OBJETO DE LA CONSULTORIA Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DE LA CONSULTORIA. El Objeto de la presente Consultoría, es fijar las pautas que servirán a la Empresa Privada Supervisora seleccionado para la supervisión en la ejecución de obra y la Revisión de la Liquidación de la Obra: “MEJORAMIENTO DE LA AV. XXXXXXXXXX, ENTRE LA AV. TALLAN Y LA AV. LOS TALLANES DE LOS DISTRITOS DE VEINTISEIS DE OCTUBRE Y PIURA, PROVINCIA DE PIURA - PIURA”, materia del presente proceso de selección. La Empresa Privada Supervisora deberá tomar pleno conocimiento del objeto, los alcances, las condiciones generales y los lineamientos de la prestación, así como sus facultades y responsabilidades en cada una de las etapas y fases comprendidas en la Consultoría. Durante el proceso de selección para la contratación de la Empresa Privada Supervisora, los postores propondrán con amplitud y detalle su plan de trabajo para el cumplimiento y mejora del objeto, alcance y desarrollo del Servicio, descritos en los presentes términos de referencia. Ley N°29230 – Ley que Impulsa la Inversión Publica Regional y Local con Participación del Sector Privado, en adelante la Ley. Reglamento de la Ley N°29230. Ley 30225 y su Reglamento vigentes. Directiva N° 016 – 2011/GRP-GRI-SGRNS, de noviembre del 2011.
OBJETO DE LA CONSULTORIA. Desarrollar un estudio integral de las opciones viables que existen para satisfacer las necesidades de espacio físico para la ubicación de las oficinas del EOR, a partir del mejor uso y aprovechamiento de sus actuales instalaciones, en el cual se identifique y perfile una ruta para la toma de decisiones con respecto a la ubicación física definitiva del EOR (corto, mediano y largo plazo), que contemple la seguridad de su personal y equipo, así como la integridad de las instalaciones ante eventos de fuerza mayor. En dicho estudio se debe predefinir las necesidades de espacio e infraestructura, valorando las opciones como construcción, arrendamiento, o compras de un edificio que tenga la capacidad de albergar sus oficinas y el centro de control, y se valore adicionalmente la mejor forma de financiamiento respecto a las opciones disponibles xxx xxxxxxx.
OBJETO DE LA CONSULTORIA. El objeto del presente Consultoría es la preparación del Expediente Técnico con diseños a nivel definitivo del sistema xx xxxxx presurizado, así como de las obras civiles y de electrificación complementarias, del Proyecto de Tecnificación xx Xxxxx en una superficie de sesenta (60) hectáreas perteneciente al Grupo Gestión “Saman Xxxx” xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, conformado por 70 pequeños agricultores propietarios.
OBJETO DE LA CONSULTORIA. El objetivo principal es ejecutar la etapa correspondiente al “PLANEAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO” del Proyecto de MEJORAMIENTO DEL CATASTRO URBANO MULTIFINALITARIO EN LA CIUDAD DE CHIMBOTE, PROVINCIA DE SANTA – ANCASH, con la finalidad de que la Municipalidad Provincial del Santa pueda contar con un instrumento de gestión multipropósito que le permitirá analizar, planificar y ejecutar acciones de desarrollo que repercutan de manera directa en la población.
OBJETO DE LA CONSULTORIA. Debido a que el proyecto contemplan la construcción de obra y, que es necesario realizar la supervisión y control de las actividades asociadas con la ejecución del mismo, se requiere contar con la asistencia de profesionales para la Fiscalización de estas obras eléctricas, lo que permitirá garantizar que los proyectos se ejecuten dentro de los requisitos específicos establecidos para cada uno, cumpliéndose para ello con las especificaciones técnicas de materiales y mano de obra establecidas por el MEER y EMELNORTE. El proceso tiene por objeto la calificación, selección y adjudicación del contrato de prestación de servicios de Consultoría para la: FISCALIZACIÓN AL PROYECTO READECUACIÓN DE REDES Y CAMBIO DE MEDIDORES EN EL CANTÓN URCUQUI Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es de USD 13.500,00 (TRECE MIL QUINIENTOS 00/100) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, este valor contempla todos los costos de las herramientas, transporte y logística necesaria para el cumplimiento del objeto de la Fiscalización. Fiscalizar el contrato suscrito para la ejecución de la obra “FISCALIZACIÓN AL PROYECTO READECUACIÓN DE REDES Y CAMBIO DE MEDIDORES EN EL CANTÓN URCUQUI”, correspondiente al programa de Reforzamiento del Sistema Nacional de Distribución “RSND”, cumpliendo con las obligaciones que se establecen en este documento y la Normativa de Control Interno emitida por la Contraloría General del Estado para la fiscalización de obras, y garantizar la supervisión y control de las actividades de construcción de las obras antes, durante y después de la ejecución. La Fiscalización debe garantizar que la obra sea ejecutada dentro de los tiempos previstos, mediante inspecciones continuas en el sitio del proyecto, reuniones con el contratista, informes periódicos al Administrador del contrato de obra y Jefe de Fiscalización, resolver problemas e inconvenientes, aprobación del personal, equipos, herramientas del contratista, pruebas o constancia de certificaciones de calidad comprueben las especificaciones técnicas de los materiales, medición de tiempos y validación de la calidad de los trabajos y entrega de los reportes parciales y total de la obra.
OBJETO DE LA CONSULTORIA 

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  • OBJETO DE LA COBERTURA Por el seguro contra robo el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en esta Póliza, a indemnizar al Asegurado en caso de sustracción ilegítima del vehículo asegurado por parte de terceros.

  • OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CONDICIONES GENERALES

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Objetivo de la Convocatoria La Municipalidad de Independencia requiere contratar los servicios de 01 persona natural para el puesto de un (01) Asistente Administrativo.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • Objeto de la convocatoria El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de [DESCRIBIR EL SERVICIO A CONTRATAR]

  • OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN “EL COMITENTE” requiere de “EL

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La oferta contendrá la siguiente documentación: a) Carta de presentación conforme Anexo I del presente PLIEGO. b) Estatutos, designación de representantes y todo otro documento societario que acredite la representación social del Oferente, los cuales deberán contener la respectiva inscripción ante la Inspección General de Justicia o Registro Público, certificada ante escribano público. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX c) Identificación del REPRESENTANTE LEGAL o mandatario con poder suficiente acompañando copia legalizada del poder correspondiente, donde se acredite fehacientemente la representación y facultades para obligar a la sociedad y/o presentación de la Declaración Jurada. En el caso de las UT, deberán designar un único representante. d) En caso de tratarse de U.T. los integrantes deberán acompañar: Poder que otorga representación legal unificada, compromiso de constitución de Unión Transitoria, domicilio especial unificado en CABA y compromiso de cada persona jurídica a integrar la Unión Transitoria. e) Constancia de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o constancia de inicio de trámite de inscripción en el/los rubro/s licitado/s (Art. 5° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales), caso contrario las Ofertas no serán consideradas. Es condición, para la preadjudicación, que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. La documentación e información contenida en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta. f) Garantía de Mantenimiento de la OFERTA, conforme los términos del Artículo 18 del presente pliego. g) Nómina del personal propuesto, incluyendo el personal superior que cubre las distintas funciones, junto a una breve descripción de sus responsabilidades, conforme Anexo II y cuadro de organización indicando la organización y dirección con responsabilidad en la prestación del SERVICIO. h) Las personas humanas deberán presentar constancia de inscripción en AFIP e Ingresos Brutos. i) Declaración Jurada de que cumplirán todas las exigencias establecidas en los PLIEGOS.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.