PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. La Póliza de Cumplimiento deberá incluir los siguientes amparos:
x. Xxxxxx de Cumplimiento: por el 20% del valor estimado del contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato y sus prórrogas y tres (3) meses más.
ii. Amparo de Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: por el 5% del valor estimado del contrato, con una vigencia igual a la duración del contrato, sus prórrogas y por 3 años más.
iii. Amparo de calidad del servicio: por el 10% del valor estimado del contrato, con una vigencia igual a la del contrato y 1 año más.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. (Formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera, emitido por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en Colombia)
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. La Aseguradora Adjudicataria, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato Celebrado, se compromete a constituir por su cuenta y riesgo y a favor BANCO SERFINANZA S.A, las siguientes pólizas con una Compañía de Seguros legalmente constituida en Colombia (y diferente a la Aseguradora Adjudicataria): Póliza de cumplimiento, por un valor asegurado de: COP$ 200.000.000.oo Y una vigencia igual al plazo de la adjudicación y 3 meses más.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. EL COMODATARIO deberá
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. La Aseguradora adjudicataria debe tomar una póliza de cumplimiento para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de seguro de Incendio y Terremoto adjudicado con ocasión de la Invitación Xxxxxxx Xx. 000-0000 adelantada por el Banco ITAU CORPBANCA COLOMBIA S.A., expedida por una compañía de seguros diferente a la Aseguradora adjudicataria, con las siguientes características:
a) La póliza de seguro debe ser expedida en el formato “entre particulares” y deberá anexarse la constancia del pago íntegro de la prima por parte de la aseguradora que expidió la póliza.
b) Deberá ser tomada por el proponente.
c) Como asegurado/beneficiario debe figurar ITAU CORPBANCA COLOMBIA S.A. NIT. 000.000.000-0
d) Con un valor asegurado de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 600.000.000).
e) Con vigencia igual a la fecha de inicio de vigencia de la póliza Incendio y Xxxxxxxxx y dos años más.
f) Esta póliza debe ser entregada al Banco dentro de los 15 días calendario siguiente a la adjudicación.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. Debe exigirse esta póliza como garantía de cumplimiento por parte del contratista, de acuerdo con la complejidad de la labor, la cuantía, experiencia del mismo, etapas y entregables pactados. No obstante, se podrá prescindir de esta póliza cuando justificadamente se pueda demostrar que no existe riesgo de incumplimiento o el riesgo es mínimo, de acuerdo con el análisis del abogado de contratos, o cuando el pago sea posterior a la ejecución por parte del contratista.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. El oferente que resulte seleccionado constituirá una garantía, que podrá consistir en una garantía bancaria o en una póliza de seguros, expedida por compañía de seguros que se encuentre legalmente autorizada para funcionar en el país. El Contratista deberá presentar ante la Dirección Jurídica del PAR ADPOSTAL EN LIQUIDACIÓN, el original de la garantía contractual en formato para entidades particulares, acompañada de las condiciones generales y el recibo de pago de la prima. Dicha garantía deberá cubrir los siguientes riesgos: Cumplimiento: Por el diez por ciento (10%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más. Calidad del servicio prestado: Por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más contados a partir de la liquidación del contrato. Pago de salarios y prestaciones sociales: Por el cinco por ciento (5%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. La póliza de cumplimiento deberá incluir los siguientes amparos:
12.1.1. Amparo de cumplimiento: Este amparo se constituirá con el objetivo de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato, y cubrir los perjuicios que pueda sufrir EL OPERADOR IP/REV por su incumplimiento, así como el pago de las obligaciones dinerarias a cargo del INTERMEDIADOR IP/REV, en los términos dispuestos en la Resolución 20213040035125 de 2021. Este amparo tendrá un valor asegurado equivalente al 20% del valor del Contrato. Este amparo estará vigente durante la vigencia del Contrato y tres (3) meses más.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término del contrato y por cuatro (4) meses más, en todo caso no podrá ser inferior al plazo estipulado para la liquidación del contrato.
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO. Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de este contrato, la buena calidad de los bienes objeto del mismo contra defectos de fabricación o vicios ocultos, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones contraídas,“EL PROVEEDOR” otorga póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello por el importe de: $13,173.71 (trece mil ciento setenta y tres pesos 71/100 M.N.) equivalente al 10% (Diez por ciento) del monto total del contrato a adjudicarse en la Licitación Simplificada referida en el antecedente a) del presente; sin incluir el concepto del I.V.A., a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para este efecto la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente cumplir con los siguientes requisitos: