NEGOCIACIÓN Cláusulas de Ejemplo

NEGOCIACIÓN. ETB podrá adelantar una etapa de negociación dentro del plazo estipulado en el cronograma con todos los oferentes cuya oferta haya resultado hábil luego del estudio jurídico, económico y técnico, y que hayan pasado el estudio de homologación de proveedores, al igual que el estudio de inhabilidades e incompatibilidades, seguridad de los proveedores, socios, apoderados, representantes legales, según aplique, de acuerdo con la política financiera de ETB publicada en la página xxx.xxx.xxx.xx, con el propósito de obtener ventajas económicas. El mecanismo de negociación será definido por la Gerencia de Abastecimiento de ETB, quien ha manifestado que podrá o no hacer uso de la oferta mínima combinada, o informar el precio base de ofertas, según el análisis que realice dicha área. En cualquiera de los dos casos, ETB convocará por escrito a los oferentes hábiles, indicando fecha, hora, lugar y demás aspectos que se consideren necesarios. Únicamente podrán asistir el representante legal del Oferente o su apoderado debidamente facultado para adoptar decisiones, y máximo 2 personas más. Se verificará que sus representantes cuenten con las debidas facultades. En caso de que el representante legal de la persona jurídica oferente o el representante del consorcio o la unión temporal no pueda asistir a la negociación podrá delegar mediante poder siempre que sus facultades se lo permitan y, por tanto, comprometer jurídicamente al oferente por un valor menor al presentado en la oferta inicial. Las contraofertas o las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la contraoferta o postura anterior, aun cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta. En caso de que los oferentes decidan ofrecer descuentos estos deben realizarse y ser aplicados a los precios unitarios ofertados. El líder del Equipo de Compras de la Gerencia de Abastecimiento remitirá las contraofertas al Equipo Financiero de Apoyo a la Contratación de la Dirección Finanzas Corporativas para la respectiva evaluación. Los puntajes técnicos no serán objeto de negociación. En caso de empate, se solicitará a los oferentes empatados una nueva contraoferta, o la presentación de una nueva postura, según aplique.
NEGOCIACIÓN. Si lo considera conveniente, la CCB podrá realizar una etapa de negociación con el proponente con mayor xxxxxxx o con los proponentes que hayan cumplido los requisitos mínimos habilitantes exigidos en la presente invitación, o con los proponentes empatados en los términos del numeral 6.5 de esta invitación a proponer, con el fin de obtener las condiciones más favorables para la entidad. Se entenderá que es definitiva la última oferta que incorpore las condiciones más favorables para la CCB, en caso de no presentarse alguna contraoferta, se entenderá como oferta la última presentada por el proponente. En caso en que la CCB decida realizar la etapa de negociación, informará a los proponentes el procedimiento establecido para tal fin.
NEGOCIACIÓN. El órgano de contratación podrá habilitar al servicio promotor del contrato para iniciar con las empresas las consultas y negociaciones tendentes a la formación del contrato.
NEGOCIACIÓN. ETB podrá adelantar una etapa de negociación, dentro del plazo estipulado en el cronograma, con todos los oferentes cuya oferta haya resultado hábil, luego del estudio jurídico, económico y técnico, y que hayan pasado el estudio de homologación de proveedores, al igual que el estudio de seguridad de los proveedores, socios, apoderados, representantes legales, según aplique, de acuerdo con la política financiera de ETB, publicada en la página xxx.xxx.xxx.xx, con el propósito de obtener ventajas económicas o competitivas. El mecanismo de negociación será definido por la Gerencia de Abastecimiento de ETB, quien ha manifestado que podrá o no hacer uso de la oferta mínima combinada, o informar el precio base de ofertas, según el análisis que realice dicha área.
NEGOCIACIÓN. Ninguna de las condiciones contenidas en la “Convocatoria”, ni las proposiciones presentadas por los
NEGOCIACIÓN. Si lo considera conveniente, INNPULSA COLOMBIA podrá realizar una etapa de negociación conforme lo establece el manual de contratación, con los proponentes que hayan cumplido los requisitos de la presente invitación, empezando con el proponente que cumpliendo todos los requisitos habilitantes haya obtenido la mayor calificación, con el fin de obtener las condiciones más favorables para el INNPULSA COLOMBIA.
NEGOCIACIÓN. 27.1 Una vez abierto el Sobre 2, “Propuesta Económica” del Oferente seleccionado, comenzará la negociación. El objeto de la negociación es que el Contratante y el Oferente seleccionado lleguen a un acuerdo sobre todos los aspectos relativos a la ejecución y el precio de los servicios de consultoría a contratarse.
NEGOCIACIÓN. El Cliente reconoce haber ejercido su derecho a la negociación de las cláusulas de Contrato. El Cliente dispone del derecho de negociación respecto a la libre elección de forma de pago y formas de notificación con posterioridad a la firma de Contrato.
NEGOCIACIÓN. Ninguna de las condiciones contenidas en la “Convocatoria”, ni las propuestas presentadas por los “Licitantes”, podrán ser negociadas.
NEGOCIACIÓN. Si lo considera conveniente, FIDUCOLDEX - INNPULSA podrá realizar una etapa de negociación con los proponentes que hayan cumplido los requisitos mínimos exigidos en la presente invitación, empezando con el proponente que cumpliendo todos los requisitos habilitantes haya obtenido la mayor calificación de conformidad a lo establecido en el Manual de Contratación del fideicomiso, con el fin de obtener las condiciones más favorables para INNPULSA.