OFERTAS Y CONTRATOS Cláusulas de Ejemplo

OFERTAS Y CONTRATOS. 2.1 Todas las ofertas, cotizaciones y propuestas de precios de IMCD estarán sujetas a estos Términos y Condiciones en todo momento y podrán ser modificadas o revocadas en cualquier momento antes de la aceptación de los mismos por parte del Comprador, independientemente de si contienen un período de aceptación. 2.2 El Contrato existirá sobre la base de estos Términos y Condiciones, que se considera que el Comprador ha aceptado al aceptar la oferta, cotización o propuesta de precio de IMCD, según corresponda. IMCD tendrá derecho a confiar en la exactitud y validez de cualquier información proporcionada por el Comprador con el fin de proporcionar una oferta, cotización o propuesta de precio, incluidas, entre otras, la descripción y la cantidad de productos. Ningún pedido de Producto aceptado por IMCD podrá ser cancelado por el Comprador, excepto con el consentimiento por escrito de IMCD o de lo contrario puede ser cancelado si se encuentra estipulado en este documento. 2.3 El Comprador reconoce que no se ha basado en ninguna declaración, promesa o representación hecha o dada por o en nombre de IMCD que no esté establecida en el Contrato. 2.4 Las muestras, imágenes, material descriptivo y modelos mostrados o facilitados servirán de indicaciones y se facilitarán únicamente con fines ilustrativos, sin que los productos tengan que ajustarse a dichas
OFERTAS Y CONTRATOS. 3.1 Todas las ofertas de Xxxxxx Xxxxxx B.V. serán sin compromiso. El contrato se concluirá el día en que las dos partes firmen el contrato escrito o, respectivamente, el día que Xxxxxx Xxxxxx B.V. envíe la confirmación escrita del pedido.
OFERTAS Y CONTRATOS. 1. Un presupuesto emitido por el Vendedor no constituirá una oferta vinculante. 2. Un pedido enviado por el Comprador constituye una oferta para celebrar un acuerdo de compra con el Vendedor de conformidad con las presentes Condiciones Generales de Venta y los términos de cualquier presupuesto correspondiente del Vendedor. 3. Dicho pedido puede ser aceptado por el Vendedor mediante su aceptación por escrito, su aceptación oral, o al comenzar a cumplir el Vendedor con sus obligaciones de conformidad con la existencia de un acuerdo de compra.
OFERTAS Y CONTRATOS. Nuestras ofertas son revocables y no son vinculantes. Las órdenes de “Bienes” o “Servicios” que realice el cliente, serán vinculantes para éste durante un periodo de 15 (quince) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de dicha orden en nuestras oficinas. Los contratos regulados por los presentes “TCG” no entrarán en vigor hasta el momento en que Xxxxxxx+Xxxxxx confirme por escrito su aceptación a través de alguno de sus apoderados. Los datos técnicos, ilustraciones, dibujos, pesos y dimensiones que acompañan a la oferta no son vinculantes, salvo confirmación por escrito. Nos reservamos el derecho de realizar cambios técnicos.
OFERTAS Y CONTRATOS. 2.1 Todas las ofertas de precio de IMCD, estarán vigentes durante el plazo que se otorgue para su aceptación. 2.2 Cualquier cambio a los contratos únicamente serán vinculantes si han sido efectuados por personas autorizadas de IMCD y de mutuo acuerdo escrito junto con el Comprador. 2.3 Las muestras y los modelos mostrados o proporcionados servirán como meras indicaciones, sin que sea necesario que los productos cumplan con exactitud dichas muestras o dichos modelos. No se considerarán defectos las pequeñas variaciones en el tamaño, el peso, el número, el color y aspectos similares establecidos. La práctica comercial determinará si se trata de variaciones menores. La calidad del producto corresponde a las especificaciones de la empresa fabricante proveedor de IMCD, las cuales son conocidas por el Comprador, salvo que se acuerde y acepte entre las partes una calidad diferente. 2.4 IMCD estará autorizada en todo momento, antes de comenzar o continuar la ejecución de un Contrato, a requerir una garantía al Comprador para el cumplimiento de sus obligaciones. 2.5 Si el Comprador no ha prestado garantía en 14 días desde el requerimiento a tal efecto, todos los importes adeudados por el Comprador a IMCD se acelerarán y serán pagaderos íntegra e inmediatamente, sin que se requiera notificación previa de incumplimiento.
OFERTAS Y CONTRATOS. Nuestras Ofertas son revocables en cualquier momento y no son vinculantes. El cliente permanece vinculado por sus Pedidos de Productos durante 15 días, contados desde la fecha de recepción del Pedido en nuestras oficinas. Los Contratos cubiertos por estas Condiciones Generales de Venta no entrarán en vigor hasta que no hayamos confirmado el Pedido por escrito. Los datos técnicos, ilustraciones, dibujos, pesos y dimensiones que acompañan la Oferta no son vinculantes, salvo que lo hayamos confirmado por escrito. Nos reservamos el derecho de realizar cambios técnicos.
OFERTAS Y CONTRATOS. 1. Todas las ofertas emitidas por VAMPTECH IBÉRICA S.L. serán no vinculantes o sin compromiso a no ser que se indique por escrito lo contrario. 2. Las especificaciones técnicas facilitadas por VAMPTECH IBÉRICA S.L. tendrán naturaleza informativa u orientativa. El comprador será el único responsable de los daños o perjuicios derivados de la utilización de las mercancías. 3. El contrato de compraventa se entenderá perfeccionado en el momento en que VAMPTECH IBÉRICA S.L. acepte expresamente y por escrito el pedido del comprador. 4. Las ofertas realizadas por los representantes, agentes u otros intermediarios de VAMPTECH IBÉRICA S.L. no se vincularán a ésta. 5. Las confirmaciones o aceptaciones de pedidos realizadas por representantes, agentes u otros intermediarios de VAMPTECH IBÉRICA S.L. solo obligarán a ésta cuando las haya confirmado expresamente por escrito. 6. VAMPTECH IBÉRICA S.L. se reserva el derecho discrecional de anular o pedir garantías en relación con pedidos aceptados o contratos firmados, siempre que advierta cualquier circunstancia (ínter alía, fallecimiento, incapacidad, solicitud de quiebra, concurso de acreedores o disolución, promoción de acciones judiciales o reclamaciones extrajudiciales,...) que, a su juicio, le hagan dudar de la solvencia financiera o patrimonial de su cliente.

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  • CONTRATOS 19.1.- El proveedor adjudicado, deberá presentarse a firmar y recibir el contrato derivado de la presente licitación dentro de los 5 DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del fallo respectivo, en las instalaciones de la convocante, con los documentos señalados (original y dos copias) y a través de los representantes acreditados: a) Constancia de situación fiscal con una antigüedad de expedición no mayor a 30 días naturales.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • Información sobre el Contrato Número de Contrato CNMY 46/2019 LOTE 5 Fecha de Formalización 10/09/2020 Contrato CONTRATO SERVICIOS LOTE 5_PHILIPS IBERICA SAU_firmado_firmado.pdf Documento de Contrato de Formalización Referencia Externa Nº Lote: 5 Presupuesto base de licitación Importe 1.048.242,44 EUR. Importe (sin impuestos) 866.316,06 EUR. Lugar de ejecución Subentidad Nacional Valencia/València Código de Subentidad Territorial ES523 Dirección Postal España Ofertas electrónicas recibidas 1 Precio de la oferta más baja 0 EUR. Precio de la oferta más alta 238.980 EUR. URI xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx/xxxxxxx/XXXXX_xx/Xxxx/xxxx/xxxXxxXxxxx?xxx=xxxxx&xxxx tname=GetDocumentsById&source=library&DocumentIdParam=a9a948e6-a566-4494-b315-aed3b7adbead Fecha de Entrada en Vigor del Contrato 01/10/2020 Motivación de la Adjudicación Motivación a la mejor oferta en base a la mejor relación calidad-precio conforme art. 145 LCSP. Esta empresa Philips Ibérica S.A.U ha sido adjudicataria también del LOTE 1 Servicios de mantenimiento de Radiología por importe de 1.181.900,00 euros sin IVA. Por problemas técnicos con la plataforma no ha podido anotarse en su correspondiente LOTE 1 por encontrarse desactivado y no puede subsanarse. La otra empresa que concurrió al Lote 1 fue Ibérica de Mantenimiento, S.A cuyo importe fue de 1.111.980,47 euros sin IVA. Fecha del Acuerdo de Adjudicación 06/08/2020

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos: A) Documento que acredite haber constituido en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza, según corresponda, a disposición de la Administración contratante, garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de la licitación cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios. En el caso de que se prevea en el punto 20 de la carátula de este Pliego la existencia de garantías complementarias, se constituirá por la cantidad determinada al efecto. La garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. También podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados o mediante contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El metálico, los títulos, los certificados, el aval o la póliza del contrato de seguro de caución se depositarán en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza. La garantía definitiva podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del Ente Público de Osakidetza, de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como de la inmovilización del importe de la garantía a constituir. B) Acreditar haber satisfecho el importe de los anuncios en Boletines Oficiales teniendo en cuenta que únicamente serán de cuenta del adjudicatario la publicación, por una sola vez, de los anuncios de los contratos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Xxxxx.

  • DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.

  • Ley Sobre el Contrato de Seguro El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

  • FORMALIZACION DEL CONTRATO 1. El contrato se formalizará en documento administrativo. 2. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. La Unidad responsable de la formalización requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 156 del TRLCSP. En tal requerimiento la Unidad responsable de la formalización le advertirá de la obligación de concurrir a la firma del documento de formalización del contrato en la fecha que se le dirá oportunamente siendo requisito previo necesario la prestación por el empresario de la siguiente documentación: - Documento acreditativo de haber abonado los gastos de publicidad de la licitación y de la formalización del contrato. 3. Será autorizado por el Vicesecretario General del Ayuntamiento o el Secretario delegado del Organismo Autónomo, como fedatario público, y lo deberán suscribir el Alcalde o Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx, por parte de la Administración o el Presidente del Organismo Autónomo, y el adjudicatario o su representante. Una copia certificada del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares con su Cuadro de Características aprobado, se unirá como anexo del contrato, y deberá ser firmado por el adjudicatario. En los supuestos que impliquen el acceso del contratista a datos de carácter personal, se firmará por el adjudicatario el anexo II de Contrato de acceso a datos por cuenta de terceros. 4. Con motivo de la formalización el adjudicatario firmará su conformidad con los documentos que reúnen carácter contractual según lo dispuesto en la cláusula primera de este Pliego. 5. El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. 6. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el art. 113 del TRLCSP para la contratación de emergencia.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.