INFORMES FINANCIEROS Cláusulas de Ejemplo

INFORMES FINANCIEROS. XXX bimestralmente deberá enviar a OIM el reporte de los recursos ejecutados (xx xxxxxxx y contrapartida), conforme los formatos establecidos por OIM en físico y de forma electrónica (Anexo No. 3).
INFORMES FINANCIEROS. La LICENCIATARIA informará a la USAL sobre la fecha de la primera venta relacionada con la TECNOLOGÍA dentro de los treinta (30) días siguientes a su acontecimiento. La LICENCIATARIA remitirá a la USAL, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la finalización de cada semestre natural (30 xx Xxxxx y 31 de Diciembre) y para cada uno de ellos, un informe financiero que contenga, al menos, la siguiente información: Las VENTAS NETAS de la TECNOLOGÍA LICENCIADA vendida por la LICENCIATARIA, sus afiliados y sus SUBLICENCIATARIAS. La cantidad de INGRESOS POR SUBLICENCIA recibidos por la LICENCIATARIA; La cantidad de PAGOS debidos o, si esto no ha lugar, la certificación de que no se debe ningún pago. Dicho INFORME deberá ser certificado como correcto por un representante legal de la LICENCIATARIA y deberá incluir una lista detallada de todas las deducciones realizadas. Todos los informes serán tratados como confidenciales por la USAL excepto cuando sean requeridos por Ley; sin embargo, la USAL puede incluir en sus informes anuales la cantidad de PAGOS recibidos.
INFORMES FINANCIEROS. El ejecutor deberá presentar los informes financieros de manera separada para cada dispositivo adjudicado. La Institución ejecutora deberá entregar a la SEREMI, Informes Financieros Mensuales que den cuenta de la ejecución de los recursos transferidos, el monto detallado de la inversión realizada, fechas en que se realizó, uso en el que se aplicó y el saldo disponible para el mes siguiente, de acuerdo al Plan de Cuentas presentado y a la o las redistribuciones económicas realizadas, todos los cuales deberán ser remitidos por escrito y en formato papel en la Oficina de Partes de la SEREMI conforme se indica en los párrafos siguientes, con respaldo en el SIGEC. Estos Informes deberán presentarse en la Oficina de Partes de la SEREMI, recibiendo el correspondiente timbre de ingreso, dentro de los quince(15)primeros días hábiles del mes siguiente a aquel que se está informando y deberán ser revisados por la SEREMI, sin perjuicio de las facultades de supervisión y fiscalización que le corresponden a la Subsecretaría de Servicios Sociales. En caso de no existir gastos se debe informar “sin movimientos”. En la situación que el Ejecutor no sea organismo público, sólo se aceptarán boletas o facturas en original, las que deben corresponder a gastos pertinentes, dependiendo de la naturaleza de las actividades realizadas en el marco del presente convenio. Los documentos señalados, deberán ser acompañados sin enmiendas o adulteraciones; asimismo, no se aceptarán gastos que no cuenten con su debido respaldo. La Institución ejecutora deberá entregar a la SEREMI, un Informe Financiero Final que dé cuenta de la ejecución de los recursos recibidos, el monto detallado de la inversión realizada, desagregada por ítems, y el saldo no ejecutado, si lo hubiere. Este informe deberá presentarse en la Oficina de Partes de la SEREMI, recibiendo el correspondiente timbre de ingreso, y además ser remitidos a través del Sistema de Gestión de Convenios (SIGEC) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al término de la ejecución. Lo anterior, sin perjuicio de toda otra documentación que el ejecutor estime necesaria incluir para justificar los ingresos o gasto de los fondos respectivos.
INFORMES FINANCIEROS. 12.1 Cada uno de los informes mencionados en el punto 8.1 de este convenio incluirá un estado de gastos e ingresos, así como la información suficiente para que CINEA pueda evaluar si los gastos generados son subvencionables y si los resultados del proyecto son duraderos. El beneficiario asociado proporcionará al beneficiario coordinador un «Informe resumen de los costes del participante» correctamente firmado y como mínimo en el plazo de 45 días antes de la fecha de entrega del informe correspondiente.
INFORMES FINANCIEROS. El Gestor deberá mantener la información financiera / contable al día y preparará y entregará al CETAC la siguiente información:
INFORMES FINANCIEROS. A continuación, se desarrollan brevemente los puntos más importantes:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.