MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Cláusulas de Ejemplo

MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las controversias o diferencias que ocurran entre las Partes, por razón del presente Contrato, en su perfeccionamiento, ejecución, desarrollo o liquidación, podrán ser resueltas entre éstas mediante cualquier método de arreglo directo. Para tales efectos, las Partes podrán disponer de un término de cinco (5) días hábiles para resolver la controversia, contados a partir del momento en el cual la parte que suscitó el conflicto, lo haya puesto en conocimiento de la otra parte. Si transcurrido el anterior término, subsisten las diferencias entre las partes, las mismas podrán ser sometidas, por un término xx xxxx (10) días hábiles adicionales, a la decisión extrajudicial de dos amigables componedores, nombrados por la Cámara de Comercio de Bogotá. Si transcurrido el anterior término, subsisten las diferencias, éstas podrán ser sometidas, por un término xx xxxx (10) días hábiles adicionales, a la etapa de conciliación del Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Si la etapa anterior también se frustra, las diferencias, en forma definitiva serán sometidas al conocimiento y decisión de la Jurisdicción Ordinaria o Contencioso Administrativa, según corresponda.
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las controversias o
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Sin perjuicio de la reclamación ante los tribunales de justicia, pueden presen- tarse quejas y reclamaciones ante las siguientes instancias: El Asegurador dispone de un Centro de Atención al Mutualista, en el domicilio de la entidad, el cual atiende por escrito, todo tipo de quejas y reclamaciones. X/ Xxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Tel.: 00.000.00.00 e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx También puede plantear su queja o re- clamación ante el Defensor del Cliente, el cual es independiente de la entidad. Los datos de contacto podrá consultar- los en xxx.xxxxxxxxxx.xx. La tramitación de las quejas y recla- maciones por las instancias anteriores nunca superará el plazo de dos me- ses. El procedimiento está regulado en el Reglamento para la Defensa del Mutualista de MMT SEGUROS, que se encuentra a su disposición en cual- quier oficina de la entidad, así como en xxx.xxxxxxxxxx.xx. En el supuesto de que no esté de acuer- do con la solución dada por las instan- cias anteriores, o cuando haya transcu- rrido el plazo de dos meses sin haber obtenido respuesta, podrá formular sus quejas y reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección Gene- ral de Seguros y Fondos de Pensiones.
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las controversias o diferencias que ocurran entre las partes, por razón del presente Contrato, en su perfeccionamiento, ejecución, desarrollo o liquidación, podrán ser resueltas entre éstas mediante cualquier método de arreglo directo. Para tales efectos, las partes podrán disponer de un término de cinco (5) días hábiles para resolver la controversia, contados a partir del momento en el cual la parte que suscitó el conflicto, lo haya puesto en conocimiento de la otra parte.
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las diferencias o discrepancias surgidas en el proceso contractual, se solucionarán a partir del uso de los mecanismos de solución: - Acuerdo Directo: mecanismo por el cual el Instituto (supervisor) y el contratista solucionan, de forma ágil y directa, sus diferencias o conflictos sin la intervención de un tercero, o con la intervención del Grupo de Gestión Contractual. En este último evento, el supervisor debe poner en conocimiento del Grupo de Gestión Contractual la situación evidenciada, para conminar al contratista/conveniante al arreglo y solucionar la diferencia, en un término de hasta diez (10) días hábiles, dejando constancia por escrito del acuerdo. Transcurrido este tiempo sin alcanzarse el acuerdo o la solución, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, se podrá optar por la terminación anticipada. - Transacción: mediante este mecanismo, el Instituto y el contratista celebran un contrato por escrito, en el cual se busca solucionar el conflicto entre las partes a partir de acuerdos recíprocos. Para acudir este mecanismo el supervisor debe poner en conocimiento del Grupo de Gestión Contractual la situación evidenciada, y se convocará al contratista/conveniante en un término de hasta diez (10) días hábiles. Transcurrido este tiempo sin lograrse la transacción, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, se podrá optar por la terminación anticipada o acudir a los otros mecanismos alternativos de solución de conflictos. - Conciliación: el Instituto y el contratista buscarán gestionar por sí mismas la solución de sus diferencias o conflictos, con la ayuda de un tercero neutral y calificado. - Amigable composición: el Instituto y el contratista, xxxxxxx en un tercero denominado amigable componedor la facultad de definir con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición para las mismas.
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, la Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Xxxxxxx xx Xxxx, podrá pactar mecanismos de solución de controversias contractuales tales como la conciliación, la amigable composición y la transacción. No obstante, cuando se estime conveniente, se podrá acordar la intervención de un Tribunal de Arbitramento.
MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes signatarias conscientes que la elevada litigiosidad conspira contra el mantenimiento de un adecuado clima laboral, el cual constituye el marco indispensable para incrementar los índices de productividad necesarios para insertar la actividad petrolera en un nivel competitivo internacional, acuerdan instaurar los mecanismos de solución de conflictos colectivos, individuales o pluriindividuales con intervención de la Comisión Paritaria Nacional. La que intervendrá en: Cuestiones derivadas de la aplicación, interpretación, alcance y/o extensión de las cláusulas convencionales. Intervenir, como gestión conciliatoria, en las controversias individuales que pudieran suscitarse con motivo de la aplicación del convenio.

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  • Aclaración de los Documentos de Licitación 7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes sean recibidas al menos veintiún (21) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.

  • Enmienda a los Documentos de Licitación 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. 8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.

  • Secciones de los Documentos de Licitación 6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.

  • Contenido de los Documentos de Licitación 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades/ Calendario de Actividades Sección X Formularios de Garantías……

  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • PERÍODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza; no obstante, el reclamo puede ser presentado después de que la vigencia haya llegado a su término. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previstos en la presente póliza.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros