Nivel Nacional Cláusulas de Ejemplo

Nivel Nacional a) Desarrollo xx xxxxxx normativos nacionales de seguridad de la biotecnología; b) Desarrollo y/o fortalecimiento de las capacidades institucionales, administrativas, financieras y técnicas, incluida la designación de centros de coordinación nacionales y de autoridades nacionales competentes; c) Creación de un mecanismo para informar a todos los interesados directos; d) Participación adecuada de todos los interesados directos pertinentes; e) Un mecanismo para tramitar las solicitudes o las notificaciones, con inclusión de la evaluación del riesgo y la adopción de decisiones, así como la información del público y la participación; f) Mecanismos para la vigilancia y el cumplimiento; g) Una evaluación a corto y a largo plazo para la financiación interna y externa;
Nivel Nacional. Para el desempeño de las funciones mencionadas en el punto 5.1 del presente Manual Operativo, la DGUFI-CCP se fortalecerá con al menos un (1) Responsable de Gestión Financiera, un (1) Especialista en Contabilidad y Presupuesto, un (1) Especialista en Tesorería, un (1) Especialista en Desembolsos, y un (1) Asistente. 5.3.1.1 PRINCIPALES ACTIVIDADES2 PARA LA DGUFI-CCP La DGUFI deberá: i. Canalizar el flujo de información con los organismos nacionales e internacionales vinculados con el financiamiento externo. ii. Impulsar la concentración en su ámbito de las funciones comunes a los diversos proyectos del MECyT con financiamiento internacional a efectos de alcanzar grados adecuados de integración y homogeneidad de los procesos administrativos, lograr mayor eficiencia en la utilización de los recursos que se destinan a la administración de los proyectos y mejorar las posibilidades de control interno. iii. Coordinar la preparación del proyecto de presupuesto anual. 1.1
Nivel Nacional. Para el desempeño de las funciones mencionadas en el punto 6.1 del presente Manual Operativo, la DGUFI-CCP se fortalecerá con, al menos: un (1) Responsable de Adquisiciones y Contrataciones, dos (2) Especialistas en Adquisiciones y Contrataciones y un (1) Asistente. 6.3.1.1 PRINCIPALES ACTIVIDADES9 PARA LA DGUFI-CCP La DGUFI deberá: i. Revisar y aprobar la planificación de los procesos de adquisiciones y contrataciones. ii. Aprobar el inicio de cada proceso de adquisición o contratación, de acuerdo a los montos a los que se encuentra autorizada a hacerlo según la normativa nacional vigente. iii. Revisar y aprobar toda documentación o comunicación elevada por el CCP para su posterior remisión al Banco.
Nivel Nacional. Comprende el trabajo articulado de las siguientes Direcciones y áreas del MECyT: DGUFI, DNGCyFD, DiNIECE, DNPC, DI y la UAI. o La DGUFI tiene la responsabilidad de la planificación general, la administración de los aspectos fiduciarios (gestión financiera, adquisiciones y contrataciones) y el seguimiento de la gestión de la operación conforme a las condiciones del Convenio xx Xxxxxxxx BIRF 7353-AR, la normativa y el presente Manual Operativo, como así también, la comunicación formal con el Banco Mundial, Ministerio de Economía y Producción y la Jefatura de Gabinete de Ministros. En el ámbito de la DGUFI se ha designado, a través de la Resolución Ministerial Nº 448/06 de fecha 2 xx Xxxx de 2006, un Coordinador Central del Proyecto (CCP) quien asume la responsabilidad de la planificación general, administración de los aspectos fiduciarios y seguimiento de la gestión del Proyecto y reportará directamente a aquella. De lo expuesto resulta que el perfil esperado para esta función es el de un/a profesional universitario, con vasta experiencia en el sector educativo, en el manejo de grupos de trabajo interdisciplinarios, y en el diseño, planificación, preparación y gestión de programas y proyectos, en especial aquellos financiados por organismos multilaterales de crédito. o La DNGCyFD, a través de la Coordinación del AER, es la responsable de la elaboración, aprobación e implementación de las acciones pedagógicas destinadas al mejoramiento de la educación en ámbitos rurales: la elaboración de los planes específicos y documentación técnica de todas las acciones pertinentes que se ejecuten desde el MECyT, la aprobación de los planes específicos y la documentación técnica que elaboren las Provincias, y la implementación de las acciones de su competencia en las mismas. Así también, colaborará en la toma de decisiones que cada Provincia determine para ámbitos rurales en relación con la extensión de la escolaridad en el Nivel de Educación Inicial y en el Nivel de Educación Secundaria; brindará asistencia técnica a las Provincias para la identificación y/o conformación de Agrupamientos de escuelas y la determinación de aquellos que participarán de las propuestas pedagógicas acordadas con el MECyT. o La DiNIECE, a través de sus Departamentos de Información Educativa, Investigación Educativa y Evaluación de la Calidad, es responsable de la evaluación de los resultados en relación al cumplimiento de los objetivos y metas xxx XXXXXX; como así también, del desarrollo de inve...
Nivel Nacional. El Ministerio del Deporte como organismo del orden nacional, para la ejecución de sus actividades y funciones contará con los siguientes recursos: 1. Recursos de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2. Impuesto Nacional al Consumo, sobre la prestación del servicio de telefonía móvil, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 1607 de 2012, y en el artículo 201 xx Xxx 1819 de 2016. 3. El producto de los ingresos y fondos que adquiera en el futuro, por razón de la prestación de servicios o cualquier otro concepto, de acuerdo con su finalidad. 4. Los recursos provenientes de asociaciones público-privadas para el apoyo a la infraestructura, programas, eventos y/o actividades propias del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre. 5. Los demás señalados por la Ley.

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  • Licitación Pública Nacional No. LO-824057978-E11-2016

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Preferencia Nacional 35.1 La preferencia nacional no será un factor de evaluación a menos que se indique lo contrario en los DDL.

  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

  • Nacionalidad a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si satisface uno de los siguientes requisitos: i) es ciudadano de un país miembro; o ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.

  • Movilidad funcional 1.- El CTA solamente ejercerá las funciones del puesto de trabajo que ocupe y por el que es retribuido, no pudiéndosele asignar otras distintas a las mismas, salvo que se produjeran incidencias vitales, circunstancias de fuerza mayor o alguno de los supuestos contemplados en el presente Convenio Colectivo. 2.- Los CTA que ocupen puestos de trabajo no operativos, sólo podrán mantener las habilitaciones del último puesto de trabajo operativo obtenido. Se entenderá por último puesto de trabajo operativo obtenido, aquél al que se accedió por concurso de méritos, reingreso al servicio activo procedente de excedencia, permuta o adscripción directa. 3.- Los CTA solamente podrán obtener las habilitaciones del puesto de trabajo para el que posean el correspondiente nombramiento, con excepción del puesto de Controlador PTD para el que se recibirá el nombramiento en el momento de la obtención de las habilitaciones. 4.- A instancia de AENA, por necesidades perentorias o por imposición de la actividad de Control, se podrán desempeñar provisionalmente, inicialmente con carácter voluntario, dentro de su dependencia, otros puestos de trabajo; ajustándose, en todo caso, al procedimiento siguiente: 4.1 Puestos de funciones superiores. a) Si no existieran vacantes, con carácter excepcional, los CTA podrán ocupar puestos de trabajo que tengan asignadas funciones superiores a las de su puesto, de acuerdo con la Estructura Profesional de los CTA, por un período inferior a seis meses durante un año u ocho meses durante dos años consecutivos; reintegrándose a su puesto de origen cuando cese la causa que motivó el cambio. b) Si existiera vacante de un puesto con funciones superiores que sea preciso dotar, el CTA podrá ocuparlo durante un período de tiempo no superior al necesario para su cobertura y, en todo caso, no superior a seis meses en un año ni a ocho en dos años consecutivos. 4.2 Puestos con funciones iguales o inferiores. 5.- Para ocupar un puesto de trabajo con carácter provisional, será preciso reunir los requisitos exigidos para dicho puesto.

  • INFRACCIONES Y SANCIONES Conforme a lo dispuesto en el Título Quinto de las Infracciones y sanciones, Capítulo Único de la “LAASSP” y Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único de su “Reglamento”.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • Variaciones 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista.