INTRODUCCIÓN. Este documento y el impreso de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.
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INTRODUCCIÓN. Este documento LAS IRREGULARIDADES E IMPREVISIONES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL ESPAÑOLA. El procedimiento de adjudicación de los contratos públicos está, y ha estado siempre, debidamente regulado en las distintas normati- vas de aplicación. Sin embargo, no debemos desconocer que, en no pocas ocasiones, los contratos administrativos se han celebrado de modo irregular, incumpliendo puntualmente cuestiones de carác- ter sustantivo o formal o, incluso, de forma completamente ajena a aquella legalmente prevista. XXXXXX XXXXXXXXX0 ha clasificado las principales irregulari- dades que se producen en materia de contratación pública en cinco grupos: a) Ausencia de contrato escrito o contratación verbal. b) Fraccionamiento irregular del objeto del contrato. c) Modificaciones no tramitadas (modificados emergentes). d) Ausencia de crédito ade- cuado y/o suficiente. e) Procedimiento de licitación incorrecto. De todas ellas, interesa a este trabajo el impreso estudio de solicitud aquellas irre- gularidades que suponen la obtención por parte de la Administra- ción de una prestación —bien sea obra, servicio o suministro— ab- solutamente al margen de la normativa en materia de contratos aplicable. Se trata de actuaciones de hecho que llevan aparejada, además, la existencia de un gasto para cuya atención no existe, como consecuencia lógica de la ausencia de procedimiento, el cré- dito oportuno. A pesar de ello, siempre se produce la aparición de las facturas presentadas por aquellos proveedores que ejecutaron las prestaciones irregularmente solicitadas por la Administración. El Consejo Consultivo del Principado xx Xxxxxxxx, en su Dicta- men N.º 276/2018, de 27 de diciembre, recuerda que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta señalado en algunas ocasiones que “con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga carácter general, este tipo de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional actos de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes contenido obligacional que se refieran presumen irregulares pueden ser ca- talogados de dos formas distintas, bien como una prórroga (ilegal) de un contrato anterior extinguido, bien como un contrato menor nuevo aparentemente desvinculado de otro anterior del que, sin em- bargo, constituye una réplica, en la medida en que sus característi- cas esenciales (prestaciones, precio, condiciones, etc.) se enuncian por referencia a dicho contrato serán en idioma españolél”. Los términos ustedA ello debe añadirse que puede tratarse tam- bién, Vd.obviamente, y su significa de contratos realmente nuevos, desvinculados de cualquier otro anterior, pero para cuya adjudicación no se haya se- xxxxx más vía que la persona que solicitó la apertura de hecho. En un gran número de ocasiones, el recurso a tales contratacio- nes irregulares parte de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro necesidad perentoria de obtener una pres- tación en un momento determinado y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia imprevisión del tiempo que hubiera sido necesario para licitar su adjudicación de un modo adecuado. Tales actitudes responden, con frecuencia, a una mani- 1 XXXXXX XXXXXXXXX, X.X. “La regularización de las facturas derivadas de contrataciones irregulares”. Revista Española de Control Externo, vol. XVII. Madrid, Tomo 3.852mayo de 2015, Sección 8ª del Libro Tribunal de SociedadesCuentas, Folio 106pág. 152. fiesta falta de planificación y a una sistemática ausencia de orden y rigor en las actuaciones de contratación. La racionalización y la ordenación de la contratación de las Ad- ministraciones Públicas constituye, Hoja M-64695sin lugar a dudas, Inscripción 1ª, entidad una de pago autorizada las preocupaciones actuales de acuerdo a la nuestro ordenamiento jurídico. La nueva Ley 16/20099/2017, de 13 8 de noviembre, de servicios Contratos del Sector Pú- blico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de pago26 de febrero de 2014 (en adelante, así como cualquier sociedad matrizLCSP 2017), filial da muestra de su interés en ello e introduce distintos elementos de cara a solucionar los actuales problemas jurídicos detectados en la ges- tión de la contratación pública. De esta forma, establece, en su artículo 28.4, la necesidad de que el sector público programe la actividad de contratación pública que desarrollará en un ejercicio presupuestario o participada período plurianual dando a conocer su plan de contratación anticipadamente. La elabo- ración de estos planes de contratación permitirá, presumiblemente, racionalizar la contratación administrativa y evitar la existencia de contrataciones irregulares por falta de previsión. Del mismo modo, el artículo 29.4, in fine, de la misma norma, también prevé la posibilidad, en determinadas circunstancias, de una prórroga forzosa de los contratos de pronto vencimiento cuando aún no hubiera sido posible adjudicar el nuevo contrato que hubiera de sustituirlo en la cobertura de la prestación afectada, con el obje- tivo, todo ello, de garantizar la continuidad de aquella. La mera previsión legal de las medidas señaladas no puede más que llevarnos a concluir la inevitable existencia, en la práctica real, de procedimientos de adjudicación irregulares, generadores de gas- tos imprevistos, que deben ser eliminados de la actuación pública. Estas irregularidades se detectan en todas las administraciones xxxxx- toriales, incluida, por tanto, la administración local. En este sentido, el 00 xx xxxxx xx 2018, la Comisión Mixta Con- greso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas aprobó reclamar al Gobierno que “se implanten procedimientos de gestión que garanticen el inicio de la tramitación de los expedientes de con- tratación con el tiempo suficiente para evitar la ejecución de gastos sin cobertura contractual por expiración de contratos previos”. La solicitud se formula en el marco de un grupo de peticiones dirigidas a que los Ayuntamientos y demás entes locales refuercen con más medios personales, materiales y con mecanismos y protocolos con- cretos sus órganos de control interno. Aunque el principal objetivo debe ser la desaparición de cual- quier procedimiento de contratación indebido, no es posible obviar la inevitable existencia de los mismos y la necesidad de gestionar, de algún modo, la forma de abonar a los contratistas las prestaciones irregularmente contratadas pero efectivamente realizadas. Es doctrina unánimemente compartida la proscripción del enri- quecimiento injusto de la Administración, de forma que se hace ne- xxxxxxx compensar al acreedor de aquella por las prestaciones ejecu- tadas, sin obligarle a ejercitar sus pretensiones ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Pues bien, es precisamente el problema jurídico derivado de la forma de afrontar tal cuestión en los municipios españoles el que ocupará este trabajo. Así, se tratará de determinar la naturaleza ju- rídica del procedimiento a seguir y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo conceptos que, en su cuenta e incluye anticipos en efectivocaso, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o deban abonar al adjudicatario de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este un contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualirregular.
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Samples: Public Procurement Contract
INTRODUCCIÓN. Este documento y Esta lección lleva por título «El enigma del contrato administra- tivo». Dice el impreso Diccionario de solicitud la Lengua Española que enigma es aquel «dicho o cosa que no se alcanza a comprender o que difícil- mente puede entenderse o interpretarse». Algo de esto ocurre, sin duda, con el contrato administrativo. Es un concepto que ha cumplimentado constituyen dado lugar a continuas polémicas doctrinarias, a miles de páginas escritas desde hace más de un siglo, a una jurisprudencia masiva, a veces confusa y contradictoria, y a continuas reglamentaciones xx xxxxx y decretos, que se suceden año tras año en todos aquellos países en que ha sido aceptada esta figura. Sin duda algo enigmático y contra- dictorio, encierra una institución jurídica que ha necesitado tantas explicaciones. Pero no han corrido mejor suerte aquellos países, como Alema- nia, Gran Bretaña, Italia o Estados Unidos, en los que no se reconoce esta figura. En ellos, los contratos del Estado se declaran sujetos al Derecho común, civil o comercial, como cualesquiera otros negocios entre particulares. Pero ello no es nunca así; esto es sólo en teoría. En la práctica, los contratos del Estado en esos países están llenos de peculiaridades, de excepciones al Derecho común, bien por la vía del clausulado contractual (que incorpora multitud de singularidades), bien por la proyección sobre el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores de un conjunto de privile- gios subjetivos que acompañan siempre al Estado y que le hayamos proporcionado para sitúan en una cierta posición de inmunidad frente al contratista. Así pues, el enigma, seguramente, no está en el concepto de con- trato administrativo, sino en el concepto de contrato estatal o «con- trato de Estado», pues parece en principio incompatible la idea de contrato (es decir, de relación bilateral vinculante, libremente acordada, en un plano de igualdad) con la idea de poder público (esto es, titular o partícipe de la soberanía, que puede hacer valer unilateralmente su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto poder en cualquier momento durante a través de una Ley, Decreto o acto de gobierno). Y es que, efectivamente, como escribió el gran Xxxx XXXXX hace más de un siglo: «El Estado manda siempre unilateralmente...; y el contrato no tiene acomodo posible en el derecho público...». Para los herederos del viejo y gran maestro, la vigencia razón era clara: «puede hablar- se solamente de contrato —escribirá XXXXXXX— si la voluntad de cada una de las partes de una relación jurídica posee la misma fuer- za; ahora bien, esa igualdad no existe jamás entre el soberano y el súbdito»1. El contrato del mismoEstado constituye, por tanto, una imposi- bilidad lógica2. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos ustedAnte tal incompatibilidad conceptual, Vd.pero también ante la reali- dad evidente, y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009desde hace siglos, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada que el Estado (y los licenciatarios que participan en antes el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(sRey) significa todas ce- lebra contratos para cubrir sus necesidades y las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelaciónpueblo, los ju- ristas hemos tenido que buscar una explicación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en Unos dijeron: cuando los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 díaspoderes públicos contratan, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anuallo hacen como si fueran per- 1 Xxxxx XXXXXXX (1933: 168-169).
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Samples: Contrato Administrativo
INTRODUCCIÓN. Este documento El contrato, con independencia de su alcance espacial, se fundamenta en la autonomía de la voluntad de las partes, singularmente si tratamos ―como en el presente trabajo― de contratos comerciales y dejamos de lado las peculiaridades de los contratos celebrados por consumidores. Son los acuerdos, pactos y cláusulas establecidas entre las partes contratantes las que determinan, como ley entre ellas, el impreso régimen de solicitud que ha cumplimentado constituyen sus respectivas obli- gaciones. Las normas imperativas de cada sistema nacional intervienen para corregir o limitar la autonomía material de las partes, ya se trate de un contrato interno o de un contrato internacional. En este último caso, la ley rectora del contrato (lex contractus), bien elegida por las partes, bien establecida en defecto de elección, establece el margen de disponibilidad o autonomía material de las partes, resultando de aplicación sus normas simplemente imperativas. Más allá de la lex contractus, puede darse apli- cación excepcional a las normas de orden público internacional tanto de * Esta contribución se enmarca en el Proyecto de Investigación “Derecho contractual comparado”. ** Catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Granada (Es- paña). la lex fori como de un derecho singularmente conectado con el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta por ejemplo, artículo 7o. del Convenio de Roma sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales de 19 xx xxxxx de 1980). Sustituye Con independencia del mayor o menor juego de las normas imperati- vas de la lex fori, la lex contractus o la ley de un tercer Estado, a todas menudo se olvida la enorme relevancia que tiene la ley rectora del contrato en la determinación del alcance de las condiciones anteriores cláusulas pactadas por los contratantes y que, en muchas ocasiones, son el eje de las controversias jurídicas. Sin necesidad de salir de ese marco de la autonomía material, la influencia de los sistemas jurídicos nacionales y de la lex contractus no desmaya. Al contrario, un aspecto determinante del alcance de los acuerdos y de la suerte de los litigios estriba en cómo se van a resolver las ambigüedades, contradicciones y lagunas de los propios pactos y acuerdos entre las par- tes, esto es, en cómo se va a interpretar el contrato. Y esta no es una cues- tión de hecho, sino de derecho, y no precisamente de derecho natural. Como tal, la determinación de la ley aplicable al contrato internacional es, ante todo, una opción sobre la interpretación de los contratos. El alcance de esta opción por el sistema cuyo modelo de interpreta- ción ha de seguir el juez o el árbitro puede suministrarnos una nueva perspectiva de ciertos fenómenos. Por ejemplo, ayuda a comprender una de las razones esenciales de por qué el derecho inglés es la opción predilecta en la contratación internacional, a saber, su criterio de orien- tar la interpretación conforme a cánones preferentemente de seguridad jurídica y no de justicia material. Y tal vez pueda explicar las reticencias por modelos de unificación internacional, como el marco común de re- ferencia europeo, que le hayamos proporcionado para han optado a menudo por soluciones más abiertas y, en consecuencia, inseguras. Pero, sobre todo, la trascendencia del mo- delo de interpretación exige de las partes una elección o protección con- secuente frente al derecho que resultará aplicado, conociendo su cuentaalcance y sus exigencias. Este contrato rige La forma en que debe redactarse un contrato, incluidas las exposiciones preliminares, el uso que haga grado de precisión de sus cláusulas, la propia sintaxis de determinadas cuestiones esenciales relativas a la de- terminación de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo contenido o a la Ley 16/2009ejecución de las obligaciones, están en relación directa con los criterios de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o interpretación de los contratos que sea responsable nos suministra el derecho aplicable. Grosso modo, basta saber que nues- tro contrato se someterá al derecho inglés para que pongamos buen cui- dado en virtud una redacción detallada de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted las contingencias y del alcance de todos los cargos las respectivas obligaciones contractuales, mientras que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y una sumisión al de- una estrategia útil en la empresa a la que representa son solidariamente responsables negociación de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualcontratos internacionales.
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INTRODUCCIÓN. Este documento Dice el profesor Xxxxx Xxxxxxx: El complejo de herederos testamentarios que la ley permite y de herederos ab intestato y dotados de legítima que la ley asigna a una persona constituye un magnífico ejemplo de lo que el Derecho Sucesorio y en general la cultura piensan de ella. Es importante, por ejemplo, reconocer la invocación “futuri- za” de los descendientes, de pasado de los ascendientes, de complementación de la persona del cónyuge y los colaterales, etc. En alguna medida “somos” lo que “nos sucede”. 1 Sirva la cita para introducirnos en un tema de derecho hereditario: la cesión de herencia y, más específicamente, la cesión de derechos y acciones hereditarios sobre un bien de- terminado de una herencia. Las situaciones ficcionales del derecho, o sea, aquellas circunstancias en que apa- rece como imprescindible dar por supuesto algo, que no admite discusión, algo respecto de lo cual el derecho sabe que no siempre es real, han sido siempre una preocupación para los juristas. Se trata de situaciones ficticias a las que se acude con fundamento en la seguridad jurídica. El rasgo común del que participan las ficciones en la literatura y el impreso derecho es su adscripción a una misma categoría, la del “como si fuera”, llamada por algunos autores como la de solicitud lo “conscientemente falso”. 2 Pero la ficción no subvierte la realidad. La suposición de que, producido el fallecimiento de una persona, su patrimonio se transforma en un abstracto-ideal en el que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para no existe la posibilidad de determinación de los objetos es una ficción jurídica. Por ello, solo puede ser admitida de modo temporal y a un fin específico. En efecto, los objetos y los derechos no pierden su cuenta con nosotros (denominada individualidad, su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd.especialidad, y su significa por consiguiente no se diluyen. El estado de indivisión del patrimo-
1. Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx X., “Aportes integrativistas al derecho de sucesiones. (La sucesión como hora de la verdad de la persona que solicitó la apertura física)”, en Investigación y Docencia, Rosario, Facultad de Derecho de la cuenta; Los términos nosotrosUniversidad Nacional xx Xxxxxxx, nosNº 40, nuestro 2007, p. 33. [N. del E.: ver aquí {fuente: web del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil Filosofía Social de la Provincia Universidad Nacional xx Xxxxxxx. Última consulta: 5/10/2017}].
2. Xxxxx, Xxxxx X., “La ficción jurídica desde la lingüística. Actos de MadridHabla y ficción”, Tomo 3.852en Revista de Llengua I Dret, Sección 8ª Barcelona, Escola d’Administració Pública de Catalunya, Nº 22, 1994, p. 26. [N. del Libro E.: ver aquí {fuente: web de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamexpublicación. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a Última consulta: 5/10/2017}]. nio relicto producido por la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o muerte no importa una transformación de los bienes que sea responsable en virtud de este contratolo conforman: estos continúan con su real naturaleza. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos Xx Xxxxx sostenía que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir idea de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio continuación de la parte proporcional de la cuota anual.personalidad es ante todo una ficción. Lo que está muerto no puede continuarse”. 3
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INTRODUCCIÓN. Este documento En términos generales, licencia se define como un “permiso para hacer algo”1. En el ámbito laboral, la Ley de Contrato de Trabajo establece un régimen de licencias especiales que, otorgando derechos y beneficios, permite al trabajador ausentarse de su labor según se describe en el artículo 158 de dicho cuerpo legal. Dentro de las distintas clases de licencias especiales de dicha ley se encuentran: licencia por nacimiento de hijo: dos (2) días corridos, de los cuales uno debe ser hábil para que el trabajador pueda hacer los trámites pertinentes como anotar al menor en el Registro Civil y Capacidad de las Personas; por matrimonio: diez (10) días corridos; por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviere unido en aparente matrimonio, de hijo o padres: tres (3) días corridos; por fallecimiento de un hermano: un (1) día; y por último, para rendir examen en la enseñanza media o universitaria: diez (10) días al año. Se puede observar que entre las distintas clases de licencias especiales el punto de conexión es el beneficio del trabajador, a quien se exime de ir a trabajar con el fin de resguardar su integridad socio-afectiva y además, permitir que cumpla su deber de estado, registrando al recién nacido, su matrimonio, estudiando, etc. Además debe tenerse en cuenta que este beneficio es completo, ya que el trabajador no solo ésta exceptuado de ir a trabajar, sino que también mantiene su derecho a cobrar su salario, sin descuento alguno. La clara presencia de este enfoque proteccionista de la ley en las distintas clases de licencias especiales, se funda en el principio de la realidad, que es fuente de todo el derecho del trabajo. La concreta y real desigualdad de fuerzas que existe entre el empleado y el impreso empleador, donde no existe una relación sinalagmática, motivó que 1 Fuente: Diccionario de solicitud la lengua española. Recuperado el 8/11/2017 de: xxxx://xxx.xxx.xx/ la normativa laboral asumiera su carácter de orden público, buscando lo justo, pero al mismo tiempo protegiendo al más débil. Ahora bien, cuando analizamos las distintas clases de licencias especiales que ha cumplimentado constituyen dispone de una manera taxativa el contrato establecido art. 158 de la LCT, vemos que no existe licencia alguna para el trabajador en los casos de enfermedad del hijo menor. Situación que se da a menudo, y que es más común que los casos de fallecimiento descriptos. Esto nos genera una serie de interrogantes: ¿existen argumentos válidos que justifiquen la omisión de la licencia por enfermedad de hijo menor en la Ley de Contrato de Trabajo? ¿Qué problemáticas genera esta omisión en la vida del trabajador? ¿Quién lo protege, sino es la ley? ¿Es necesaria que se encuentre regulada en la Ley de Contrato de Trabajo, la licencia por enfermedad de hijo menor de edad? Es amplia la población de trabajadores en relación de dependencia, y por consiguiente, abordar la Ley de Contrato de Trabajo para su análisis tiene un importante alcance. También es importante hacerlo desde el punto de vista individual, considerando el trabajo como actividad central de la vida de cada persona. Una actividad que no le da sustento, sino que también la dignifica. Esta ley protege a los trabajadores en relación de dependencia contemplando los diversos derechos y obligaciones que surgen de esta relación: sus disposiciones generales, las modalidades del contrato de trabajo, la remuneración del trabajador, las vacaciones y licencias ordinarias y especiales, la extinción e indemnizaciones correspondientes, entre otros. Respecto de las licencias especiales, observamos que en el art. 158 de la LCT, se han dispuesto licencias pagas por nacimiento, matrimonio, por fallecimiento de xxxxxxx, del conviviente, hijos, padres y hermanos, y por rendir exámenes. Sin embargo observamos que se omite la licencia por hijo menor enfermo. Se entiende que no se haya tenido en cuenta este tipo de licencia décadas atrás, al momento de promulgarse la ley, porque tal vez no era necesario que el hombre trabajador se tomara esta licencia ya que generalmente el hijo quedaba al cuidado de su madre, abuela, o algún otro pariente que no trabajara. Hoy en día la situación social, económica y cultural de las familias ha cambiado mucho en ese sentido, por lo que la necesidad de que todos sus miembros trabajen cada vez es mayor. Inclusive hasta las abuelas también deben trabajar. Ante el problema de la enfermedad del hijo, aunque no sea muy grave, el trabajador tiene el dilema de optar por quedarse a cuidar a su hijo los días que la dolencia lo requiera, o cuidar su trabajo, fuente de ingresos familiar, que en definitiva es también cuidar a ese mismo hijo. Esto origina en el trabajador un stress y una tensión por la opción a tomar, que se repetirá, aún con nosotros (denominada más frecuencia, si tiene más hijos. Generando esto una gran angustia. Además, estas situaciones podrían influir en decisiones personales, como renunciar o postergar la paternidad o maternidad lo más posible, inclusive limitándola. Para ejemplificar el problema en cuestión podemos decir que habida cuenta de que no existe la licencia por enfermedad del hijo, el trabajador ante la necesidad ausentarse de su cuenta )labor por una dolencia grave de un hijo, podría perder su trabajo, teniendo como causa el abandono de tareas. Sustituye Esta situación se da la mayoría de las veces en el caso de las trabajadoras mujeres, que en general son las que se encargan de cuidar y estar al lado de sus hijos en caso de enfermedad. Esta investigación jurídica busca analizar y explicar la importancia de la inclusión de esta licencia en la Ley de Contrato de Trabajo, no solo para la protección del trabajador y la familia sino también en relación a todas las condiciones anteriores los derechos y obligaciones del empleador. Inclusive el trabajo intentará analizar si esta licencia debe ser paga o no, atendiendo los argumentos y fundamentos fácticos y jurídicos que entran en juego. El valor teórico de la investigación es lograr rellenar la laguna del derecho en cuanto a la protección del trabajador y su núcleo familiar, frente al stress y angustia que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige produce la necesidad de optar por el uso que haga mantenimiento y cuidado de su cuentafuente de trabajo, o el cuidado de su hijo enfermo, situación que hoy en día la normativa no contempla. Puede solicitar una copia adicional El trabajo final de este grado se conformará de tres capítulos. Los dos primeros estarán dedicados al estudio sistemático de la ley de contrato sin ningún gasto de trabajo y los convenios colectivos de trabajo, como las leyes en cualquier momento durante los demás países latinos y el último capítulo será dedicado a comprobar la vigencia del mismo. Este contrato y todas importancia de la inclusión de la licencia de hijo menor de edad en el artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo, las comunicaciones entre ambas partes licencias especiales, a través de la jurisprudencia que se refieran a dicho contrato serán identificarán y analizarán los fundamentos de los fallos seleccionados que conforman las jurisprudencias de nuestro país, se verá en idioma español. Los términos ustedlos mismos la perspectiva de los sujetos en juego, Vd.es decir, el padre y la madre, y su significa rol en el cuidado del menor cuando implica la persona necesidad del acompañamiento tanto en su hogar como en los hospitales. Se examinará cuál es la problemática específica que solicitó genera la apertura no inclusión de la cuentalicencia por enfermedad del hijo menor en la normativa laboral; Los términos nosotrospara ello se analizará la promulgación de la Ley 20.744 y su contexto histórico en sus dimensiones política, noseconómica y sociocultural, dimensiones de suma importancia en la repercusión de las leyes promulgadas. También se analizarán proyectos de reforma de la ley de contrato de trabajo en lo referente a licencias y una breve reseña de la época en que éstos fueron presentados. Se observará la finalidad y objetivo que tiene la ley de contrato de trabajo con las licencias especiales, y buscar explicar la importancia que tiene la inclusión de la licencia por enfermedad por hijo menor de edad. Se profundizará en el artículo n° 158 de la ley de contrato de trabajo (Licencias Especiales) a los fines de plantear la problemática de la no inclusión de la licencia por enfermedad de hijo menor de edad. Lo mismo se hará con los convenios colectivos de nuestro país. Se analizara como lograron solucionar este vacío legal las distintas convenciones colectivas de trabajo, pero que no logran incluir a todos los trabajadores, especialmente a aquellos que están fuera de convenio y Bansamex significan Bansamexse quedan sin protección alguna. Distinguir entre derecho y beneficio en las licencias ordinarias y especiales. Se comparará la Ley de Contrato de Trabajo de nuestro país con el derecho comparado, S.A. especialmente respecto de las leyes de países latinoamericanos como Méjico y Chile, y europeos, como España, donde se podrá identificar la importancia que se da a las Licencias en otros países y los argumentos para otorgar este beneficio o derecho. Se abordará la jurisprudencia Argentina y se identificara y analizarán los fundamentos de los fallos “Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx c/Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Prop-Café s/Ordinario”, “Xxxx, Xxxxx x/Xxxx xx Xxxx, 17Xxxxxx s/Cobro de pesos”, “Xx Xxxxx, Xxxxxx x/Xxxxx Xxxxxxx SRL. 28027 Madrids/Cobro de pesos” y “Miniagurria, Xxxxx Xxxxxx c/Instituto de Servicios Sociales para el Personal Ferroviario s/Cobro de peso”, entre otros. N.I.F. A-80394075La conclusión se elaborará teniendo en cuenta los datos recolectados y los análisis realizados a lo largo del trabajo final de grado. Registro Mercantil El objetivo es elaborar una respuesta cabal al interrogante, problema de esta investigación, habiendo abordado el tema en sus diferentes dimensiones. Como metodología de investigación y estudio hemos elegido el enfoque cualitativo. El investigador debe familiarizarse con el estudio; el método cualitativo se enfoca en abrazar, rodear, profundizar los fenómenos explorándolos desde la perspectiva del grupo a investigar en su ambiente natural y en relación con el contexto. Aquí se observa cómo los participantes perciben subjetivamente su realidad. Este método se utiliza para los estudios sobre temas poco profundizados o explorados. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx et al. (1991). Si bien el enfoque cualitativo tiene una lógica inductiva, es necesario introducirse en el tema a investigar. Estos objetivos se corresponden a las preguntas de investigación, las cuales se busca responder al terminar el estudio con el fin de alcanzar los objetivos y la aprobación de la Provincia investigación. En esta etapa es posible incluir datos cuantitativos para enriquecer la justificación, al dimensionar el problema; y la viabilidad, al conocer y ubicar recursos, habilidades y tiempos. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx et al. (1991). Las fuentes primarias o también conocidas como fuentes directas, son aquellas que tenemos por objeto de Madridinvestigación, Tomo 3.852y se toman de los autores datos e información de forma directa, Sección 8ª del Libro sin intermediarios. Ejemplos xx xxxxxxx primarias los libros, artículos científicos, tesis, conferencia dictadas por personas que vuelcan los resultados de Sociedadessus estudios, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad estableciendo una comunicación directa con el tema de pago autorizada estudio. Toda información que viene xx xxxxxxx primarias es sumamente importante para todo investigador ya que adquiere el conocimiento sin intermediarios. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx et al. (1991). En este tema de acuerdo a investigación las fuentes primarias son la Ley 16/2009N° 20744 de Contratos de Trabajo, los Convenios Colectivos, la Ley de 13 Contrato de noviembreTrabajo de México, Chile y España, entrevista, los fallos como “Xxxxxx Xxxxxx c/Xxxx Xxxx Xxxxx Prop-Café s/Ordinario”; “Xxxx , Xxxxx x/Xxxx xx Xxxx, Xxxxxx s/Cobro de servicios pesos”; “Miniagurria, Xxxxx Xxxxxx c/Instituto de pagoServicios Sociales para el Personal Ferroviario s/Cobro de pesos” y “Xx Xxxxx, así como cualquier sociedad matrizXxxxxx x/Xxxxx Xxxxxxx SRL. s/Cobro de pesos”. Las fuentes secundarias que son reelaboraciones de autores que tratan de temas de una fuente primaria, filial es de importancia para el investigador, por presentar otras visiones sobre el tema abordado. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx et al. (1991). Es de suma importancia obtener una la Ley de Contrato de Trabajo comentada o participada artículos legales que hablen sobre el tema de las licencias especiales y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o lagunas que se carguen presentan, como también las Propuestas xx Xxx. Las fuentes terciarias son de algún otro modo gran ayuda para decorar y dar un dato a más al trabajo, son los artículos, conferencia, noticias, publicaciones y códigos etc. que tratan el tema de estudio, en su cuenta e incluye anticipos este caso las licencias especiales (más precisamente las licencias por enfermedad de hijo menor de edad) otorgando datos generales en efectivola investigación que ayudan a comprender o cerrar un tema, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos son fuentes que nos permiten tener un acceso libre y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos rápido. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx et al. (1991). Se consulta artículos o boletines sobre Licencias por enfermedad de los que sea responsable en virtud hijo menor de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualedad.
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INTRODUCCIÓN. Este documento No es posible, por último, dejar de hacer una breve referencia a la transmisión (enajenación, cesión gratuita), de los bienes que integran este patrimonio público del suelo, actualmente recogidos en el artículo 124 de la LUCyL, que, como dijimos, según el artículo 16.1 del RB, habrán de regirse por su legislación específica, la cual para las Entidades Locales de esta Comunidad que cuenten con este instrumento (aquellos que dispongan de planeamiento general: Plan General de Ordenación Urbana y el impreso Normas Urbanísticas Municipales), será la contenida en la legislación urbanística de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para Castilla y León. Dispone la LUCyL en su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga artículo 127.2 y 5, que, como regla general, la transmisión de estos bienes se realizará de forma onerosa, por precio no inferior al valor de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional aprovechamiento, mediante enajenación o permuta previo concurso público, cabiendo también la posibilidad de hacerlo mediante subasta, por precio no inferior al valor de su aprovechamiento, en el caso de aquellos bienes cuyas determinaciones urbanísticas resulten incompatibles con los fines previstos en el artículo 125 (de la misma LUCyL), con la obligación (también en este supuesto), de destinar los ingresos obtenidos a los fines de este contrato sin ningún gasto patrimonio. Igualmente la transmisión puede realizarse a favor de las personas que se recogen en cualquier momento durante la vigencia el apartado 3 del anterior precepto, mediante cesión gratuita o enajenación por precio inferior al de su aprovechamiento, incluso de forma directa. Por último, según su apartado 4, los bienes de los patrimonios públicos del suelo podrán trasmitirse mediante enajenación o permuta por precio no inferior al valor de su aprovechamiento de forma directa a favor de las personas y en los supuestos que se contemplan en el mismo. Este contrato La transmisión de los bienes de los patrimonios públicos del suelo se rige, conforme dispone el artículo 127.6 de la LUCyL, en todo caso por lo dispuesto al efecto en esta misma Ley, aplicándose en lo no previsto en ella la legislación patrimonial de la Administración titular. El desarrollo de esta Ley en materia de Patrimonio Municipal del Suelo se recoge en los artículos 368 y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd.siguientes del RUCyL, y su significa transmisión, en particular, en los artículos 378 a 382 bis de esta norma reglamentaria. Para concluir, es preciso recordar que la persona transmisión de los terrenos adquiridos (para su patrimonio municipal del suelo), por una Administración en virtud del deber a que solicitó se refiere la apertura el artículo 16.1 b) de la cuenta; Los términos nosotrosLS, nos(entrega del correspondiente porcentaje de edificabilidad), nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo que estén destinados a la Ley 16/2009construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública que permita tasar su precio máximo de venta, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta alquiler u otro dispositivo otras formas de acceso a la cuenta vivienda, se encuentra limitada, según el artículo 39.2 de la LS (condición básica de igualdad en el ejercicio de derechos), a no poder ser adjudicados, ni en dicha transmisión, ni en las sucesivas, por un precio superior al valor máximo de repercusión del suelo sobre el tipo de vivienda que emitamos con el objeto de acceder se trate, conforme a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementariolegislación reguladora. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. expediente administrativo y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (en el acto o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualenajenación se hará constar esta limitación.
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Samples: Enajenación Y Cesión Gratuita De Bienes Patrimoniales
INTRODUCCIÓN. Este documento y el impreso La Constitución Española reconoce como derechos fundamentales la dignidad de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores personas, los derechos inviolables que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige son inherentes, el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura libre desarrollo de la cuenta; Los términos nosotrospersonalidad (artículo 10.1), nosla igualdad y la no discriminación por razón de sexo en sentido amplio (artículo 14), nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo el derecho a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pagovida y a la integridad física y moral, así como cualquier sociedad matriza no ser sometidos a tratos degradantes (artículo 15), filial o participada el derecho al honor, a la intimidad personal y los licenciatarios que participan familiar y a la propia imagen (artículo 18.1). El artículo 35.1 de la Constitución incorpora a su vez, el derecho a la no discriminación por razón de sexo en el Servicio ámbito de tarjetas las relaciones de Bansamextrabajo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, da un gran paso prohibiendo expresamente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, así como definiendo estas conductas (artículos 7, 8, 48 y 62). El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo artículo 48 de acceso la citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, establece que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo, debiendo negociarse con los representantes de los trabajadores las medidas que se implanten. El mismo precepto establece la obligación negociar las medidas que se adopten con la representación legal de la plantilla, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación. Así mismo reconoce a la cuenta que emitamos con representación legal de la plantilla su necesaria contribución en la prevención del acoso sexual y el objeto acoso por razón de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas sexo mediante la sensibilización de las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos trabajadoras y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. trabajadores frente al mismo y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos información a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando de la empresa de las conductas o comportamientos de que desea cancelar tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo. En cumplimiento de lo legalmente establecido la cuenta. Si Fundación y la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable Representación de los cargos aplicables en los Trabajadores han acordado establecer el presente PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DEL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL TRABAJO, que haya incurridogarantice un entorno de trabajo seguro, sin perjuicio libre de acoso, que no es sino una manifestación más de discriminación, por cuanto que contribuye a un mantenimiento de la parte proporcional desigualdad en el mercado de trabajo, plenamente rechazada por la Fundación y su personal. El acoso sexual supone la vulneración de derechos fundamentales de las personas, como son el derecho a la dignidad, a la intimidad, a la libertad sexual, a la no discriminación por razón de sexo, a la salud y a la seguridad en el trabajo. A través del desarrollo de un protocolo para la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo, la Fundación y la Representación de los Trabajadores de la cuota anualFundación dejan expresa constancia de su intención de adoptar, en el marco de sus responsabilidades, cuantas medidas sean necesarias para impulsar un ambiente de trabajo libre de acoso, no permitiendo ni consintiendo conductas de esta naturaleza.
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Samples: Convenio Colectivo
INTRODUCCIÓN. Este documento y el impreso de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009La recién aprobad x Xxx 40 / 2002, de 13 14 de noviembre, reguladora del cont rato de servicios aparcamiento de pagovehículos, así constituye el fruto de la conjunción de las proposiciones xx xxx de varios grupos parlamentarios plantea das durante l a séptima legislatura, que finalmente se tram itaro n como cualquier sociedad matrizproposición única, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder tipificar el ya denominado por la doctrina y jurisprudencia “contrato de aparcamiento”, en aras d e otorgar m ayor segurida d jurídica a su cuenta; El término Cargo(suna realidad social en auge y especialmente problemática de sde hace tiempo. Esta Proposición xx Xxx procede de la unificación, en el Informe de la Ponencia, de las iniciativas con número de expediente del Congreso de los Diputados 122 / 000018 y 122 / 000061, pertenecientes a los Grupos Socialista y Popular y Catalán, pu blicadas en el Boletín Oficial de las Cortes G enerales, Cong reso de los Diputados, Serie B, números 22 (1 a 15) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen y 70 (1 a 15), tomadas en consideración por el Pleno del Congreso de algún otro modo lo s Diputado s en su cuenta e incluye anticipos en efectivosesión del día 16 xx xxxx de 2001, comprasDiario de Sesiones número 82 . Así las cosas, cuotasel contrato de aparcamiento de vehículos es, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha Ley, un contrato típico y normado; condición ésta, por lo gene ral, beneficiosa par a la regulación de las prestaciones en masa y para la protección de los usuarios (Xxxxxxxxx, 2002, 11). Pero no es ni mucho menos un contrat o “nuevo” o “renovado”. Al margen de algunas novedades muy puntuales y, a mi juicio, de algunos errores que pueden fr ustrar o dificultar los objetivos de la propia Ley, la norma objeto de este comentario posit iviza la doctrina jurisp rudencial vertida ya desde hace tiempo en la resolución de conflictos relativos a la utilización de los parkings o aparcamientos públicos (cfr. Xxxxxxx Xxxx (1996); Xxxxxx Xxxxxx; Xxxxxxxx Xxxxxxx (1996); Xxxxxxxxxxx de los Xxxx (2000); Xxxxxxx Xxxxxx (2001); Xxxxxx Xxxxx (2001)) -y es que, como la propia Exposición de m otivos de la Ley señala, “es el aparcamiento púb lico aquel que origina el mayor grado de conflictiv idad y es a este específico supues to que pretende dar respuesta esta Ley”-. Mas ni contiene cambios relevantes con respecto a la situación anterior ni implica mayores garant ías para el usuario del aparcamiento –antes bien, al contrar io-, con independencia, como se anticipó, de la que puede suponer la tipificación del propio contrato y de las obligaciones de ambas partes. Se trata de una Ley de contenido imperativo, para los sup uestos en ella incluidos, según se deduce del art. 7. El propio precepto, integra, en lo no regulado por la Ley, y como Derecho supletorio, los pactos q ue los contratan tes pudieran efectuar y las normas generales de regulación de las obligaciones y contratos. Fue ntes del contrato de aparcamiento son, por tanto, la Ley 40 / 2002; los pactos entre los contratantes, siempre, eso sí, que no contradig an o se opongan a lo en ella establecido; y las normas generales relativas a las obligaciones y contratos. La no referencia a leyes contractu ales de consumidores haría pensar q ue se aparta el contrato de su formalización configuración como contrato de consumo, tal y como lo venía realizando la jurisprudencia anterior ( cfr. STS 22.10.96, RJ 7238). Es cierto que en cualquier ningún momento posteriormente menciona la Ley que el usuario del parking lo sea en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes sentido técnico –usuario o consumidor del art. 1.2 de antelaciónla LCU-, aunque pienso que lo normal es que así ocurra (más aún si se tiene en cuenta la condición de empresario de la contraparte). Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos Lo precedente lleva a concluir, pese a la dirección indicada omisión en el art. 7, que también son de aplicación los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio preceptos de la parte proporcional LCU, operación, por otra parte, perfectamente posible a tr avés del art. 1258 CC. Ello es importa nte en punto a la aplicación, v. gr. de la cuota anualnormativa acerca de las cláusulas abusivas que pudieran ser incorporadas en el contrato de aparcamiento y a las que no se diera respuesta – sobre su validez- con la Ley 40 / 2002.
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INTRODUCCIÓN. Este documento y El pasado 15 xx xxxx de 2009 se publicó en el impreso Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 817/2009, de solicitud 8 xx xxxx, por el que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público (denominada su cuenta «Real Decre- to 817/2009»). Sustituye Con él viene a todas colmarse —parcial- mente, como se indica desde su mismo título— la necesidad de desarrollar reglamentariamente la profunda reforma de la contratación pública lleva- da a cabo por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público («LCSP»). Desde la entrada en vigor de la LCSP, resultaba preciso que se dictara una disposición reglamen- taria que la desarrollase. En particular, la clasifi- cación de las condiciones anteriores empresas contratistas de obras y servicios era una de las materias en las que le hayamos proporcionado ese desarrollo resultaba indispensable como condición para su cuentala entrada en vigor del nuevo régimen previs- to en la Ley (Cfr. Este contrato rige Disposición transitoria quinta de la LCSP). De hecho, las primeras versiones del pro- yecto de Real Decreto que difundió el uso Ministerio de Economía y Hacienda contenían una regulación completa del sistema de clasificación de empresas, que haga habría sustituido al régimen previsto en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre («Real Decreto 1098/2001»). Sin embargo, esa parte del proyecto de Real Decreto fue finalmente excluida de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional versión definitiva como consecuencia de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento las observaciones al texto formuladas durante su tra- mitación por la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura Comisión Nacional de la cuenta; Los términos nosotrosCompe- tencia 1. El resultado final es una norma que, nossegún su Exposición de motivos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil sólo pretende desarrollar algunos preceptos concretos de la Provincia LCSP «habida cuenta de Madridla inmediatez de su aplicación en las licita- ciones a convocar». Las restantes materias suscep- tibles de desarrollo reglamentario quedan, Tomo 3.852pues, Sección 8ª del Libro pendientes de Sociedadesun futuro Real Decreto, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad «sin necesi- dad de pago autorizada forzar los plazos exigidos por la elabora- ción de acuerdo a una norma de tanta complejidad técnica como es el Reglamento de desarrollo de la Ley 16/2009de Contratos del Sector Público», en palabras de 13 nuevo (*) Del Área de noviembre, Procesal y Derecho Público de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” Xxxx Xxxxxxxx (Small Business ServiceMadrid), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.
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Samples: Reglamento De Contratación Pública
INTRODUCCIÓN. Este documento Fertiberia, S.A., es una empresa dedicada a la fabricación y el impreso venta de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta fertilizantes y productos químicos industriales. Es la Compañía líder del sector de fertilizantes en España, con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto cinco fábricas ubicadas en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos ustedAvilés, Vd.Huelva, y su significa la persona que solicitó la apertura Palos de la cuenta; Los términos nosotrosFrontera, nosPuertollano y Sagunto. Cuenta además con una Oficina Central en Madrid, nuestro cuatro delegaciones de ventas y Bansamex significan Bansamexuna red de distribución para suministrar sus productos a todo el territorio nacional. La sede social se encuentra en Xxxxxx, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 000-X, 17xxxxxx 00, X.X. 00000. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil El artículo 14 de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. La igualdad entre mujeres y hombres es también un principio jurídico universal recogido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos y es, asimismo, un principio reconocido en la Unión Europea. En este contexto, el 23 xx xxxxx de 2007 se publica en el «BOE» la Ley 16/2009Orgánica 3/2007, de 13 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de noviembremujeres y hombres, que aborda, más allá de servicios la discriminación por desigualdad de pagotrato, así como cualquier sociedad matrizla igualdad sustancial entre hombres y mujeres, filial o participada a través de políticas públicas y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamexacciones administrativas para la igualdad. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo Ley, establecido en su cuenta e incluye anticipos artículo 1º, es hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o particular mediante la eliminación de los que sea responsable en virtud la discriminación de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementariola mujer. En el ámbito laboral, y entre otros aspectos y obligaciones, el artículo 45.1 de la Ley estipula que: «Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores.» En el apartado 2 del mismo precepto se establece que, en el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service)empresas de más de 250 trabajadores, vdtales medidas deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad. y En este sentido, el denominado «Plan de Igualdad» se define en el artículo 46 de la Ley como un: «Conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.» A nivel corporativo, Xxxxxxxxxx se caracteriza por su compromiso explícito con la igualdad de trato y oportunidades. Así, el Convenio Colectivo de la Empresa, en su artículo 18, establece que: «Para contribuir eficazmente a la que representa son solidariamente responsables aplicación del principio de no discriminación y a su desarrollo bajo los todos los cargos y demás cantidades queconceptos de igualdad de condiciones en trabajos de igual valor, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir es necesario desarrollar una acción positiva particularmente en las condiciones de este contratocontratación, formación y promoción. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene En igualdad de condiciones de idoneidad tendrán preferencia las personas del género menos representado en cerciorarse el grupo profesional de que cualquier titular suplementario conoce estas condicionesse trate.» También el artículo 9 del Convenio Colectivo muestra la preocupación de la Compañía por evitar situaciones que puedan resultar discriminatorias: «Tanto la Dirección de la Empresa como la representación de los trabajadores y sindical velarán (…) por el exacto cumplimiento de la legalidad en el ingreso de personal, incluida la contratación (…). Sírvase consultar cve: BOE-A-2018-11251 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx En todo caso, se mantendrá una especial atención por la cláusula “Titulares Suplementarios” no discriminación en general y en particular de la mujer en el ingreso de la plantilla.» En consonancia con la evolución legislativa y convencional expuesta, Fertiberia ha mostrado siempre un compromiso inequívoco con la igualdad de oportunidades y ha desarrollado numerosos proyectos relacionados con la ayuda a colectivos desfavorecidos, contribuyendo a la mejora de sus condiciones de vida y a la integración de dichos colectivos en la sociedad. En este sentido, Fertiberia ha apoyado numerosas actuaciones en el ámbito local de sus instalaciones, directamente o a través de asociaciones locales. Para la elaboración de este contrato Plan de Igualdad se ha realizado un exhaustivo análisis de la situación real de la Compañía en esta materia, llegándose a un diagnóstico claro y real de la situación actual. Una vez realizado el diagnóstico de situación previo, se han planteado unos objetivos de mejora identificados por áreas para conocer que resulte más detallesoperativa su consecución, a tenor de los cuales se ha introducido una serie de medidas o acciones tendentes a garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres y dar pleno cumplimiento y satisfacción a los referidos preceptos de la LO 3/2007. Así, se ha incidido expresamente: en la cultura y política empresarial; en el impacto en la Sociedad; en la representatividad de género; en los procesos de gestión de recursos humanos; en la política y estructura retributiva; en las condiciones de trabajo; en la conciliación de la vida laboral, personal y familiar; y en la prevención contra el acoso y la discriminación. Fertiberia manifiesta su más profundo rechazo y tolerancia cero ante cualquier comportamiento o acción que constituya alguna de las modalidades de acoso sexual, moral y por razón de sexo, comprometiéndose a colaborar de manera activa, eficaz y firme, para prevenir, detectar, corregir y sancionar cualquier tipo de conducta constitutiva de acoso. En este sentido, en virtud del presente Plan de Igualdad, Fertiberia se compromete a elaborar un Procedimiento y un Protocolo de Actuación desarrollado bajo los principios de rapidez, confidencialidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y respeto a la intimidad y dignidad del personal. Este contrato contiene Plan de Igualdad se configura como una cláusula herramienta de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir trabajo, resultado de la fecha negociación colectiva desarrollada por la Dirección y las Secciones Sindicales de su formalización CC.OO., UGT y CTI-CSI.F y con el objetivo último de garantizar la igualdad real y efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos la Empresa, para eliminar todo tipo de discriminación laboral, directa o indirecta por razón de sexo, con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos arreglo a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.siguientes principios rectores:
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Samples: Convenio Colectivo
INTRODUCCIÓN. Este documento y el impreso La Constitución Española reconoce como derechos fundamentales la dignidad de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores personas, los derechos inviolables que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige son inherentes, el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura libre desarrollo de la cuenta; Los términos nosotrospersonalidad (artículo 10.1), nosla igualdad y la no discriminación por razón de sexo en sentido amplio (artículo 14), nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo el derecho a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pagovida y a la integridad física y moral, así como cualquier sociedad matriza no ser sometidos a tratos degradantes (artículo 15), filial o participada el derecho al honor, a la intimidad personal y los licenciatarios que participan familiar y a la propia imagen (artículo 18.1). El artículo 35.1 de la Constitución incorpora a su vez, el derecho a la no discriminación por razón de sexo en el Servicio ámbito de tarjetas las relaciones de Bansamextrabajo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, da un gran paso prohibiendo expresamente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, así como definiendo estas conductas (artículos 7, 8, 48 y 62). El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo artículo 48 de acceso la citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, establece que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o re- clamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo, debiendo negociarse con los representantes de los trabajadores las medidas que se implanten. El mismo precepto establece la obligación negociar las medidas que se adopten con la repre- sentación legal de la plantilla, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación. Así mismo reconoce a la cuenta que emitamos con repre- sentación legal de la plantilla su necesaria contribución en la prevención del acoso sexual y el objeto acoso por razón de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas sexo mediante la sensibilización de las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos trabajadoras y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. trabajadores frente al mismo y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos información a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando de la empresa de las conductas o comportamientos de que desea cancelar tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo. En cumplimiento de lo legalmente establecido SEFPSAU y la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable Representación de los cargos aplicables en los Trabajado- res han acordado establecer el presente PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATA- MIENTO DEL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL TRABAJO, que haya incurridogarantice un entorno de trabajo seguro, sin perjuicio libre de acoso, que no es sino una manifestación más de discriminación, por cuanto que contribuye a un mantenimiento de la parte proporcional desigualdad en el mercado de trabajo, plena- mente rechazada por SEFPSAU y sus trabajadores. El acoso sexual supone la cuota anual.vulneración de derechos fundamentales de las personas, como son el derecho a la dignidad, a la intimidad, a la libertad sexual, a la no discriminación por razón de sexo, a la salud y a la seguridad en el trabajo. BOCM-20191123-3 A través del desarrollo de un protocolo para la prevención del acoso sexual y el acoso por ra- zón de sexo, SEFPSAU y la Representación de los Trabajadores de SEFPSAU dejan expresa constancia de su intención de adoptar, en el marco de sus responsabilidades, cuantas medidas sean necesarias para impulsar un ambiente de trabajo libre de acoso, no permitiendo ni consin- tiendo conductas de esta naturaleza. B.O.C.M. Núm. 279 SÁBADO 23 DE NOVIEMBRE DE 2019
1.- CONCEPTO DE ACOSO: Acoso sexual y acoso por razón de sexo
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Samples: Convenio Colectivo
INTRODUCCIÓN. Este documento El contrato de promesa de compraventa suscrito entre Promotora Cartagena Laguna Club S.A. y Compañía General de Alimentos y Conservas Gran Unión Ltda., reúne la totalidad de circunstancias que señalan la ley y la jurisprudencia para que una promesa de celebrar un contrato de compraventa produzca obligaciones. En efecto:
1. A pesar de que el impreso art. 861 del C. de solicitud Co. no lo exige, las partes decidieron celebrarlo por escrito el 9 de septiembre de 2008.
2. A su formación concurrieron íntegramente los requisitos establecidos por el art. 1502 del C.C. para que ha cumplimentado constituyen una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad, ya que ambos contratantes, plenamente capaces, dieron un consentimiento expreso y exento de vicios, sobre un objeto y causa lícitos;
3. Se señaló el 3 xx xxxxx de 2009 como el día en que debía suscribirse la escritura pública que solemnizara la compraventa prometida; y,
4. La totalidad de los derechos y obligaciones de las partes y los demás elementos propios de la compraventa se determinaron con absoluta claridad, de tal manera que para el perfeccionamiento del contrato establecido para su cuenta con nosotros solo faltaba la suscripción de la escritura pública exigida por la ley. En la fecha fijada los contratantes no concurrieron al otorgamiento de la escritura prometida; pero el 15 xx xxxxx de 2009 firmaron un “Otrosí” mediante el cual señalaron “el En la cláusula quinta del “Otrosí” las partes reiteraron que el precio del inmueble prometido en compraventa era la suma de ciento cincuenta y un millones setecientos diez mil pesos (denominada su cuenta $151.710.000.oo), de los cuales la prometiente vendedora aceptó haber recibido sesenta millones seiscientos ochenta y cuatro mil pesos ($60.684.000.oo). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige El saldo restante, es decir la suma de noventa y un millones veintiséis mil pesos ($91.026.000.oo) sería pagado por el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial prometiente comprador bien con recursos propios o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto producto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas un préstamo bancario, cuyas especificaciones no son importantes de describir en este aparte. Declararon, por último, los contratantes que las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen demás cláusulas del contrato de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualpromesa permanecerían vigentes.
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Samples: Arbitration Award
INTRODUCCIÓN. El suministro es el contrato mediante el cual un sujeto, denominado suministrante, se compromete a entregar cosas (obligación de dar) con cierta frecuencia de tiempo y de determinada manera o forma (obligación de hacer) a otro sujeto, llamado suministrado, el cual a su vez, se obliga a pagar un precio como contraprestación1. Este documento enunciado, más 1 Por su parte, la jurisprudencia lo ha definido como: “...el contrato por el cual una de las partes (suministrante) asume frente a la otra (suministrado) la obligación de cumplir prestaciones periódicas y continuadas durante un término (determinado o indeterminado) en la medida que lo solicite y por un precio fijado o a fijarse”. CNCom., xxxx E, 30/03/1989, “Marriott La doctrina ha considerado que “...el suministro es un contrato en virtud del cual, una parte se obliga a entregar cosas a la otra, en forma periódica o continuada y ésta a pagar un precio por ellas”. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx X., Tratado de los contratos, T. I, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 1999, pág. 470. También se ha dicho del suministro que: “...por este contrato en su forma principal una de las partes se obliga a entregar a la otra, a medida que las necesidades lo requieran, por un precio invariable, no obstante sus oscilaciones en el mercado, las mercaderías determinadas en el contrato, para que las consuma o las incorpore a otras, o las transforme a fin de fabricar otras mercaderías”. Ver: Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X., Código de comercio comentado, T. II, Xxxxxxx, Buenos Aires, 1967, págs. 28 - 29. allá de alguna variante terminológica puntual, era el que se imponía a la hora de definir al contrato de suministro. Hasta la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, el 01 xx xxxxxx de 2015, era un contrato que, a pesar de su enorme utilidad y trascendencia práctica, estaba ausente del régimen legal. El nuevo CCyC lo incluye expresamente y le dedica diez normas. En su definición, el art. 1176 establece que se trata del “…contrato por el cual el suministrante se obliga a entregar bienes, incluso servicios sin relación de dependencia, en forma periódica o continuada, y el impreso suministrado a pagar un precio por cada entrega o grupo de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido ellas”. Hay varias consideraciones para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional analizar respecto de este contrato sin ningún gasto de tanta relevancia práctica en cualquier momento durante los negocios e incluso, en la vigencia del mismovida cotidiana. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes En esta ocasión nos limitaremos a reflexionar acerca de ciertos conceptos, a priori novedosos, que se refieran a dicho contrato serán el nuevo ordenamiento introduce en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo punto a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud resolución de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.
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Samples: Supply Contract
INTRODUCCIÓN. Este documento El contrato objeto de adjudicación mediante el presente Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP) se regirá, en cuanto a su preparación y el impreso adjudicación, por lo dispuesto en la Instrucción Administrativa IN-SGC-001/08, (Rev. 01), de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga 30 de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional octubre de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante 2013 por la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran regulan los procedimientos de contratación de RENFE-Operadora, (en adelante la “Instrucción”), la cual recoge las normas pertinentes de la Ley de Contratos del Sector Público y, en cuanto a dicho contrato serán su cumplimiento, efectos y extinción, por el ordenamiento jurídico privado que resulte de aplicación. Durante el año 2013, en idioma españolcumplimiento de lo establecido en el art. Los términos usted1 del Real Decreto-Ley 22/2012, Vd.de 20 de julio, y su significa normativa de desarrollo, la persona Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora ha iniciado un proceso de reestructuración empresarial que solicitó ha culminado en la apertura creación, con efectos desde enero de 2014, de un holding empresarial que ha dado lugar a la creación del "Grupo RENFE-Operadora", del cual forma parte RENFE Fabricación y Mantenimiento S.A., Sociedad que ha asumido las funciones y obligaciones que, hasta diciembre de 2013, venía desarrollando la Unidad de Negocio / Área Operativa de Fabricación y Mantenimiento de RENFE-Operadora, motivo por el cual esta Sociedad continúa aplicando, transitoriamente y hasta la aprobación de sus propias Instrucciones de contratación, las que venía aplicando como Unidad de Negocio / Área Operativa de Fabricación y Mantenimiento de RENFE- Operadora, es decir, la INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA IN-SGC-001/08 (Rev. 01), de 30 de octubre de 2013, por la que se regulan los Procedimientos de Contratación de RENFE-Operadora. En tal sentido, para todo aquello no estipulado en el presente PCP, se aplicará lo establecido en la Instrucción, que en todo caso tendrá prevalencia sobre el citado. En todo lo que no esté en contradicción con este Pliego, serán de aplicación las prescripciones del “PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS” de RENFE de fecha julio/2003. Igualmente será de aplicación el “PLAN BASICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EMPRESAS CONTRATISTAS DE RENFE”. Estos documentos están a disposición de los licitadores en el apartado “Perfil del Contratante” de la cuenta; Los términos nosotrospágina web de RENFE-Operadora, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx., formando parte integrante del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualpresente PCP.
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Samples: Coordination of Safety and Health for Civil Works and Infrastructure Maintenance
INTRODUCCIÓN. Este documento El Tribunal Supremo (“TS”) ha dictado recientemente (27 xx xxxxx de 2017) una sentencia (de aquí en adelante “la Sentencia”) en la que fija su posición en relación con varios problemas relacionados con la validez del pacto arbitral. En la Sentencia nuestro Tribunal Supremo decide sobre los sucesivos recursos interpuestos contra la decisión del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de los xx Xxxxxx, sobre una declinatoria interpuesta por Banco Popular, a raíz de una demanda de Agrumexport, S.A., en la que ésta solicita la nulidad de los “contratos financieros” suscritos entre esta compañía y el impreso Banco Popular. El mencionado Juzgado de solicitud que ha cumplimentado constituyen 1ª Instancia declara no haber lugar a la declinatoria y estima parcialmente la demanda de Agrumexport, S.A., anulando el contrato establecido de put (no así el de swap) celebrado entre las partes. La decisión del juzgado de 1ª Instancia fue confirmada por la Audiencia xx Xxxxxx, que en su sentencia de 7 de julio de 2014 expone una serie de argumentos que han tenido gran influencia en la decisión final de la Sentencia que ahora comentamos. En particular, la Sentencia manifiesta el acuerdo de nuestro más alto tribunal con la interpretación que la decisión de la Audiencia Provincial hace de la repercusión que puede tener para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta )el caso el hecho que el CMOF deba ser considerado como un contrato de adhesión1. Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga Estos comentarios tienen por objeto realizar un breve examen de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes los puntos más relevantes que se refieran tratan en la Sentencia y analizar las conclusiones a dicho contrato serán las que llega nuestro más alto tribunal. Para mayor comodidad del lector, se sigue el mismo orden en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona el que solicitó la apertura los diferentes temas a comentar han sido expuestos en los Fundamentos de Derecho de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualSentencia.
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Samples: Cláusula Arbitral
INTRODUCCIÓN. Este documento La actio in rem verso conocida en materia civil y comercial como la acción o garantía judicial conducente para reclamar la compen- sación o restitución que se deriva de la aplicación de la fuente de obligaciones, o sí se quiere, del principio del derecho conocido doc- trinalmente como enriquecimiento sin causa o injustificado, hoy por hoy, en materia de responsabilidad estatal, ha sido en ocasio- nes predicada, cuestionada e inaplicada por el impreso Consejo de solicitud Estado, especialmente al momento de analizar, estudiar y decidir casos referentes a la “prestación de un servicio, el suministro de bienes, o, la confección de alguna obra en beneficio del ente público” sin que ha cumplimentado constituyen medie contrato o sin que se haya formalizado el contrato establecido mismo, produ- ciendo en consecuencia, un empobrecimiento para su cuenta con nosotros el “prestador de tales servicios, suministrador de bienes o constructor de la obra” y un enriquecimiento correlativo a favor de la entidad pública, puesto que, aquél no obtiene “la compensación equitativa que gobierna el intercambio de bienes y servicios” (denominada su cuenta Consejo de Estado, Sal. Cont. Admtivo, Secc. 3, Rad, 85001-23-31-000-2003-00035-01(35026), 2009, p.34). Sustituye No obstante, como se establece en el presente artículo, la posi- ción de la citada Xxxx Xxxxx, no ha sido constante ni inquebranta- ble, antes como se corrobora al revisar juiciosamente su jurispru- dencia en eventos como el descrito, no ha concretado una línea de pensamiento inequívoca referente a todas la aplicación de la figura del enriquecimiento sin causa ya sea como fuente de las condiciones anteriores obligaciones o principio general del derecho, como tampoco de la procedencia de la actio in rem verso como la garantía judicial pertinente para glorificar aquél. En la actualidad, el Consejo de Estado en Sentencia de noviem- bre 19 de 2012 (Consejo de Estado Sala Contencioso Administra- tiva, Sección 3a, Rad.73001-23-31-000-2000-03075-01(24897), (p. 46, 2012) dejó sentada la improcedencia de la acción in rem verso en materia de responsabilidad estatal, limitando su alcance única- mente a tres casos en particular pero como pretensión restitutoria y no como acción autónoma e independiente, la cual se puede elevar dentro de una demanda de reparación directa. Aunque desde ya se advierte, que le hayamos proporcionado dichos casos no son taxativos, podría decirse que son los decantados aparentemente por esa corporación. Se insiste, que en nuestros días es imposible acudir a dicha ac- ción en materia de responsabilidad estatal en virtud de la aplicación del principio o fuente de obligaciones denominado enriquecimiento sin causa, para su cuenta. Este contrato rige el uso obtener o pretender la compensación o restitución que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa merezca la persona que solicitó de buena fe, sin contrato estatal y en detrimento de su patrimonio prestó un servicio, suministró bienes o ejecutó una obra a favor del Estado, quien en efecto de ello se enri- queció sin causa o derecho. Pese a la apertura citada posición, acogida en la actualidad en el seno del Consejo de Estado y reiterada posteriormente en Sentencia adiada febrero 13 de 2013 (Sala Contenciosa Administrativa. Sección 3ª. Rad. 25000-23-26-000-2000-02011-01(24969), (2013), p. 19), no se pueden perder de vista, los lineamientos esgrimidos con anteriori- dad cuando a través de la cuenta; Los términos nosotrosactio in rem verso como acción judicial se estudiaban, nosanalizaban y decidían casos (distintos a los observados en la actualidad) en los cuales sin mediar o formalizar un contrato estatal se realizaban obras, nuestro prestaban servicios o suministraban bienes a favor del Estado, produciendo en consecuencia, un xxxxxxx- cimiento del ente público beneficiado y Bansamex significan Bansamexun empobrecimiento correla- tivo con cargo del contratista de hecho. Lo anterior, S.A. Xxxxx en consideración a que se puede presentar un nuevo viraje jurisprudencial que posiblemente retome la línea xx xxxxx- miento anterior, como la expuesta categóricamente en la Senten- cia 00 xx xxxxx 0000 (Xxxx Xxxxxxxxxxx Administrativa. Sección 3a. Rad. 85001-23-31-000-2003-00035-01(35026), (p.23), que tuvo como Consejero Ponente al doctor Xxxxxxx Xxxx xx XxxxXxx Xxxxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil quien como es sa- xxxx, encabeza la lista de doctrinantes nacionales en materia de responsabilidad estatal, muy a pesar de que dicho autor en la actua- lidad admita “que la acción a través de la Provincia cual se [deben tramitar] las pretensiones por enriquecimiento sin causa sea la de Madridrespon- sabilidad extracontractual o reparación directa”. (Sala Contencioso Administrativa. Sección 3ª. Subsecc 3, Tomo 3.852Rad. 07001-23-31-000-1999- 00161-01(19045), Sección 8ª del Libro (p.48). Aunque el precitado autor, alegue razones de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo seguridad jurídica para quienes recurren a la Ley 16/2009misma, no se po- dría descartar que retome su pensamiento, que dicho sea de 13 paso, también es criterio de noviembreotros Consejeros de Estado. Es por ello, de servicios de pagoque resulta oportuno realizar un examen bibliográ- fico bajo un método crítico-racional (artículos, así como cualquier sociedad matrizsentencias, filial o participada y los licenciatarios que participan en textos, otros) sobre el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. enriquecimiento sin causa y la empresa a la que representa son solidariamente responsables actio in rem verso, el cual incluya: 1) Un breve recuento de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.sus antecedentes románicos;
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Samples: Responsabilidad Estatal
INTRODUCCIÓN. Este documento y el impreso de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la La recién aprobada Ley 16/200940 / 2002, de 13 14 de noviembre, reguladora del contrato de servicios aparcamiento de pagovehículos, así constituye el fruto de la conjunción de las proposiciones xx xxx de varios grupos parlamentarios planteadas durante la séptima legislatura, que finalmente se tramitaron como cualquier sociedad matrizproposición única, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder tipificar el ya denominado por la doctrina y jurisprudencia “contrato de aparcamiento”, en aras de otorgar mayor seguridad jurídica a su cuenta; El término Cargo(suna realidad social en auge y especialmente problemática desde hace tiempo. Esta Proposición xx Xxx procede de la unificación, en el Informe de la Ponencia, de las iniciativas con número de expediente del Congreso de los Diputados 122 / 000018 y 122 / 000061, pertenecientes a los Grupos Socialista y Popu lar y Catalán, pu blicadas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, Serie B, números 22 (1 a 15) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen y 70 (1 a 15), tomadas en consideración por el Pleno del Congreso de algún otro modo los Diputados en su cuenta e incluye anticipos en efectivosesión del día 16 xx xxxx de 2001, comprasDiario de Sesiones número 82. Así las cosas, cuotasel contrato de aparcamiento de vehículos es, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha Ley, un contrato típico y normado; condición ésta, por lo general, beneficiosa para la regulación de las prestaciones en masa y para la protección de los usuarios (Xxxxxxxxx, 2002, 11). Pero no es ni mucho menos un contrato “nuevo” o “renovado”. Al margen de algunas novedades muy puntuales y, a mi juicio, de algunos errores que pueden fr ustrar o dificultar los objetivos de la propia Ley, la norma objeto de este comentario positiviza la doctrina jurisprudencial vertida ya desde hace tiempo en la resolución de conflictos relativos a la utilización de los parkings o aparcamientos públicos (cfr. Xxxxxxx Xxxx (1996); Xxxxxx Xxxxxx; Xxxxxxxx Xxxxxxx (1996); Xxxxxxxxxxx de los Xxxx (2000); Xxxxxxx Xxxxxx (2001); Xxxxxx Xxxxx (2001)) -y es que, como la propia Exposición de motivos de la Ley señala, “es el aparcamiento público aquel que origina el mayor grado de conflictividad y es a este específico supuesto que pretende dar respuesta esta Ley”-. Mas ni contiene cambios relevantes con respecto a la situación anterior ni implica mayores garantías para el usuario del aparcamiento –antes bien, al contrario-, con independencia, como se anticipó, de la que puede suponer la tipificación del propio contrato y de las obligaciones de ambas partes. Se trata de una Ley de contenido imperativo, para los supuestos en ella incluidos, según se deduce del art. 7. El propio precepto, integra, en lo no regulado por la Ley, y como Derecho supletorio, los pactos que los contratantes pudieran efectuar y las normas generales de regulación de las obligaciones y contratos. Fuentes del contrato de aparcamiento son, por tanto, la Ley 40 / 2002; los pactos entre los contratantes, siempre, eso sí, que no contradigan o se opongan a lo en ella establecido; y las normas generales relativas a las obligaciones y contratos. La no referencia a leyes contractuales de consumidores haría pensar que se aparta el contrato de su formalización configuración como contrato de consumo, tal y como lo venía realizando la jurisprudencia anterior (cfr. STS 22.10.96, RJ 7238). Es cierto que en cualquier ningún momento posteriormente menciona la Ley que el usuario del parking lo sea en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes sentido técnico –usuario o consumidor del art. 1.2 de antelaciónla LCU-, aunque pienso que lo normal es que así ocurra (más aún si se tiene en cuenta la condición de empresario de la contraparte). Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos Lo precedente lleva a concluir, pese a la dirección indicada omisión en el art. 7, que también son de aplicación los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio preceptos de la parte proporcional LCU, operación, por otra parte, perfectamente posible a través del art. 1258 CC. Ello es importante en punto a la aplicación, v. gr. de la cuota anualnormativa acerca de las cláusulas abusivas que pudieran ser incorporadas en el contrato de aparcamiento y a las que no se diera respuesta – sobre su validez- con la Ley 40 / 2002.
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INTRODUCCIÓN. Este documento Sin duda una de las ecuaciones más extraordinarias que se producen en el contrato de seguro es la que une el riesgo, su cobertura legal o voluntaria, con el acaecimiento del siniestro. Qué es siniestro y qué no lo es no siempre es una delimitación fácil, antes al contrario, se antoja compleja, llena de matices y en función precisamente no del hecho que genera y desencadena el daño, el perjuicio, sino si el mismo se produce teniendo en cuenta las coberturas negociadas, recte, impuestas en la mayoría de los supuestos. Determinar por otra parte el momento exacto de realización del siniestro –hecho dañoso versus reclamación del perjudicado o de la víctima en su caso, dado que no siempre víctima y perjudicado han de ser la misma persona– es algo perentorio para una aseguradora en aras de reducir la posibilidad de un riesgo indefinido, holístico. Y en medio irrumpe la dimensión temporal, dimensión no menor, sino principal y que juega como anatema sobre todo en los seguros de responsabilidad civil1 . Una dimensión que banaliza en no pocos supuestos el período de vigencia material del seguro –si éste se entiende en un sentido estricto aunque moldeable conforme al tenor del Art. 22 de la Ley de contrato de Seguro (LCS)–, al hacerlo pendular entre la fecha que se produce el siniestro y la fecha que, en su caso, presenta de haberla, la reclamación de un tercero, 1 Es unánime en la doctrina la fuerte imbricación e interrelación entre la dimensión o delimitación temporal del riesgo en el seguro de responsabilidad civil y el impreso siniestro, así, vid. entre otros, XXXXXXX XXXXXXX, “El siniestro en el seguro de solicitud RC contemplado en su dimensión temporal. La problemática de los ‘aggregate limites’”, Responsabilidad civil de productos, Seaida, Madrid, 1983, pág. 89 y ss.; XXXXXX XXXX, X. (1977), El seguro de la culpa, Madrid, España, pág. 57 y ss., quien parte además de calificar el siniestro como el factor capital de la relación de seguro. Al determinar por una parte, la obligación esencial del asegurador, el pago de la indemnización, y, de otra parte, los principales deberes o cargas del asegurado, el cumplimiento de los cuales condiciona a su vez el derecho a obtener la prestación del asegurador. Es el eje en torno al cual gravitan las relaciones entre el asegurador y el asegurado. víctima o perjudicado, pues no siempre han de ser ni tienen porque ser la misma persona2 . Discernir los parámetros de lo que ha cumplimentado constituyen se entiende por reclamación no siempre es fácil3 . Y en esta ecuación hipotética o real, el hilazón común viene determinado –pactado o impuesto y adviértase la erosión en la bilateralidad del contrato establecido para de seguro– por la cobertura temporal, máxime cuando se disocia el hecho generador del daño, la exteriorización del mismo y su cuenta con nosotros ulterior reclamación4 . Al lado, en ese lado menos visible y perceptible, el riesgo de conculcación de los derechos de los asegurados, la posibilidad de un abuso manifiesto, no sólo de una limitación del derecho. Qué son sino las estrategias de reducir la cobertura a siniestros respecto a los cuales sólo se consideran si se produce la reclamación dentro de unos umbrales temporales concretos. ¿Estamos ante cláusulas delimitadoras del riesgo en su ámbito temporal, o acaso ante limitativas de derechos cuando no puntualmente lesivas? Es este un interrogante cuya respuesta se antoja compleja. Hasta tal punto es así que sólo se considera siniestro en la responsabilidad civil cuando se produce la reclamación por un tercero bien contra el asegurado en exigencia de una responsabilidad que dimana de una acción u omisión negligente del mismo, bien directamente a la aseguradora. Mas ¿cuántas fases atraviesa el itersiniestral cuando no el mismo daño? Recuerda y se decanta la sentencia de la Audiencia Nacional de 31 xx xxxxx de 2000 –no es normal que este órgano se pronuncie sobre cláusulas y temporalidad en el seguro– aduciendo como esta cláusula limitativa (denominada su cuenta a la sazón establecía la póliza una cobertura retroactiva). Sustituye a todas las condiciones anteriores , que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige delimita temporalmente la cobertura de la póliza, puede ser opuesta al asegurador, pues en el uso que haga caso xx xxxxxxxx voluntaria de la obligación de aseguramiento, el asegurador puede acotar temporalmente el alcance de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional obligación de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vdaseguramiento., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual.
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Samples: Contrato De Seguro
INTRODUCCIÓN. El presente documento se refiere a una emisión de Participaciones Preferentes Serie 1 (en adelante, las “Participaciones Preferentes”) por importe nominal unitario de 50.000 euros por valor y agregado de 750.000.000 euros (en adelante, la “Emisión”) por parte de UNION FENOSA PREFERENTES, S.A., Sociedad Unipersonal, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 13/1985, de 25 xx xxxx de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financie- ros. Esta Emisión está destinada a ser ofrecida en España para su suscripción por todo tipo de inversores, sin que se requiera el registro ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (en lo sucesivo, la “CNMV”) de un folleto informativo u otra documentación relativa a la Emisión por ser de aplicación la excepción prevista en el artículo 30 bis 1.d) de la Ley 24/1988, xxx Xxxxxxx de Valores, en su redacción otorgada por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 xx xxxxx, de reformas urgentes para el impulso de la productividad y para la mejora de la contratación pública. Este documento, incluye un resumen de los términos y condiciones más relevantes de la mencionada Emisión, que ha sido preparado por UNION FENOSA PREFERENTES, S.A., Sociedad Unipersonal y UNION FENOSA, S.A. sobre la base del documento en lengua inglesa, Listing Memorandum (Folleto Informativo), el cual, una vez concluida la oferta, será presentado por el emisor, para su registro en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para solicitar la admisión a cotización de las Participaciones Preferentes en dicha Bolsa de Valores. Se hace constar, por tanto, que dicho Folleto Informativo es una versión pre- liminar que aún no ha sido aprobada por la Bolsa de Luxemburgo, por lo que su conteni- do aún no es definitivo y podría estar sujeto a variaciones antes de su registro. Este resumen se ha elaborado con el único fin de facilitar a los inversores una informa- ción muy resumida sobre los valores contenidos en el citado Folleto Informativo, que el inversor deberá leer, siendo ese el único documento informativo oficial, en su versión definitiva, que se registrará en la Bolsa de Valores de Luxemburgo a los efectos de la admisión a cotización de las Participaciones Preferentes. Se hace expresamente constar que en caso de discrepancia entre el contenido del Folleto Informativo redactado en lengua inglesa y su traducción jurada al castellano o entre dicho Folleto Informativo y este resumen también en lengua castellana, prevalecerán los tér- minos del Folleto Informativo en su versión inglesa. El Folleto Informativo y este resumen son de la exclusiva responsabilidad de UNION FENOSA PREFERENTES, S.A, Sociedad Unipersonal y de UNION FENOSA, S.A. Las Entidades Aseguradoras y Colocadoras Principales, las Entidades Colocadoras Asociadas, las Entidades Colocadoras No Asociadas, los Intermediarios Financieros y la Entidad Agente de la emisión no asumen responsabilidad alguna por su contenido, su falta de veracidad, inexactitud o por las posibles omisiones del presente documento o, en su caso del Folleto Informativo. El Folleto Informativo y su traducción jurada al castellano se encuentran a disposición de los inversores, de forma gratuita, en los domicilios sociales de: (i) UNION FENOSA PREFERENTES, S.A. Sociedad Unipersonal, (ii) UNION FENOSA, S.A., (iii) las Entidades Aseguradoras y Colocadoras Principales, las Entidades Colocadoras Asociadas, las Entidades Colocadoras No Asociadas y los Intermediarios Financieros. El Folleto Informativo, en su versión definitiva estará a disposición de los inversores en la Bolsa de Valores de Luxemburgo. Adicionalmente, este documento contiene; (i) una descripción de los términos de la colo- cación, entre los inversores residentes en España, de las Participaciones Preferentes, pro- cedimiento de colocación acordado por las entidades que lo llevarán a cabo y que se des- cribe en el Contrato de Aseguramiento y Colocación suscrito el 14 xx xxxxx de 2005, entre UNION FENOSA PREFERENTES, S.A. Sociedad Unipersonal y UNION FENOSA, S.A. de un lado y por las Entidades Aseguradoras y Colocadoras Principales referidas en el apartado IV siguiente por otro, y (ii) una descripción del proceso a seguir, en el supuesto en que las peticiones de Participaciones Preferentes solicitadas por los inversores en las órdenes de suscripción superen el número de Participaciones Preferentes que son objeto de la emi- sión, a los efectos del prorrateo que se realizará por la entidad agente, en virtud del com- promiso asumido en el Contrato de Agencia suscrito entre el Emisor y el impreso Garante por un lado y Santander Investment Services, S.A., como entidad agente por otro, el 14 xx xxxxx de solicitud que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta 2005. Se recomienda a los inversores que, con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye carácter previo a todas la adopción de cualquier deci- sión de inversión relativa a las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura Participaciones Preferentes objeto de la cuenta; Los términos nosotrosemisión, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan tengan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa participaciones preferentes son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, valores perpetuos sin perjuicio de la parte proporcional facul- tad de amortización de UNION FENOSA PREFERENTES, S.A. Sociedad Unipersonal, no garantizan el pago de remuneración, ni la cuota anual.recuperación del importe nominal de los valo- res en todos los casos y que, al negociarse en un mercado secundario, su valor de merca- do puede fluctuar, pudiendo ser inferior a su precio de suscripción
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Samples: Emission of Preferred Shares
INTRODUCCIÓN. Este documento y Esta lección lleva por título «El enigm a del contrato adm inistra- t xxx». Dice el impreso Diccion ario de solicitud la Xxx xx a E spañ ola qu e en igm a es aquel «dicho o cosa que no se alcanza a com prender o que difícil- m ente puede entenderse o in terpretarse». Algo de esto ocurre, sin duda, con el contrato adm inistrativo. Es un concepto que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye dado lugar a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga continuas polém icas doctrinarias, a m iles de su cuenta. Puede solicitar páginas escritas desde hace m ás de un siglo, a una copia adicional de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato jurisprudencia m asiva, a veces confusa y todas las comunicaciones entre ambas partes contradictoria, y a continuas reglam entaciones xx xxxxx y decretos, que se refieran a dicho contrato serán suceden año tras año en idioma españoltodos aquellos países en que ha sido aceptada esta figura. Los términos ustedSin duda algo enigm ático y contra- dictorio, Vd.encierra una institución jurídica que ha necesitado tantas explicaciones. Pero no han corrido m ejor suerte aquellos países, y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotroscom o Alem a- nia, nosGran Bretaña, nuestro y Bansamex significan BansamexItalia o Estados Unidos, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivo, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurridono se reconoce esta figura. En ellos, sin perjuicio los contratos del Estado se declaran sujetos al Derecho com ún, civil o com ercial, com o cualesquiera otros negocios entre particulares. Pero ello no es nunca así; esto es sólo en teoría. En la práctica, los contratos del Estado en esos países están llenos de peculiaridades, de excepciones al Derecho com ún, bien por la vía del clausulado contractual (que incorpora m ultitud de singularidades), bien por la proyección sobre el contrato de un conjunto de privile- gios subjetivos que acom pañan siem pre al Estado y que le sitúan en una cierta posición de inm unidad frente al contratista. Así pues, el enigm a, seguram ente, no está en el concepto de con- trato adm inistrativo, sino en el concepto de contrato estatal o «con- trato de Estado», pues parece en principio incom patible la idea de con trato (es decir, de relación bilateral vin cu lan te, librem en te acordada, en un plan o de igu aldad) con la idea de poder pú blico (esto es, titu lar o partícipe de la parte proporcional soberanía, que puede hacer valer unilateralm ente su poder en cualquier m om ento a través de una Ley, Decreto o acto de gobierno). Y es que, efectivam ente, com o escribió el gran Xxxx XXXX R hace m ás de un siglo: «El Estado m anda siem pre unilateralm ente...; y el contrato no tiene acom odo posible en el derecho público...». Para los herederos del viejo y gran m aestro, la cuota anualrazón era clara: «puede hablar- se solam en te de con trato —escribirá FLE INE R— si la volun tad de cada una de las partes de una relación jurídica posee la m ism a fuer- za; ahora bien, esa igualdad no existe jam ás entre el soberano y el súbdito»1. El contrato del Estado constituye, por tanto, una im posi- bilidad lógica 2. Ante tal incom patibilidad conceptual, pero tam bién ante la reali- dad evidente, desde hace siglos, de que el Estado (y antes el Rey) ce- lebra contratos para cubrir sus necesidades y las de su pueblo, los ju- r istas h em os ten ido qu e bu scar un a explicación . Un os dijeron : cuando los poderes públicos contratan, lo hacen com o si fueran per- 1 Xxxxx XXXXXXX (1933: 168-169).
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Samples: Contrato Administrativo
INTRODUCCIÓN. Este documento y —El presente artículo pretende regular los complementos que, en las di- versas situaciones de bajas médicas por Incapacidad Temporal derivadas de Enfermedad, puedan o no, ser abonadas a los trabajadores para complementar, tanto sus retribuciones fi- jas o garantizadas, como su participación en el impreso tronco de solicitud propinas. Dado que ha cumplimentado constituyen el contrato establecido este tipo de complementos no solo suponen un coste adicional para su cuenta con nosotros (denominada su cuenta ). Sustituye a todas las condiciones anteriores que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga la Em- presa, sino también una disminución de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional los propios ingresos de este contrato sin ningún gasto en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y todos los licenciatarios trabajadores que participan en el Servicio tronco de tarjetas propinas, a cargo del cual deben satisfacerse, expresamente se es- B.O.C.M. Núm. 103 MARTES 2 XX XXXX DE 2017 tablece que la xxxxx x xxxxx general de Bansamexaplicación a estas situaciones, sea la de: “NO SE TENDRÁ DERECHO ALGUNO A COMPLEMENTOS DE BAJA MÉDICA POR I.T. ENFERMEDAD”, salvo cuando ello sea acordado y autorizado por la “Comisión Paritaria de Seguimiento de Situaciones de I.T. Enfermedad”. Por ello, si la facultad de su concesión reside en tal órgano paritario, igualmente la mis- ma podrá acordar, en cualquier momento, la retirada o suspensión del complemento conce- dido al trabajador en la misma baja o procesos sucesivos de bajas, bastando para ello la no- tificación del acuerdo adoptado y su fecha de efectos, sin necesidad de notificar causas. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo acuerdo de acceso retirada o supresión del complemento, que adopte la Comisión Parita- ria, podrá tener su causa o justificación en la propia valoración que sus miembros efectúen de numerosas circunstancias que puedan concurrir en cada caso y momento y que, además de las causas que igualmente justifican incluso la pérdida del derecho a la cuenta que emitamos con el objeto Prestación de acceder a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta Seguridad Social, puedan estimarse concurren en función del absentismo general de la Em- presa, absentismo particular del trabajador, mayor o que se carguen menor gravedad de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivola causa de baja, comprascomportamiento del trabajador, cuotasduración de la baja u otras circunstancias similares. Las decisiones de la Comisión Paritaria de Seguimiento, comisionestanto para la concesión como para la retirada o supresión, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos no podrán ser consideradas como discriminatorias o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” (Small Business Service), vd. y desigua- les por la empresa a la que representa son solidariamente responsables de los todos los cargos y demás cantidades que, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse existencia de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar algunos trabajadores la cláusula “Titulares Suplementarios” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato contiene perciban, pues la misma no constituye un derecho, sino una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato mejora cuya concesión es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir exclusiva competencia de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anualComisión.
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Samples: Convenio Colectivo
INTRODUCCIÓN. Este documento Un aspecto tan básico en un sistema de relaciones laborales como es el relativo a la contratación resulta sumamente complejo en ordenamientos jurídicos como el español, en el que existe una gran variedad de modalidades. El Derecho español, en su afán por ofrecer diversas posibilidades de contratación laboral en razón de las conveniencias específicas del empresario y la necesidad de fomentar el impreso derecho básico de solicitud que ha cumplimentado constituyen las personas al empleo, contempla diferentes tipos de contrato. Así, en atención a su duración, el contrato establecido para puede ser indefinido (abierto a su cuenta con nosotros (denominada vez a varias modalidades, como, por ejemplo, el de apoyo a emprendedores) o temporal, donde se incluyen los clásicos contratos por obra o servicio, eventual o de interinidad; por su cuenta )parte, en atención a la prolongación de la jornada que se pacte será calificado como a jornada completa o a tiempo parcial, pudiendo en este último caso constituir, a su vez, y por ejemplo, un contrato de relevo o de fijo discontinuo. Sustituye a todas las condiciones anteriores Con todo, la clasificación que le hayamos proporcionado para su cuenta. Este contrato rige el uso que haga de su cuenta. Puede solicitar una copia adicional más importa al objeto de este contrato sin ningún gasto trabajo es la que reconoce la existencia de modalidades contractuales singulares en cualquier momento durante la vigencia del mismo. Este contrato y todas las comunicaciones entre ambas partes que se refieran a dicho contrato serán en idioma español. Los términos usted, Vd., y su significa la persona que solicitó la apertura de la cuenta; Los términos nosotros, nos, nuestro y Bansamex significan Bansamex, S.A. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx xx Xxxx, 17. 28027 Madrid. N.I.F. A-80394075. Registro Mercantil de la Provincia de Madrid, Tomo 3.852, Sección 8ª del Libro de Sociedades, Folio 106, Hoja M-64695, Inscripción 1ª, entidad de pago autorizada de acuerdo a la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como cualquier sociedad matriz, filial o participada y los licenciatarios que participan en el Servicio de tarjetas de Bansamex. El término tarjeta significa cualquier tarjeta u otro dispositivo de acceso a la cuenta que emitamos con el objeto de acceder atención a su cuenta; El término Cargo(s) significa todas las transacciones realizadas utilizando la tarjeta o que se carguen de algún otro modo en su cuenta e incluye anticipos en efectivofinalidad, compras, cuotas, comisiones, intereses, impuestos y todos los demás importes que se haya comprometido a pagarnos o de los que sea responsable en virtud de este contrato. El titular suplementario como es responsable solidariamente con usted de todos los cargos que efectúe dicho titular suplementario. En el caso de Tarjeta modalidad “SBS” los denominados contratos formativos (Small Business Serviceen prácticas o para la formación y el aprendizaje), vden los que, junto al fin propio del contrato de trabajo, concurre otro de carácter formativo. De todos los tipos de contrato que existen, el análisis se centrará en el de formación y aprendizaje, que, regulado en el art. 11.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la empresa Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), ha sufrido muchas variaciones en los últimos años debido, fundamentalmente, a la enorme tasa de paro, que representa son solidariamente responsables ha llevado al legislador a incidir sobremanera en este tipo de contrato con el fin de potenciar su uso como herramienta para la inserción laboral de los todos los cargos jóvenes, pese a que nunca ha tenido gran predicamento, al aparecer “caracterizado siempre por su marginalidad respecto a otras modalidades contractuales”1. Así, fue objeto de atención en la reforma de 20102 y demás cantidades quetambién en las posteriores de 2011 y 20123. 1 XXXXX-XXXXXX HERENCIA, de acuerdo con este contrato, deban sernos abonados. Al utilizar su cuenta (o suscribir y mantener la tarjeta), usted y cualquier titular suplementario acuerdan cumplir las condiciones de este contrato. Sírvase leer detenidamente este contrato y conservarlo para su consulta. Es responsabilidad suya y conviene en cerciorarse de que cualquier titular suplementario conoce estas condiciones. Sírvase consultar la cláusula Xx.J.: “Titulares Suplementarios” de este Aspectos novedosos del contrato para conocer más detallesla formación y el aprendizaje tras las últimas reformas”, Temas Laborales, núm. Este contrato contiene una cláusula de limitación de responsabilidad que limita nuestra responsabilidad y obligaciones119, 2013, págs. Sírvase consultar la cláusula de “Limitación de responsabilidad” de este contrato para conocer más detalles. Este contrato es de duración indefinida. Puede cancelarlo en un plazo de 14 días naturales a partir de la fecha de su formalización y en cualquier momento posteriormente en cuyo caso deberá preavisarnos con un mes de antelación. Sírvase destruir o devolvernos todas las tarjetas y escribirnos a la dirección indicada en los párrafos anteriores confirmando que desea cancelar la cuenta. Si la cancela dentro del citado plazo de 14 días, será responsable de los cargos aplicables en los que haya incurrido, sin perjuicio de la parte proporcional de la cuota anual122-123.
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Samples: Contract for Training and Learning