Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación Cláusulas de Ejemplo

Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. (artículo 106 del TRLCSP)
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. Los contratos del sector público podrán modificarse siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se hayan detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de las modificaciones que pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse para ello. A estos efectos, los supuestos en que podrá modificarse el contrato deberán definirse con total concreción por referencia a circunstancias cuya concurrencia pueda verificarse de forma objetiva y las condiciones de la eventual modificación deberán precisarse con un detalle suficiente para permitir a los licitadores su valoración a efectos de formular su oferta y ser tomadas en cuenta en lo que se refiere a la exigencia de condiciones de aptitud a los licitadores y valoración de las ofertas.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. No aplica.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. (artículo 92 ter de la LCSP)
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. (Artículo 106 del TRLCSP) Procede: NO.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. El presente contrato podrá modificarse si así se ha previsto en el presente pliego en las circunstancias, con las condiciones, alcance y los límites allí establecidos, que deberán indicar expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar. En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberá quedar referido a cada una de ellas.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. Modificaciones no previstas en la documentación que rige la licitación
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. Procede: SÍ. Se prevé de manera expresa, de conformidad con el artículo 204 LCSP, la posibilidad de que durante la ejecución del contrato se realicen modificaciones de su objeto conforme a las siguientes determinaciones: A- Circunstancias: a. Incremento de las necesidades de medios materiales o humanos inicialmente previstos. b. Modificaciones en horarios de prestación inicialmente planteados que den lugar a un incremento de costes en su prestación. c. Incremento de actuaciones requeridas, por valorarse su necesidad y/o oportunidad. B- Alcance de las modificaciones previstas (elementos del contrato a los que afectará): - Objeto. - Precio. - Garantía definitiva.
Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación. (ARTÍCULO 106 DEL TRLCSP).