Identidad corporativa Cláusulas de Ejemplo

Identidad corporativa. La adjudicataria del contrato vendrá obligada en el conjunto de su prestación, al cumplimiento de las normas contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Diputación Xxxxx de Bizkaia.
Identidad corporativa. La entidad se compromete a cumplir con lo establecido en el Acuerdo 27/2020, de 4 xx xxxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León por el que se establecen las Directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, así como el Decreto 119/2003 de 16 de octubre, por el que se aprueba la Identidad Corporativa de la Junta xx Xxxxxxxx y León respecto a la imagen institucional.
Identidad corporativa. Las partes deberán incluir la imagen institucional de la Junta en los elementos materiales que se generen en el desarrollo de las actividades objeto de los convenios anuales de colaboración (carteles, material impreso, medios electrónicos y audiovisuales, así como las menciones en medios de comunicación). La imagen institucional se adecuará a lo establecido en el Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la Imagen Corporativa de la Junta xx Xxxxxxxx y León, así como al Acuerdo 27/2020, de 4 xx xxxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y que establece esta obligación para aquellas actuaciones que conlleven aportación económica. Adicionalmente, se dará cumplimiento a las normas establecidas en materia de información, comunicación y publicidad establecidas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En este sentido cuando se mencionen las actuaciones objeto del presente convenio, se dará información al público de la participación de la Unión Europea y se velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU», Esta publicidad se realizará de conformidad con el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia xxx Xxxxx de España, disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxx. a) el emblema de la Unión Europea, b) la declaración “Financiado por la Unión Europea Europa - Next Generation EU”
Identidad corporativa. Las partes deberán incluir la imagen institucional de la Junta en los elementos materiales que se generen en el desarrollo de las actividades objeto de los convenios anuales de colaboración (carteles, material impreso, medios electrónicos y audiovisuales, así como las menciones en medios de comunicación). La imagen institucional se adecuará a lo establecido en el Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la Imagen Corporativa de la Junta xx Xxxxxxxx y León, así como al Acuerdo 27/2020, de 4 xx xxxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y que establece esta obligación para aquellas actuaciones que conlleven aportación económica.
Identidad corporativa. El adjudicatario deberá entregar, a requerimiento de la A.P.B., los vehículos con los anagramas y logotipos que definen la imagen corporativa del indicado Organismo portuario. A tal efecto, la A.P.B. facilitará al adjudicatario los códigos de referencia de sus colores corporativos, que deberán de ser escrupulosamente respetados a la hora de proceder a su señalización. El adjudicatario se obliga a entregar dichos vehículos con la imagen corporativa de la A.P.B. (color, rotulación, anagramas, etc.) y a efectuar la conservación de la misma, de forma ininterrumpida durante la duración del contrato. A la finalización del contrato, será obligación y responsabilidad exclusiva del adjudicatario, eliminar de todos los vehículos, cualquier signo relativo a la imagen corporativa de la A.P.B., así como anagramas y logotipos. A estos efectos, se indica que la garantía definitiva responderá también de la observancia de la citada obligación y no se procederá a su devolución hasta que se acredite el cumplimiento de la misma. La A.P.B. podrá verificar y comprobar en la forma y modo que estime conveniente, el cumplimiento de tal requisito. El adjudicatario no podrá, en ningún momento, hacer uso alguno de todos aquellos elementos identificativos de la imagen corporativa de la A.P.B. (color, rotulación, anagramas, etc.) para fines ajenos al alcance del presente P.P.T. La A.P.B. estará facultada a rotular, en cualquier momento, en los colores corporativos de la A.P.B., así como a poner los anagramas y logotipos que definen su imagen corporativa a los vehículos objeto de este pliego, siempre y cuando dichos vehículos no fuesen inicialmente así solicitados y suministrados, siendo en este caso los costes de dicha intervención por cuenta y a cargo de la A.P.B. En este caso, corresponderá también al adjudicatario la eliminación de dichos signos de los vehículos, renunciando el adjudicatario a cualquier tipo de reclamación o indemnización por este o cualquier otro concepto. Asimismo, la A.P.B. estará facultada a instalar en los vehículos que lo requieran, equipos o accesorios tales como extintores, teléfonos móviles, GPS, navegadores, antenas u otros dispositivos similares. A la finalización del contrato, corresponderá a la A.P.B. la retirada de los mismos, sin que tenga obligación alguna de reparar, reponer o subsanar aquellos elementos del vehículo que pudieran quedar afectados o dañados por las exigencias de la instalación de estos equipos y/o accesorios, renunciando el adjudicat...
Identidad corporativa. 6.1.1. Propuesta de contenido para el pliego: Identidad Corporativa

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.