MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Invitation to Bid, Licitación Pública Nacional Electrónica, Contratación De Servicio Integral De Limpieza
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDORPRESTADOR DEL SERVICIO” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDORPRESTADOR DEL SERVICIO”.
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Samples: Servicio De Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo Y Correctivo, Mantenimiento Preventivo Y Correctivo
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADLICONSA” podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA SEXTA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADLICONSA”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADLICONSA”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento servicios objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Service Agreement, Service Agreement
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento "LOS SERVICIOS" objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” deberá " deberán entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SEXTA Y SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento"LOS SERVICIOS". En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Servicio Integral De Limpieza, Contrato De Prestación De Servicios, Servicio Integral De Limpieza
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL HOSPITAL" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL HOSPITAL", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL HOSPITAL", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADEL CENACE”, no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Servicio De Mantenimiento
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” " podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Servicio De Arrendamiento De Equipo Para Centro De Datos, Convocatoria De Invitación
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades del Servicio de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” PRESTADOR DE SERVICIOS" deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”PRESTADOR DE SERVICIOS".
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Samples: Servicio De Arrendamiento De Ambulancia De Traslado Para Pacientes, Servicio De Arrendamiento De Ambulancia De Traslado Para Pacientes
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL HOSPITAL" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL HOSPITAL", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientodel servicio. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL HOSPITAL", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Licitación Pública Nacional
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” FND" podrá ampliarse el suministro la prestación de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento "EL SERVICIO" objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”FND", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento"EL SERVICIO". En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”FND", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento servicios objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”.". La presente Cláusula no debe considerarse como incluida en este Contrato
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro la prestación de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento“LOS SERVICIOS”. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Telecommunications
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades del Servicio de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto solicitar la ampliación del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” PRESTADOR DE SERVICIOS" deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”PRESTADOR DE SERVICIOS".
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Samples: Licitación Pública
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de del “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientodel servicio. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Contract for Services
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Convocatoria De Invitación
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídicoinstrumento, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Servicio De Mantenimiento
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADCONAVI” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADCONAVI”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADCONAVI”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Contract for Services
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento "LOS BIENES" objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSPRLAASSP”, “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento"LOS BIENES". En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” " podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Licitación Pública
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento EL ARRENDAMIENTO objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoEL ARRENDAMIENTO. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”". La presente Cláusula no debe considerarse como incluida en este Contrato.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” CEAV" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”CEAV", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”CEAV", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes"LOS BIENES", prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento"LOS BIENES". En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Adquisición
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento servicios objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”.". . La presente Cláusula no debe considerarse como incluida en este Contrato
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de del “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINSTITUTO” podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, El “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINSTITUTO”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o arrendamientodel servicio. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINSTITUTO”, no se requerirá de la solicitud de del “EL PROVEEDOR”.
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o el arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Arrendamiento
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento servicios objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”.". La presente Cláusula no debe considerarse como incluida en este Contrato
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” " podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” PRESTADOR DEL SERVICIO" deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”PRESTADOR DEL SERVICIO".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” GUARDIA NACIONAL" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 52, de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte ( por ciento) del monto o cantidad total de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente”EL SERVICIO”. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 y 92, del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”GUARDIA NACIONAL", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”GUARDIA NACIONAL", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contract for Services
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” " podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o el arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Arrendamiento
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro para la adquisición de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento bienes objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Acquisition Agreement
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL INP" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL INP", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuestod i c h o s u p u e s t o , se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL INP", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contract for Maintenance Services
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento servicios objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Service Agreement
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” " podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “'I LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “'"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. C. P. 55 5263 4500 Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “'I LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contract for Training Services
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADEL INCA RURAL” podrá ampliarse el suministro de los bienesampliarse, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del una Adenda a este Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADEL INCA RURAL”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivola Adenda respectiva, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADEL INCA RURAL”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Mensajería Y Paquetería Nacional E Internacional
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientobienes. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Suministro
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro la adquisición de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” CEAV" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Contrato: 2022-A-L-NAC-A-A-47-AYJ-00010892 Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"Reglamento", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”CEAV", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “"LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”CEAV", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDADIMTES” podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o de arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 58 de la “LAASSPLAASSPES”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA SEXTA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADIMTES”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDADIMTES”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "LICONSA" podrá ampliarse el suministro la presta- ción de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento "EL SERVICIO" objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio Modifi- catorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”Ley de Adquisiciones, “Arrendamientos y Servicios del Sector Público, "EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas la garantía señalada en la CLÁUSULA SÉPTIMA NOVENA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"LICONSA", se podrá modificar el presente pre- sente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. "EL SERVICIO" En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales con- vencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"LICONSA", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Invitation to Bid
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA SEXTA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes"LOS SERVICIOS", prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento"LOS SERVICIOS". En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de del “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP” podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a al “LA DEPENDENCIA O ENTIDADINDEP”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
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Samples: Licitación Pública Nacional
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CONALEP" podrá ampliarse el suministro de los bienes, en la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” PRESTADOR DE SERVICIOS" deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Contrato: CAS-AD-02-2023 Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CONALEP", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CONALEP", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”PRESTADOR DE SERVICIOS".
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Samples: Servicio Administrado De Impresión, Digitalización Y Fotocopiado
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Mantenimiento Integral
MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”"RLAASSP", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” " están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” "EL CENACE" podrá ampliarse el suministro de los bienes, la prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “"LAASSP”", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “"LAASSP”", “"EL PROVEEDOR” " deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato. Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o arrendamientoservicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”"EL CENACE", no se requerirá de la solicitud de “"EL PROVEEDOR”".
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Samples: Service Agreement