Entrada en Vigor y Denuncia Cláusulas de Ejemplo

Entrada en Vigor y Denuncia. El presente Convenio-Marco entrará en vigor en la fecha de la última notificación entre las Partes en la que se comunique, por la vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos de aprobación interna correspondientes. El presente Convenio-Marco puede ser denunciado por una de las Partes mediante notificación escrita a la otra Parte. En este caso, el presente Convenio- Marco continuará aplicándose para las obligaciones derivadas de convenios específicos o contratos firmados, en virtud del mismo, con anterioridad a la fecha de la citada notificación escrita. El Modelo de Convenio de Financiación Específico (Anexo), así como los Protocolos I (Disposiciones Fiscales) y II (Ejecución Delegada) forman parte integrante del presente Convenio-Marco. Firmado en la ciudad de Bruselas, el xxxxx xx xxxx de dos mil dos, en dos ejemplares en idioma español, ambos igualmente auténticos.- Por la Comisión de las Comunidades Europeas: el Comisario de Relaciones Exteriores, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica.- Por los Estados Unidos Mexicanos: el Secretario de Relaciones Exteriores, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica. Título del proyecto Número del proyecto La Comunidad Europea, en lo sucesivo denominada la Comunidad, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, en lo sucesivo denominada la Comisión por una parte, y por otra parte, Han convenido lo siguiente: Artículo 1 Disposiciones Aplicables
Entrada en Vigor y Denuncia. 1. Las Partes se informarán recíprocamente una vez que hayan finalizado los procedimientos internos necesarios para que el presente Acuerdo entre en vigor. El presente Acuerdo entrará en vigor el primer día del mes siguiente al de la última notificación.
Entrada en Vigor y Denuncia. 1. La entrada en vigor de este Acuerdo está sujeta al cumplimiento de los procedimientos legales internos necesarios de cada Parte.
Entrada en Vigor y Denuncia. El presente Acuerdo entrará en vigor a los sesenta (60) días contados a partir de la fecha en que las Partes se comuniquen por Notas Diplomáticas el cumplimiento de sus requisitos constitucionales y legales. El presente Acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes en cualquier momento, mediante Nota Diplomática, la cual surtirá efectos seis (6) meses después de la fecha de recepción por la otra Parte. La denuncia no afectará las solicitudes de asistencia judicial en curso.
Entrada en Vigor y Denuncia. 1. El presente Acuerdo entrará en vigor tras su firma.
Entrada en Vigor y Denuncia. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor treinta días después de la fecha de recibo de la última comunicación por la vía diplomática, mediante la cual las Partes Contratantes se notifiquen que se han cumplido los trámites legales internos para tal efecto. Este Convenio tendrá vigencia indefinida, a menos que cualquiera de las Partes Contratantes manifieste su decisión de denunciarlo, mediante notificación por escrito, dirigida a la otra Parte Contratante a través de la vía diplomática, con seis (8) meses de antelación. Esta notificación deberá ser comunicada simultáneamente a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a menos que la notificación mencionada sea retirada por acuerdo mutuo, antes de la expiración de dicho plazo. En ausencia de acuse de recibo de dicha notificación por la otra Parte Contratante, ésta se considerará recibida catorce (14) días después de que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) haya recibido la notificación. En testimonio de lo cual, los abajo firmantes, estando debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han firmado este Convenio. Hecho y firmado en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, República de El Xxxxxxxx, el cinco de septiembre de dos mil doce, en dos ejemplares, en idioma castellano, siendo ambos textos igualmente auténticos. Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Cualquier Punto Las aerolíneas designadas de ambas Partes podrán ejercer derechos de tráfico hasta de quinta libertad del aire, en los servicios mixtos de pasajeros, correo y carga y en los servicios exclusivos de carga, sin limitación de frecuencias y equipo el cual podrá ser propio, arrendado o fletado, así:
Entrada en Vigor y Denuncia. La entrada en vigor y denuncia del presente Protocolo se regirán, respectivamente, por lo dispuesto en los Artículos 43 y 44 del Acuerdo.
Entrada en Vigor y Denuncia. El presente Acuerdo, que consiste en un preámbulo, los artículos del I al IX y los anexos del A al D, entrará en vigor a los treinta días de notificada la segunda ratificación. El presente Acuerdo seguirá vigente a menos que se denuncie por consentimiento mutuo escrito entre las Partes, o por una de las Partes mediante notificación escrita a la otra de su intención de denunciarlo, enviada con no menos de ciento ochenta (180) días de antelación. La denuncia del presente Acuerdo no afectará todas las obligaciones de reembolso contraídas con arreglo a sus términos, las que seguirán vigentes para la Parte responsable hasta que se liquiden. Hecho en ............. a los ............. días del mes de ............ de en dos ejemplares originales en los idiomas inglés y castellano, siendo ambos textos igualmente auténticos.
Entrada en Vigor y Denuncia. El presente Acuerdo tendrá una duración indefinida y entrará en vigor sesenta días después del canje de notas por medio de las cuales las Partes Contratantes se comuniquen recíprocamente el cumplimento de los requisitos previstos en sus respectivas legislaciones internas; y, podrá ser denunciado por escrito por cualquiera de las Partes Contratantes, mediante comunicación escrita remitida por vía diplomática a la otra Parte Contratante, con por lo menos seis meses de antelación. El presente Acuerdo deja sin efecto el Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia, suscrito en Quito, el 2 xx xxxxxx de 1990. Hecho en la ciudad de San Xxxxxxxxx de Quito, Distrito Metropolitano, a los catorce días del mes xx xxxxxx de dos mil dos, en idioma español, en dos ejemplares igualmente idénticos.
Entrada en Vigor y Denuncia. 1. El presente Acuerdo entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha en que las Partes se notifiquen por escrito que han cumplido los requisitos legales para su entrada en vigor, siendo aplicable la fecha más tardía. El presente Acuerdo sustituye en su totalidad al Xxxxxxx xx 0000 xxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx x xxx Xxxxxxx Xxxxxx de América por el que se renueva el programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales.