Información Institucional Cláusulas de Ejemplo

Información Institucional. En………………………………………..…., a……..... de…..…………..… de………… El plazo de resolución del presente procedimiento es de tres meses, a contar desde la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente. Pasado dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos legales que procedan. Todo ello sin perjuicio de la suspensión del plazo de tramitación en los casos previstos por el artículo 42.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre o por causa imputable al/la interesado/a. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Subvenciones” con número 2091130003 cuya finalidad es “la gestión de la información referente a las subvenciones de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, destinadas a promover el Empleo y la Formación en la Comunidad de Madrid”, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx) y podrán ser cedidos al Servicio Público de Empleo Estatal-SEPE, además de otras cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo, y Hacienda, ante ella podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en aplicación del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Información Institucional. Información general de la isla.
Información Institucional. En ………………………………………..…., a……..... de……..…………..… de………… El plazo de resolución del presente procedimiento es de 3 meses, a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente. Pasado dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en este procedimiento, esta solicitud podrá entenderse desestimada, a los efectos legales que procedan. Todo ello sin perjuicio de la suspensión del plazo de tramitación en los casos previstos por el artículo 42.5 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o por causa imputable al interesado Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Subvenciones a Integración Laboral,” cuya finalidad es “la gestión de la información referente a las ayudas y subvenciones que concede la SGIL”, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos Estatal (xxx.xxxx.xx). El órgano responsable del fichero es el que figura en este documento y ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en aplicación del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Información Institucional. 1. Este Ayuntamiento informará a la población de su gestión a través de los medios de comunicación social instaurados al efec- to y de cualquier otro sistema que se considere necesario, siem- pre adecuándose a los medios materiales y a las disponibilidades presupuestarias existentes en cada momento. 2. A tal efecto, el Ayuntamiento promoverá la publicación perió- dica de cuanta información disponga para el correcto desarrollo de la presente Ordenanza. Se usará ordinariamente la página web municipal a dicho fin, donde se propiciará la difusión de ac- tuaciones de interés general y de los acuerdos tomados por los órganos de gobierno, funcionando este espacio telemático a mo- do de portal de transparencia local. Asimismo, se dará a conocer la red asociativa y la agenda de actividades más relevantes para el municipio. 3. El Ayuntamiento podrá promover, en la misma línea, publica- ciones impresas con la misma finalidad, siempre y cuando lo per- mita su capacidad económica.
Información Institucional. Proyección de Matrícula 2019 Aproximadamente 1.100 Estudiantes en dos jornadas. Grados Xx Xxxx (0°) a Undécimo (11°). Xxxxxxxx Xxxxxx y Tarde Sede Única (Calle 14 No. 15-71 xx Xxxxxxxxx) Talento Humano 54 funcionarios de planta y 3 Contratistas, a noviembre de 2018. Evaluación y Calificación del Servicio A efecto de precisar el cumplimiento del Objeto y las Obligaciones Contractuales, en la última semana de cada Período Académico se aplicarán “Encuestas de Satisfacción” a los Usuarios del Servicio en ambas jornadas. Con base en los resultados Consolidados a nivel Institucional se Evaluará y Calificará la ejecución del Contrato como: • INCUMPLIMIENTO: Satisfacción entre 0% y 74%. Se precisarán las inconformidades de los Usuarios y los requerimientos de mejora. • CUMPLIMIENTO: Satisfacción entre el 75% y 100%. Se darán a conocer los reconocimientos por la Calidad del Servicio. Al final de cada Período: Se dará a conocer al Concesionario, por escrito, los resultados de la Evaluación y Calificación. Cuando se presente REINCIDENCIA de INCUMPLIMIENTO en Períodos Académicos Consecutivos se tipificará “Causal de Terminación del Contrato por Justa Causa” y se procederá a la liquidación de este.
Información Institucional. Designación de representante legal y/o apoderado con facultades suficientes para obligar a la firma. Copia del instrumento constitutivo de la firma y, de corresponder, el documento de la modificación del cual surja claramente que el objeto social es afín al objeto de la contratación. Declaración de Mantenimiento de Oferta (Formulario N° 06).

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  • INFORMACIÓN FINANCIERA Dentro de los noventa (90) días calendario de iniciado cada Año Calendario el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros auditados correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Asimismo, dentro de los quince (15) días calendario de finalizado cada trimestre de cada Año Calendario, el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros correspondientes a dicho trimestre. El Concedente determinará el detalle de la información financiera a ser suministrada y la comunicará por escrito al Concesionario antes de la Fecha de Inicio.

  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

  • Licitación Pública Nacional No. LO-824057978-E11-2016

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • Información adicional La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.

  • Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, nº 1.- 13194. Retuerta del Bullaque, en horario de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. Si el plazo concluyese en sábado o festivo se prorrogará hasta el próximo día hábil siguiente. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP. En cada uno de los sobres se indicará el título del mismo, la contratación a que concurre, el nombre de la empresa licitadora, dirección del ofertante, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter en que lo hace. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 147 y 148 del TRLCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. — Sobre «C»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

  • Movilidad funcional 1.- El CTA solamente ejercerá las funciones del puesto de trabajo que ocupe y por el que es retribuido, no pudiéndosele asignar otras distintas a las mismas, salvo que se produjeran incidencias vitales, circunstancias de fuerza mayor o alguno de los supuestos contemplados en el presente Convenio Colectivo. 2.- Los CTA que ocupen puestos de trabajo no operativos, sólo podrán mantener las habilitaciones del último puesto de trabajo operativo obtenido. Se entenderá por último puesto de trabajo operativo obtenido, aquél al que se accedió por concurso de méritos, reingreso al servicio activo procedente de excedencia, permuta o adscripción directa. 3.- Los CTA solamente podrán obtener las habilitaciones del puesto de trabajo para el que posean el correspondiente nombramiento, con excepción del puesto de Controlador PTD para el que se recibirá el nombramiento en el momento de la obtención de las habilitaciones. 4.- A instancia de AENA, por necesidades perentorias o por imposición de la actividad de Control, se podrán desempeñar provisionalmente, inicialmente con carácter voluntario, dentro de su dependencia, otros puestos de trabajo; ajustándose, en todo caso, al procedimiento siguiente: 4.1 Puestos de funciones superiores. a) Si no existieran vacantes, con carácter excepcional, los CTA podrán ocupar puestos de trabajo que tengan asignadas funciones superiores a las de su puesto, de acuerdo con la Estructura Profesional de los CTA, por un período inferior a seis meses durante un año u ocho meses durante dos años consecutivos; reintegrándose a su puesto de origen cuando cese la causa que motivó el cambio. b) Si existiera vacante de un puesto con funciones superiores que sea preciso dotar, el CTA podrá ocuparlo durante un período de tiempo no superior al necesario para su cobertura y, en todo caso, no superior a seis meses en un año ni a ocho en dos años consecutivos. 4.2 Puestos con funciones iguales o inferiores. 5.- Para ocupar un puesto de trabajo con carácter provisional, será preciso reunir los requisitos exigidos para dicho puesto.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax Correo Electrónico

  • OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN ABONO DEL PRECIO

  • COMISIONES Y GASTOS La emisión de las Tarjetas devengará las cuotas, intereses y comisiones establecidas en el Anexo Estipulaciones Particulares de Tarjeta de Crédito, las cuales podrán adeudarse en la cuenta de crédito asociada a la Tarjeta, de forma que su liquidación estará incluida en la liquidación periódica de la Tarjeta, junto con el resto de transacciones realizadas, o bien directamente en la cuenta corriente asociada a la Tarjeta, incrementadas en el importe de cuantos impuestos y tasas sean de aplicación. Igualmente, los importes derivados de la liquidación de la cuenta de crédito de la Tarjeta, según su forma de pago, se adeudarán o abonarán, según proceda, en la cuenta corriente asociada, junto con las comisiones, intereses y gastos que ocasionen dichas operaciones, de conformidad con las tarifas establecidas en cada momento. En aquellos casos en que el TITULAR solicite, y el BANCO autorice, una forma de pago que, con independencia de la opción elegida, implique un aplazamiento en el reembolso de las cantidades debidas al BANCO, los intereses por dicho aplazamiento serán calculados aplicando los tipos nominales previstos en el Anexo Estipulaciones particulares de Tarjetas de Crédito, conforme a la siguiente fórmula base: Σ (Cn+Dn-1)xI, siendo “Cn” el importe total de las transacciones realizadas durante cada período de liquidación, “Dn-1” el importe total de la deuda que el TITULAR tenga pendiente con el BANCO por las transacciones realizadas en xxxxxxxx xxxxxxxxxx ,x “I” el tipo de interés aplicable. Cualquier modificación de las condiciones deberá proponerse de manera clara e individualizada y en papel u otro soporte duradero con una antelación no inferior a un mes respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta. En el supuesto de que el CLIENTE no acepte las modificaciones propuestas, éste tendrá el derecho a resolver el presente Contrato de forma inmediata y sin coste alguno antes de la fecha propuesta para la aplicación de dichas modificaciones. En el supuesto de que el TITULAR no aceptase las nuevas condiciones, deberá entregar la Tarjeta/as al BANCO, liquidando la deuda que pudiera tener pendiente, así como el importe de cuantas comisiones, gastos e impuestos fuesen de aplicación con objeto de hacer efectiva la cancelación de las Estipulaciones Particulares relativas a las Tarjetas. El BANCO entenderá que el CLIENTE ha aceptado la modificación de las condiciones de que se trate, en caso de que éste no comunique al BANCO su no aceptación con anterioridad a la fecha propuesta de entrada en vigor de dichas modificaciones. En los supuestos de modificaciones de límites, cuando previamente se haya producido un incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato por parte del CLIENTE, la comunicación se realizará con una antelación mínima de 10 días. Las modificaciones de los tipos de interés o de cambio se aplicarán de inmediato y sin previo aviso de acuerdo con las variaciones de tipos de interés o de cambio de referencia acordados entre el BANCO y el CLIENTE. El BANCO comunicará al CLIENTE cualquier modificación sobre los mismos a través de la información periódica que el BANCO remite al CLIENTE en la forma acordada por las partes.