Monto y Vigencia de la Garantía Cláusulas de Ejemplo

Monto y Vigencia de la Garantía. (a) A fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del Remitente bajo el presente Contrato, incluyendo el pago de las facturas emitidas por Cenit así como los intereses xx xxxx generados por el incumplimiento del Remitente por el incumplimiento de sus obligaciones de pago, y sin perjuicio de los demás derechos y prerrogativas de Cenit bajo este Contrato, el Remitente se obliga a constituir y entregar a favor de Cenit, como asegurado y beneficiario, una garantía dentro de los diez (10) Días siguientes a la Fecha de Celebración por un monto asegurado equivalente a tres (3) meses de Servicio, monto que se obtiene de multiplicar la Tarifa, por la Capacidad Contratada, por noventa (90) Días, con una vigencia de por lo menos doce (12) meses más ciento (120) días adicionales (la “Garantía”), bajo cualquiera de las siguientes modalidades: i. Una póliza de cumplimiento de pago de los Servicios, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera para operar en el país. De ser esta la modalidad de Garantía escogida por el Remitente, en el término establecido en la presente sección para su entrega, el Remitente deberá entregar a Cenit el certificado emitido por la compañía de seguros en el que conste el pago del cien por ciento (100%) de la prima correspondiente o; ii. Una carta de crédito stand-by irrevocable a primer requerimiento, emitida por (i) un establecimiento bancario autorizado para funcionar en Colombia con calificación crediticia, como mínimo de A+ para su deuda en pesos a largo plazo, o (ii) una entidad financiera del exterior que tenga representación o un banco confirmador y pagador en Colombia, con calificación de riesgo de deuda en dólares a largo plazo no inferior a la de la deuda soberana externa de Colombia, que se expida conforme a las International Standby Practices (ISP98) de la Cámara de Comercio Internacional, para lo cual podrá utilizarse el formato contenido en el I del presente Contrato. iii. Siempre que así lo autorice Xxxxx expresamente y por escrito, conforme a las reglas establecidas en su guía de crédito y cartera, el Remitente podrá otorgar un Pagaré en blanco con carta de instrucciones a favor de Xxxxx, a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo. En cualquier momento luego de otorgar la autorización para la expedición del pagaré en blanco mencionado en este numeral, Xxxxx podrá solici...
Monto y Vigencia de la Garantía. A fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del Remitente bajo el presente Contrato, incluyendo el pago de las facturas emitidas por Cenit así como los intereses xx xxxx generados por el incumplimiento del Remitente por el incumplimiento de sus obligaciones de pago, y sin perjuicio de los demás derechos y prerrogativas de Cenit bajo este Contrato, el Remitente se obliga a constituir y entregar a favor de Cenit, como asegurado y beneficiario, una garantía dentro de los veinte (20) Días siguientes a la Fecha de Celebración por un monto equivalente a [●] ([●]) meses de Servicio, monto que se obtiene de multiplicar la Tarifa, por la Capacidad Contratada del Remitente, por [●] ([●])Días, con una vigencia de por lo menos [●] ([●]) meses (la “Garantía”).

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  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

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  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

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