PLAN DE MEJORAMIENTO. En la presente auditoría se evalúa el cumplimiento de los planes de mejoramiento de las auditorías: auditoría de Cumplimiento a la Contratación de la Corporación de Eventos, Ferias y Espectáculos de Cali – CORFECALI- con el Municipio de Santiago de Cali y Actuación de fiscalización “Evaluación de los convenios y contratos realizados para la realización de los eventos de la feria de Cali versión 63 de 2020”. El Plan de Mejoramiento como consecuencia de los resultados de la Auditoría de Cumplimiento a la contratación de la Corporación de Eventos, Ferias y Espectáculos de Cali – CORFECALI- con el Municipio de Santiago de Cali, se suscribió el 9 de septiembre con fecha de terminación el 31 de diciembre de 2021, comprende 18 actividades de mejora las cuales se cumplieron de la siguiente manera: Cuadro N° 4 Actividades cumplidas del plan de mejoramiento Número Variables Cumplidas y efectivas 13 Número Variables Cumplidas y no efectivas 0 Número Variables Cumplidas Parcialmente y no efectivas 5 Total 18 Fuente: Papel de Trabajo. Las actividades de mejora formuladas para los hallazgos 8, 12, 14, 15 y 17 se cumplieron parcialmente y no fueron efectivas al no actualizarse el reglamento de contratación. En consecuencia, se obtuvo una calificación de 75.0 (menor o igual a 80 puntos); puntaje que se detalla en el siguiente cuadro y que según la Resolución N°0100.24.03.21.018 de 30 de Julio de 2021 de la Contraloría General de Santiago. Tabla No 3 Resultados cumplimiento plan de mejoramiento auditoría de cumplimiento a la Contratación de la Corporación de Eventos, Ferias y Espectáculos de Cali – CORFECALI. Eficacia de las acciones (Cumplimiento) 86,1 0,20 17.2 Efectividad de las acciones 72,2 0,80 57.8 Fuente: Matriz de calificación. El Plan de Mejoramiento de Actuación de fiscalización “Evaluación de los convenios y contratos realizados para la realización de los eventos de la feria de Cali versión 63 de 2020” con corte a 31 de diciembre de 2021, y reportado a la Contraloría General de Santiago de Cali, comprende 44 hallazgos, de los cuales se presentaron 41 actividades a las que se practicó pruebas de auditoria para verificar el cumplimiento y efectividad de las mismas; conforme a la resolución interna de planes de mejoramiento N° 0100.24.03.21.018 de 30 de Julio de 2021. Obteniendo como resultado lo descrito en el siguiente cuadro: Cuadro N° 5 - Actividades cumplidas del plan de mejoramiento Número Variables Cumplidas y efectivas 27 Número Variables Cumplidas y no ef...
PLAN DE MEJORAMIENTO. VARIABLES A EVALUAR Calificación Parcial Ponderación % Puntaje Atribuido CUMPLIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO 75.6 XXXX XXXXXXX XXXXX
PLAN DE MEJORAMIENTO. Como resultado de la presente auditoría, la Dirección de Desarrollo Administrativo y la Subdirección de Recurso Físico y Bienes Inmuebles, deben elaborar un Plan de Mejoramiento, para responder a las debilidades detectadas en la presente auditoría. El citado Plan de Mejoramiento será rendido por la Subdirección de Recurso Físico y Bienes Inmuebles en el aplicativo SIA, diligenciando el PM_CGSC y el anexo que se encuentra disponible en el Link “Guía para la rendición de formatos” ubicado en la página WEB de la Contraloría General de Santiago de Cali. xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo del informe, de acuerdo con la Resolución N° 0100.24.03.14.012 del 1 de diciembre de 2014. Atentamente, Director Técnico ante Administración Central Informe Final Auditoría Exprés a los Contratos de arrendamiento Obrantes en la Subdirección de Recurso Físico y Bienes Inmuebles del Municipio de Santiago de Cali durante las vigencias, 2013, 2014 y 2015. Pág. 6 de 14
PLAN DE MEJORAMIENTO. La entidad debe ajustar el plan de mejoramiento que se encuentra desarrollando, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en el informe. El Plan de Mejoramiento ajustado debe ser entregado dentro de los términos establecidos por la Contraloría Territorial. Dicho plan de mejoramiento debe contener las acciones y metas que se implementarán por parte de la entidad, las cuales deberán responder a cada una de las debilidades detectadas y comunicadas por el equipo auditor, el cronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo. Atentamente, Contralor Municipal xx Xxxxxxx
PLAN DE MEJORAMIENTO. La entidad deberá elaborar y/o ajustar el Plan de Mejoramiento que se encuentra vigente, con acciones y metas de tipo correctivo y/o preventivo, dirigidas a subsanar las causas administrativas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de la República como resultado del proceso auditor y que hacen parte de este informe. Tanto el Plan de Mejoramiento como los avances del mismo, deberán ser reportados a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (XXXXXX), dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo de este informe, de acuerdo con la Resolución Reglamentaria Orgánica 0042 del 25 xx xxxxxx de 2020 expedida por la Contraloría General de la Republica. La Contraloría General de la República evaluará la efectividad de las acciones emprendidas por la entidad para eliminar las causas de los hallazgos detectados en esta auditoría, según lo establecido en la Resolución orgánica que reglamenta el proceso y la Guía de auditoría aplicable. Bogotá, D. C, 11 de diciembre 2020 XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX Contralor Delegado Sector Infraestructura Ad XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX Contralor Delegado Sector Infraestructura Revisó: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director de Vigilancia Fiscal Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Supervisor Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Líder de Auditoría Elaboró: Equipo Auditor AC ANI 2019 Aprobó: Comité de Evaluación Sectorial No. 52 del 10 de diciembre de 2020 ARCHIVO: 00000-000-000 INFORME FINAL AUDITORÍA XXX Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxx 0 • Xxxxxx Xxxxxx 000000 • PBX: 518 7000 xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx • xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx • Bogotá, D. C., Colombia
PLAN DE MEJORAMIENTO. 14 R Afectaciones a la comodidad y seguridad a los participantes. Jumbo Suba Requerimiento 001 pendiente de cierre. Se generará plan de mejoramiento para este caso.
PLAN DE MEJORAMIENTO. A fin de lograr que la labor de auditoría conduzca a que se emprendan actividades de mejoramiento de la gestión pública, la Institución debe diseñar un Plan de Mejoramiento que permita solucionar las deficiencias puntualizadas, documento que debe ser remitido a la Contraloría General de la República, dentro de los 120 días hábiles a partir de la recepción del presente informe. El Plan de Mejoramiento debe detallar las medidas que se tomarán respecto de cada uno de los hallazgos identificados, cronograma de las acciones con que se implementarán los correctivos, responsables de efectuarlos y seguimiento a su ejecución.
PLAN DE MEJORAMIENTO. Agradecemos la atención prestada y esperamos contar con su disposición para la socialización de este informe a los líderes de los procesos que fueron objeto de esta auditoría, evaluación o seguimiento para que dentro de sus facultades analicen las observaciones presentadas y las causas identificadas, estudien la viabilidad de adoptar las recomendaciones propuestas por la Oficina de Control Interno y presenten el correspondiente Plan de Mejoramiento con el fin de corregir las situaciones presentadas en este informe y prevenir posibles desviaciones y materialización de riesgos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del informe. Dicho plan de mejoramiento debe ser informado por el Líder del proceso al Jefe de la Oficina de Control Interno para programar su verificación en el mes siguiente de su reporte. Así mismo, que estas acciones de mejora sean incluidas en el SIPLAG.
PLAN DE MEJORAMIENTO. Al verificar las evidencias relacionadas con la ejecución de las acciones de mejoramiento implementadas por la entidad auditada a partir de la Auditoria AGEI EX 1.12-2017, se precisa el cumplimento de las mismas, estando acorde con la situación que debía ser subsanada como era la inclusión de actividades de interés público y social principalmente, el cual es objeto de verificación del actual proceso; así mismo existe el respectivo control y seguimiento por parte de la unidad de control interno de la Alcaldía de Manizales. Desde la unidad de control interno de la Alcaldía de Manizales durante la vigencia del contrato de comodato No.1506240530, no se han realizado auditorías de manera específica, no obstante, en auditoría realizada a la Secretaria de Deporte en la vigencia 2016, en la muestra contractual, se tuvo en cuenta este comodato para verificar aspectos legales y documentales sin que haya existido hallazgos de auditoria.
PLAN DE MEJORAMIENTO. Como resultado del proceso auditor y con el fin de programar la fase de seguimiento, el sujeto de control deberá elaborar un Plan de Mejoramiento, que consigne las acciones preventivas o correctivas que a juicio de la administración, permiten subsanar las deficiencias identificadas y que dieron origen a los hallazgos que se comunican en el presente informe. De conformidad con lo previsto en la Resolución 762 de 2022, la entidad cuenta con tres (03) días hábiles improrrogables, contados a partir del día siguiente al recibo de este informe, para remitir el plan de mejoramiento en el formato que para tal efecto se envía adjunto, al correo institucional: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso. De conformidad con lo previsto en la Resolución 040 de enero de 2024 y 339 xx xxxx de 2024, el plan de mejoramiento deberá incluir acciones para todos los hallazgos formulados sin perjuicio de la incidencia que se les haya otorgado. Así mismo una vez registrado, la entidad deberá presentar los informes de avance de su ejecución, el último día hábil de los meses de febrero y julio de cada año, hasta la total terminación de las acciones programadas. Cordialmente, Directora Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente