divisa de la Cuenta.
Divisa. Actas son establecido en Moneda base, a menos que acordado lo contrario. Al cierre de a CFDs posición, cualquier El capital se convertirá y se le pagará en la Divisa base. Podemos cobrar una tarifa con respecto a dicha conversión.
Divisa. Cada uno de los productos o servicios se ha contratado en la moneda designada en las Condiciones Parti- culares. Por ello, en el eventual supuesto de que un importe reflejado en el documento no vaya acompañado de la expresión de la divisa a la que se refiere, es voluntad de las partes que dicho importe, en todo caso, se entienda referido a la moneda en que la operación se ha concertado. Si el CLIENTE no ha designado una moneda específica en las Condiciones Particulares, esta será por defecto el Euro (€) o la moneda que le sustituya en el futuro.
Divisa. En este Contrato o cualquier Orden de Perforación que resulte de este Contrato, todas las cantidades expresadas en dólares se refieren a la moneda de los Estados Unidos. La referencia a Dólares de los Estados Unidos prevista en este Contrato podrá convertirse a pesos mexicanos conforme al tipo de cambio establecido por el Diario Oficial de la Federación para el período de dicho Trabajo.