NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Según lo estipulado en el Art. 35 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. En el plazo de siete (7) días de dictado el acto administrativo que resuelva la adjudicación, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL procederá a notificar la orden de compra al adjudicatario.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. La notificación de la orden de compra al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato. La notificación de la orden de compra o del respectivo contrato al adjudicatario se realizará mediante la difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro IF-2017-27973738-APN-DAJ#ACUMAR lo reemplace y se enviarán avisos mediante mensajería del XXXXX.XX. La orden de compra deberá contener las estipulaciones básicas del procedimiento y será autorizada por el funcionario competente que hubiere aprobado el procedimiento de selección de que se trate, debiendo notificarse dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación de la orden de compra por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. La notificación de la orden de compra al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato. La orden de compra deberá contener las estipulaciones básicas del procedimiento y será autorizada por el funcionario competente, debiendo notificarse dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación de la orden de compra por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Según lo estipulado
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. En el plazo xx xxxx (10) días de dictado el Acto Administrativo que resuelva la adjudicación, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL procederá a notificar la orden de compra al adjudicatario según lo establecido en el Artículo 96 del reglamento aprobado por Decreto N° 893/2012.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. El sistema de información SICOP, notificará al oferente de forma automática la orden de compra de acuerdo a la información suministrada en el Registro de Proveedores de Mer-Link. La emisión de la Orden de Compra O Contrato se encuentra sujeta a previa presentación por parte del Oferente de las especies
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. La Sección de Garantías, notificará al contratista sobre la disponibilidad de la orden de compra vía Compr@RED2.0 de acuerdo a la información suministrada en el Registro de Proveedores. A partir del día hábil siguiente a dicha notificación se inicia a contabilizar el plazo de entrega. La emisión de la Orden de Compra se encuentra sujeta a previa presentación por parte del Contratista de las especies fiscales, y en caso de requerirse de acuerdo al tipo de contratación, de la presentación de garantía de cumplimiento, y formalización contractual.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. 23.1. El contrato quedará perfeccionado con la notificación al Adjudicatario de la correspondiente orden de compra mediante la difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx y se enviarán avisos PLIEG-2018-20618126-APN-DCBA#DNV mediante mensajería del XXXXX.XX, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Una vez conformada la tienda virtual del Convenio Marco, todos los organismos, entes y reparticiones que integran el Sector Público Provincial podrán incorporarse al Convenio Marco emitiendo directamente la respectiva Orden de Compra al/los proveedores seleccionados, quedando perfeccionado el contrato a partir de su notificación.